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Documento BOE-A-2002-4159

Resolución de 12 de febrero de 2002, del Departamento de Justicia, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de director/a del Instituto de Medicina Legal de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2002, páginas 8511 a 8512 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-4159

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo que prevén el Real Decreto 296/1996,

de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico

del cuerpo de médicos forenses, modificado por el Real

Decreto 1619/1997, de 24 de octubre; el Real Decreto 386/1996, de 1

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los institutos

de Medicina Legal, y el Decreto 302/2001, de 20 de noviembre,

de creación del Instituto de Medicina Legal de Cataluña;

Considerando que mediante el Decreto 302/2001, de 20 de

noviembre, se ha creado el Instituto de Medicina Legal de

Cataluña, y se ha aprobado su Reglamento ("Diario Oficial dela

Generalidad de Cataluña" número 3522, de 27.11.2001);

Considerando el Acuerdo de la Comisión Técnica de la Función

Pública de fecha 6 de febrero de 2002;

Considerando que están vacantes los puestos de director/a del

Instituto de Medicina Legal de Cataluña;

Considerando que la disposición transitoria segunda del

Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, que regula el régimen de

adjudicación de los puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal

de Cataluña a los funcionarios del cuerpo de médicos forenses,

prevé la convocatoria de los puestos de trabajo del Instituto

dotados presupuestariamente que tengan que proveerse mediante el

sistema de libre designación, y que el artículo 4 del Reglamento

del Instituto de Medicina Legal de Cataluña establece que el puesto

de director/a se proveerá mediante el sistema de libre designación;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha

llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14

de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico

de la Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

Artículo 1.

Convocar, por el sistema de libre designación, el puesto de

director/a del Instituto de Medicina Legal de Cataluña,

dependiente de la Dirección General de Relaciones con la Administración

de Justicia, que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las

bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las

personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo

y de acuerdo con lo que establecen los artículos 107 y siguientes

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, recurso de reposición ante este órgano en el plazo

de un mes, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, ante el juzgado contencioso administrativo competente

de Barcelona, de conformidad con lo que establecen los

artículos 14.2 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de

reposición sin que se notifique su resolución, se podrá entender

desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo

en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente de aquél

en que produjo el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer

cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa

de sus intereses.

Los plazos de interposición de ambos recursos se contarán

desde el día siguiente a la publicación simultánea de esta

Resolución en el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya" y en

el "Boletín Oficial del Estado". En el caso de que la publicación

en ambos diarios oficiales no fuera simultánea, los plazos se

contarán a partir del día siguiente de la publicación en el último diario

oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diari Oficial de la Generalitat

de Catalunya").

Barcelona, 12 de febrero de 2002.-El Consejero de Justicia,

Josep-D. Guàrdia i Canela.

ANEXO 1

Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo: Se convoca, por el sistema de libre

designación, el puesto de director/a del Instituto de Medicina Legal

de Cataluña, cuyas características son las que constan en el

apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

2. Contenido funcional: El contenido funcional del puesto de

trabajo a proveer, de acuerdo con lo que establece el

Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, por el que se crea el Instituto

de Medicina Legal de Cataluña, es el que consta en el apartado 2

del anexo 2 de esta convocatoria.

3. Requisitos de participación:

3.1 Pueden participar en esta convocatoria los funcionarios

de carrera del cuerpo de médicos forenses destinados en Cataluña

que cumplan los requisitos y condiciones que establece la

normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de

puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el anexo

2 de esta convocatoria.

3.2 En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios

sancionados con traslado forzoso en el plazo de uno a tres años y

los suspensos firmes mientras dure la suspensión.

3.3 Podrán participar los funcionarios aunque no hayan

permanecido en su puesto de trabajo obtenido mediante concurso

el tiempo mínimo de permanencia reglamentariamente

establecido.

3.4 Los funcionarios con discapacidades podrán participar

en igualdad de condiciones con el resto de participantes, siempre

que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a

proveer.

3.5 Los requisitos de participación tienen que reunirse en

la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes,

que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

4. Solicitudes:

4.1 Las solicitudes para tomar parte en la presente

convocatoria tienen que presentarse en los registros generales del

Departamento de Justicia (Pau Claris, 81, 08010 Barcelona y

Aragó, 332, 08009 Barcelona), en las delegaciones territoriales de

Girona (Güell, 89, 17005 Girona), Lleida (Sant Martí, 1, 25004

Lleida), Tarragona (Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002

Tarragona) o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de

las administraciones públicas y del procedimiento administrativo

común, dentro del plazo de 10 días naturales, desde el día siguiente

de la fecha de publicación de esta convocatoria en el último diario

oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diari Oficial de la Generalitat

de Catalunya").

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para los

participantes y no se admitirán renuncias a la participación una vez

hayan transcurrido diez días hábiles desde la finalización del plazo

de presentación de solicitudes.

4.3 La solicitud se habrá de formalizar según el modelo que

figura como anexo en la Resolución de la Presidencia de 4 de

diciembre de 1997 ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"

2546, de 29 de diciembre de 1997). Este modelo de solicitud

se puede obtener en la dirección de Internet siguiente: http:

//gencat.es/administracio/index (o concursos).htm y está a disposición

de los interesados en la Oficina de Atención al Ciudadano, en

la Dirección General de Relaciones con la Administración de

Justicia y en las Delegaciones Territoriales del Departamento de

Justicia.

