Este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le
atribuye el art. 20 en relación con el 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre de Universidades, y según lo establecido en
el art. 199 de los Estatutos de la Universitat de València, acuerda
convocar pruebas selectivas de acceso al Grupo A Escala Técnicos
de Gestión, sector de administración general de la Universitat de
València, por el turno libre, con arreglo a las siguientes
Bases de la Convocatoria
1. Normas generales
1.1 Esta convocatoria tiene por objeto, la selección de
personal para cubrir 4 vacantes del grupo A, sector de administración
general, en turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición.
1.1.1 Del total de vacantes se reservarán 1 para el cupo de
discapacitados. Las plazas que no se ocupen por el cupo de
discapacitados, se sumarán al turno general.
1.1.2 Los y las aspirantes solo podrán participar o en el cupo
de discapacitados o en el turno general.
1.2 Según lo previsto en el art. 73 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre de Universidades, la realización de estas
pruebas selectivas, se ajustará a lo previsto en la legislación vigente
para la Función Pública de la Generalitat Valenciana y la normativa
específica universitaria recogida en la Ley Orgánica de
Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Valencia, así como
en las normas establecidas en esta convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constituido por concurso-oposición
lo integrarán, las pruebas, valoraciones, puntuaciones y materias
que figuran en el Anexo I. El temario que ha de regir estas pruebas
figura en el Anexo II. Quienes no reúnan el requisito de
conocimiento de valenciano que figura en esta convocatoria, deberán
realizar una prueba previa al proceso selectivo según consta en
el Anexo I de la misma.
1.4 La adjudicación de las plazas a los o las aspirantes que
superen este proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la
puntuación obtenida por éstos en el concurso-oposición.
1.5 De acuerdo con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades esta
convocatoria se publicará en el "Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana" y en el "Boletín Oficial del Estado", siendo esta última
publicación la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo
de plazos para la presentación de solicitudes. El resto de
resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se
publicarán únicamente en el "Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana" DOGV.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido/a a la realización de estas pruebas los
y las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de tratados internacionales establecidos
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta
se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión
Europea, según lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre,
modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el
Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
2.1.2 Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad
de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto,
Ingeniero, o titulación equivalente, o estar en condiciones de
obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.1.4 Estar en posesión del certificado acreditativo de
conocimiento de valenciano a nivel Medio, expedido por la Junta
Calificadora de la Generalitat Valenciana o el Servicio de
Normalización Lingüística de la Universitat de València o certificado de
homologación emitido por este Servicio.
2.1.5 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.6 No hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio
de funciones públicas.
2.1.7 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario, de cualquier administración o empleo público. Los
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar
igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.8 Además para participar en el cupo de discapacitados
se requerirá:
a) Poseer un grado de discapacitación igual o superior al 33
por 100, aportando la certificación del grado de discapacitación
efectuada por el órgano competente.
b) Manifestarlo expresamente en la solicitud.
2.2 Los requisitos a que se refiere el apartado 2.1, deberán
reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y disfrutar de los mismos durante todo el proceso
selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá
declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos
establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria,
debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que haber
aprobado el concurso oposición.
3. Solicitudes
3.1 Quién desee tomar parte en estas pruebas selectivas lo
hará constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria
como anexo V y que facilitará gratuitamente el Servei de Recursos
Humans (PAS) de esta Universidad, en la Avda. Blasco Ibañez,
n.o 13, nivel 1, DP 46010, de Valencia. También podrán acceder
a una copia de dicha solicitud a través de la página web del Servicio
de Recursos Humanos ( PAS) cuya dir ección es:
http://www.uv.es/ps/.
3.2 Las solicitudes se dirigirán por triplicado (una para la
entidad bancaria, una para la Universitat y una para la persona
interesada) al Rector de la Universitat de València.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" BOE. La
publicación de la convocatoria en el DOGV, tendrá sólo carácter
informativo.
3.4 Las solicitudes se presentarán en la oficina del Banco
Santander Central Hispano. Asimismo, podrán ser presentadas
en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes presentadas en las oficinas de correos deberán
cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del
Reglamento de los Servicios de Correos: la solicitud se presentará
en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas
en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo figurar
con claridad el nombre de la oficina y la fecha.
3.5 A la solicitud se unirá la siguiente documentación:
3.5.1 Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan
derecho a participar en estas pruebas, deberán presentar fotocopia
del documento que acredite su nacionalidad.
3.5.2 Resguardo original del ingreso de los derechos de
examen.
3.6 Los derechos de examen serán de 26 Euros que se
ingresarán en la cuenta corriente Derechos de examen. Universitat de
València, n.o 0049/5457/28/2116017088 del Banco Santander
Central Hispano, oficina de la calle Artes Gráficas n.o 12 de
Valencia, o a través de transferencia a la citada cuenta.
