Visto el expediente de indulto de don Alberto Blanco Santos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Salamanca, en sentencia de fecha 6 de agosto de 1999, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años de prisión y multa de 4.304.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de marzo de 2002,
Vengo en indultar a don Alberto Blanco Santos la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 22 de marzo de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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