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Documento BOE-A-2003-10268

Resolución de 28 de abril de 2003, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se adjudican ayudas para estancias de profesores e investigadores extranjeros, de acreditada experiencia, en régimen de año sabático en España, dentro del Programa nacional de ayudas para la movilidad de profesores de universidad e investigadores españoles y extranjeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 2003, páginas 19394 a 19395 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-10268

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 25 de septiembre de 2002 (BOE del 10 de octubre)

de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades se convocó el

Programa Nacional de ayudas para la movilidad de profesores de

universidad e investigadores españoles y extranjeros.

Una vez evaluadas por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva

las solicitudes de ayuda presentadas a la Submodalidad B.1.1 "Profesores

e investigadores extranjeros, de acreditada experiencia, en régimen de

año sabático en España" y elevada la correspondiente propuesta por la

Comisión de Selección, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 4,

En uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria,

he resuelto:

Primero: La concesión de las subvenciones relacionadas en el Anexo

de esta Resolución a los organismos que se señalan, destinadas a la

financiación de las estancias de profesores e investigadores extranjeros, de

acreditada experiencia, en régimen de año sabático en España, por un

importe total de 73.000,00 euros (Setenta y tres mil euros).

Segundo: El gasto resultante será imputado a la aplicación

presupuestaria 18.07.541A.781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado

y, en su caso, cofinanciado con recursos del Fondo Social Europeo, con

el siguiente desglose económico:

Anualidad 2003 49.800,00 euros

Anualidad 2004 23.200,00 euros

El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la

aprobación de los correspondientes créditos en los presupuestos generales

del Estado.

Tercero: Los organismos preceptores de las subvenciones presentarán

certificación que acredite que su importe se ha incorporado a su

contabilidad, en el plazo de un mes a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan.

Dentro de los tres meses siguientes a la finalización de las estancias, los

organismos preceptores deberán justificar el cumplimiento de los fines

de las ayudas recibidas, mediante certificación de la gerencia o servicio

de contabilidad de las universidades u organismo beneficiarios que acredite

la aplicación desglosada de los fondos percibidos, debiendo presentar

fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

Cuarto: Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al

cumplimiento de lo establecido en el apartado B.8 de la Resolución de 25

de septiembre de 2002, de convocatoria del Programa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición,

al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,

modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse

recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo

11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de

1 de Julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica

6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día

siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en

el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser

interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 28 de abril de 2003.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden

1 de febrero de 2001), el Director general de Universidades, Pedro Chacón

Fuertes.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Movilidad del Profesorado

Universitario.

ANEXO

Organismo Referencia

Apellidos Nombre

investigador

extranjero

Apellidos Nombre

Responsable

español

Centro Fecha

de inicio

Fecha

de fin

Dotación

Mensual Viaje Ejercicio 2003

Concedido

2004

Concedido

UNIVERSIDAD

AUTONOMA DE

BARCELONA

SAB2002-0092 KNOEPFEL, PETER SUBIRATS HUMET, JOAN DPTO. CIENCIA POLITICA Y

DERECHO PUBLICO

01-MAY-2003 31-OCT-2003 2.900 2.000 19.400

Suma ............................................................................................................................................................................................................ 19.400

UNIVERSIDAD

COMPLUTENSE DE

MADRID

SAB2002-0015 ACOSTA CONTRERAS,

FLORENTINA NIURIS

HERAS CABALLERO, ANGELES

MARIA

DPTO. FISICA QUIMICA II 01-SEP-2003 31-AGO-2004 2.900 2.300 13.900 23.200

Suma ............................................................................................................................................................................................................ 13.900 23.200

UNIVERSIDAD DE

CASTILLA-LA

MANCHA

SAB2002-0096 FOFFANI, LUIGI ARROYOZAPATERO,LUISALBERTO DPTO. CIENCIAS JURIDICAS 01-MAY-2003 30-SEP-2003 2.900 2.000 16.500

Suma ............................................................................................................................................................................................................ 16.500

49.800 23.200

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