Este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le atribuye el art. 20 en relación con el 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, y según lo establecido en el art. 199 de los Estatutos de la Universitat de València, acuerda convocar pruebas selectivas de acceso al Grupo A Escala Técnicos de Gestión, sector de administración general de la Universitat de València, por el turno libre, con arreglo a las siguientes
Bases de la Convocatoria
1. Normas generales
1.1 Esta convocatoria tiene por objeto, la selección de personal para cubrir 4 vacantes del grupo A, sector de administración general, en turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición.
1.1.1 Del total de vacantes se reservarán 1 para el cupo de discapacitados. Las plazas que no se ocupen por el cupo de discapacitados, se sumarán al turno general.
1.1.2 Los y las aspirantes solo podrán participar o en el cupo de discapacitados o en el turno general.
1.2 Según lo previsto en el art. 73 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, la realización de estas pruebas selectivas, se ajustará a lo previsto en la legislación vigente para la Función Pública de la Generalitat Valenciana y la normativa específica universitaria recogida en la Ley Orgánica de Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Valencia, así como en las normas establecidas en esta convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constituido por concurso-oposición lo integrarán, las pruebas, valoraciones, puntuaciones y materias que figuran en el Anexo I. El temario que ha de regir estas pruebas figura en el Anexo II. Quienes no reúnan el requisito de conocimiento de valenciano que figura en esta convocatoria, deberán realizar una prueba previa al proceso selectivo según consta en el Anexo I de la misma.
1.4 La adjudicación de las plazas a los o las aspirantes que superen este proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación obtenida por éstos en el concurso-oposición.
1.5 De acuerdo con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades esta convocatoria se publicará en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo esta última publicación la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» DOGV.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido/a a la realización de estas pruebas los y las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, según lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
2.1.2 Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, o titulación equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.1.4 Estar en posesión del certificado acreditativo de conocimiento de valenciano a nivel Medio, expedido por la Junta Calificadora de la Generalitat Valenciana o el Servicio de Normalización Lingüística de la Universitat de València o certificado de homologación emitido por este Servicio.
2.1.5 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.6 No hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
2.1.7 No haber sido separado mediante expediente disciplinario, de cualquier administración o empleo público. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.8 Además para participar en el cupo de discapacitados se requerirá:
a) Poseer un grado de discapacitación igual o superior al 33 por 100, aportando la certificación del grado de discapacitación efectuada por el órgano competente.
b) Manifestarlo expresamente en la solicitud.
2.2 Los requisitos a que se refiere el apartado 2.1, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y disfrutar de los mismos durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que haber aprobado el concurso oposición.
3. Solicitudes
3.1 Quién desee tomar parte en estas pruebas selectivas lo hará constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria como anexo V y que facilitará gratuitamente el Servei de Recursos Humans (PAS) de esta Universidad, en la Avda. Blasco Ibañez, n.º 13, nivel 1, DP 46010, de Valencia. También podrán acceder a una copia de dicha solicitud a través de la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS) cuya dirección es: http://www.uv.es/pas/.
3.2 Las solicitudes se dirigirán por triplicado (una para la entidad bancaria, una para la Universitat y una para la persona interesada) al Rector de la Universitat de València.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» BOE. La publicación de la convocatoria en el DOGV, tendrá sólo carácter informativo.
3.4 Las solicitudes se presentarán en la oficina del Banco Santander Central Hispano. Asimismo, podrán ser presentadas en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes presentadas en las oficinas de correos deberán cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: la solicitud se presentará en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.
3.5 A la solicitud se unirá la siguiente documentación:
3.5.1 Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en estas pruebas, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
3.5.2 Resguardo original del ingreso de los derechos de examen.
3.6 Los derechos de examen serán de 26 Euros que se ingresarán en la cuenta corriente Derechos de examen. Universitat de València, n.º 0049/5457/28/2116017088 del Banco Santander Central Hispano, oficina de la calle Artes Gráficas n.º 12 de Valencia, o a través de transferencia a la citada cuenta.
Si el pago se efectúa a través de transferencia, la solicitud deberá presentarse en el registro de una Administración Pública o en la oficina de correos.
La falta de acreditación del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
3.7 De acuerdo con lo que disponen las Normas de Ejecución Presupuestaria para el año 2003 de esta Universidad, están exentos del pago de los derechos de examen:
3.7.1 Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %.
3.7.2 Las personas que se encuentren como demandantes de empleo, al menos durante el plazo de un mes antes de la fecha de la publicación de la convocatoria de estas pruebas selectivas. Para el disfrute de la exención será requisito que no hubieran rechazado, en el plazo de que se trate, ninguna oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
Estos aspirantes deberán presentar los certificados correspondientes que acrediten su condición de discapacitados (mediante certificación de la Consellería de Bienestar Social u órgano competente), o de su condición de desempleado (mediante certificación del SERVEF) y lo hagan constar expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud.
3.8 Los y las aspirantes con minusvalías que deseen solicitar medidas de adaptación, deberán indicarlo expresamente en el impreso de solicitud. En el anexo VI, figura la lista de medidas de adaptación posible. Deberán adjuntar a la solicitud, certificación del grado de discapacitación efectuada por el órgano competente.
