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Documento BOE-A-2002-7644

Resolución de 26 de marzo de 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se amplían becas de la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros para el curso académico 2001/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2002, páginas 14945 a 14945 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2002-7644

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden Ministerial de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general de la AECI y otras Autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias y, en desarrollo de la resolución de 22 de marzo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» 9 de abril), por la que se aprueba la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 16), y a propuesta de la Comisión Evaluadora, ha resuelto:

Primero.

Amplíar la beca de estudios concedidas por Resolución de la AECI, de fecha 3 de agosto de 2001, de la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros, a los seis estudiantes referidos a continuación para hacer coincidir las fechas con la duración de sus estudios, por el periodo de tiempo que se detalla en cada caso:

Afif Hedhly. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Fdhila Faouzi. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Kamel Arbi. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Mohamed Kaabi. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Sadok Lataief. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Volodimir Drobchak. Ucrania: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

La dotación económica es de 781,32 euros mensuales (sujetas a la retención fiscal correspondiente que establece la Legislación vigente) y un seguro médico no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca.

Segundo.

Ordenar la publicación en el B.O.E. de la ampliación de las becas reconocidas en esta resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, y resolución de 22 de marzo de 2001.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestivamentee podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 26 de marzo de 2002.–El Presidente. P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

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