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Documento BOE-A-2003-10457

Decreto 92/2003, de 1 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de zona arqueológica, el yacimiento arqueológico de Cerro Largo, Cerro del Santuario y Cerro Cepero, sito en el término municipal de Baza, provincia de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2003, páginas 19921 a 19923 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2003-10457

TEXTO ORIGINAL

I. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6, a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como Organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración, y competiendo según el artículo 1.1 a este último dicha declaración.

II. La importancia del yacimiento de Cerro Largo, Cerro del Santuario y Cerro Cepero, sito en el término municipal de Baza, provincia de Granada, reside en que se trata de un asentamiento clave para el conocimiento de tres importantes épocas, Edad del Hierro, Época Romana y Edad Media, formando una compleja unidad en la ocupación de un mismo territorio. En Cerro Largo se tiene constancia de construcciones funerarias de una necrópolis de época ibérica. En Cerro del Santuario igualmente se constatan estructuras funerarias, destacando la aparición de la Dama de Baza y el Cerro Cepero posee una gran importancia ya que en él se localiza la ciudad de Basti.

La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 4 de marzo de 2002 (publicada en el B.O.J.A. n.º 41, de 9 de abril 2002) incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor del yacimiento de Cerro Cepero, Cerro del Santuario y Cerro Largo, situado en el término municipal de Baza, provincia de Granada, siguiendo la tramitación establecida en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que la desarrolla parcialmente, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.

Con fecha 15 y 16 de marzo de 2002, se notifica la referida Resolución al Ayuntamiento de Baza y a la Asociación Cultural «Baza Histórica», respectivamente.

Al objeto de dar cumplimiento al trámite establecido en el artículo 9.2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, referido al informe favorable de una institución consultiva de las señaladas en el artículo 3.2 de esa norma, o que tenga reconocido idéntico carácter en el ámbito de la Comunidad Autónoma, la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada emitió informe favorable en sesión celebrada el 18 de abril de 2002.

De acuerdo con la legislación vigente, se cumplieron los trámites preceptivos abriéndose un período de información pública, en anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 66, de 6 de junio de 2002 y concediéndose trámite de vista y audiencia del expediente al Ayuntamiento de Baza, sin que se presentase ningún tipo de alegación al respecto.

III. Terminada la instrucción del expediente, según lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, procede la declaración de Bien de Interés Cultural de dicho inmueble, con la categoría de Zona Arqueológica, así como, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6.a) y 9.1 y 9.2 de la Ley 16/1985, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de abril de 2003, acuerda:

Primero.

Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el yacimiento de Cerro Largo, Cerro del Santuario y Cerro Cepero, sito en el término municipal de Baza, provincia de Granada.

Segundo.

Delimitar la Zona Arqueológica declarada conforme se detalla en el Anexo al presente Decreto.

Tercero.

Declarar un entorno de protección del bien, definido en el citado Anexo.

Cuarto.

Incluir el bien y el entorno declarados en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla a 1 de abril de 2003.–El Presidente, Manuel Chaves González.–La Consejera de Cultura, Carmen Calvo Poyato.

ANEXO

Denominación

a) Principal.

a.1 Cerro Largo.

a.2 Cerro del Santuario.

a.3 Cerro Cepero.

b) Accesoria.

b.1 Cerro Redondo.

b.3 Basti.

Localización

a) Provincia: Granada.

b) Municipio: Baza.

Descripción

El paraje de Cerro Largo se conoce desde el año 1995, debido a que al ser utilizado como cantera para la extracción de áridos en la construcción de la autovía A-92 aparecieron numerosos materiales arqueológicos y una escultura de época ibérica. Los trabajos realizados dan a conocer la existencia de varias fases de ocupación. Una primera fase correspondiente a una necrópolis ibérica, cuya tipología es la cámara subterránea. Sobre ésta se asienta una necrópolis tardorromana, excavándose doce sepulturas, concentradas en un espacio restringido de la ladera meridional. Finalmente se documenta un asentamiento de época altomedieval hispano-andalusí, consistente en una alquería constituida por casas de campo de plantas simples, distribuidas en el interior de un campo de silos.

La Necrópolis de Cerro del Santuario está fechada en época ibérica y se conoce desde el año 1953. Fue excavada por Francisco Presedo desde 1968 a 1971, fecha en que aparece la Dama de Baza. La necrópolis ocupa un cerro de 100 metros de largo por 40 de ancho, orientado de noroeste a sudeste. Todo el cerro está cubierto por enterramientos de distinto tipo, muy dañados por los trabajos agrícolas. Se han descubierto 170 enterramientos en total. Los ajuares abarcan cronológicamente desde el siglo V hasta el siglo III a, de C.

