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Documento BOE-A-2002-9041

Orden APA/1031/2002, de 16 de abril, por la que se dispone el cese de determinados Subdirectores generales en la Dirección General de Desarrollo Rural por modificación de estructura orgánica.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2002, páginas 16950 a 16950 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2002-9041

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 355/2002, de 12 de abril ("Boletín Oficial

del Estado" del 13), que modifica el Real Decreto 1282/2000,

de 30 de junio, por el que se modifica y desarrolla la estructura

orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación, suprime determinadas Unidades con rango de Subdirección

General, estableciendo una nueva distribución de funciones, por

lo que procede el cese de sus titulares.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el

artículo 12 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado, y de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

se dispone el cese, con efectos de 15 de abril de 2002, de los

funcionarios que se indican a continuación en las Subdirecciones

Generales siguientes:

Don José Luis Gómez Gil, como Subdirector general de

Formación, Participación y Fomento Asociativo.

Don Eduardo Díez Patier, como Subdirector general de Medidas

de Acompañamiento.

Don Jesús Ángel Álvarez González, como Subdirector general

de Relaciones con el FEOGA-Orientación.

Don Juan José Sastre Sastre, como Subdirector general de

Regadíos e Infraestructuras Agrarias.

Doña Dulce Nombre Alarcón Alarcón, como Subdirectora

general para la Modernización de Explotaciones.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la

Función Pública, y en el 72.3 del Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado, estos funcionarios continuarán percibiendo durante un plazo

máximo de tres meses las retribuciones complementarias

correspondientes al puesto de procedencia, en tanto se les atribuya otro

puesto correspondiente a su Cuerpo o Escala no inferior en más

de dos niveles al de su grado personal en el mismo municipio.

Madrid, 16 de abril de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden de

26 de abril de 2001, "Boletín Oficial del Estado" de 5 de mayo),

el Subsecretario, Manuel Lamela Fernández.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Recursos Humanos y Gestión

de Personal.-Departamento.

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