Si el pago se efectúa a través de transferencia, la solicitud
deberá presentarse en el registro de una Administración Pública
o en la oficina de correos.
La falta de acreditación del pago de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.7 De acuerdo con lo que disponen las Normas de Ejecución
Presupuestaria para el año 2003 de esta Universidad, están
exentos del pago de los derechos de examen:
3.7.1 Las personas con una discapacidad igual o superior
al 33 %.
3.7.2 Las personas que se encuentren como demandantes
de empleo, al menos durante el plazo de un mes antes de la fecha
de la publicación de la convocatoria de estas pruebas selectivas.
Para el disfrute de la exención será requisito que no hubieran
rechazado, en el plazo de que se trate, ninguna oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional.
Estos aspirantes deberán presentar los certificados
correspondientes que acrediten su condición de discapacitados (mediante
certificación de la Consellería de Bienestar Social u órgano
competente), o de su condición de desempleado (mediante certificación
del SERVEF) y lo hagan constar expresamente en el apartado
correspondiente de la solicitud.
3.8 Los y las aspirantes con minusvalías que deseen solicitar
medidas de adaptación, deberán indicarlo expresamente en el
impreso de solicitud. En el anexo VI, figura la lista de medidas
de adaptación posible. Deberán adjuntar a la solicitud,
certificación del grado de discapacitación efectuada por el órgano
competente.
3.9 Si la convocatoria prevé la realización de pruebas de
idiomas, los ó las aspirantes deberá hacer constar su opción en el
impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia
a efectuar estas pruebas, siempre que sean voluntarias y de méritos.
3.10 Los errores que pudieran advertirse serán corregidos
en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa
verificación del cumplimiento de todos los requisitos de
participación señalados en esta convocatoria, así como el pago de los
derechos de examen, el Rector dictará una resolución que se
publicará en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y
que contendrá la lista provisional de admitidos y excluidos a la
realización de las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista
provisional de admitidos y excluidos, se iniciará un plazo de 10 días
hábiles, para que se puedan formular alegaciones o se puedan
subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de acuerdo
con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, con el objeto de evitar errores y para
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las y los aspirantes
comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran en la relación
de excluidos, sino que además, sus nombres constan
correctamente en la pertinente relación de admitidos.
Los y las aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos detectados o no aleguen las omisiones, serán
definitivamente excluidos de la participación de estas pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y alegaciones, y
resueltas las mismas, se dictará una nueva resolución, que
contendrá la lista definitiva de admitidos y excluidos, la fecha, el
lugar y la hora de la celebración del primer ejercicio. Esta
resolución se publicará en el DOGV.
4.4 Será causa de exclusión, además de las señaladas en otros
apartados de estas bases:
la omisión de la firma en la solicitud.
no adjuntar el DNI.
4.5 Será causa de exclusión del ejercicio de méritos no señalar
el apartado correspondiente de la solicitud; y respecto del ejercicio
de idioma no especificar el idioma elegido.
5. Desarrollo de las pruebas selectivas
5.1 Los ejercicios tendrán lugar en las dependencias de la
Universitat de València. El primer ejercicio se realizará en el lugar,
fecha y hora que se establezca en la resolución del Rectorado
de esta Universitat por la que se apruebe la lista definitiva de
admitidos y excluidos de las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 En el caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias
sesiones, el orden de actuación de los opositores se establecerá
por sorteo.
5.3 En cada ejercicio, los y las aspirantes deberán acreditar
su personalidad exclusivamente mediante la presentación de DNI,
del pasaporte o del permiso de conducir, junto con el ejemplar
para el interesado del impreso de solicitud de admisión a las
pruebas.
El incumplimiento de este requisito por algún aspirante
determinará la exclusión de éste de la celebración de las pruebas.
En ningún caso serán válidas las copias o fotocopias de dichos
documentos.
5.4 Los y las aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único, siendo excluidos de estas pruebas quienes
no comparezcan. Decaerán en su derecho cuando se personen
en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por
la inasistencia a las mismas aún cuando sea por causa justificada.
Los miembros del tribunal y el personal colaborador del mismo,
no permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios,
de aquellas personas que no cumplan los anteriores requisitos,
ni de aquellas que comparezcan una vez concluido el llamamiento
de los aspirantes convocados.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de
carácter individual y sucesivo, el tribunal podrá apreciar las causas
alegadas y admitir al o la aspirante, siempre y cuando las mismas
no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio
de igualdad con el resto de personal.
5.5 Al finalizar cada una de las pruebas, el anuncio de la
celebración de la siguiente se hará público por el tribunal en el
local en que se haya celebrado dicha prueba, así como en el tablón
de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta
Universidad con una antelación mínima de 48 horas.
Complementariamente también se publicarán en la página web del Servicio
de Recursos Humanos ( PAS) cuya dir ección es:
http://www.uv.es/Zpas.
