En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003 de 21 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, Código 0619, por el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará 1, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados, los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plaza no cubierta en el cupo de reserva de discapacitados se acumulará a las de acceso general.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 31 de julio de 2003. La duración máxima de la fase de oposición será de 4 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33%.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Economía (Paseo de la Castellana 162, 28071 de Madrid), en el Registro General del Instituto Nacional de Estadística, Paseo de la Castellana 183, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Economía. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Economía, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Subsecretario de Economía, dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Estadística, Capitán Haya 51, Madrid, teléfonos (91) 5837203, dirección de correo electrónico teresaibUine.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de 14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el RD. 364/1995, de 10 de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Economía en el plazo de un mes, desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 14 de mayo de 2003.–El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía, P.D. (Orden de 3 de agosto de 2000, Boletín Oficial del Estado del 11), el Subsecretario, Miguel Crespo Rodríguez.
Ilma. Sra. Presidenta del INE e Ilmos. Sres. Secretario General Técnico del Ministerio de Economía y Presidente del Tribunal.
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:
Primer ejercicio: Será práctico. Consistirá en la contestación, por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro horas, de cuestiones prácticas propuestas por el Tribunal, sobre los programas de Estadística Descriptiva, Estadística Teórica Básica, Demografía y Economía.
Segundo Ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro horas, de tres temas del Anexo II extraídos al azar. Uno del programa de Economía, otro del programa de Demografía y un tercero del programa de Derecho Público y Organización del Estado.
Este ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo éste realizar cuantas cuestiones juzgue conveniente.
Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro horas de dos temas del Anexo II extraídos al azar. Uno del programa de Estadística Descriptiva y otro del programa de Estadística Teórica Básica.
1.1 Valoración:
Todos los ejercicios son eliminatorios, no pudiendo pasar de un ejercicio al siguiente los opositores que no hubiesen alcanzado la calificación mínima de cinco puntos. La valoración máxima en cada uno de ellos será de diez puntos. Para superar el segundo y el tercer ejercicio será necesario, además, no haber sido calificado con cero en ninguno de los temas.
La calificación del segundo ejercicio será el resultado de obtener la media ponderada de cada uno de los programas de acuerdo con los siguientes coeficientes: Economía, coeficiente cuatro; Demografía, coeficiente cuatro y Derecho Público y Organización del Estado, coeficiente dos.
Calificación final: La puntuación total de cada opositor se obtendrá sumando la calificación de cada ejercicio previamente ponderada con arreglo a los siguientes coeficientes: Primer ejercicio, coeficiente tres; segundo ejercicio, coeficiente dos; tercer ejercicio, coeficiente cinco. Si al obtener dicha puntuación hubiere dos o más aspirantes con la misma calificación, se determinará el orden de prelación por la mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio, si hubiere igualdad por la mayor del primer ejercicio y si aún persistiere el empate por la del segundo ejercicio.
2. Curso selectivo:
Será organizado por la Escuela de Estadística de las Administraciones Públicas. Se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde que finalice el previsto en la base 7.2 para la presentación de documentos, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
La duración del curso selectivo será de un mes. Su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo serán establecidas oportunamente por la Presidencia del INE.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de unas pruebas prácticas en relación con las áreas básicas de formación que se imparten.
El curso se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superar lo obtener como mínimo diez puntos. Dicha calificación será otorgada por la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística, a propuesta del Órgano responsable del curso selectivo.
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
Economía
Tema 1. La actividad económica: Perspectiva microeconómica y macroeconómica. Interdependencia de procesos económicos: Procesos de producción, gasto y distribución. Análisis macroeconómico funcional e institucional.
Tema 2. El SEC 95. Características generales. Evolución de los sistemas de contabilidad: Similitudes y diferencias entre el SEC95 y el SEC79. Aplicaciones del SEC95.
Tema 3. El SEC95 como sistema (I). Las unidades estadísticas y su agrupación. Los flujos y los stocks.
Tema 4. Las principales operaciones de bienes y servicios y de distribución en el SEC95.
Tema 5. El SEC95 como sistema (II). El sistema de cuentas y los agregados contables.
Tema 6. El marco Input-Output. Descripción general. Tablas de Origen y Destino. Otras tablas.
Tema 7. Otros sistemas de cuentas en el marco del SEC-95. Las cuentas trimetrales. Las cuentas regionales.
Tema 8. Medición de las variaciones de precio y volumen en el SEC95. Campo de aplicación. Elección de las fórmulas de los números índice y del año base.
Tema 9. El modelo IS-LM para una economía cerrada (I). La curva IS. La curva LM. La determinación del equilibrio.
Tema 10. El modelo IS-LM para una economía cerrada (II). Variaciones del equilibrio. Política fiscal y política monetaria.
Tema 11. Un modelo simplificado de demanda y oferta agregadas. Inflación y desempleo.
Tema 12. La Balanza de pagos: Concepto y estructura. Tipos de cambio: definición y sistemas de determinación.
