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Documento BOE-A-2002-943

Orden 282/2001, de 27 de diciembre, por la que se modifica la zona de seguridad de la instalacion militar de la estacion de vigilancia de Tarifa.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2002, páginas 2030 a 2030 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-943

TEXTO ORIGINAL

La Orden 60/2001, de 16 de marzo, aprobó la zona de seguridad de la instalación militar de la estación de vigilancia de Tarifa (Cádiz).

Recientemente se ha efectuado una nueva medición de la zona de los túneles de la estación de Tarifa por el Servicio de Geodesia del Instituto

Hidrográfico de la Marina, que ha detectado un error en la medición hecha en 1997 que se utilizó para diseñar la anterior zona de seguridad por lo que es necesario modificar la citada Orden.

En su virtud, y a propuesta del Estado Mayor de la Armada, DISPONGO:

Primero.

Se modifica el apartado segundo de la Orden 60/2001, de 16 de marzo, que quedará redactado como sigue:

«Segundo.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 17 del citado Reglamento, la Zona Próxima de Seguridad estará definida por los siguientes puntos:

Referencia

Datun Europeo

(ED) 50

Universal Transversal

Mercator (UTM)

1041

36.° 00’ 55.8423’’N

05.° 35’ 43.6219’’ W

266088.8

3988849.4

2036

36.° 00’ 53.8173’’ N

05.° 35’ 42.3016’’ W

266120.2

3988786.1

TAR4

36.° 00’ 49.1653’’ N

05.° 35’ 53.7280’’ W

265830.3

3988650.3

A

36.° 00’ 52.3986’’ N

05.° 35’ 55.4295’’ W

265790.3

3988751.1

156

36.° 00’ 53.2787’’ N

05.° 35’ 55.5399’’ W

265788.3

3988778.3

161

36.° 00’ 54.6139’’ N

05.° 35’ 55.5681’’ W

265788.7

3988819.5

163

36.° 00’ 55.1898’’ N

05.° 35’ 55.7931’’ W

265783.5

3988837.4

164

36.° 00’ 55.7285’’ N

05.° 35’ 55.6419’’ W

265787.7

3988853.9

16

36.° 00’ 56.2667’’ N

05.° 35’ 55.2710’’ W

265797.5

3988870.2

170

36.° 00.58.0830’’ N

05.° 35’ 54.2232’’ W

265825.2

3988925.5

175

36.° 00’ 58.6772’’ N

05.° 35’ 53.4088’’ W

265846.1

3898943.3

176

36.° 00’ 59.2495’’ N

05.° 35’ 52.3354’’ W

265873.4

3988960.2

177

36.° 01’ 00.1373’’ N

05.° 35’ 50.3716’’ W

265923.3

3988986.2

F

36.° 01’ 01.1378’’ N

05.° 35’ 48.2798’’ W

265976.5

3989015.7

En esta zona próxima de seguridad son de aplicación las normas contenidas en el artículo 12 del Reglamento.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de diciembre de 2001.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

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