5.6 Si el tribunal tuviese conocimiento en cualquier momento
del proceso selectivo de que alguno de los o las aspirantes no
posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia al interesado, se procederá a su
exclusión, comunicándole asimismo la inexactitud o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas.
6. Información y publicidad de los actos del tribunal
6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a los
y las aspirantes, las listas de aprobados de cada uno de los
ejercicios, la valoración de los méritos y cualquier otro anuncio que
el tribunal estime pertinente, se publicará en el tablón de anuncios
del Servicio de Recursos Humanos (PAS), y en la página web del
mismo Servicio, cuya dirección es http://www.uv.es/Zpas. Las
listas de aprobados de cada ejercicio también se publicarán en los
locales donde se hayan celebrado dichas pruebas.
6.2 Una vez finalizadas todas las pruebas y valorados los
méritos que integran el concurso-oposición, el tribunal hará pública
la lista de aprobados por orden de puntuación. Esta lista de
aprobados será definitiva y contendrá el mismo número de aprobados
que de vacantes convocadas.
6.3 Finalizado el proceso selectivo, por resolución del rector
se hará pública en el DOGV la lista definitiva de aprobados por
orden de puntuación.
7. Presentación de documentos
7.1 En el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente
al de publicación en el DOGV de la lista de aprobados, los o
las aspirantes a los puestos deberán presentar en el Servei de
Recursos Humans (PAS) de esta Universitat la siguiente
documentación:
7.1.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil
correspondiente, o fotocopia del DNI.
7.1.2 Fotocopia compulsada del título académico exigible
según la presente convocatoria.
7.1.3 Certificación acreditativa del conocimiento de valenciano.
7.1.4 Declaración de no haber sido separado mediante
expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público,
así como de no encontrarse inhabilitado penalmente para el
ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad
no sea la española deberán además efectuar la declaración de
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
7.1.5 Certificado médico acreditativo de poseer capacidad
física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones de
los puestos de trabajo ofertados. A estos efectos, los
reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados
por la Universitat de València.
7.1.6 El o la aspirante con alguna discapacidad deberá
aportar un certificado del órgano competente de la comunidad
autónoma sobre la capacidad para llevar a cabo las tareas que
correspondan al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
7.2 El o la aspirante que teniendo la condición de funcionario
de carrera o personal laboral fijo de esta Universidad, haya
concurrido a estas pruebas, quedará exento de justificar
documentalmente las condiciones generales que ya hubiesen sido
acreditadas por nombramientos anteriores, debiendo acreditar el resto
de las mismas.
7.3 La falta de presentación de la documentación, dentro del
plazo indicado (salvo casos de fuerza mayor) o la falsedad de
documentos, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante
y, con respecto de éste, la nulidad subsiguiente de los actos del
tribunal, sin perjuicio de las responsabilidades en que el aspirante
hubiera podido incurrir.
8. Nombramiento de funcionarios o funcionarias
Transcurrido el plazo de presentación y verificación de la
documentación presentada, mediante resolución del rectorado, que se
publicará en el DOGV, se nombrarán como funcionarias o
funcionarios de carrera a las personas que hayan superado estas
pruebas selectivas.
9. Tribunal
9.1 El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
en el anexo III de esta convocatoria. El nombre de las personas
que lo integran se hará público en la misma resolución en la que
se publiquen las listas definitivas de admitidos y excluidos.
9.2 El tribunal podrá, siempre bajo su dirección y control
directo, nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes.
9.3 Los miembros del tribunal, así como los colaboradores,
especialistas y ayudantes deberán abstenerse de intervenir en las
actividades del tribunal, cuando concurran en ellos alguna de las
circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran
realizado tareas de preparación de opositores a pruebas selectivas
al mismo cuerpo i escala en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
La presidencia podrá solicitar de los miembros del tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en los antedichos artículos.
9.4 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el
tribunal con asistencia, al menos de la mayoría reglamentaria de
sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el tribunal
acordará todas las decisiones que correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
Durante el proceso selectivo, el tribunal resolverá todas las
dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como
lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
9.5 El tribunal adoptará las medidas precisas de forma que
los aspirantes con minusvalías tengan las mismas condiciones para
la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En
este sentido se establecerá, para las personas que lo soliciten
según indica la base 3.8, las adaptaciones posibles de tiempo
y medios para su realización.
9.6 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias,
el tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universitat de
València.
9.7 El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría
que para estos casos determine la legislación vigente.
9.8 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que
han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados
que contradiga lo establecido será nula de pleno derecho.
9.9 La presidencia del tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
en aquellos ejercicios que sea procedente.
10. Información respecto a los datos recogidos
10.1 Los datos suministrados por los interesados podrán
quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la
Base de Datos de Personal, o la Base de Datos de Bolsa de Trabajo,
de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre
de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
10.2 El fichero quedará bajo la responsabilidad de la
Secretaría General de la UVEG en la Avda. Blasco Ibañez, n.o 13, DP
46010 de València.
