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Documento BOE-A-2002-950

Orden 292/2001, de 27 de diciembre, por la que se señala la zona de seguridad para la instalación militar denominada acuartelamiento "Santa Bárbara", en el término municipal de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2002, páginas 2032 a 2033 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-950

TEXTO ORIGINAL

Por existir en la Región Militar Sur la instalación militar acuartelamiento «Santa Bárbara», situada en el término municipal de Granada, se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pueda interferir en la actuación eficaz de los medios de los que dispone, así como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 89, de 14 de abril).

En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Sur, dispongo:

Primero.

A los efectos prevenidos en el capítulo II del Título I, artículo 8, del Reglamento citado, la instalación militar acuartelamiento «Santa Bárbara» se encuentra incluida en el grupo primero de los señalados en el artículo citado.

Segundo.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 11.1 del citado Reglamento, para el acuartelamiento «Santa Bárbara», en Granada, se establece una zona de seguridad próxima que tendrá como límite las calles colindantes, en toda su extensión, incluyendo las aceras, siguientes: avenida Ribera del Beiro y avenida Coronel Muñoz y el cerramiento de las construcciones consolidadas de la residencia militar de plaza, el CDM «Los Mondragones» y las instalaciones deportivas «Las Campanas», formando la línea poligonal que resulta de unir los puntos definidos por las coordenadas UTM siguientes:

Punto X Y
A 445688.410 4116377.920
B 445880.060 4116616.330
C 445989.120 4116465.380
D 446006.820 4116447.870
E 445892.420 4116288.240
F 445846.030 4116214.580
G 445840.380 4116211.170
H 445828.430 4116208.110
I 445809.430 4116234.640
J 445668.072 4116361.996
K 445683.692 4116381.359
Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de diciembre de 2001.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ CONDE

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