Visto el expediente de indulto de don Ricardo Sanz Ramos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 15 de diciembre de 1997, como autor de un delito de malversación, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación absoluta durante seis años, por hechos cometidos entre los años 1990 y 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de marzo de 2002,
Vengo en conmutar a don Ricardo Sanz Ramos la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, dejando subsistente la inhabilitación absoluta pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 8 de marzo de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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