En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta
de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las
necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para acceso,
por promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Especialistas
en Reproducción Cartográfica con sujeción a las siguientes bases
de convocatoria:
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas del
Cuerpo de Técnicos Especialistas en Reproducción Cartográfica
(Código 1134) por el sistema de promoción interna.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones
que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un
curso selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado las fases de concurso-oposición serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del mes de agosto de 2003. La duración máxima de la fase de
oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en el Cuerpo
objeto de la convocatoria mediante resolución de la Secretaría
de Estado para la Administración Pública, que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del destino
adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación, adscritos al Grupo D. Los funcionarios de los Cuerpos
o Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además
destinados en la Administración General del Estado.
2.1.3 Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos dos
años en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito
de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos
al Grupo D.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
serán computables a efectos de la antigüedad referida en el
apartado anterior.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado
o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
Aquellos funcionarios del Grupo D que carezcan de la titulación
requerida, podrán participar en estas pruebas selectivas siempre
que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas
del grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la
Función Pública.
También podrán participar aquellos funcionarios que,
careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados
siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el
curso específico a que se refiere la disposición adicional novena
del real decreto 364/1995, de 10 de marzo.
2.1.5 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
al Subsecretario del Ministerio de Fomento. La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Fomento, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de
Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de
las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se
encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, P.o de la
Castellana, n.o 67, Madrid, teléfonos (91) 5978787. Dirección de
Internet http://www.mfom.es/empleopublico
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido en la
Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública
de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Concluida, la valoración de méritos de la fase de
concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración
del último ejercicio y en aquellos que estime oportunos, la relación
con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases
de oposición y de concurso, con indicación del número del
documento de identidad.
7.3 Finalizadas las fases de concurso-oposición, el Presidente
del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva
de aspirantes que han superado dichas fases por orden de
puntuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte
días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Fomento en el plazo de un mes desde su publicación
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 14 de mayo de 2003.-P. D. (O. 25-9-00, BOE
5-10-00), el Director general de Organización, Procedimiento y
Control, José Antonio Sánchez Velayos.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Presidente
del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Cuerpo de Técnicos Especialistas en Reproducción
Cartográfica
Descripcion del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Oposición.
2. Concurso.
3. Curso selectivo.
1. Oposición.-La fase de oposición constará de tres ejercicios
obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas
que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con
las materias del programa que figura en el Anexo II de esta
convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 50
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
Aquellas preguntas contestadas erróneamente puntuarán
negativamente.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
fijado por el Tribunal y no excederá de dos horas y media.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,
siendo necesario obtener 20 puntos, para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio:
En este ejercicio, que tendrá carácter práctico, los aspirantes
desarrollarán sus conocimientos tecnológicos sobre la materia de
"Impresión de cartografía en máquina offset de pliego a dos
colores", siguiendo las instrucciones del Tribunal.
La duración de este ejercicio será fijado por el Tribunal y no
excederá de cinco horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,
siendo necesario obtener en este ejercicio 10 puntos para tener
acceso al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la descripción operacional y realización de
ejercicio práctico de una de las especialidades complementarias
siguientes, escogida previa y opcionalmente por el candidato:
1. Fotorreproducción cartográfica y de fotografía aérea.
2. Preimpresión digital.
3. Fotomecánica, montaje y pasado de planchas offset.
4. Procesos de acabado: plegado y encuadernación.
La duración de este ejercicio será fijado por el Tribunal y no
excederá de tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,
siendo necesario obtener en este ejercicio 10 puntos para superar
el mismo.
2. Concurso.-En la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, se valorará la antigüedad del funcionario en el Cuerpo
o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos
los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de
la presente convocatoria.
Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo
desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados
en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros
Centros Oficiales de formación de funcionarios.
En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al
que se haga pública la lista de aprobados del último ejercicio
de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado
deberán presentar en el Registro General del Ministerio de
Fomento, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una
certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios
u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus
servicios, según modelo que figura como Anexo V.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.
La lista que contenga la valoración provisional de méritos se
hará pública, mediante resolución de la autoridad convocante,
a propuesta del Tribunal calificador. Los aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la
publicación de dicha resolución, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga
la relación definitiva de la fase de concurso.