Tema 13. La Unión Europea: Características básicas. Las etapas del proceso de intregración. El tratado de Maastricht y el Pacto de Estabilidad.
Tema 14. La unión Monetaria. Eleuro.ElBancoCentralEuropeo. La Política Monetaria. Política Tipo de Cambio.
Demografía
Tema 1. La Demografía. Estructura de la población. Los fenómenos demográficos. El envejecimiento y el crecimiento de las poblaciones.
Tema 2. El esquema de Lexis. Tasas y cocientes en demografía. Análisis transversal y longitudinal.
Tema 3. La mortalidad. Tasas brutas y específicas. Tablas completas y abreviadas. Esperanza de vida.
Tema 4. La nupcialidad. Tasas brutas y específicas. Duración del matrimonio. Uniones de hecho.
Tema 5. La natalidad y la fecundidad. Tasas brutas y específicas. Número de hijos por mujer. El rango de los nacimientos. Tema 6. Estructura de población. Pirámides de población. El envejecimiento de la población.
Tema 7. La población futura. Procedimientos matemáticos de estimación: Fórmulas de Makeham, Gomperts y curva logística.
Tema 8. Los Censos Demográficos en España: Población, Viviendas y Edificios. Objetivos. Métodos de Recogida. Características investigadas.
Tema 9. El movimiento natural de la población en España y los movimientos migratorios.
Tema 10. Elpadrónmunicipal.Naturalezayfinalidad.Modelo de gestión. Aprovechamiento con fines estadísticos.
Derecho Público y Organización del Estado
Tema 1. La Constitución Española. Contenido y estructura. Los Derechos y Deberes Fundamentales y Libertades Públicas. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. La Administración Pública: principios constitucionales informadores. Organización de la Administración del Estado: Órganos superiores y directivos. La Administración periférica del Estado. La Organización Territorial del Estado: Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.
Tema 3. El Derecho Administrativo. Fuentes. La ley. Clases de Leyes. El Reglamento. El acto administrativo. Concepto y clases. Eficacia y validez de los actos. Revisión, anulación y revocación. El control jurisdiccional de la Administración.
Tema 4. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Tema 5. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Normativa básica. Los derechos y deberes de los funcionarios públicos. Estructura de la Función Pública del Estado. Acceso, promoción y provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. El personal laboral. Selección y contratación.
Tema 6. El personal laboral al servicio de la Administración del Estado. Selección y contratación. Derechos y deberes. Los Convenios Colectivos. Órganos de representación.
Tema 7. La Ley 12/1989 de la Función Estadística Pública de 9 de mayo de 1989. Principios Generales de la Función Estadística Pública. La recogida de datos. Secreto estadístico. Difusión de la información estadística. Infracciones y sanciones. Los Servicios estadísticos del Estado. El Consejo Superior de Estadística.
Tema 8. Ley Orgánica del Régimen Electoral General: La Administración electoral española. La Oficina del Censo Electoral: Ubicación, competencias, organización y actuaciones en los procesos electorales. El Censo Electoral: Composición e inscripción. Gestión continua.
Tema 9. Los Presupuestos Generales del Estado en España. El gasto público en España. Análisis funcional y su valoración. El control del gasto público en España.
Estadística Descriptiva
Tema 1. Concepto de estadística. Las unidades estadísticas. Variables cualitativas y cuantitativas. Variables discretas y continuas. Distribuciones unidimensionales de frecuencias. Distribuciones acumuladas. Tablas estadísticas. Representación gráfica.
Tema 2. Medidas de síntesis de una distribución de frecuencias. Medidas de posición. Media aritmética, geométrica y armónica. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.
Tema 3. Medidas de posición robustas. Mediana, moda y cuantiles. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.
Tema 4. Medidas de dispersión. Recorrido, varianza y desviación típica. Otras medidas de dispersión. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.
Tema 5. Momentos. Cálculo y aplicaciones. Medidas de simetría y curtosis.
Tema 6. Medidas de concentración. Curva de Lorenz. Índice de Gini.
Tema 7. Interpolación. Concepto y métodos. Interpolación lineal y parabólica. Fórmula de Lagrange.
Tema 8. Distribuciones estadísticas bidimensionales. Tabla de doble entrada. Representaciones gráficas.
Tema 9. Distribuciones marginales y condicionales. Independencia y asociación de las variables.
Tema 10. Momentos en las distribuciones bidimensionales. Concepto de covarianza. Correlación. Significado.
Tema 11. Distribuciones n-dimensionales. Distribuciones marginales y condicionales.
Tema 12. Momentos en las distribuciones n-dimensionales. Correlación múltiple y parcial.
Tema 13. Ajuste por el método de mínimos cuadrados.
Varianza residual. Su interpretación.
Tema 14. Rectaderegresión.Coeficientedecorrelaciónlineal y cálculo del mismo. Posiciones de las rectas de regresión según el valor del coeficiente de correlación.
