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Documento BOE-A-2002-537

Resolución de 8 de enero de 2002, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convoca concurso para la concesión de becas del Programa Salvador de Madariaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 2002, páginas 1208 a 1213 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2002-537

TEXTO ORIGINAL

El Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y el Secretario de Estado de Educación y Universidades, han dictado, de forma conjunta, una Resolución de 26 de noviembre de 2001, por la que se convoca concurso para la concesión de becas para ciudadanos españoles, para realizar estudios en el Instituto Universitario Europeo (IUE) de Florencia, durante el curso académico 2002-2003, en el marco del denominado «Programa Salvador de Madariaga».

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de enero de 2002.‒La Subsecretaria, Dolores de la Fuente Vázquez.

ANEJO
Resolución de 26 de noviembre 2001, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, y de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convoca concurso para la concesión de becas para ciudadanos españoles, para realizar estudios en el Instituto Universitario Europeo (IUE) de Florencia, durante el curso académico 2002-2003, en el marco del denominado «Programa Salvador de Madariaga»

La Secretaria de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica (SECIPI), y la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, de conformidad con el Convenio Marco de Colaboración para la ejecución del Programa Salvador de Madariaga firmado, por parte del Gobierno español, por los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Educación, Cultura y Deporte, y, por otra parte, por el Instituto Universitario Europeo (IUE) de Florencia, convocan concurso para la concesión de becas a ciudadanos españoles destinadas a realizar estudios en el citado Instituto durante el curso académico 2002-2003.

La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta resolución y en sus correspondientes bases; del mismo modo, esta convocatoria se ajustará a lo dispuesto en:

La Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica («Boletín Oficial del Estado» del 18).

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), en su redacción dada por la Ley 4/1999.

El Real Decreto Legislativo 1091/1998, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria («Boletín Oficial del Estado» del 29) y modificaciones posteriores.

El Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, que aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas (Boletín Oficial del Estado del 30).

La Orden de 3 de abril de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 6), que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas de la SECIPI.

La Orden de 8 de noviembre de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 19) de bases de subvenciones con cargo a los créditos presupuestarios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

La Orden de 8 de noviembre de 1991 de subvenciones del Plan Nacional de I+D («Boletín Oficial del Estado» del 19).

Y demás normas vigentes que sean de aplicación.

Las bases de la presente convocatoria son las siguientes:

Primera. Objetivo.

Incentivar la cooperación cultural internacional a través de la formación de jóvenes titulados universitarios españoles en temas de interés comunitario, mediante la concesión de becas para la realización de estudios en el IUE en las siguientes modalidades:

1. Doctorado en los departamentos de Estudios Jurídicos, Economía, Ciencias Políticas y Sociales, e Historia y Civilización.

2. Curso de un año para la obtención del Diploma de Estudios Jurídicos del citado Instituto.

Segunda. Distribución de las becas.

Se convoca un total de 25 becas, con una distribución inicial de 12 becas nuevas para primer año de doctorado y curso anual para el diploma de Estudios Jurídicos y 13 becas de renovación para segundo año de doctorado.

Con carácter excepcional y como medida transitoria, los becarios que durante este curso académico se encuentren en su tercer año de beca a cargo del Instituto Universitario Europeo, podrán renovar la beca por un cuarto y último año con cargo, en este caso, al Ministerio de Educación Cultura y Deporte.

Tercera. Duración de las becas.

Las becas, nuevas y de renovación, se conceden por un periodo de un año (doce meses), a partir de 1 de septiembre del 2002.

Cuarta. Requisitos de los solicitantes.

A) Los solicitantes de becas nuevas deberán cumplir los siguientes requisitos:

Tener la nacionalidad española.

Ser titulado superior o estudiante de último año de carrera universitaria de segundo ciclo en los campos jurídico, económico, empresarial-administrativo, ciencias políticas, sociología, e, historia y humanidades.

Nivel excelente de conocimiento de al menos dos lenguas oficiales de la Unión Europea, con preferencia inglés y/o francés, idiomas utilizados en los diferentes departamentos del IUE.

Los estudiantes de último año de carrera seleccionados, deberán haber finalizado los estudios de licenciatura para poder incorporarse al IUE.

No haber cumplido los treinta y cinco años de edad en el momento de incorporarse a sus estudios en el IUE.

Tener capacidad de obrar y encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

B) Los solicitantes de beca de renovación deberán cumplir los siguientes requisitos:

Haber disfrutado de beca de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas en el programa «Salvador de Madariaga» durante el curso 2001/2002, para las becas de renovación para segundo año.

