El artículo 2.3 de las convocatorias de ayudas de formación continua, tanto de oferta como de demanda, publicadas mediante Resoluciones de la Dirección General del INEM de 2 de julio de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 6), y modificadas por Resoluciones de 26 de noviembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de diciembre), establece que las iniciativas de formación podrán ejecutarse entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de mayo de 2002. Teniendo en cuenta las recientes inundaciones producidas en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, que han afectado al normal desarrollo en la impartición de las acciones formativas aprobadas, procede ampliar en un mes, para las acciones que estaban previstas desarrollar en las zonas afectadas, el plazo de ejecución previsto en ambas convocatorias.
En su virtud, consultadas las organizaciones empresariales y sindicales firmantes de los III Acuerdos de Formación Continua, dispongo:
Se amplía hasta el 30 de junio de 2002 el plazo de ejecución de las acciones de formación continua que, aprobadas en el marco de las convocatorias de planes de oferta y de demanda correspondientes al ejercicio 2001, se desarrollen en las zonas afectadas por las recientes inundaciones producidas en la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Madrid, 29 de abril de 2002.‒La Directora general, María Dolores Cano Ratia.
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