Tema 15. Hiperplanos de regresión en una distribución n-dimensional. Varianza explicada y varianza residual. Medida de la bondad del ajuste.
Tema 16. Series temporales. Componentes de una serie temporal. Modelo aditivo y multiplicativo. Métodos para la determinación de la tendencia.
Tema 17. El análisis de las series temporales. Métodos elementales para la determinación de las variaciones estacionales y los movimientos cíclicos.
Tema 18. Números índices. Los índices simples. Propiedades de los índices simples. Índices complejos. Índices de Laspeyres y Paasche. Índices de precios. Índices de precios de consumo.
Tema 19. Propiedades de los índices complejos. Algunos problemas prácticos relacionados con la construcción de un índice. Índice de producción industrial, salarios y del comercio exterior.
Estadística Teórica Básica
Tema 1. Fenómenos aleatorios. Conceptos de probabilidad. Propiedades. Independencia de sucesos. Teorema de Bayes.
Tema 2. Variables aleatorias. Variables discretas. Función de probabilidad. Variables continuas. Función de densidad. Propiedades.
Tema 3. Esperanza matemática. Propiedades. Varianza. Propiedades. Función característica y función generatriz de momentos. Acotación de Tchebychev.
Tema 4. Distribución binomial. Propiedades. Distribución de Poisson. Propiedades. Relación entre ellas. Otras distribuciones discretas.
Tema 5. Distribución uniforme. Distribución exponencial. Distribución Pareto. Propiedades.
Tema 6. Distribución normal. Tablas y propiedades. Utilización de la distribución normal para aproximar probabilidades de binomial y de Poisson.
Tema 7. Distribuciones de varias variables aleatorias. Distribuciones conjuntas y marginales. Independencia entre variables aleatorias. Ejemplos.
Tema 8. Esperanza de vectores aleatorios. Esperanza de sumas y productos de variables aleatorias. Covarianza. Correlación. Transformaciones lineales de variables aleatorias.
Tema 9. Distribución normal multivariante. Propiedades.
Tema 10. Distribución X2 de Pearson, F de Fisher y t de Student.
Tema 11. Procesos estocásticos discretos. Análisis de series temporales. Procesos autorregresivos. Procesos de medias móviles. Procesos ARMA. Procesos ARIMA.
Tema 12. Introducción a la inferencia. Muestra y población. Tipos de muestreo.
Tema 13. Estimación puntual. La distribución de un estimador en el muestreo. Propiedades de los estimadores.
Tema 14. Métodos de obtención de estimadores. Método de los momentos. Método de máxima verosimilitud. Propiedades.
Tema 15. Estimación de parámetros en poblaciones normales. Propiedades de la media muestral. Propiedades de la varianza muestral.
Tema 16. Estimación por intervalos. Conceptos básicos. Ejemplos de intervalos en poblaciones normales.
Tema 17. Contraste de hipótesis. Contraste de significación. Nivel crítico de un contraste. Ejemplos de contrastes.
Tema 18. El enfoque de Neyman y Pearson. Hipótesis alternativa. Errores tipo I y II de un contraste. Potencia de un test. Intervalos de confianza y contraste de hipótesis.
Tema 19. Contrastes de ajuste. Contraste X2 de Pearson. Aplicaciones. Contraste de Kolmogorov-Smirnov. Otros contrastes de ajuste.
Tema 20. Control de calidad. El concepto del proceso bajo control. Control por variables y por atributos.
Tema 21. Métodos fundamentales de selección de la muestra. Selección con probabilidades iguales. Selección con probabilidades desiguales. Selección sistemática. Probabilidad de pertenecer a la muestra. Estimadores insesgados.
Tema 22. Muestreo aleatorio simple en una población finita. Estimadores. Errores de muestreo. Intervalos de confianza. Tamaño de la muestra.
Tema 23. Muestreo estratificado. Concepto. Principios fundamentales. A fijación de la muestra. Estimadores. Errores de muestreo.
Titulares:
Presidente: Don Pedro Revilla Novella, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado. Vocales:
Doña Juana Porras Puga, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Don Agustín Cañada Martínez, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Don Luis Esteban Barbado Miguel, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Don Luis Javier Fernández Abad, Cuerpo de Administradores Civiles del Estado.
Don Ignacio Estévez Cano, Cuerpo de Gestión Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
Secretario: Don Eloy Rodríguez Rodríguez, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
Suplentes:
Presidente: Don Fernando Cortina García, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado. Vocales:
Don Alejandro Salinero Carrillo, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Don Gonzalo Parada Herrero, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Don Arsenio García Rubio, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Don Pedro Bueno Díaz, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Don Ángel Álvarez Cedrón Caballo, Diplomado en Estadística del Estado.
Secretaria: Doña Ana María López Lago, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» (Libre/Nuevo ingreso).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará «la titulación poseída.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 18,76 €.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-9091-51-0200234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Economía Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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