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Documento BOE-A-2002-4668

Decreto 262/2001, de 22 de noviembre, por el que se declara las Salinas, en Poza de la Sal (Burgos), bien de interés cultural con categoría de sitio histórico.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2002, páginas 9609 a 9609 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2002-4668

TEXTO ORIGINAL

Se trata de un conjunto de primer orden, tanto desde el punto de vista de su singularidad geológica como por el aprovechamiento desde épocas romanas hasta nuestros días de la explotación salinera que ha dejado a través de los distintos elementos estructurales elaborados por el hombre para la elaboración de la sal, como pozos, galerías, fuentes, canales, chozas y almacenes, una singular huella en el paisaje.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 21 de julio de 1999, incoó procedimiento para la declaración de las Salinas, en Poza de la Sal (Burgos), como bien de interés cultural con categoría de sitio histórico.

Con fechas 2 de diciembre de 1999 la Universidad de Burgos y 27 de junio de 2001 la Universidad de Valladolid informan favorablemente la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de sitio histórico, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español en el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y en el Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 22 de noviembre de 2001, dispongo:

Primero.

Se declara las Salinas, en Poza de la Sal (Burgos), bien de interés cultural con categoría de sitio histórico.

Segundo.

La zona afectada por la declaración arranca del denominado «Acueducto Romano» en dirección N hasta llegar a alcanzar en línea recta los 1.021 metros, según el plano que se adjunta. Sigue en dirección NW por la línea de cumbre de Peña de San Cristóbal, San Andrés, Altotero, hasta el encuentro de la carretera de Cornudilla-Villadiego. Desde la carretera enlazaría con la curva de nivel 1.050 en dirección SE, hasta el cambio de dirección de ésta, continuando por la línea divisoria de las aguas hasta la muralla almenada de Poza de la Sal. Desde aquí, por las traseras de la calle Larga, calle de Depósito, hasta llegar al «Acueducto», del que partimos siguiendo la delimitación marcada en el plano de 1977 del Ministerio de Cultura, que forma parte del expediente de declaración de conjunto histórico-artístico de Poza de la Sal (Burgos).

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Si se optara por la interposición del recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 22 de noviembre de 2001.–El Presidente, Juan Vicente Herrera Campo.–El Consejero de Educación y Cultura, Tomás Villanueva Rodríguez.

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