Por Orden de 26 de abril de 1996 ("Boletín Oficial del Estado"
de 14 de mayo), se resolvió el concurso específico de méritos
para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional
de Empleo, convocado por Orden de 17 de octubre de 1995
("Boletín Oficial del Estado" de 4 de noviembre).
Disconforme con la misma, don Ezequiel de la Hoya López
interpuso recurso contencioso-administrativo número 1141/1997, ante
la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
la Audiencia Nacional, la cual dictó sentencia con fecha 23 de
marzo de 2001 estimado parcialmente el mismo, declarando el
derecho del recurrente a que por la Comisión de valoración se
le atribuya, como mínimo, la puntuación de 15 puntos exigida
por méritos específicos en la base 3.2. de la convocatoria, la cual,
sumada a la alcanzada por méritos generales, que se mantiene,
se le adjudicara el puesto en litigio, si no existiere otro concursante,
que habiendo recurrido y obtenido resolución o sentencia favorable
o estando pendiente de ello, tuviera mejor puntuación y por lo
tanto mejor derecho.
Reunida dicha Comisión, y según consta en el acta de fecha 7
de noviembre de 2001, remitida por el Subdirector general de
Gestión de Recursos del Instituto Nacional de Empleo, se llevó
a efecto dicha valoración.
En consecuencia de lo expuesto y a la vista de la propuesta
de la citada Comisión de valoración,
Este Departamento, en virtud de las facultades que tiene
conferidas, dispone:
Adjudicar el puesto número 14 de Subdirector provincial de
Formación de Madrid, a don Ezequiel de la Hoya López, con
número de Registro Personal 203280557 A6000, con efectos
económicos y administrativos a partir del día siguiente a la publicación
de la Orden de 26 de abril de 1996, que resolvió el concurso
específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo.
Teniendo en cuenta que dicho funcionario así como el citado
puesto de trabajo fueron transferidos a la Comunidad Autónoma
de Madrid por Real Decreto 2534/1998, de 27 de noviembre
("Boletín Oficial del Estado" de 15 de diciembre), se dará traslado
del expediente administrativo a la Dirección General de Gestión
de Recursos Humanos de dicha Comunidad Autónoma, al objeto
de que por sus órganos competentes en materia de personal
puedan realizar los trámites oportunos para que la toma de posesión
se lleve a efecto, conforme dispongan las propias normas
reguladoras de su Ley de Función Pública.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en
el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
aquella jurisdicción o, potestativamente, y con carácter previo,
recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la dictó (artículos 116 y 117) de la Ley 30/1992, según
redacción dada por la Ley 4/1999.
Madrid, 12 de febrero de 2002.-P. D. (Orden de 21 de mayo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario
de Trabajo y Asuntos Sociales, Marino Díaz Guerra.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Ordenación y Desarrollo de los
Recursos Humanos de los organismos autónomos y de la
Seguridad Social.
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