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Documento BOE-A-2003-10142

Acuerdo de 6 de mayo de 2003, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelven solicitudes sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento del idioma y del Derecho Civil Especial o Foral propio de determinadas Comunidades Autónomas.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2003, páginas 19162 a 19163 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2003-10142

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión del día 6 de mayo de 2003, adoptó el acuerdo siguiente:

Primero.

Aprobar las propuestas de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con las solicitudes presentadas por alumnos de la Escuela Judicial, en las que interesan que se les reconozca el mérito preferente del conocimiento oral y escrito del idioma oficial propio de determinadas Comunidades Autónomas, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 108 a 114 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo a los interesados con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación al interesado, y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» los solicitantes que seguidamente se expresan, a los cuales ha sido reconocido este mérito:

Apellidos y nombre Idioma
Gil Vicente, Sandra Valenciano y catalán.
Irigoyen Fujiwara, Daniel Catalán.
Mínguez Roca, Julia María Valenciano y catalán.
Orquín Segura, María Teresa Valenciano y catalán.
Segundo.

Aprobar las propuestas de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con las solicitudes presentadas por alumnos de la Escuela Judicial en las que interesan que se les reconozca el mérito preferente del conocimiento del Derecho Civil Especial o Foral propio de determinadas Comunidades Autónomas, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 108 a 114 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo a los interesados con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación a los interesados, y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» los solicitantes que seguidamente se expresan, a los cuales ha sido reconocido este mérito:

Apellidos y nombre Derecho
Cano Martínez, María del Carmen D.º Valenciano.

Madrid, 6 de mayo de 2003.‒El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

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