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Por Orden de 30 de julio de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"
de 10 de agosto), a propuesta de la Consejería de Educación y
Ciencia de la Junta de Andalucía, se nombran funcionarios de
carrera del Cuerpo de Maestros, a determinados aspirantes
seleccionados en los procedimientos selectivos convocado por Orden
de 7 de abril de 1999, que tenían concedido aplazamiento para
la realización de la fase de prácticas.
Entre los nombrados, figura en la especialidad de Música
(código 035) don Erwin Capel Alónso, con Documento Nacional de
Identidad 45.587.297 y Número de Registro de Personal
4558729702 A0597.
Vista la Orden de 31 de enero de 2002 ("Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía" de 12 de febrero), de la Consejería de
Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por la que rectifica
la de 9 de mayo de 2001, al considerar que el Sr. Capel Alónso
no debe figurar en la misma, al no ser un aspirante al que se
le haya concedido aplazamiento para la realización de la fase de
prácticas.
Visto asimismo la Orden de 1 de febrero de 2002 (BOJA del 12),
por la que se declara apto en la fase de prácticas a don Erwin
Capel Alónso, seleccionado, en los procedimientos selectivos
convocados por Orden de 7 de abril de 1999, en virtud de estimación
del recurso extraordinario de revisión interpuesto por el
interesado.
Este Ministerio, a propuesta de la Consejería de Educación
y Ciencia de la Junta de Andalucía, ha dispuesto:
Primero.-Corregir la Orden de 30 de julio de 2001 ("Boletín
Oficial del Estado" de 10 de agosto), por la que, entre otros, se
nombraba funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros a D. Erwin
Capel Alónso y considerar que los efectos de su nombramiento
como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, son de 1
de septiembre de 2000.
Segundo.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía
administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 20 de febrero de 2002.-La Ministra, P. D. (Orden
de 1 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), la
Directora general de Programación Económica, Personal y
Servicios, Engracia Hidalgo Tena.
Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personal
y Servicios.
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