En esta resolución se indicará el recurso que proceda contra
la misma.
3. Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo que constará de una parte teórica y otra práctica,
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos
del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en
el Real Decreto 1475/2000 de 4 de agosto (BOE del 30).
El curso se iniciará en el plazo de dos meses desde la finalización
del plazo de presentación de documentación de los aspirantes
aprobados y tendrá una duración máxima de dos meses y medio.
La parte teórica, tendrá una duración máxima de un mes y medio
y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en
el Anexo VI de esta convocatoria.
La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar
o reorganizar las materias que figuran en el Anexo VI, así como
incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras
actividades formativas complementarias, relacionadas con las
actividades propias de los funcionarios del Cuerpo de Técnicos
Especialistas en Reproducción Cartográfica.
La parte práctica tendrá una duración máxima de un mes
pudiendo consistir en la realización de prácticas reales en puestos
de trabajo de la Dirección General del Instituto Geográfico
Nacional. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios en
prácticas tendrán asignados tutores académicos.
En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas
reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la
Comisión de Valoración prevista en este Anexo un informe de las
actividades desarrolladas, con los comentarios o sugerencias que
crean oportuno formular.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo
los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección
General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en
materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el
Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.
Sistema de calificación
Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición se
calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1 de este Anexo.
Fase de concurso.-La valoración de los méritos señalados en
el apartado 2 de este Anexo se realizará de la forma siguiente:
A. Antigüedad.-Se otorgará a cada aspirante, por cada año
completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo
de 12 puntos.
B. Grado Personal.-Se otorgará a cada aspirante por la
posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta un
máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual al 18: 4 puntos.
Grado personal igual al 17: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 3 puntos.
Grado personal igual al 15: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 14: 2 puntos.
Grado personal igual al 13: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 12: 1 punto.
Grado personal igual al 11: 0,75 puntos.
Grado personal igual al 10: 0,5 puntos.
Grado personal igual al 9: 0,25 puntos.
C. Trabajo desarrollado.-Se otorgará a cada aspirante por
el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones
similares, a juicio del Tribunal, a las del Cuerpo objeto de esta
convocatoria, 1 punto por cada año completo, hasta un máximo
de 4 puntos.
D. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados.-Se
otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4
puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado,
siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta
convocatoria.
Curso selectivo.-La Comisión de Valoración, nombrada por
la Subsecretaría del Departamento, estará integrada en la parte
teórica, por los coordinadores de los Módulos II y III; la
Subdirectora General de Recursos Humanos; la Jefe del Área de
Selección y Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte
práctica estará integrada por los tutores de los aspirantes; la
Subdirectora General de Recursos Humanos y la Jefe del Área de
Selección y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la
Subdirectora General de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta
y la Jefe del Área de Selección y Formación de Secretaria.
La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección
General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo,
quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.
La calificación máxima del curso selectivo será de 100 puntos,
correspondiendo a cada una de las dos partes 50 puntos; siendo
necesario obtener 25 puntos en cada una de las partes para superar
las mismas.
Calificación total.-La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición, de concurso y curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,
en el primero y tercero de dicha fase de oposición.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Cuerpo de Técnicos Especialistas en Reproducción
Cartográfica
Programa
1. Fotografía. La cámara fotográfica cartográfica, la cámara
de Artes Gráficas, Características y elementos constitutivos. La
ampliadora. La prensa de contacto.
2. La filmadora: componentes, resolución, soportes de
filmación.
3. Fotografía digital. Ventajas e inconvenientes. CCD lineales
y matriciales. Resolución de la cámara y calidad de la imagen
digital.
4. Cámaras fotográficas digitales. Cámaras digitales de video
de foto fija para multimedia. El estudio fotográfico digital.
5. Originales de línea y originales de tono. Originales en color.
Preparación previa y medidas densitométricas. Escalas de
reproducción. Iluminación por reflexión y transparencia. Exposición y
calidad de las variables que intervienen: intensidad y calidad de
la luz, tiempo de exposición, diafragma, filtros, etc.