4.4 Los aspirantes a los que hace referencia la base 3.4 deben

acompañar un informe emitido por el equipo oficial de valoración

de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios

Sociales (ICASS) para que se pueda evaluar que el funcionario

puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones

y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, estos candidatos podrán pedir en la solicitud de

participación la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta

adaptación no suponga una modificación exorbitante en el

contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido

del puesto y el servicio público a prestar.

5. Criterios profesionales:

5.1 Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la

capacidad y la idoneidad de los candidatos para ocupar el puesto

convocado, el nivel de conocimiento de la lengua catalana, de

conformidad con las descripciones del puesto de trabajo a proveer,

que consta en el anexo 2 de la presente convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de los participantes se valorarán

con referencia a la fecha de publicación de la presente convocatoria

en el último diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diari

Oficial de la Generalitat de Catalunya").

6. Propuesta de resolución:

6.1 La persona titular de la Dirección General de Relaciones

con la Administración de Justicia tendrá que emitir un informe

previo al correspondiente nombramiento, con relación al

candidato que se considere más adecuado, teniendo en cuenta la

idoneidad del candidato con las funciones y labores a desarrollar.

6.2 Asimismo, la persona titular del órgano mencionado

podrá proponer que se declare desierta la provisión del puesto,

a pesar de la existencia de candidatos que reúnan los requisitos

mínimos exigidos, si ninguno de ellos es considerado adecuado

para el puesto.

7. Sistemas de acreditación:

7.1 Los participantes tienen que acreditar documentalmente

los datos profesionales que aleguen, dentro del plazo de

presentación de solicitudes que prevé la base 4.1 de esta convocatoria,

sin perjuicio que se les pueda pedir las aclaraciones o las

justificaciones necesarios para su verificación.

7.2 Igualmente tendrán que presentar una memoria que

versará sobre el contenido funcional del puesto a proveer, realizando

un análisis de las funciones del puesto, de las condiciones y medios

necesarios para su desarrollo, así como las propuestas de mejora

y otras cuestiones que el aspirante considere de interés de acuerdo

con las funciones del puesto a proveer.

8. Procedimiento:

8.1 La presente convocatoria se resolverá dentro del plazo

máximo de un mes a partir del día siguiente de la finalización

del plazo de presentación de solicitudes salvo que, por causas

motivadas, se acuerde prorrogar el mencionado plazo hasta un

mes más.

8.2 Transcurrido este plazo y, en su caso, el de prórroga,

sin que se haya dictado resolución expresa, se entenderán

desestimadas las solicitudes y abierta la vía de recurso que establece

el artículo 2 de esta Resolución, lo cual no eximirá al órgano

competente de dictar resolución expresa en los términos previstos

en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

8.3 Las actuaciones de este proceso que requieran

notificación a los aspirantes se harán públicas en los tablones de anuncios

del Departamento y de los órganos indicados en la base 4.1 de

esta convocatoria.

8.4 Previamente a la resolución, se hará público el resultado

del proceso de provisión de la manera indicada al apartado

anterior.

9. Resolución de la convocatoria:

9.1 La resolución de nombramiento se publicará en el "Diario

Oficial de la Genealidad de Cataluña" y en el "Boletín Oficial del

Estado".

9.2 El candidato nombrado tendrá la reserva del puesto de

trabajo que le correspondería de acuerdo con la adscripción

automática prevista en el punto 2 de la disposición transitoria segunda

del Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, de creación del

Instituto de Medicina Legal de Cataluña, siempre que la plaza de

origen la hubiera ganado por concurso. En otro caso, tendrá la

reserva del puesto de trabajo que obtenga en el concurso a que

se presente.

9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo incapacidad

sobrevenida, por haber pasado a una situación administrativa

diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente

justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.4 Antes de la toma de posesión, el interesado tiene que

manifestar fehacientemente que no está incluido en ninguno de

los motivos de incompatibilidad previstos en la normativa.

9.5 La persona designada puede ser cesada con carácter

discrecional por el mismo órgano que la ha nombrado, y se

reincorporará en el puesto de trabajo que le corresponda de

conformidad con lo que establece la base 9.2 de la presente

convocatoria.

10. Plazos de formalización de cese y de toma de posesión:

En la resolución de esta convocatoria se indicará de modo expreso

la fecha de comienzo de los plazos de cese y de toma de posesión

del nuevo puesto.

ANEXO 2

Descripción del puesto de trabajo

1. Características del puesto de trabajo:

Nombre del puesto: Director/a del Instituto de Medicina Legal

de Cataluña.

Localidad: Barcelona.

Norma funcional: "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"

número 3522, de 27 de noviembre de 2001.

Complemento de destino: 19.801,08 euros.

Dedicación: Exclusiva.

Tipo del puesto: Cargo de mando.

Forma de provisión: Libre designación.

2. Contenido funcional: Las funciones que corresponde

ejercer en el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria son las

establecidas en el artículo 5 del Reglamento del Instituto de

Medicina Legal de Cataluña, aprobado por el Decreto 302/2001, de

20 de noviembre.

3. Requisitos de participación:

Grupo: G.

Movilidad: Administración de Justicia.

Colectivo cuerpos: Administración de justicia.

Especificación cuerpos: Médico Forense.

Situación administrativa: Servicio activo.

Experiencia profesional: Cinco años de experiencia profesional

como Médico Forense.

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