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Documento BOE-A-2002-7275

Orden ECD/827/2002, de 20 de febrero, por la que se ejercita el derecho de tanteo, para el Estado, sobre tres obras, lotes números: 260, 797 y 823, subastados por la Sala Durán.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2002, páginas 14341 a 14341 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-7275

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español acordado en la sesión del Pleno celebrada el día 17 de diciembre de 2001, y en aplicación de los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 29), del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 28), de desarrollo parcial de dicha Ley,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la Sala Durán, en Madrid, los días 18 y 19 de diciembre de 2001, con el número y referencia siguientes:

Lote número 260: Eduardo Cano de la Peña (Madrid, 182-Sevilla, 1897). «Entierro del Condestable Álvaro de Luna». Óleo/lienzo. Medidas: 52 × 67 centímetros.

Lote número 797: Talla en madera policromada. «Cristo Crucificado». El Cristo es gótico, de tres clavos. Primera mitad del S. XIII. Medidas: 190 centímetros de altura.

Lote número 823: Mosaico. Taller Vaticano, S. XIX. Representa una vista del foro romano, con el Panteón de Agripa, el Arco de Triunfo de Constantino y, a lo lejos el Coliseo. Hacia 1785-1880. Marco de época. Medidas: 14,5 × 24,5 centímetros, sin marco.

Segundo.

Que se abone a la sala subastadora el precio total de remate de veintinueve mil setecientos cincuenta euros con diez céntimos (29.750,10) euros, más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.

Tercero.

Que dichas obras se depositen en los museos de titularidad estatal; Nacional del Prado, el lote número 260: Arqueológico Nacional, el lote número 797 y Nacional de Artes Decorativas, el lote número 823, que deben proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia, una vez consumada la venta.

Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de febrero de 2002.‒P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001), el Secretario de Estado de Cultura, Luis Alberto de Cuenca.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.

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