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Documento BOE-A-2003-10178

Resolución de 22 de abril de 2003, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se acuerda la publicación del Convenio de Colaboración entre el Instituto Geológico y Minero de España y la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización de hojas geológicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2003, páginas 19230 a 19232 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-10178

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), en nombre y representación de este Organismo Autónomo del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 11 del Estatuto del IGME, aprobado por Real Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre y de otra parte, el Consejero de Turismo y Ordenación del Territorio, en representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud del Decreto 10/2002, de 15 de enero por el que se dispone su nombramiento, han formalizado, con fecha 5 de Diciembre 2002, un Convenio de colaboración entre la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Instituto Geológico y Minero de España, para la realización de ocho hojas geológicas a escala 1:50.000 de la nueva serie del Mapa Geológico de España, recogido en el Anexo de esta Resolución.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de Abril de 2003.–El Director General, Emilio Gustodio Gimena.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio de Ciencia y Tecnología, a través del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), para la realización de ocho hojas geológicas a escala 1:50.000 de la nueva serie del Mapa Geológico de España En Murcia, a 5 de diciembre de 2002

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. José Pablo Ruiz Abellán, Consejero de Turismo y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud del Decreto 10/2002 de 15 de Enero.

De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Emilio Custodio Gimena, Director General del Instituto Geológico y Minero de España, organismo adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología, nombrado mediante Real Decreto 230/1997, de 14 de febrero, facultado para este acto en virtud del artículo 18.1.b) de la Ley 6/1997, de 14 de Abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y según le previene el artículo 11.2, d) del Estatuto del Instituto Geológico y Minero de España, aprobado por Real Decreto 1953/2000 de 1 de Diciembre.

Comparecen en nombre y representación de las instituciones de las que respectivamente son titulares y se reconocen, de modo recíproco, capacidad para formalizar el presente Convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero.

De conformidad con los Decretos Regionales 8/2001, de 26 de Enero, y 11/2002, de 18 de Enero, la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia competente en materia Turismo, Ordenación del Territorio y Costas, correspondiéndole el desarrollo e impulso cartográfico en su ámbito territorial e institucional correspondiente.

Segundo.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 6/1997, de 14 de Abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 61 de la Ley 50/1998, de 30 de Diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, el Instituto Geológico y Minero de España, en adelante IGME, esta configurado como un Organismo Público de Investigación con naturaleza de Organismo Autónomo.

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14 de la Ley 13 / 86 de 14 de Abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, y en el artículo 3.1) de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1953/2000 de 1 de diciembre, tiene, entre otras funciones, la de prestar colaboración y asesorar a los órganos de la Administración General del Estado o las Comunidades Autónomas en los campos de actividad del IGME.

Tercero.

Que el IGME ha iniciado la realización de la tercera serie del Mapa Geológico Nacional a escala 1:50.000 priorizando su ejecución en aquellas áreas en la que la segunda serie ha tenido mayor demanda y la antigüedad de las hojas publicadas es mayor, por lo que muchas de ellas se encuentran agotadas o con importantes obsolescencias en sus contenidos.

Cuarto.

Que en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia concurren las anteriores circunstancias en casi todas las hojas que comprenden su territorio por lo que el IGME ya ha iniciado la realización de las Hojas n.ºs 890 (Calasparra), 912 (Mula) y 933 (Alcantarilla), cuya finalización está prevista en 2003.

Quinto.

Que ambas partes coinciden en el interés que tiene para los estudios y actuaciones sobre el territorio de la Región de Murcia, avanzar con la mayor celeridad posible en este nuevo levantamiento geológico del territorio murciano, dentro de sus respectivas posibilidades presupuestarias, por lo que, en cumplimiento de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir este Convenio, con sujeción a las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es la realización por parte del IGME, y de manera cofinanciada por las partes, de la cartografía geológica a escala 1:50.000 de ocho hojas del Mapa Topográfico Nacional ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Segunda. Trabajos a realizar.

El IGME se compromete a la realización de las hojas 934 (Murcia), 953 (Lorca), 954 (Totana), 955 (Fuente Álamo de Murcia), 956 (San Javier), 976 (Mazarrón), 977 (Cartagena), 978 (Llano del Rey), de acuerdo con la normativa MAGNA 3.a Serie que incluye:

Mapa Geológico impreso a escala 1:50.000.

Mapa Geomorfológico impreso a la misma escala.

Memoria impresa.

CD que incluye los anteriores productos y la documentación complementaria constituida por el mapa de muestras, las fichas de estudio de muestras, informes específicos, columnas estratigráficas, álbum fotográfico, etc.

Se editarán 600 ejemplares de cada hoja, cada uno de los cuales contendrá los cuatro productos anteriormente específicos.

