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Documento BOE-A-2002-9477

Orden ECO/1101/2002, de 13 mayo, por la que se regula la presentación por vía telemática de determinadas solicitudes en materia de Comercio Exterior.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2002, páginas 17803 a 17807 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-9477
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2002/05/13/eco1101

TEXTO ORIGINAL

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones Públicas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus funciones.

Tal previsión ha sido desarrollada por los Reales Decretos 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado y 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y la devolución de originales y el régimen y funcionamiento de las oficinas de Registro.

En este contexto, la iniciativa del Gobierno «INFO XXI» aprobada por reunión del Consejo de Ministros del día 23 de diciembre de 1999, ha supuesto un decidido impulso al desarrollo de la sociedad de la información al promover el uso de las nuevas tecnologías por las Administraciones Públicas tanto en sus relaciones internas como en su vertiente externa de relación con los ciudadanos.

Finalmente, como corolario de todo lo anterior, el Ministerio de Economía ha desarrollado por Orden de 26 de noviembre de 2001 las aplicaciones y los sistemas de información necesarios para que los interesados, por el cauce de las técnicas electrónicas e informáticas, puedan relacionarse con dicho Departamento y los organismos públicos adscritos al mismo de forma segura y eficaz.

En el apartado sexto de dicha Orden se delega en el Subsecretario del Ministerio la competencia para incluir nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones a los ya contemplados en el anexo I de la norma, así como adoptar los correspondientes modelos normalizados que permitan hacer efectivo el ejercicio de derechos, acciones y comunicaciones a través de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas.

La Secretaría General de Comercio Exterior, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, es la autoridad competente para la aplicación y gestión de los procedimientos comunitarios de importación y exportación de productos agrícolas e industriales, actuando como autoridad nacional responsable de su aplicación.

La gestión relativa al comercio exterior de productos agrícolas se instrumenta a través de la expedición de los certificados comunitarios de importación y/o exportación, válidos en cualquier Estado miembro de la Comunidad Europea.

Por otro lado, de acuerdo con el Reglamento (CE) número 1291/2000 de la Comisión, de 9 de junio de 2000, por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación del régimen de certificados de importación, de exportación y de fijación anticipada para los productos agrícolas, la utilización de procedimientos informáticos en las actividades administrativas sustituye progresivamente las extracciones manuales de datos, por lo que es deseable que en la expedición y utilización de los certificados también puedan emplearse procedimientos informáticos y electrónicos.

Este mismo Reglamento prevé que cuando las solicitudes de certificado se presenten mediante sistemas informáticos, las autoridades competentes del Estado miembro determinarán el modo en que pueda sustituirse la firma manuscrita por un procedimiento técnico, que podrá consistir en la utilización de un código.

Por su parte, la tramitación del comercio exterior de productos industriales se instrumenta a través de la expedición de la Licencia de Importación Comunitaria y el Documento de Vigilancia Comunitario, válidos en cualquier Estado miembro de la Comunidad Europea. La normativa relativa a los formularios de importación de productos industriales, Reglamento (CE) número 3169/1994, de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, Reglamento (CE) número 3053/1995, de la Comisión, de 20 de diciembre de 1995 y Reglamento (CE) número 139/1996 del Consejo, de 22 de enero de 1996, no contiene disposiciones específicas respecto al sistema de presentación de las solicitudes.

Pues bien, entre los procedimientos y actuaciones previstos en el anexo I de la Orden de 26 de diciembre de 2001 no se contemplan los trámites, comunicaciones y actuaciones dirigidas a la solicitud por vía telemática de la Licencia de Importación Comunitaria, Documento de Vigilancia Comunitario y certificados comunitarios de importación/exportación de productos agrícolas.

Conviene, por tanto, desarrollar reglamentariamente la posibilidad de presentación mediante medios informáticos, electrónicos y telemáticos de los documentos relacionados con el comercio exterior citados anteriormente, teniendo en cuenta que la gestión y expedición de los mismos seguirá realizándose de acuerdo con la normativa comunitaria vigente.

En virtud de lo anterior, al amparo de la delegación contemplada en el apartado sexto de la Orden de 26 de diciembre de 2001, dispongo:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Orden tiene por objeto la determinación de las reglas y criterios que han de observarse para la presentación telemática de solicitudes y comunicaciones relacionadas con los procedimientos de expedición de los Certificados de Importación (AGRIM) y Certificados de Exportación (AGREX) de productos agrícolas regulados en el Reglamento (CE) número 1291/2000.