6. Emulsiones y soportes fotográficos. Principales emulsiones
utilizadas en Artes Gráficas. Características densitométricas
básicas. Densidad, opacidad, transmisión.
7. Sensitometría básica: conceptos generales. Curva
característica, índice de contraste. Valor gamma y curvas
tiempo-gamma. Fotografías. Bitonos, tritonos y cuatritonos.
8. Reproducción de fotografía aérea. Objetivo de la exposición
controlada por zonas. Sistemas manuales y automáticos:
descripción, ventajas e inconvenientes
9. El revelado. Componentes de un revelador y su acción.
Variables en el revelado. El procesado automático. Esquema de
una máquina procesadora, funcionamiento y variables a controlar.
Tratamientos posteriores. El rebajado y la intensificación.
10. El control de calidad del proceso fotográfico. Cuñas y
escalas de grises. Densitómetros de reflexión y transmisión.
Gráficas de control.
11. La trama y la imagen tramada. Finalidad de la trama.
Parámetros que determinan una trama: forma del punto, lineatura,
angulatura, resolución.
12. Tramas analógicas o fotográficas. Tramas digitales o
tramas PostScript. La roseta. El efecto Moiré. Tramado de amplitud
modulada. Tramado estocástico o de frecuencia modulada. El
tramado estocástico en Cartografía.
13. Teoría de colores. Distribución cromática del espectro
visible. Colores fundamentales y complementarios. Síntesis aditiva
y sustractiva.
14. Los espacios de color RGB, CIELAB, CMYK, sRGB.
Conversión de RGB en CMYK: supresión del color subyacente (UCR)
y sustitución de la componente gris (GCR).
15. El color en la reproducción. Estándares de color utilizados
en impresión: PANTONE, FOCOLTONE, TOYO, TRUMATCH,
SWOP. El color HiFi o en alta fidelidad. Sistemas de calibración
de color (CMS). Norma española de colores UNE 48-103-94.
16. Procesos de captura por barrido. El escáner. Tecnología
de detección: CCD, tubos fotomultiplicadores. Escáneres de
tambor, y escáneres de plataforma o planos. Ventajas e Inconvenientes
de cada uno.
17. Resolución de escaneado. Resolución: de entrada, óptica,
interpolada, de salida. Resolución óptima de escaneado.
Resolución de escaneado para impresión. Profundidad de color o de
bit.
18. Procedimiento de escaneado. Evaluación del original.
Densidad máxima y mínima. Contraste. Aumento de la definición.
Herramientas para la corrección tonal: histogramas y curvas
tonales. Redimensionado y compresión.
19. Formatos de escaneado. El formato TIFF y el formato
EPS. Compresión sin pérdidas y con pérdidas. El algoritmo JPEG.
20. Diseño gráfico. Leyes y relaciones de la composición.
Elementos de diseño. Instrumentos y materiales, maquetas y bocetos.
Proceso de diseño.
21. Diseño asistido por ordenador: hardware y software.
22. Autoedición. La autoedición en el sector de Artes
Gráficas. Utilización de autoedición para la elaboración de planos,
mapas y atlas. Composición de textos.
23. Lenguajes de impresión. Lenguajes de descripción de
página (PDL). Lenguajes de código "Escape": HP PCL. Lenguajes
propietarios: HPGL y Microsoft Windows GDI.
24. El lenguaje PostScript. Principales características. El
formato PDF de Adobe. Formato PDF/X; diferentes niveles del mismo:
PDF/X-1. PDF/X-2 y PD/X-3.
25. Sistemas digitales de trazado. Impresoras electrostáticas.
Impresoras de inyección de tinta. Impresoras térmicas. Impresoras
láser.
26. Procedimientos de impresión en relieve. La tipografía y
la flexografía. Descripción, ventajas, inconvenientes y
aplicaciones.
27. Procedimientos de impresión en hueco. El huecograbado.
Descripción, ventajas, inconvenientes y aplicaciones.
28. Procedimientos de impresión planos. La litografía y la
serigrafía. Descripción, ventajas, inconvenientes y aplicaciones.
