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Documento BOE-A-2002-8318

Resolución de 19 de febrero de 2002, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación al Informe de fiscalización de la Biblioteca Nacional, ejercicio 1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2002, páginas 15783 a 15783 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2002-8318

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 19 de febrero de 2002, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Biblioteca Nacional, ejercicio 1997, acuerda:

1. Se insta al Gobierno para que proceda a elaborar un Reglamento específico para la Biblioteca Nacional sobre tratamiento administrativo de los fondos de la Biblioteca Nacional y resto de actividades propias del organismo, dado que el Reglamento de Bibliotecas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas aprobado por Real Decreto 582/1989, de 22 de mayo, no es aplicable a la Biblioteca Nacional.

2. Dadas las especiales características que tienen los materiales y fondos de propiedad de la Biblioteca Nacional, así como las diversas formas de adquisición, se insta al Gobierno para que apruebe una adaptación del vigente Plan General de Contabilidad Pública, de 6 de mayo de 1994, aplicable a las bibliotecas del Estado.

3. Se insta al Gobierno para que la Biblioteca Nacional proceda a establecer un sistema único y general de inventariado.

4. Se insta al Gobierno para que a través de los órganos y de los procedimientos previstos exija el pago de las deudas pendientes que tiene la empresa concesionaria del servicio de publicaciones con la Biblioteca Nacional, deudas relativas a la venta de publicaciones de los años 1994, 1995, 1996 y 1997, y si las hubiere, las de todos los años posteriores hasta la fecha.

5. Se insta al Gobierno para que la Biblioteca Nacional reforma la actual estructura de puestos de trabajo de acuerdo con las funciones propias del organismo, dotándole, especialmente, del número adecuado de plazas de Facultativos y de Ayudantes de Bibliotecas.

6. Se insta al Gobierno a que de acuerdo con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la Biblioteca Nacional determine claramente qué piezas integran el patrimonio bibliográfico, dado que no puede aceptarse, como señala el informe de fiscalización realizado por el Tribunal de Cuentas, que lo forman todos sus fondos.

7. La Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas entiende necesario que:

a) Se exija a la empresa distribuidora el ingreso de las deudas pendientes relativas a la venta de publicaciones de los años 1994, 1995, 1996 y 1997.

b) Al haber solicitado un funcionario del organismo el aplazamiento del reintegro de los pagos indebidamente percibidos, que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, emita informe sobre el órgano competente para tramitar dicho aplazamiento.

c) Dadas las especiales características que tienen los materiales y fondos de propiedad de la Biblioteca Nacional, así como los diversos procedimientos de adquisición, entre los que hay que mencionar las entradas derivadas del depósito legal, que determinan las existencias de problemas de valoración de un conjunto de bienes y teniendo en cuenta que el inventario de los fondos bibliográficos lo suministra la catalogación, solicitar a la Intervención General de la Administración del Estado la aprobación de un Plan General de Contabilidad Pública aplicable a las Bibliotecas del Estado, en el que se determine qué clase de fondos y en función asimismo del sistema de adquisición, son las que deben contabilizarse.

Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de febrero de 2002.–El Presidente, Gabino Puche Rodríguez-Acosta.–El Secretario, Juan Antonio García-Talavera Casañas.

(En suplemento aparte se publica el Informe correspondiente)

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