Tercera. Propiedad de los trabajos.

Las cartografías obtenidas mediante el presente Convenio podrán ser utilizadas libremente para uso interno por cada una de partes firmantes. La edición de los mapas, memorias y CDs será realizada por el IGME, compartiendo ambas partes, al 50%, los derechos de autor de la primera edición contemplada en el presente convenio, lo que quedará reflejado en los mapas y memorias mediante la inserción de los respectivos logotipos.

El IGME entregará 300 ejemplares de cada hoja a la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio, reservándose para sí otros 300 ejemplares. Ambas partes podrán comercializar libremente sus ejemplares, al precio fijado por el IGME para esta serie cartográfica nacional.

En el caso de agotarse esta primera edición, el IGME se reserva la publicación y comercialización de las sucesivas reimpresiones obligándose no obstante a aceptar la cofinanciación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia si ésta estuviese interesada, para lo que deberá ser informada con una antelación de al menos tres meses a la reimpresión. En el supuesto de reimpresión cofinanciada, se mantendrán las condiciones de propiedad intelectual y comercialización pactadas para la primera edición.

Cuarta. Vigencia del Convenio.

El presente Convenio entrará en vigor, a todos los efectos, a partir de la fecha de su firma por ambas partes y finalizará el 30 de Septiembre de 2005, pudiéndose prorrogar por causas motivadas, previo informe de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula octava.

Quinta. Régimen de personal.

Como consecuencia de la realización de este Convenio, no podrá surgir ningún tipo de relación de carácter laboral ni por parte de la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio ni por parte del IGME, a favor de terceras personas que intervengan en su ejecución.

Sexta. Presupuesto.

El importe de los trabajos a realizar en el marco de este Convenio asciende a la cantidad de seiscientos mil euros (600.000 euros), distribuidos entre los ejercicios 2002, 2003, 2004 y 2005 y entre las partes tal y como se refleja en el cuadro siguiente:

Ejercicio

Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio

Euros

IGME

Euros

Total

Euros

2002 75.000 75.000 150.000
2003 80.000 80.000 160.000
2004 80.000 80.000 160.000
2005 65.000 65.000 130.000
Total Convenio. 300.000 300.000 600.000

La Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio dispondrá de su aportación con cargo a la partida presupuestaria 19.06.00.432B.649.00 de Ordenación del Territorio y Costas.

Toda vez que el presente Convenio implica compromisos de carácter plurianual su tramitación se ajustará a lo establecido para gastos de tal naturaleza en el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de Diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.

Por su parte el IGME aportará las cantidades señaladas con cargo a los capítulos I, II y al capítulo VI, aplicación presupuestaria 20.206.542.L640, habíéndose efectuado en tiempo y forma la correspondiente retención de crédito del capítulo VI, de acuerdo con la siguiente periodificación:

Ejercicio

Capítulo 6

IGME

2002
2003 80.000
2004 80.000
2005 65.000

La supresión o adición del cualquier acción que presuponga modificaciones presupuestarias requerirá la formalización de una adenda al presente Convenio, a propuesta de la Comisión de Seguimiento.

Séptima. Forma de pago.

La Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio abonará al IGME las cantidades aportadas para el cumplimiento de este Convenio de acuerdo con el siguiente calendario: la partida correspondiente al ejercicio 2002, a la firma del Convenio, y las siguientes cantidades con una periodicidad semestral previa entrega por parte del IGME y aceptación de los informes parciales de avance, todo ello en la cuenta n.º 9000.0001.20.0200007450 del Banco de España, Oficina Principal de Madrid, a nombre del Instituto Geológico y Minero de España.

Octava. Comisión de seguimiento.

Para el control y vigilancia de las actividades objeto de este Convenio se crea una Comisión de Seguimiento paritaria constituida por tres miembros de cada una de las partes firmantes o en quien ellos deleguen. Por la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio formarán parte de la misma tres representantes designados por el Director General de Ordenación del Territorio y Costas. Por el IGME, el Diretcor de Geologia y Geofísica, el Jefe del Área de Cartografía Geológica y el Jefe de la Oficina de Proyectos del IGME en Murcia.

Novena. Régimen jurídico.

El presente Convenio de Colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de sus principios y criterios para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse.

Las controversias que pudieran plantearse entre las partes, sobre la interpretación y la ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo a través de la Comisión de Seguimiento. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas, por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa sin perjuicio del requerimiento potestativo y previo del artículo 44 de la Ley 29/1998 de 13 de Julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En prueba de conformidad se suscribe por triplicado ejemplar el presente Convenio en la ciudad y fecha al principio indicadas.–El Consejero de Turismo y Ordenación del Territorio, José Pablo Ruiz Abellán.–El Director General del Instituto Geológico y Minero de España, Emilio Custodio Gimena.

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