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Advertidos errores en el plan de estudios de Licenciado en Periodismo («Boletín Oficial del Estado» de 16 de junio de 1999), una vez subsanados los errores y posteriormente diligenciadas la hoja de corrección por el Consejo de Universidades.
Este Rectorado ha resuelto lo siguiente:
Publicar la corrección correspondiente del plan de estudios de Licenciado en Periodismo (página 23158 del «Boletín Oficial del Estado» número 143, de 16 de junio de 1999), que queda estructurada como figura en el anexo a la presente Resolución.
Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2002.–El Rector, Francisco Darío Villanueva Prieto.
Periodismo individual:
Optativa vinculada, de obligada realización para seguir la especialidad:
Programación y audiencias en radio y televisión.
Optativas específicas entre las que el alumno deberá superar, como mínimo, 24 créditos:
Teoría y análisis de la televisión.
Teoría y técnica de las retransmisiones.
Radio digital.
Guión audiovisual.
Producción y difusión audiovisual.
Fotoperiodismo e imagen documental:
Optativa vinculada, de obligada realización para seguir la especialidad:
Foto y tecnología digital.
Optativas específicas entre las que el alumno deberá superar, como mínimo, 24 créditos:
Tendencias fotográficas.
Documentalismo fotográfico y cinematográfico.
Guión audiovisual.
Historia de la fotografía.
Taller de técnicas y expresividad fotográfica/cinematográfica.
Los restantes créditos optativos se podrán completar con materias de otra especialidad, de la misma o materias comunes a las tres especialidades.
3.b) La Universidad, tras la consulta con el centro, dictará las resoluciones necesarias para el desarrollo del plan de estudios, de forma especial, en lo referente a las posibles adaptaciones no previstas.
3.c) En el caso de que un alumno no tenga necesidad de computar la totalidad de los créditos de una determinada materia optativa para completar la optatividad estipulada en el plan de estudios, podrá computar ese exceso como créditos de libre elección.
3.d) Las prácticas en empresa corresponden a créditos de libre configuración u optativos no vinculados a ninguna especialidad. En ningún caso podrán sustituir a créditos correspondientes a materias optativas de especialidad.
3.e) Podrán reconocerse hasta 75 créditos por estudios realizados en el marco de Convenios suscritos con otras universidades.
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