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Documento BOE-A-2002-672

Resolución de 14 de diciembre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Nueva alineación del muelle NE-3 en el puerto de Melilla", de la Autoridad Portuaria de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2002, páginas 1454 a 1455 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-672

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular Declaración de Impacto Ambiental con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las Declaraciones de Impacto Ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

El proyecto Nueva alineación del muelle NE-3 en el puerto de Melilla no figura entre aquellos que deben someterse obligatoriamente a un procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental. Este proyecto pertenece a los comprendidos en el anexo II de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, los cuales sólo deberán someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental en la forma prevista en dicha disposición cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

La Autoridad Portuaria de Melilla remitió, con fecha 17 de octubre de 2001, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación correspondiente con las características más significativas del proyecto para que determinara sobre la necesidad de someterlo al procedimiento antes citado. Los objetivos y descripción del proyecto figuran en el anexo.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consultó a diferentes organismos y asociaciones previsiblemente interesados sobre los efectos ambientales del proyecto. Un resumen del resultado de la consulta figura en el anexo.

Tras examinar la documentación recibida, la Secretaría General de Medio Ambiente considera que no se prevé, como resultado de la ejecución del proyecto, la potencial existencia de impactos ambientales adversos significativos que necesiten un procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental para determinar la posibilidad de definir medidas mitigadoras y, en su caso, la naturaleza de tales medidas al objeto de conseguir impactos no significativos.

Para ello es suficiente con aplicar, durante la ejecución del proyecto, lasmedidasycontrolesprevistosenlosapartados5y6delAnálisisAmbiental que figura en la documentación aportada por la Autoridad Portuaria de Melilla. Así mismo, las operaciones de dragado de sedimentos y las extracciones de materiales de préstamo, necesarios tanto para el relleno de la nueva explanada como para la formación de escolleras, se llevarán a cabo contando con los permisos y autorizaciones previstos en la normativa vigente.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente resuelve que es innecesario someter al procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto Nueva alineación del muelle NE-3 en el puerto de Melilla.

Madrid, 14 de diciembre de 2001.‒La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

ANEXO

Objetivos y descripción del proyecto

En la actualidad, el muelle NE-2 del puerto de Melilla se utiliza como terminal de contenedores, permitiendo operar a dos porta contenedores de 120 metros de eslora. Este hecho hace que sólo se disponga de los 158 metros del muelle NE-3 para los petroleros, gaseros y cementeros. Esta situación es, en parte, la justificación del presente proyecto, ya que con la nueva alineación propuesta se consiguen 180 metros más de línea de atraque en el citado muelle NE-3, paliando el déficit actual de línea de atraque.

La descarga de combustibles líquidos se viene realizando por la empresa Shell, que dispone de una conducción desde este muelle hasta sus depósitos situados fuera del puerto. La descarga de butano se realiza mediante camiones, que deben circular por el centro de la ciudad hasta los depósitos que Atlas (Cepsa), tiene cerca de la frontera de Beni Enzar. La pretensión de Atlas es desplazar sus depósitos al puerto y descargar directamente en ellos.

Por todo lo mencionado, la Autoridad Portuaria de Melilla ha decidido acometer las obras para la nueva alineación del muelle NE-3, al objeto de destinar dicho muelle a la descarga de mercancías peligrosas, ya que es la única zona que cumple las condiciones de seguridad exigidas en cuanto a distancia al núcleo urbano.

La solución propuesta presenta una disposición en planta con las características básicas que se describen a continuación:

Muelle NE-3. El nuevo muelle NE-3 estará formado por una alineación de 336,15 metros, paralela a la existente y adelantada a ella unos 42 metros. Se constituye por nueve cajones prefabricados, de hormigón armado, con una manga de 12,66 metros entre paredes exteriores del cajón y con 38,95 metros de eslora. Los cajones se fabricarán fuera de Melilla, y se remolcarán para su fondeo en la obra. Los cajones se fondean a la cota ‒12,50 metros sobre una banqueta de 2 metros de espesor, formada por escollera de 300 kilogramos, alojada en una zanja dragada a la cota ‒14,50 metros.

Todos los cajones coronan a la cota +0,50 metros. La superestructura del muelle sobre el cajón está formada por una gran viga de hormigón de 3 metros de anchura a partir del cantil, con 1,50 metros de altura, coronando a la cota +2,00 metros y volando 0,5 metros por delante del fuste de los cajones.

El cierre del muelle por el sur se llevará a cabo con una alineación perpendicular a la alineación del muelle hasta enlazar con los cajones del extremo del dique. Dicha alineación de cierre está formada por dos cajones prefabricados de hormigón armado, con una eslora de 28,25 metros y una manga de 12,66 metros entre paredes exteriores.

Rampas ro-ro. Se han previsto dos rampas ro-ro en la intersección de los muelles NE-2 y NE-3 de 20 metros de anchura. La cota de coronación de la arista exterior del cantil es la +1,50 metros y desde esta arista, en sentido perpendicular a ella, se dispone una pendiente del 10 %. Las caras laterales de las rampas tienen una pendiente de un 15 % hasta enlazar con la superestructura.

Dragados y rellenos. Como ya se ha dicho, se prevé un dragado en zanja hasta la cota ‒14,50 metros. El material a dragar está formado por limos y arenas, con gravillas y, en algunas zonas muy localizadas, gravas y bolos en matriz arenosa. La caracterización de este material, realizada según las «Recomendaciones para la Gestión del Material Dragado en los Puertos Españoles», permite su vertido al mar. El lugar previsto para el vertido, ensenada del norte de Punta del Morrillo, está situado en la base de la escombrera de la incineradora, donde se ha vertido gran cantidad de residuos.

El trasdós de los cajones estará formado por material de relleno general, procedente de operaciones de dragado o de préstamos, y alcanzará la cota +0,55 metros. Para evitar fugas de material a través de la banqueta o de las juntas de los cajones se colocará una lámina de geotextil ocupando toda la longitud de la banqueta y exclusivamente en las juntas en la zona del cajón. Sobre este relleno se coloca una capa de un metro de relleno seleccionado y compactado hasta alcanzar la cota +1,55 metros. El volumen total de material de relleno asciende a unos 184.000 metros cúbicos.

Consultas realizadas

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consultó a los siguientes organismos e instituciones sobre la problemática ambiental del proyecto: Dirección General de Costas (Ministerio de Medio Ambiente), Dirección General de Medio Ambiente (Ciudad Autónoma de Melilla), Dirección General de Obras Públicas (Ciudad Autónoma de Melilla), Ayuntamiento de Melilla y Ecologistas en Acción.

A continuación se resume el contenido de las contestaciones recibidas:

Dirección General de Costas.

Manifiesta que no tiene objeciones importantes que realizar.

Dirección General de Medio Ambiente.

Considera que el proyecto no produce alteraciones irreversibles sobre los factores ambientales, destacando la coherencia entre las medidas correctoras previstas y las características del medio natural.

Dirección General de Obras Públicas.

Señala que todos los aspectos ambientales significativos han sido recogidos en la documentación facilitada.

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