10.3 La información obtenida será procesada exclusivamente
para la gestión de personal.
10.4 Los datos de carácter personal serán tratados con el
grado de protección que establece el Real Decreto 994/1999,
de 11 de junio, en el que se regulan las medidas de seguridad
de los ficheros automatizados que contienen datos de carácter
personal, adoptándose las medidas de seguridad necesarias para
garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.
10.5 Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que
establece la LOPD, ante el Servei de Recursos Humanos (PAS)
de la Universitat de València, en la Avda. Blasco Ibañez, n.o 13,
nivel 1, DP 46010 de València.
11. Recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se
puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el
plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante
el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso
administrativo ante los órganos de la jurisdicción contenciosa
administrativa de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su publicación.
Contra los actos del Tribunal, se podrá interponer un recurso
de alzada según lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Valencia, 15 de mayo de 2003.-Por delegación (DOGV
5-05-03), la Vicerrectora de Economía y Administración, Matilde
Fernández Blanco.
ANEXO I
Sistema selectivo
Con anterioridad al inicio del proceso selectivo, quienes no
estén en posesión de la certificación del conocimiento de
Valenciano a nivel Medio, deberán realizar una prueba de conocimientos
de la lengua oral y escrita equivalente a este nivel. El resultado
de la misma será apto o no apto. Superada la prueba los aspirantes
podrán comenzar el proceso selectivo y se les considerará en
posesión de la acreditación suficiente del nivel medio de valenciano
exigido.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
Fase de oposición: Constará de cuatro ejercicios; serán
obligatorios y eliminatorios los tres primeros.
1.o ejercicio: Constará de un test con cuatro respuestas
alternativas de las que sólo una será correcta y que versará sobre
cultura general y el contenido del temario que figura en el Anexo II
de esta convocatoria.
Los errores penalizarán según la siguiente formula:
E
A
-d - 1
N = ^ 10
n
donde:
N = nota resultante.
A = número de aciertos.
E = número de errores.
d = número de opciones para cada pregunta
n = número de preguntas.
El numero de preguntas lo fijará el Tribunal, al igual que el
tiempo de desarrollo del ejercicio, con la suficiente antelación.
2.o Ejercicio.-Consistirá en el desarrollo por escrito de dos
temas elegidos por los aspirantes de entre cuatro extraídos al azar
por el Tribunal de entre todos los apartados que integran el
Anexo II de esta convocatoria. La duración de este ejercicio será
de un mínimo de dos horas y no podrá exceder de cuatro, a criterio
del Tribunal. Una vez concluida la prueba, los ejercicios serán
introducidos en sobres y quedarán bajo la custodia del Tribunal,
el cual llamará individualmente a los opositores para la lectura
pública de los temas que hayan desarrollado. El lugar, fecha y
hora de esta lectura, será anunciado por el Tribunal con la
suficiente antelación.
3.o Ejercicio.-Consistirá en resolver por escrito, dos de entre
tres supuestos prácticos propuestos por el tribunal relacionados
con las materias que figuran en el programa de esta convocatoria.
La duración de este ejercicio se determinará por el Tribunal
con la debida antelación, atendiendo al contenido del mismo.
4.o Ejercicio.-Voluntario y de méritos. Constará de dos partes:
Primera parte. Voluntaria. Tendrá por objeto valorar el
conocimiento de uno o varios idiomas de entre los siguientes : inglés,
alemán, francés e italiano, según la opción manifestada por el
aspirante en el impreso de solicitud.
Segunda parte: Obligatoria. Consistirá en la celebración de
una entrevista. El lugar, fecha y hora de la celebración de la misma,
será fijado por el Tribunal con la suficiente antelación.
Valoración de los ejercicios
1.o ejercicio.-Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario
para superarlo obtener al menos 5 puntos. Para poder ser
calificado, será requisito obtener al menos el 50% de respuestas
correctas.
2.o ejercicio.-Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los
temas desarrollados y será necesario para superarlo obtener la
calificación global mínima de 10 puntos y no haber obtenido 0
puntos en ninguno de los temas.
3.o ejercicio.-Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los
supuestos desarrollados y será necesario para aprobar obtener
la calificación global mínima de 10 puntos y no haber obtenido
0 en ninguno de ellos.
La calificación resultante de los ejercicios eliminatorios vendrá
determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno
de ellos.
Sólo podrán pasar a realizar los ejercicios de méritos quienes
superen los tres ejercicios obligatorios y eliminatorios.
4.o Ejercicio.-Se valorará de la siguiente manera:
Primera parte: de 0 a 4 puntos (máximo hasta un punto por
idioma elegido).
Segunda parte: de 0 a 3 puntos.
