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Documento BOE-A-2002-4069

Resolución de 5 de febrero de 2002, de la Dirección General de MUFACE, por la que se publica Acuerdo de addenda al Convenio de colaboración, para 2001, entre el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), para el asesoramiento, por el Comité Asesor del SERGAS sobre utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2002, páginas 8161 a 8162 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2002-4069

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 14 de enero de 2002 se suscribió Acuerdo de addenda al Convenio de Colaboración para 2001 entre el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), para el asesoramiento, por el Comité Asesor del SERGAS sobre

utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 5 de febrero de 2002.–El Director general, Isaías López Andueza.

ANEXO
Addenda al Convenio de colaboración para 2001 entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y el Servicio Gallego de Salud para el asesoramiento por el Comité Asesor del Servicio Gallego de Salud sobre la utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE

Madrid, 14 de enero de 2002.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Isaías López Andueza, Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), actuando en nombre y representación legal del mencionado organismo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, K), del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.

De otra, el ilustrísimo señor don José M.ª Hernández Cochón, como Presidente del Servicio Gallego de Salud, en uso de las facultades conferidas (artículo 3.º del Decreto 49/1998, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Servicio Gallego de Salud).

EXPONEN

1. Que, con fecha 8 de julio de 1997, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y el Servicio Gallego de Salud (SERGAS), suscribieron un Convenio de colaboración para el asesoramiento por el Comité Asesor de dicho organismo sobre la utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE, residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Que dicho Convenio fue prorrogado para los años 1998, 1999, 2000 y 2001.

3. Que, de acuerdo con lo estipulado en la cláusula segunda de la prórroga y addenda para 2001, el Convenio ampara la revisión de 20 protocolos, lo que comporta un gasto de 660.280 pesetas a razón de 33.014 pesetas por cada protocolo evaluado, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412L.259.

4. Que, visto el número de casos nuevos que necesitan estudio por el Comité Asesor del Servicio Gallego de Salud sobre utilización terapéutica de la hormona de crecimiento, así como las revisiones de tratamiento de los beneficiarios de MUFACE a los que ya se les ha autorizado el tratamiento por este Comité, se hace necesario incrementar el número máximo de protocolos amparados por el Convenio para el año 2001.

En consecuencia con lo expuesto, ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen competencia y capacidad necesarias y suficientes para formalizar la presente addenda al Convenio de colaboración suscrito el 8 de julio de 1997, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se modifica la cláusula segunda de la prórroga y addenda para 2001 del Convenio de colaboración suscrito el 8 de julio de 1997 entre MUFACE y el Servicio Gallego de Salud, para el asesoramiento sobre utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el sentido de amparar la revisión de un máximo de 50 protocolos, que se compensarán a razón de 33.014 pesetas (198,418136 euros) por cada informe emitido, lo que se corresponde con un límite de gastos durante 2001 de 1.650.700 pesetas (9.920,91 euros).

Segunda.

Dicho gasto se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412L.259 y queda sometido a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio para financiar las obligaciones derivadas del mismo.

Tercera.

La presente addenda entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente addenda, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Isaías López Andueza.–El Presidente del Servicio Gallego de Salud, José M.ª Hernández Cochón.

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