El poblado de Cerro Cepero se sitúa en un erial sobre una pequeña elevación por encima del Arroyo de los Batanes. Existen estructuras construidas con grandes bloques de piedra, sillares intercalados con pequeños tramos de piedras más pequeñas, quizá asociadas a la estructura defensiva que rodearía la cima amesetada. Aparece abundante cerámica ibérica y terra sigillata. Sus excavadores plantearon su posible identificación con la antigua Basti. Abarca una amplia cronología con una estratigrafía que arranca de lo bastetano antiguo, desde el siglo V a, de C. hasta época visigoda. A la fase antigua corresponden habitaciones de casas de piedra y adobe y materiales pertenecientes a esta cultura.

Delimitación de la zona arqueológica

La Zona Arqueológica de Cerro Largo, Cerro del Santuario y Cerro Cepero queda delimitada mediante un área poligonal, siendo sus lados los límites de la misma y teniendo como vértices las siguientes coordenadas UTM:

Cerro Largo:

A1 523.607 4.152.926
B1 523.759 4.152.850
C1 523.763 4.152.589
D1 523.701 4.152.340
E1 523.600 4.152.307
F1 523.156 4.152.492
G1 523.195 4.152.687
H1 523.474 4.152.904

Cerro del Santuario:

A2 523.090 4.152.144
B2 523.170 4.152.090
C2 523.159 4.152.003
D2 523.043 4.152.025
E2 523.054 4.152.133

Cerro Cepero:

A3 523.839 4.152.090
B3 523.897 4.152.043
C3 523.824 4.151.786
D3 523.727 4.151.765
E3 523.647 4.151.797
F3 523.564 4.151.895
G3 523.676 4.152.079

Delimitación del entorno

El entorno del Bien de Interés Cultural de Cerro Largo, Cerro Santuario y Cerro Cepero queda delimitado mediante un área poligonal, siendo sus lados los límites de la misma y teniendo como vértices las siguientes coordenadas:

1. 524.625 4.152.070
2. 524.460 4.152.400
3. 524.390 4.152.430
4. 524.315 4.152.620
5. 524.100 4.152.920
6. 523.990 4.153.120
7. 523.670 4.153.480
8. 522.895 4.153.490
9. 522.810 4.153.370
10. 522.665 4.153.285
11. 522.510 4.152.940
12. 522.475 4.152.700
13. 522.450 4.152.225
14. 522.640 4.151.840
15. 523.167 4.151.574
16. 523.375 4.151.465
17. 523.505 4.151.270

Parcelas afectadas

Las parcelas afectadas por la delimitación del bien de interés cultural, se sitúan en los polígonos números 14, 15 y 21 de rústica del término municipal de Baza, provincia de Granada.

Cerro Largo.

Polígono 14:

Parcelas 124, 125, 127 a, 127 j: Afectadas parcialmente.

Parcela 128: Afectada totalmente.

Polígono 15:

Parcelas 95b, 97: Afectadas parcialmente.

Parcela 96: Afectada totalmente.

Polígono 21:

Parcelas 155 b, 155 c, 155 d, 155 e, 168, 171 y 172: Afectadas parcialmente.

Parcelas 155 a, 169 a, 169 b, 170 a y 170 b: Afectadas totalmente.

Cerro del Santuario.

Polígono 21:

Parcela 788: Afectada parcialmente.

Parcela 156: Afectada totalmente.

Cerro Cepero.

Polígono 21:

Parcelas 207 b, 209 a, 209 b, 210, 213 a, 213 b, 236 a, 236 b, 230 b, 237, 238 b, 239, 246 b y 767 b: Afectadas parcialmente.

Parcelas 230 a, 235, 238 a y 767 a: Afectadas totalmente.

Las parcelas afectadas por la delimitación del entorno del bien de interés cultural de Cerro Largo, Cerro del Santuario y Cerro Cepero, se sitúan en los polígonos números 14, 15 y 21 de rústica del término municipal de Baza, provincia de Granada.

Polígono 14:

Parcelas 124, 125 y 127: Afectadas parcialmente.

Parcela 126: Afectada totalmente.

Polígono 15:

Parcelas 94 b, 95 a, 95 b, 97, 118 d: Afectadas parcialmente.

Parcela 98 y 117: Afectadas totalmente.

Polígono 21:

Parcelas 4, 149 a, 154, 157 a, 167, 173 a, 182, 194 b, 194 c, 195 a, 206, 208, 211 a, 229, 231, 240 a, 245 d, 247 a, 279, 17: Afectadas totalmente.

Parcelas 5, 140, 148, 155 b, 155 c, 155 e, 168, 171, 172, 194 a, 207, 209, 210, 230, 236, 237, 239, 246, 285, 312, 315, 316, 318, 319, 767, 771 y 788: Afectadas parcialmente.

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