La puntuación total de la oposición se obtendrá sumando la
puntuación del cuarto ejercicio a los resultados obtenidos por los
aspirantes que figuren en los listados de resultados definitivos
de la fase de ejercicios obligatorios.
Fase de concurso: Se valorarán los méritos de los curriculums
de los aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el
anexo IV. La puntuación obtenida en la fase de concurso se sumará
a la obtenida en la fase de oposición para elaborar el orden
definitivo de los concursantes aprobados.
A continuación, se elaborará por orden de puntuación una lista
de aprobados, que contendrá el mismo número de aspirantes que
de vacantes convocadas.
En caso de empate entre los aspirantes incluidos en la relación,
el orden se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en
el segundo ejercicio. Si este continuase, a la mayor puntuación
obtenida en el tercer ejercicio, y si persistiera se atenderá en primer
lugar, a la puntuación del primer ejercicio, y si se mantuviese
el empate, este se dirimiría por sorteo.
ANEXO II
Temario
I. El Estado Español. España y la Comunidad Europea
1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La
Constitución Española de 1978. Estructura y contenido de la
Constitución de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su Garantía
y suspensión. El Tribunal Constitucional y El Defensor del Pueblo.
Reforma de la Constitución.
2. El Estado español como estado social y democrático de
Derecho. El Estado Autonómico en España: Naturaleza y
construcción, antecedentes históricos, principios constitucionales.
3. El régimen político de la Constitución Española. La
monarquía parlamentaria: Funciones constitucionales. Sucesión y
regencia. El refrendo.
4. La representación política: Democracia directa y
representativa en la Constitución Española. La participación política. Las
Cortes Generales: Las Cámaras y su composición, atribuciones
y funcionamiento.
5. El Gobierno y la Constitución Española: Formación,
composición, funciones, designación y cese del Gobierno y de su
Presidente. La responsabilidad del Gobierno y de la Administración.
Organos constitucionales de control de la Administración. La
Administración consultiva.
6. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la
justicia. El Consejo General del Poder Judicial: organización y
competencias. Especial referencia al Tribunal Superior de Justicia de
la Comunidad Valenciana.
7. La Administración Pública: La Administración del Estado.
La Administración Institucional. La Administración Local.
8. La Administración autonómica: Vías constitucionales de
acceso a la autonomía. Los Estatutos de Autonomía: Su
elaboración y aprobación. Especial referencia al Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Valenciana.
9. La Comunidad Autónoma Valenciana. La Generalitat
Valenciana: Las Cortes Valencianas. El Consell o Gobierno
Valenciano. El Presidente de la Generalitat. El Consejo de Cultura. La
Sindicatura de Cuentas.
10. La Constitución Española y la acción exterior del Estado.
La sociedad internacional. Los actores internacionales. El nuevo
escenario mundial.
11. Las Comunidades Europeas. Nacimiento y objetivos.
Tratados originarios y sus modificaciones. La Adhesión de España
a la Comunidad Económica Europea. El Tratado de la Unión
Europea. El problema de la convergencia económica en la Unión
Europea.
12. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo,
Comisión, Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras instituciones.
13. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre
el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados
miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español al
Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas
en la aplicación del Derecho Comunitario.
14. Medios financieros y personales de la Unión Europea.
El presupuesto. La Función Pública Comunitaria. La libre
circulación de mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libre
circulación de capitales.
15. Políticas comunes y sectoriales de la Comunidad Europea.
Los fondos estructurales. La libre competencia. La cohesión
económica y social.
II. Derecho Administrativo
1. La Administración Pública: concepto y clases. Las
funciones y los poderes del Estado. El control legislativo, jurisdiccional
y político de la administración.
2. La Administración Pública y la norma jurídica. El principio
de legalidad. La discrecionalidad de la Administración. Potestades
regladas y potestades discrecionales. Relaciones entre
administración y justicia. El principio de autotutela.
3. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Las
fuentes del derecho administrativo. Jerarquía de fuentes. La
Constitución. Las Leyes: orgánicas y ordinarias. Decretos leyes y
decretos legislativos.
4. El reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y
limites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. El control
de la potestad reglamentaria.
5. El ciudadano como titular de derecho frente a la
Administración. Los derechos públicos y subjetivos. Los intereses
legítimos. Las situaciones especiales de poder y sujeción. Capacidad
jurídica y capacidad de obrar en el derecho administrativo.
6. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad, anulabilidad
y revocación.
7. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo
Común: ámbito de aplicación. Principios informadores.
8. Los órganos colegiados en las Administraciones Públicas
en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Derecho Administrativo
Común. Los principios de la organización administrativa. La
competencia. La jerarquía. La coordinación y el control.
9. El procedimiento administrativo general. Su fases:
Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.
10. Los derechos de los ciudadanos en el procedimiento
administrativo. Régimen de los actos presuntos. Las notificaciones.
11. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Materia
recurrible, legitimación y órganos competentes. Las reclamaciones
previas al ejercicio de acciones judiciales. Los recursos en la
administración universitaria.
12. La revisión de oficio de los actos administrativos.
Procesos de lesividad. El procedimiento económico-administrativo.
13. La jurisdicción contenciosa-administrativa. El recurso
contencioso-administrativo.
14. Los contratos administrativos: Naturaleza, carácter y
clases. Elementos: Sujeto, objeto, causa y forma. Formas de
contratación.
15. Contenido, efectos y cumplimiento de los contratos
administrativos. Prerrogativas de la Administración. La extinción de
los contratos administrativos. El cumplimiento de la resolución.
16. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria.
Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto, causa y contenido. El
procedimiento expropiador. Expropiaciones especiales.
17. Potestad sancionadora de la administración.
Procedimiento sancionador. Principios generales. Sanciones
administrativas y medidas sancionadoras.
18. Régimen jurídico de los bienes de titularidad pública. El
dominio público: Concepto, naturaleza jurídica, elementos y
régimen jurídico. Bienes patrimoniales. El patrimonio del Estado.
Bienes comunales.
19. La actividad administrativa de servicio público. Formas
de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. La gestión
indirecta. La concesión. Empresas públicas. Empresas mixtas.
20. La actividad de policía de la Administración:
Manifestaciones más importantes. La actividad de fomento en la
Administración: principales manifestaciones, sus medios.
21. La responsabilidad patrimonial de la Administración.
Responsabilidad de los funcionarios públicos. Los delitos de los
funcionarios públicos.
III. Recursos humanos. Derecho laboral
1. La evolución del estudio de la organización: La
organización científica del trabajo. La escuela de los principios de la
administración. La escuela de las relaciones humanas y la teoría
del comportamiento.
2. La Administración participativa. La Administración por
objetivos. La Administración para la calidad: Los círculos de
calidad. Otros instrumentos de mejora de la calidad.
3. El factor humano en la organización. El elemento humano
en las organizaciones prestadoras de servicios. El Grupo en la
organización: características y tipos de grupos. Comunicación y
comportamiento grupal. El trabajo en equipo: Técnicas.
4. La motivación de los recursos humanos. Teorías
explicativas. La función de mando y dirección. Teorías del liderazgo.
Evaluación del rendimiento: Sus peculiaridades en la
Administración Pública. La formación y su influencia en el funcionamiento
de la organización.
5. El clima laboral. La satisfacción en el trabajo. Prevención
y salud laboral: la Ley de Prevención de riesgos laborales y su
aplicación en las Administraciones Públicas. Los Comités de
Seguridad y Salud laboral. La prevención.
6. Las relaciones laborales en la Administración Pública. La
relación jurídica de servicios: modelos. La relación jurídico-laboral
en las Administraciones públicas.
7. La relación jurídica de servicios en la Administración
Pública Valenciana (I): los funcionarios públicos: Concepto y clases.
Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. La carrera
administrativa.
8. La relación jurídica de servicios en la Administración
Pública Valenciana (II): contenido de la relación funcionarial: Derechos
y deberes de los funcionarios. Los derechos económicos. Los
derechos de sindicación y huelga de los funcionarios públicos. Organos
de representación y participación.
9. La relación jurídica de servicios en la Administración
Pública Valenciana (III): formas de acceso a la función pública. Provisión
de los puestos de trabajo. Situaciones administrativas. Régimen
disciplinario.
10. La relación jurídico-laboral en la Administración Pública.
El derecho del trabajo: Características. Principios constitucionales.
Sistema de fuentes y jerarquía normativa.
11. El contrato de trabajo: concepto, clases, forma. Las partes
y su capacidad. Modalidades de contratos. Nacimiento y extinción
de la relación contractual. La Administración Pública como parte
empresarial: características diferenciadoras.
12. La Negociación colectiva. Concepto y naturaleza jurídica:
Principios constitucionales. Clases de convenios colectivos. Las
partes y su legitimación. Procedimiento negocial. Contenido
negocial. Conflictos colectivos: La huelga y el cierre patronal.
13. El II Convenio Colectivo de Universidades Públicas de
la Comunidad Valenciana. Clasificación profesional. Jornada y
horarios. Condiciones substanciales de trabajo y su modificación.
Promoción profesional. Permisos y licencias. Modificaciones de
la relación contractual. Derechos de representación sindical.
Resolución de conflictos colectivos.
14. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico
del profesorado universitario. Acceso a la función docente.
Situaciones Administrativas. Cese. Sistema retributivo y evaluación del
profesorado. Especial mención al personal docente contratado en
la Universitat de València.
15. Las incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Legislación aplicable. Régimen
Disciplinario de los funcionarios Públicos.