Haber disfrutado de beca a cargo del Instituto Universitario Europeo durante el curso 2001/2002, para las becas de renovación de cuarto año.

Quinta. Presentación de solicitudes y plazo.

Las solicitudes de beca, tanto nueva como renovación, cuyo modelo de impreso figura como anexos I y II respectivamente, a la presente Resolución, se presentarán en el Registro General del MAE, calle del Salvador, 1, 28012 Madrid, o en cualquiera de los registros, oficinas o representaciones previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará con el sobre abierto para que el impreso de solicitud pueda ser sellado y fechado por el funcionario de correos antes de proceder a certificar el envío.

El plazo de presentación de solicitud de beca es desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución hasta el día 31 de enero del año 2002, para becas nuevas y del 1 al 30 de junio de 2002 para renovaciones de 2.º y 4.º año.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, si hubiera deficiencias en la documentación aportada, se concederá al interesado un plazo de diez días hábiles para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos. Transcurrido dicho plazo, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. En toda documentación complementaria, que sea presentada posteriormente para unir al expediente, se deberá indicar el nombre del solicitante y la referencia: «Instituto Universitario Europeo, curso académico 2002-03» y el Departamento para el que se ha solicitado la beca.

Los solicitantes de beca deberán enviar directamente al IUE, Badía Fiesolana, via dei Roccettini, 5, I-50016 San Domenico di Fiesole, Florencia (Italia), con anterioridad al día 1 de febrero de 2002, su solicitud de admisión en los estudios para los que solicitan la beca.

Sexta. Documentación.

A) Los solicitantes de beca nueva tanto para doctorado como para el Diploma de Estudios Jurídicos, incluirán la siguiente documentación:

Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte y del número de identificación fiscal.

Cartas de presentación de dos profesores del centro de estudios del solicitante. Se presentarán necesariamente en papel con membrete del centro de trabajo del profesor. Podrán ser sustituidas por copias de los informes confidenciales que figuran en la solicitud de admisión remitida al IUE. En ambos casos, se presentarán en sobre cerrados.

Proyecto de trabajo o investigación que realizará en el IUE.

Curriculum vitae detallado académico y profesional. Los cursos e investigaciones y las publicaciones deberán figurar detalladamente en el curriculum vitae. Las referencias a cursos incluirán el número de horas y las de publicaciones el de páginas. Todos los méritos alegados en el curriculum vitae deberán estar debidamente documentados mediante las certificaciones o documentación acreditativa correspondientes.

Certificado de estudios con calificaciones, correspondiente a los estudios superiores realizados por el solicitante.

Fotocopia del título correspondiente a su licenciatura. Si su expedición estuviese en trámite, se aportará fotocopia de la solicitud presentada en la secretaria del centro de estudios para su obtención.

Certificado acreditativo del nivel alcanzado en el conocimiento de idiomas.

Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y, si fuese el caso, frente a la Seguridad Social.

Declaración de otras becas y ayudas que haya solicitado para la misma actividad.

B) Los solicitantes de beca de renovación, para segundo y cuarto año, incluirán la siguiente documentación:

Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

Fotocopia del documento nacional de identidad y número de identificación fiscal.

Certificado del IUE acreditativo de haber superado el curso anterior. Informe del tutor aconsejando la renovación de la beca.

Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y, si fuese el caso, frente a la Seguridad Social.

Todos los documentos se presentarán en originales o fotocopias compulsadas o cotejadas.

Séptima. Dotación.

Todos los becarios recibirán una dotación de:

1.202 euros mensuales.

Una bolsa de viaje de 361 euros.

Una ayuda para gastos de instalación de 900 euros, para becas nuevas.

Seguro de asistencia sanitaria durante el periodo de la beca, que no tendrá validez en territorio español.

Estos importes se imputarán a la aplicación presupuestaria 12.03.134B.491 de la SECIPI, por un importe máximo de 374.725 euros, y a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en los ejercicios presupuestarios 2002 y 2003.

La citada dotación queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para ambos años en los presupuestos de la SECIPI y de la Secretaria de Estado de Educación y Universidades y estará sujeta a las retenciones fiscales que le correspondan, según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en vigor.

Octava. Procedimiento de pago.

La dotación de la beca se abonará, mediante transferencia a nombre del becario a la cuenta y entidad bancaria en España indicadas por el interesado.

Novena. Evaluación y propuesta de concesión de becas.

La evaluación de las solicitudes de becas nuevas se efectuará por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva.