29. El montaje fotolitográfico. Objetivos. Instrumentos,
materiales, equipo. Técnica de montaje en positivo. Medidas en página,
distribución de márgenes. Compaginación. Esquemas en
Cartografía. Esquemas de compaginación para libros. Sistemas de
imposición electrónica. Superposición (trapping).
30. La prueba de color. Distintos procedimientos: "offset",
químicos, electrográficos y digitales. Análisis de sus ventajas e
inconvenientes.
31. Procesado de planchas para offset. Humectación de la
plancha. Grano. Clases de planchas: metálicas, de poliéster, de
papel, térmicas. Planchas presensibilizadas.
32. Planchas presensibilizadas. Etapas del pasado de una
plancha positiva presensibilizada en offset de superficie. La
insoladora, la procesadora y la perforadora. Control del pasado: cuñas
y micromarcas.
33. Sistema de impresión directa a plancha (Computer to
Plate). Descripción de esta tecnología, ventajas e inconvenientes,
aplicaciones.
34. La litografía. Orígenes. Técnicas antiguas de ejecución
y reproducción litográfica. La prensa litográfica de impresión
directa e indirecta. Máquinas litográficas: máquina directa
plano-cilíndrica, máquina indirecta plano-cilíndrica y máquina directa
rotativa.
35. El sistema offset. Características. Clasificación de las
máquinas offset: monocolores, multicolores, para la impresión
simultánea del blanco y de la retiración.
36. Máquinas offset rotativas. Ventajas e inconvenientes de
las máquinas rotativas. Partes principales. Aplicaciones.
37. Partes principales de la máquina offset de pliegos. Zócalo,
bancadas. Marcador. Cilindros. Batería de distribución de la tinta
y batería del mojado. La mantilla de caucho. Salida del pliego.
38. Impresión con máquinas offset. Arreglo y registro. El
mojado: relación agua-tinta, el pH, relaciones agua-plancha.
Preparación de la tinta. La tirada. Impresión en papel estucado.
Acondicionamiento del papel. La ganancia del punto.
39. Tintas para offset. Tipos de tinta offset. Vehículos,
pigmentos y correctivos o mejorantes. Propiedades de las tintas offset.
Procesos de secado: absorción o fijado, oxidación y
polimerización, evaporación, precipitación.
40. El flujo de trabajo digital en artes gráficas. Sistema CIP4.
Otros ejemplos: PECOM, etc.
41. El papel. Orígenes: el papiro, el pergamino, los
palimpsestos. Composición. Preparación de pastas de papel. Pasta
mecánica, química y semiquímica. Clases de papel. Gramaje. Formatos.
El papel estucado o cuché. Papel cartográfico para usos generales:
norma UNE 57-048, "Papeles sintéticos".
42. El control de calidad de la impresión offset. Elementos
de control y su valoración.
43. Impresión digital en color. Sistemas de impresión digital.
Ventajas y limitaciones. Tecnologías de impresión utilizadas.
Resoluciones. Soportes. Formatos. Papel para impresión digital.
Máquinas de imprimir de bobina y máquinas por hojas. Comparación
de gamas cromáticas entre el offset convencional y la impresión
digital.
44. El plegado. Preparación del papel. Alimentación del
papel. Marcadores. Plegado a mano. Plegado a máquina.
Máquinas plegadoras. Modelos de plegado. Formatos para mapas
plegados.
45. El proceso de encuadernación. Alzado: máquinas
alzadoras. Confección de libros y folletos. Troquelado, perforado,
tala
drado. Cosido: con alambre, con hilo, cosido a máquina con hilo
vegetal. Colas y adhesivos usados al encuadernar.
46. Tipos de encuadernación. Encuadernaciones sencillas, en
rústica, en cartoné, en tela, a la americana. Encuadernación de
holandesa y pasta española. Encuadernación de lujo.
47. Manipulación y procesos de acabado: barnizado,
plastificado, retractilado, colocación de flejes, empaquetado.
48. Cartografía en relieve. Plásticos aptos para la
estampación en offset. Tipos comerciales. Procesos para la elaboración
de un mapa en relieve. Construcción de la maqueta a partir del
MDT. Fresadoras. Obtención del molde en resina
termoendurecible. Termomoldeadoras.