16. Las Seguridad Social: régimen general de la Seguridad
Social. Afiliación: altas y bajas. Cotización. Acción protectora:
Contingencias cubiertas. Prestaciones. Asistencia sanitaria.
Incapacidad temporal y permanente. Maternidad. Jubilación. Muerte
y supervivencia.
17. El sistema especial de Seguridad Social de los
Funcionarios Públicos. Derechos pasivos. Incapacidad temporal y
permanente. Jubilación. Muerte y supervivencia. Otras
indemnizaciones.
IV. Administración financiera y presupuestaria
1. La actividad financiera: concepto, clases y efectos. La
Hacienda Pública: Funciones, instrumentos y medios. El sujeto
de la actividad financiera del sector público. La actividad financiera
descentralizada.
2. Los ingresos públicos: concepto y clases. El impuesto:
clases, principios y efectos.
3. Los impuestos directos. Concepto, características y clases.
Los impuestos indirectos. Concepto, características y clases.
Espe
cial referencia al IVA y sus repercusiones en las Administraciones
Públicas.
4. El Gasto publico: concepto, naturaleza y clases. La
incidencia del gasto público.
5. El Presupuesto: Concepto y contenido. Los principios
clásicos del presupuesto y su crisis. Los fines del presupuesto. Las
técnicas presupuestarias.
6. Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la
Generalitat Valenciana. El ciclo presupuestario: Preparación, discusión,
aprobación, ejecución y control del presupuesto de la Generalitat
Valenciana.
7. Modificaciones presupuestarias según la normativa de la
Generalitat Valenciana: Créditos extraordinarios y suplementos
de créditos. Transferencias y otras modificaciones presupuestarias.
Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.
8. Procedimiento de ejecución del gasto publico en la
Generalitat Valenciana. Autorización. Compromiso de gasto.
Reconocimiento de la obligación. Propuesta de Pago. El Pago y sus
diversas formas.
9. Gestión de los gastos de personal: Retribuciones de los
empleados públicos. Devengos y liquidaciones. Los gastos de
seguridad social y de clases pasivas.
10. Gestión de los gastos contractuales: Tipos de contratos.
Autorización y compromiso de los gastos contractuales.
Reconocimiento de la obligación y pago. Control de los gastos
contractuales. Gestión de los gastos de transferencias. Las subvenciones:
Procedimientos. Reconocimiento de la obligación y el pago de
las subvenciones: Reintegro y control.
11. El control de la actividad Económico-financiera en el
sector público. El control presupuestario: concepto, ámbito de
aplicación. Control interno y control externo: Características y tipos
de control. La Sindicatura de Cuentas de la Generalitat Valenciana.
12. La Contabilidad Pública: contenido, naturaleza y ámbito
de aplicación. El Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta
General.
13. Gestión Económico-financiera de la Universitat de
València (I). El Presupuesto Universitario: particularidades.
Características diferenciadoras del sistema universitario. Elaboración y
aprobación del Presupuesto de la Universitat de València.
14. Gestión Económico-financiera de la Universitat de
València (II). El ciclo presupuestario. Modificaciones presupuestarias:
Normativa especifica de la universidad.
15. Gestión Económico-financiera de la Universitat de
València (III). Gestión del gasto y gestión del pago. Fases del
procedimiento y documentos contables. Liquidación del presupuesto
y rendición de cuentas.
16. Gestión Económico-financiera de la Universitat de
València (IV). El pago. Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja
fija. Pagos a justificar.
17. El Plan General de Contabilidad Pública y su adaptación
a las universidades públicas.
V. Gestión Universitaria
1. La configuración institucional y naturaleza jurídica de las
Universidades en la Constitución de 1978. La ley Orgánica de
Universidades 6/2001 de 21 de diciembre. La autonomía de las
universidades.
2. Sistema normativo aplicable a las Universidades. Estatutos
de las Universidades Públicas. Estatutos de la Universitat de
València. Los Reglamentos Universitarios.
3. Las Universidades y la administración educativa.
Competencias de las Comunidades Autónomas en relación con las
Universidades. El Consejo de Universidades: Composición y
funciones.
4. Creación de las Universidades. Los distritos universitarios.
Creación de centros y de institutos universitarios. La autorización
de nuevos estudios.
5. Estructura y organización de las Universidades Públicas:
facultades, escuelas, departamentos, institutos u otros centros.
Centros mixtos de investigación. Especial referencia a la estructura
organizativa de la Universitat de València.
6. Órganos de Gobierno de las Universidades Públicas (I).
Organos Colegiados: El Claustro, la Junta de Gobierno, Juntas
de Facultad o Escuela, Consejo de Departamento. Especial
referencia a los Estatutos de la Universitat de València.
7. Órganos de Gobierno de las Universidades Públicas (II)
Organos unipersonales: el Rector, los vicerrectores, el Secretario
General, el Gerente, decanos y directores de Facultades o Escuelas
Universitarias, directores de Departamento. Especial referencia a
los Estatutos de la Universitat de València.