Por otro lado se incluyen también las reglas y criterios para la presentación y tramitación telemática de los escritos, solicitudes y comunicaciones para la concesión de la Licencia Comunitaria de Importación y del Documento de Vigilancia Comunitaria de importación de productos industriales.

El Registro Telemático creado por Orden de 26 de diciembre de 2001 del Ministerio de Economía será el encargado de la recepción, llevanza y tramitación de los escritos, solicitudes y comunicaciones que se remitan y expidan por vía telemática mediante firma electrónica avanzada en el ámbito de los procedimientos incluidos en la presente Orden.

Segundo. Modelos normalizados de solicitud telemática.

La solicitud de un Certificado de Importación (AGRIM), de un Certificado de Exportación (AGREX), de una Licencia de Importación Comunitaria o de un Documento de Vigilancia Comunitario podrá realizarse en forma de mensaje telemático mediante la cumplimentación de los modelos normalizados que figurarán al efecto según se detalla en anexo.

Tercero. Condiciones de presentación.

Por día de presentación de la solicitud se considerará aquel en que el Registro Telemático del Ministerio de Economía haya recibido la solicitud.

No obstante lo anterior y a efectos de tramitación de las solicitudes de Certificados AGREX o AGRIM, y tal y como establece el Reglamento (CE) número 1291/2000 las solicitudes recibidas por el organismo competente un sábado, un domingo, un día festivo o un día hábil después de las trece horas, se considerarán presentadas el primer día hábil siguiente al día de su recepción efectiva.

Cuarto. Documentación adicional.

Cuando, de acuerdo con la normativa comunitaria aplicable, la tramitación y expedición de los documentos objeto de la presente Orden esté subordinada a la presentación de documentación adicional no transmisible por vía electrónica, dicha documentación deberá ser presentada ante la Secretaría General de Comercio Exterior, indicando el número de la solicitud y el número de orden dado por el Registro Telemático.

Quinto. Condiciones de utilización.

Los criterios específicos de utilización de técnicas telématicas para la presentación de solicitudes de certificados AGREX o AGRIM, Licencia de Importación Comunitaria y Documento de Vigilancia Comunitario se recogen en el anexo de la presente Orden.

Sexto. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de mayo de 2002.—El Ministro, P. D. (Orden de 26 de diciembre de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Subsecretario, Miguel Crespo Rodríguez.

ANEXO
Trámites específicos para la presentación de solicitudes de Importación y Exportación del Comercio Exterior

1. El interesado accederá mediante el navegador a la dirección www.mcx.es El sistema muestra la pantalla principal de acceso a la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo donde ha de seleccionar el icono «Área de Comercio Exterior».

2. Este icono le lleva a una nueva pantalla donde deberá pulsar «Solicitud Permisos Importación-Exportación» que le introducirá en la aplicación.

2.1 La opción «Requisitos para la presentación de Solicitudes» le informa de los recursos necesarios, los trámites a seguir y los distintos tipos de solicitud a realizar desde la aplicación.

2.2 La opción «Inicio de Sesión» le introduce en Páginas Seguras donde podrá cumplimentar/seleccionar:

Datos identificativos para el acceso.

Opciones de selección de tareas a realizar.

Cumplimentación Solicitud de Certificado de Importación/Exportación de Productos Agroalimentarios.

Cumplimentación Solicitud de Importación de Productos Industriales.

Consulta de estado de las Solicitudes.

3. Una vez cumplimentada la solicitud debe pulsar el botón ENVIAR.

4. El sistema le informará de los datos a firmar y del certificado digital con el que firmará. Una vez firmados y aceptada la solicitud el sistema le devolverá el «Resultado de la Operación» indicando:

Datos del registro telemático.

Datos de la solicitud realizada.

Direcciones de correo electrónico a los que se envía información sobre la solicitud realizada.

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/05/2002
  • Fecha de publicación: 17/05/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 24/05/2002
Referencias anteriores
Materias
  • Formularios administrativos
  • Internet
  • Ministerio de Economía
  • Procedimiento administrativo
  • Registros administrativos
  • Secretaría General de Comercio Exterior

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