La selección de las nuevas becas y las de renovación, se efectuará por una comisión nombrada conjuntamente por la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas del MAE y la Dirección General de Universidades del MECD y estará integrada por un mínimo de 12 miembros, entre expertos, representantes de las dos Secretarías de Estado y del IUE, presidida por el Subdirector General de Becas, Lectorados e Intercambios del MAE.

Dicha comisión realizará la selección de los solicitantes y efectuará la correspondiente propuesta de candidatos que serán citados para una entrevista en el IUE, mediante comunicación telegráfica en la que se les indicará el día y hora en los que deberán presentarse en el mismo.

La actuación de la comisión se acomodará al procedimiento que libremente determine, adoptando sus acuerdos por mayoría, siendo voto de calidad el del presidente. En caso de ausencia de éste, ejercerá sus funciones el vocal en quien delegue. La comisión se regirá por lo establecido en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

La concesión y denegación de las becas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con los criterios de valoración y requisitos contenidos en la presente convocatoria, tomando en cuenta exclusivamente la documentación aportada en la solicitud, por lo que se prescindirá del trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La evaluación de las solicitudes de beca nueva, por la citada Agencia se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:

Expediente académico. Puntuación máxima 4 puntos.

Nota media mínima 2,5 sobre 4 en las calificaciones para el título académico que se alegue.

Para la obtención de su nota media se sigue la siguiente equivalencia numérica:

Matrícula de Honor: 4.

Sobresaliente (9,9-8,5): 3.

Notable (8,4-7): 2.

Aprobado (6,9-5): 1.

Apto: 1.

Curriculum vitae: Puntuación máxima tres puntos.

Idiomas: Puntuación máxima: Tres puntos.

Para la evaluación de las solicitudes de beca de renovación, para 2.º y 4.º año se tendrá en cuenta:

El informe favorable del tutor del IUE;

Haber superado satisfactoriamente el curso 2001/2002;

Memoria breve en la que se recojan los logros alcanzados durante el año.

Décima. Resolución.

Una vez finalizadas las entrevistas a las que se refiere la base anterior, a instancias de las Direcciones Generales de Relaciones Culturales y Científicas y de Universidades, la comisión de selección elevará a los correspondientes Secretarios de Estado la lista de candidatos propuestos para la adjudicación definitiva de las becas, acompañada de una relación de candidatos suplentes. Dicha adjudicación se efectuará por Resolución conjunta de los dos Secretarios de Estado.

La Resolución será motivada en los términos del artículo 6 del Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para concesión de subvenciones públicas.

La Resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Estado» y se expondrá en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades y se notificará a los beneficiarios mediante oficio.

El plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses a partir de la fecha de apertura de presentación de candidaturas, que se indica en esta Resolución.

Contra dicha Resolución, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución de concesión o, en su caso, de notificación conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción, contencioso-administrativa o recurso potestativo de reposición, ante la Secretaria de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Undécima. Justificación de la actividad.

En el plazo de tres meses, a partir de la fecha de finalización de la actividad becada, el becario deberá remitir a la Subdirección General de Becas, Lectorados e Intercambios un informe sobre la actividad realizada durante el período de la beca y fotocopia compulsada del título o diploma obtenido. Los becarios quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación que estimen oportunas las Unidades Administrativas citadas, las de control financiero, que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, a quienes facilitarán cuanta información le sea requerida al efecto.

Duodécima. Incompatibilidades.

Durante su período de vigencia, estas becas son incompatibles con cualquier otra beca, ayuda o remuneración de carácter periódico que puedan ser concedidas por cualesquiera otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o extranjeros o internacionales.

Los becarios que se encuentren en su tercer y cuarto año de disfrute de la beca podrán solicitar autorización de la Unidad Administrativa correspondiente para colaborar en tareas docentes y de difusión científica hasta un máximo de sesenta horas anuales.

Decimotercera. Revisión de la concesión.

Toda alteración de los requisitos de los solicitantes, finalidad y concesión de la beca, imputable al beneficiario, y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados nacionales o extranjeros podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión, debiendo el beneficiario proceder al reintegro de las cantidades percibidas.

Contra la presente resolución de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 26 de noviembre de 2001.‒El Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, Miguel Ángel Cortés Martín.‒El Secretario de Estado de Educación y Universidades, Julio Iglesias de Ussel.

ANEXO I
Programa Salvador de Madariaga para becas de Estudios en el IUE de Florencia

Curso 2002-2003

Solicitud de beca

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ANEXO II
Programa Salvador de Madariaga para becas de Estudios en el IUE de Florencia

Curso 2002-2003

Solicitud de renovación de becas

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