8. Relaciones Universidad y sociedad. El Consejo Social:
Regulación, composición y funciones: Las Fundaciones
Universitarias. Especial referencia a la Fundación General de la
Universitat de València.
9. El personal al servicio de las Universidades Publicas:
personal docente e investigador, y personal de administración y
servicios. Especial referencia al tratamiento de los Estatutos de la
Universitat de València en los temas de personal. La participación
institucional.
10. El régimen de estudiantes de las Universidades
Públicas (I): Planes de estudios conducentes a títulos oficiales:
Elaboración, aprobación y homologación. Regulación de la obtención
y expedición de títulos oficiales de primero, segundo y tercer ciclo
universitarios. Normativa general sobre traslado de expedientes
y convalidaciones. Homologación de estudios extranjeros.
Estudios de postgrado.
11. El régimen de estudiantes de las Universidades
Públicas(II): Normativa y legislación referente a becas. Clases, tipos
y condiciones de los organismos que subvencionan estudios
reglados. Programación y planificación nacional de las becas.
Intercambios internacionales. Especial atención a los programas de
la Unión Europea.
12. Los estudiantes universitarios: Derechos y deberes.
Acceso y permanencia en los estudios universitarios. Participación de
los estudiantes en los órganos colegiados universitarios. Especial
referencia a los derechos y deberes reconocidos a los estudiantes
por los Estatutos de la Universitat de València. Los órganos de
representación de los estudiantes en la Universitat de València.
13. La investigación en las Universidades Públicas: La Ley
de la Ciencia. Contenido de la ley Orgánica 6/2001 y de los
Estatutos de la Universitat de València en materia de investigación.
El articulo 83 de la Ley Orgánica de Universidades y sus
consecuencias en la investigación. Convenio y contratos de
investigación nacionales e internacionales. La financiación de la
investigación. Relaciones Universidad-Empresa: La OTRI.
14. Régimen económico financiero de la Universitat de
València. Patrimonio y recursos financieros. Planes plurianuales.
Régimen económico de contratos y cursos de especialización. Las
retribuciones especiales.
15. Garantías Jurídicas en la Universitat de Valencia. Los
recursos administrativos. El Tribunal de Greuges. La Asesoría
Jurídica.
Nota: El contenido de este temario, tanto en legislación general
como en normativa reglamentaria externa se refiere a la que esté
en vigor en el momento de la convocatoria. La normativa
Estatutaria deberá tener en cuenta los cambios que pueden efectuarse
por adaptación a la Ley Orgánica de Univesidades.
ANEXO III
Tribunal Calificador
Titular:
Presidente: El rector o persona en quien delegue.
Vocales:
Dos representantes de la Universitat designados por el rector,
de igual o superior grupo de titulación.
Un funcionario de igual o superior grupo, a sorteo entre el
PAS de la Universitat.
Un funcionario de otra administración pública de igual o
superior grupo, nombrado por el rector a propuesta de aquella.
Un miembro de la Comisión de PAS del mismo grupo que las
vacantes que se han de cubrir y designado por la misma.
Un miembro de la Junta de Personal, con voz y sin voto.
El más joven de los vocales con voz y voto del tribunal, de
entre los pertenecientes a la comunidad universitaria, actuará
como secretario/a.
Todos los miembros del tribunal con voz y voto deberán ser
de igual o superior grupo que las plazas objeto de esta
convocatoria.
Igual estructura para el tribunal suplente.
ANEXO IV
Baremo de la fase de concurso
A la fase de concurso nada más podrán acceder los aspirantes
que hayan superado la fase de oposición. Se valorarán los méritos
aportados por el aspirante según el baremo que se indica a
continuación i que deberá de poseer el aspirante en la fecha de
publicación de esta convocatoria.
Baremo
Experiencia profesional.-Se valorará hasta un máximo de 7,5
puntos la experiencia profesional en cualquier administración
pública en cuerpos o escalas iguales o equivalentes al de las
actividades funcionales de las plazas convocadas, en cualquier y a
través de cualquier tipo de relación jurídica (administrativa o
laboral) a razón de:
0,50 puntos por año de servicios completos en puestos de
trabajo de la Universitat de València.
0,25 puntos por año de servicios completos en puestos de
trabajo de cualquier Universitat Pública.
0,15 puntos por año de servicios completos en puestos de
trabajo de cualquier otra Administración Pública.
ANEXO VI
Medidas de adaptación
Las medidas de adaptación que puedan solicitar las personas
con discapacitación son las siguientes:
1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada
a silla de ruedas.
2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
3. Aumento de amplitud de los caracteres del examen, por
dificultad de visión.
4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.
5. Sistema braille de escritura.
6. Otros. En caso de que la adaptación requerida no figure
entre las previstas, indíquelo en una hoja complementaria.
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