49. Reprografía. La copiadora, la duplicadora, la impresora,
el FAX y sus periféricos. Copiadoras y duplicadoras digitales en
color. Equipos multifunción. Máquinas etiquetadoras y
plastificadoras.
50. El respeto por el medio ambiente en la industria gráfica.
Tecnologías para reducir el impacto ambiental. Sistemas
recuperadores de plata de las emulsiones fotográficas. Tintas
ecológicas con base de soja. Reciclaje de papel. Eliminación de residuos.
Control de las emisiones de vapores orgánicos nocivos.
ANEXO III
Cuerpo de Técnicos Especialistas en Reproducción
Cartográfica
Tribunal Titular:
Presidente: D. José Cebrián Pascual, Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Información.
Vocales: D. José Luis Rueda Conde, Cuerpo de Ingenieros
Técnicos en Topografía.
D. Javier Ortiz Valbuena, Cuerpo de Técnicos Especialistas
en Reproducción Cartográfica.
D.a Concepción Quirell Talavera, Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Secretario: -D. Manuel Mesa Martínez, Cuerpo de Técnicos
Especialistas en Reproducción Cartográfica.
Tribunal Suplente:
Presidente: D. Fernando Aranaz del Río, Cuerpo de Ingenieros
Geógrafos.
Vocales: D.a Pilar Gutiérrez Cabañas, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del M.o Medio Ambiente.
D. Manuel Grabán Martínez, Cuerpo de Técnicos Especialistas
en Reproducción Cartográfica.
D.a Rosario Hurtado de Mendoza Domínguez, Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Secretario: D. Pedro García Quilez, Cuerpo de Técnicos
Especialistas en Reproducción Cartográfica.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Técnicos Especialistas en Reproducción Cartográfica",
Código 1134.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la
letra "P".
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Fomento".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se
consignará, según proceda: "Bachiller, Formación Profesional de
Segundo Grado o equivalente".
El importe de la tasa por derechos de examen será de 6,25
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182-2458-10-0200000489, del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Fomento. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V
(El certificado debe extenderse en copia de este anexo)
Don/doña ...................................................
Cargo .......................................................
Centro Directivo o Unidad Administrativa ....................
CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este
Centro, el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes
extremos:
Apellidos: ..............................................
Nombre: .................................... Cuerpo o Escala
a que pertenece: ..............................................
D.N.I. número ........................... Número de Registro
de Personal ..............................................
Destino actual: ..............................................
1.o Antigüedad:
Tiempo de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala a que
pertenezca (años completos) hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de instancias:
2.o Grado personal consolidado:
3.o Datos referidos al puesto de trabajo desarrollado:
Denominación del puesto:
Años completos de servicios prestados en el puesto de trabajo:
4.o Cursos de formación y perfeccionamiento:
Denominación Centro que lo impartió
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
Expedido en ............ a ...... de ............... de ......
(Firma y sello)
(A cumplimentar por el órgano de selección)
Total puntuación en fase de concurso ............
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS.
MINISTERIO DE FOMENTO.
ANEXO VI
Cuerpo de Técnicos Especialistas en Reproducción
Cartográfica
Curso selectivo
MÓDULO I: Trabajo en equipo.
MÓDULO II: Administración y Función Pública.
MÓDULO III: Ámbitos de actuación del Instituto Geográfico
Nacional:
1. La representación cartográfica. Mapas topográficos y
temáticos. Concepto de escala.
2. Semiología gráfica. Interpretación espacial. El color en
cartografía.
3. Las proyecciones cartográficas.
4. Elementos geográficos representados en un mapa. El mapa
topográfico nacional de España.
5. Formación del mapa: Planimetría y altimetría.
6. Hidrografía: Red fluvial y masas de agua.
7. La cubierta vegetal y su representación.
8. Accidentes geográficos y el relieve. Fondos marinos.
9. Fotografía aérea y de satélite.
10. Producción cartográfica del Instituto Geográfico
Nacional. Series cartográficas nacionales.
11. Comercialización y difusión cartográfica. El Centro
Nacional de Información Geográfica.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid