Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-10555

Orden FOM/1300/2003, de 21 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2003, páginas 20291 a 20296 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2003-10555

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003, de 21 de febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 8 plazas del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos (Código 1406) por el sistema general de acceso libre.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso selectivo.

Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del mes de agosto de 2003. La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Aeronáutico. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Fomento. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Fomento, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, n.º 67, Madrid, teléfono 91.597.87.87. Dirección de Internet http://www.mfom.es/empleopublico

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Fomento, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 21 de mayo de 2003.–P.D. (Orden 25-9-00, BOE 5-10-00), el Director general de Organización, Procedimiento y Control, José Antonio Sánchez Velayos.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos

Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1. Oposición.

2. Curso selectivo.

1. Oposición.

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios obligatorios y eliminatorios, de los cuales uno será práctico.

Primer ejercicio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias, que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 90 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, de las cuales 30 corresponderán a las materias generales y 60 a las específicas. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener 10 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio.

Consistirá en el desarrollo oral durante un tiempo máximo de 30 minutos de dos temas, de entre cuatro elegidos por sorteo, correspondiendo dos de ellos al grupo B de las materias generales y dos a las materias específicas del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria, de los cuales, a elección de los aspirantes, desarrollarán uno correspondiente al grupo B de materias generales y uno de las materias específicas.

Los aspirantes dispondrán de 15 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto a puntes. Durante la exposición podrán utilizar el guión que hayan realizado durante el referido tiempo de preparación. Para el desarrollo oral de los temas, el Tribunal pondrá a disposición de los aspirantes, los medios que sean necesarios para que puedan ilustrar su exposición.

Finalizada la exposición, el Tribunal durante un tiempo máximo de 15 minutos podrá formular preguntas relacionadas con los temas expuestos u otros que tengan relación con los mismos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el mismo. Dicha calificación vendrá determinada por la claridad en la exposición de ideas, la concreción y precisión del contenido de los temas desarrollados.

Tercer ejercicio. Idioma Inglés.

Este ejercicio constará de dos partes:

A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre dos textos redactados en lengua inglesa y española respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo II de esta convocatoria. La duración máxima de esta parte del ejercicio será de dos horas.

B) Parte oral: consistirá en mantener una conversación en idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de 15 minutos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener en este ejercicio 5 puntos para superar el mismo.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma Inglés, con preferencia de Profesores de la Escuela Oficial de Idiomas.

Cuarto ejercicio.

Este ejercicio de carácter práctico consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, extraído al azar por el Tribunal, en presencia de los aspirantes, de entre un total de tres elaborados por dicho Tribunal, uno por cada una de las materias específicas que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. Para la realización de este ejercicio el aspirante podrá llevar consigo y consultar toda la documentación que estime necesaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres, entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del original.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo máximo de 15 minutos formulará preguntas sobre el tema desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, siendo necesario obtener 20 puntos para superar el mismo.

2. Curso selectivo.

Como condición previa e indispensable para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un curso selectivo, que constará de una parte teórica y otra práctica, organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto (BOE del 30).

El curso selectivo se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de documentación de los aspirantes aprobados y tendrá una duración máxima de cinco meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en el Anexo V de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar o reorganizar las materias que figuran en el Anexo V, así como incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras actividades formativas complementarias, relacionadas con las actividades propias de los funcionarios del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses y consistirá en la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas Unidades Administrativas de la Dirección General de Aviación Civil. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios en prácticas tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de 10 días desde la finalización de las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la Comisión de Valoración prevista en este Anexo un informe de las actividades desarrolladas, con los comentarios o sugerencias que crean oportuno formular.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.

Sistema de calificación

Fase de oposición.

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 1 de este Anexo.

Curso selectivo.

La Comisión de Valoración nombrada por la Subsecretaría del Departamento, estará integrada, en la parte teórica, por los coordinadores de los Módulos II y IV; la Subdirectora General de Recursos Humanos; la Jefe del Área de Selección y Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte práctica estará integrada por los tutores de los aspirantes; la Subdirectora General de Recursos Humanos y la Jefe del Área de Selección y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la Subdirectora General de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta y la Jefe del Área de Selección y Formación de Secretaria.

La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo, quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.

La calificación máxima del curso selectivo será de 100 puntos; correspondiendo a cada una de las dos partes 50 puntos; siendo necesario obtener 25 puntos en cada una de las partes para superar las mismas.

Calificación total.

La calificación total de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso, en el cuarto, primero y tercero de dicha fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos

PROGRAMA

Materias generales

A) Organización y funcionamiento de la Administración

1. El constitucionalismo. La Constitución como norma suprema. La evolución histórica del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978. Principios informadores, estructura y reforma constitucional.

2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo. El Poder Ejecutivo. El Poder Judicial.

3. Derecho Administrativo. Concepto y evolución. Tipos históricos: modelos anglosajones frente a continentales.

4. El Ordenamiento Jurídico Administrativo: sus fuentes. La Constitución. Los tratados internacionales. La Ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.

5. La Organización administrativa estatal. Principios rectores. Normas reguladoras. Órganos superiores de la Administración General del Estado.

6. La organización territorial de la Administración General del Estado. Delegados del Gobierno, Subdelegados del Gobierno. Otros órganos territoriales.

7. Las Administraciones Autonómica y Local. El proceso autonómico. Sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

8. La Unión Europea. Instituciones. Fuentes del derecho comunitario.

9. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

10. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Nulidad y anulabilidad. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

11. Recursos administrativos. Concepto y naturaleza. Clases y regulación actual.

12. La Jurisdicción Contencioso Administrativa. Evolución. Características generales. El recurso contencioso-administrativo.

13. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.

14. La acción administrativa: los contratos administrativos. Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

15. Ministerio de Fomento: Evolución y estructura. La Dirección General de Aviación Civil: Estructura orgánica y funciones. La Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA): Competencias y funciones.

B) Marco General

1. Organismos y Asociaciones Internacionales de Aviación Civil: OACI, CEAC, Eurocontrol, JAA, IATA, EUROCAE.

2. Convenios Internacionales de Transporte Aéreo (París 1919, Varsovia 1927, etc.).

3. Convenios Bilaterales y Multilaterales de Transporte Aéreo.

4. El Convenio de Aviación Civil Internacional y sus Anexos Técnicos; Métodos y Prácticas Recomendados (SARPS), Procedimientos de Navegación Aérea (PANS); Procedimientos Suplementarios Regionales (SUPPS).

5. Marco normativo e institucional del transporte aéreo en España.

6. Política de la UE en materia de transporte aéreo.

7. El Tercer Paquete Aéreo y Normas de Acompañamiento.

8. Las medidas de protección de los usuarios del transporte aéreo en la Unión Europea.

9. Evolución del Tráfico Aéreo en Europa y en el mundo; tráfico de pasajeros y mercancías.

10. Plan Global CNS/ATM de OACI; concepto CNS/ATM; antecedentes y objetivos.

11. Estrategia de los 90 de los Ministros de Transporte de la CEAC; Conclusiones de las Reuniones MATSE.

12. Coordinación entre Ministerio de Defensa y Ministerio de Fomento; CIDETRA.

Materias específicas

A) Transporte Aéreo

1. Transporte aéreo regular en España. Evolución y características.

2. Transporte aéreo no regular en España. Evolución y características

3. Tarifas aéreas. Marco legal antes y después del Mercado Único.

4. Transporte de mercancías peligrosas por vía aérea.

5. Regulación de la Aviación General y Deportiva en España.

6. Registro de matrícula de aeronaves en España. Su reglamentación.

7. Organizaciones de diseño y producción de aeronaves aprobadas. JAR-21.

8. Procedimientos conjuntos de certificación JAA.

9. Certificados de aeronavegabilidad. Clasificación, concesión y validez.

10. Certificado de Operador Aéreo (AOC). Manual Básico de Operaciones (MBO).

11. Requisitos para la operación de aeronaves civiles en transporte aéreo comercial (JAR-OPS).

12. Tareas programadas de mantenimiento en relación con la aeronavegabilidad.

13. Requisitos para el establecimiento de un programa de mantenimiento (MRB).

14. Centros de mantenimiento de aeronaves JAR 145.

15. Lista Maestra de Equipo Mínimo (MMEL) y Lista de Equipo Mínimo (MEL).

16. Sistemas avanzados de aviónica. Sistema de gestión de vuelo (FMS).

17. Sistema anticolisión de a bordo (ACAS).

18. Sistema de aviso de proximidad al suelo (GPWS). Sistema mejorado de aviso de proximidad al suelo (EGPWS).

19. Operación y requisitos instrumentales de la Navegación de Aérea (RNAV).

20. Operación y requisitos instrumentales de la Navegación en el Atlántico Norte (MNPS).

21. Operación y requisitos instrumentales de la navegación con Separación Vertical Mínima Reducida (RVSM).

22. Operación y requisitos instrumentales de las operaciones de Largo Alcance (ETOPS).

23. Utilización del sistema de posicionamiento global (GPS) como medio primario y suplementario de navegación según las reglas de vuelo instrumental (IFR).

24. Títulos y licencias aeronáuticas según los estandares JAR-FCL. Su transposición en España.

25. Comisión de investigación de accidentes e incidentes aéreos.

26. Reglamentación sobre asignación de franjas horarias («slots»).

27. Derechos de los Pasajeros Aéreos: el ordenamiento jurídico en España. Compromisos voluntarios sobre calidad de servicios de compañías aéreas y aeropuertos.

28. Accesibilidad al transporte aéreo de personas con movilidad reducida. Barreras arquitectónicas y seguridad operacional.

29. Certificación de ruido y emisores de aeronaves. Requisitos. Exenciones. Consideraciones operacionales. Normativa de la Unión Europea.

30. Certificación, registro y uso de ultraligeros motorizados (ULM) y aeronaves muy ligeras (VLA).

31. Instrumentos y equipos necesarios en aeronaves de la categoría de transporte. Clasificación según su operación.

32. Descripción y discusión de los requisitos de cualidades de vuelo JAR-25.

33. Clasificación de helicópteros por categorías según su certificación de tipo. Operación con carga externa bajo FAR-133.

34. La responsabilidad de los operadores aéreos en caso de accidente. Seguros obligatorios e indemnizaciones.

35. Organización territorial dependiente de la DGAC. Relación con la distribución geográfica de la actividad aérea en España.

36. Explotación comercial de aeronaves en régimen de arrendamiento («wet/dry lease»). Regulación, procedimiento y criterios de concesión.

37. Concesión y mantenimiento de licencias de explotación a compañías de transporte aéreo.

38. Instrucciones para la aeronavegabilidad continuada. Concepto. Normativa. Obligaciones de los Estados según Anexo 8 de OACI. Reporte de averías, mal funcionamiento y defectos.

39. Escuelas de enseñanzas aeronáuticas. Descripción y regulación.

B) Navegación y Circulación Aérea

40. Estrategia de la CEAC en espacio aéreo; TPIAS. Estrategia ATM2000+ de Eurocontrol.

41. RNP (Required Navigation Performance).

42. Clasificación del espacio aéreo. Espacio aéreo de carácter especial; restricciones permanentes y restricciones temporales.

43. Espacio aéreo controlado. Áreas de control: TMAs, CTAs, CTRs, ATZs y aerovías. Sectorización ATC.

44. Diseño de rutas ATS basadas en radioayudas convencionales. Procedimientos SIDs y STARs. Procedimientos de aproximación de precisión y de no-precisión.

45. RNAV: ruta y espacio aéreo terminal. P-RNAV y RNP-1 en espacio aéreo terminal. 4D RNAV. Aproximaciones RNAV con guía vertical. RNAV para aterrizaje (GLS).

46. Servicios de Gestión del Espacio Aéreo (ASM). Uso Flexible del Espacio Aéreo (FUA): AMCs, CDRs, TSAs, CBAs, AUP, UUP, CRAM.

47. Servicios de Gestión de Afluencia del Tránsito Aéreo (ATFM); Concepto de Demora.

48. Sistema ATFM Europeo. CFMU.

49. Servicio de Control del tráfico aéreo: área, aproximación y aeródromo.

50. Servicio de Información de Vuelo y Servicio de asesoramiento; ATIS.

51. Servicio de Alerta. Servicio de Búsqueda y Salvamento (SAR); aplicaciones de los satélites a la localización de emergencias (Sistema COSPAS-SARSAT).

52. Servicio de Meteorología Aeronáutica (MET).

53. Servicio de información aeronáutica (AIS): AIP, AICs, NOTAMs, oficinas NOF, ciclos AIRAC, información anterior y posterior al vuelo.

54. Reglas de vuelo visual y reglas de vuelo por instrumentos.

55. Ayudas a la Navegación convencionales (ILS, VOR, DME, NDB).

56. Aplicaciones de los satélites a la navegación aérea (GNSS); Sistemas de Aumentación Terrestre y por Satélite (GBAS y SBAS); Sistema Europeo de Navegación por Complemento Geoestacionario (EGNOS). Programa GALILEO.

57. Sistemas de Vigilancia (PSR, SSR, radares monopulso, Modo S).

58. Sistemas de Comunicaciones Aeronáuticas; comunicaciones tierra-aire y comunicaciones tierra-tierra; 8.33 Khz.

59. Aplicaciones de los satélites a las comunicaciones y vigilancia; Servicio Móvil Aeronáutico por Satélite (SMAS); Vigilancia Dependiente Automática (ADS).

60. La Seguridad en la Navegación Aérea; Sistemas de gestión de seguridad (SGS). Política de Seguridad de Eurocontrol (SRC y SRU); metodologías de gestión de seguridad.

61. Planes de vuelo; presentación; IFPS.

62. Servidumbres de las instalaciones radioeléctricas aeronáuticas.

63. Servidumbres de la operación de aeronaves.

64. Iniciativas comunitarias en ATM. Cielo Unico Europeo.

65. La tarificación en el sistema de navegación aérea. Recuperación de costes.

66. Sistemas automatizados de control de tráfico aéreo (SACTA).

C) Aeropuertos

67. Planificación de aeropuertos. Planes Directores. Sistema general. Área de cautela.

68. Modelos estimativos de capacidad/demanda. Factores que afectan a la capacidad. Previsiones de tráfico. SIMMOD.

69. El urbanismo y los aeropuertos. Integración territorial. Planes especiales y legislación planes directores.

70. Ruido aeronáutico, indicadores, huellas de ruido. Criterios en la evaluación de impacto acústico en España y a nivel mundial.

71. Medidas de abatimiendo del ruido aeronáutico. Medidas restrictivas al tráfico. Retirada de flotas.

72. Servidumbres acústicas. Restricciones al urbanismo

73. Regímenes sancionadores en materia de ruido. Sistemas de monotorización de ruidos en los aeropuertos.

74. Emisión de contaminantes. Gestión de residuos. Certificación ISO 14001 en los aeropuertos.

75. Diseño y capacidad en las áreas terminales de los aeropuertos. Estándares de servicio (LOS). Capacidad estática y dinámica.

76. Propiedad y gestión aeroportuaria. Modelos existentes a nivel mundial.

77. Configuración y diseño de campos de vuelo, calles de salida rápida, calles de rodadura y plataformas.

78. Diseño y cálculo de superficies pavimentadas y no pavimentadas. Nivelación. Evaluación de su estado y rehabilitación.

79. Sistemas de drenaje.

80. Torres de control de aeródromo. Emplazamiento; Infraestructura; Equipamiento.

81. Instalaciones eléctricas en los aeropuertos. Centros de transformación y redes de distribución.

82. Instalaciones de balizamiento. Señalización e iluminación de campos de vuelo.

83. Ayudas visuales para la aproximación.

84. Balizamiento de obstáculos.

85. Seguridad aeroportuaria y planes de emergencia.

86. Salvamento y extinción de incendios. Requerimientos según OACI.

87. Configuración y diseño de aeropuertos STOL y helipuertos. Señalización de ayudas visuales.

88. Tramitación para el establecimiento de aeródromos y helipuertos privados.

89. Gestión energética de aeropuertos.

90. Mantenimiento y explotación de aeropuertos.

91. Señalización en los aeropuertos.

92. Calidad aeroportuaria. Planes de calidad en los aeropuertos.

93. Instalaciones aeroportuarias para la carga aérea. La situación de España.

94. Instalaciones de combustible en aeropuertos. Legislación.

95. Accesos. Capacidad y tipos. Experiencia mundial en las conexiones directas de alta velocidad..

96. Régimen jurídico de la prestación de servicios aeroportuarios de asistencia en tierra.

97. Régimen jurídico de aeropuertos y la Constitución Española. Los aeropuertos de interés general.

98. Demora en los aeropuertos. Relación con la capacidad y medidas para paliar retrasos

ANEXO III
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos

Tribunal Titular:

Presidente: D. Jesús Pérez Blanco. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.

Vocales: D. Pablo Hernández-Coronado Quintero. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.

D. José M.ª Marcos Elgóibar. Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

D.ª Amparo Avello López. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: D. Álvaro Veloso Lozano. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Tribunal Suplente:

Presidente: D. Manuel Mederos Cruz. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.

Vocales: D. Rodolfo Montoto Navarro. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.

D. Rafael Sanjurjo Navarro. Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

D.ª Beatriz Sánchez Rodrigo. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: D.ª Paloma López Tosar. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos» «Código 1406».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L». En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Fomento».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero Aeronáutico».

El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01 €.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2458-10-0200000489, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Fomento. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos

Curso selectivo

Módulo I: Trabajo en equipo.

MóduloII: Administración y Función Pública.

Módulo III: Elaboración de informes.

Módulo IV: Gestión Administrativa y gestión económica-financiera.

Módulo V: La actividad administrativa aeronáutica:

1. Introducción al Derecho Aeronáutico.

2. La Ley de Navegación Aérea: significado y principios generales.

3. El procedimiento sancionador aeronáutico.

4. Las licencias aeronáuticas.

5. La certificación de los productos aeronáuticos.

6. La expedición de certificados de aeronavegabilidad.

7. Nociones básicas de las JAA y fundamentos de las JAR.

8. La inspección aeronáutica.

9. La planificación aeroportuaria y sistemas de navegación aérea: funcionamiento y régimen vigente (especial referencia al régimen de los Planes Directores, servidumbres aeronáuticas, temas medioambientales aeroportuarios.

10. Los Convenios Internacionales suscritos por España en materia de transporte aéreo.

11. La aplicación del Derecho Comunitario en nuestro ordenamiento jurídico: los principales Reglamentos Comunitarios y la transposición de las Directivas que afectan a temas de interés en materia de transporte aéreo.

12. La actividad de fomento del transporte aéreo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid