Visto el expediente de indulto de don Manuel Alfonso Gracia Bermejo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Zaragoza, en sentencia de fecha 16 de noviembre de 2000, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de dos años y cinco meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre los años 1997 y 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2002,
Vengo en indultar a don Manuel Alfonso Gracia Bermejo la mitad de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 12 de abril de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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