3.9 Si la convocatoria prevé la realización de pruebas de idiomas, los ó las aspirantes deberá hacer constar su opción en el impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia a efectuar estas pruebas, siempre que sean voluntarias y de méritos.
3.10 Los errores que pudieran advertirse serán corregidos en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos de participación señalados en esta convocatoria, así como el pago de los derechos de examen, el Rector dictará una resolución que se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y que contendrá la lista provisional de admitidos y excluidos a la realización de las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, se iniciará un plazo de 10 días hábiles, para que se puedan formular alegaciones o se puedan subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de acuerdo con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, con el objeto de evitar errores y para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las y los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino que además, sus nombres constan correctamente en la pertinente relación de admitidos.
Los y las aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos detectados o no aleguen las omisiones, serán definitivamente excluidos de la participación de estas pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y alegaciones, y resueltas las mismas, se dictará una nueva resolución, que contendrá la lista definitiva de admitidos y excluidos, la fecha, el lugar y la hora de la celebración del primer ejercicio. Esta resolución se publicará en el DOGV.
4.4 Será causa de exclusión, además de las señaladas en otros apartados de estas bases:
La omisión de la firma en la solicitud.
No adjuntar el DNI.
4.5 Será causa de exclusión del ejercicio de méritos no señalar el apartado correspondiente de la solicitud; y respecto del ejercicio de idioma no especificar el idioma elegido.
5. Desarrollo de las pruebas selectivas
5.1 Los ejercicios tendrán lugar en las dependencias de la Universitat de València. El primer ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la resolución del Rectorado de esta Universitat por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos de las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 En el caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias sesiones, el orden de actuación de los opositores se establecerá por sorteo.
5.3 En cada ejercicio, los y las aspirantes deberán acreditar su personalidad exclusivamente mediante la presentación de DNI, del pasaporte o del permiso de conducir, junto con el ejemplar para el interesado del impreso de solicitud de admisión a las pruebas.
El incumplimiento de este requisito por algún aspirante determinará la exclusión de éste de la celebración de las pruebas.
En ningún caso serán válidas las copias o fotocopias de dichos documentos.
5.4 Los y las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de estas pruebas quienes no comparezcan. Decaerán en su derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas aún cuando sea por causa justificada.
Los miembros del tribunal y el personal colaborador del mismo, no permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios, de aquellas personas que no cumplan los anteriores requisitos, ni de aquellas que comparezcan una vez concluido el llamamiento de los aspirantes convocados.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de carácter individual y sucesivo, el tribunal podrá apreciar las causas alegadas y admitir al o la aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de personal.
5.5 Al finalizar cada una de las pruebas, el anuncio de la celebración de la siguiente se hará público por el tribunal en el local en que se haya celebrado dicha prueba, así como en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta Universidad con una antelación mínima de 48 horas. Complementariamente también se publicarán en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS) cuya dirección es: http://www.uv.es/pas.
5.6 Si el tribunal tuviese conocimiento en cualquier momento del proceso selectivo de que alguno de los o las aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, se procederá a su exclusión, comunicándole asimismo la inexactitud o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
6. Información y publicidad de los actos del tribunal
6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a los y las aspirantes, las listas de aprobados de cada uno de los ejercicios, la valoración de los méritos y cualquier otro anuncio que el tribunal estime pertinente, se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (PAS), y en la página web del mismo Servicio, cuya dirección es http://www.uv.es/pas. Las listas de aprobados de cada ejercicio también se publicarán en los locales donde se hayan celebrado dichas pruebas.
6.2 Una vez finalizadas todas las pruebas y valorados los méritos que integran el concurso-oposición, el tribunal hará pública la lista de aprobados por orden de puntuación. Esta lista de aprobados será definitiva y contendrá el mismo número de aprobados que de vacantes convocadas.
6.3 Finalizado el proceso selectivo, por resolución del rector se hará pública en el DOGV la lista definitiva de aprobados por orden de puntuación.
7. Presentación de documentos
7.1 En el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación en el DOGV de la lista de aprobados, los o las aspirantes a los puestos deberán presentar en el Servei de Recursos Humans (PAS) de esta Universitat la siguiente documentación:
7.1.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente, o fotocopia del DNI.
7.1.2 Fotocopia compulsada del título académico exigible según la presente convocatoria.
7.1.3 Certificación acreditativa del conocimiento de valenciano.
7.1.4 Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán además efectuar la declaración de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
7.1.5 Certificado médico acreditativo de poseer capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones de los puestos de trabajo ofertados. A estos efectos, los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados por la Universitat de València.
7.1.6 El o la aspirante con alguna discapacidad deberá aportar un certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para llevar a cabo las tareas que correspondan al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
7.2 El o la aspirante que teniendo la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo de esta Universidad, haya concurrido a estas pruebas, quedará exento de justificar documentalmente las condiciones generales que ya hubiesen sido acreditadas por nombramientos anteriores, debiendo acreditar el resto de las mismas.
7.3 La falta de presentación de la documentación, dentro del plazo indicado (salvo casos de fuerza mayor) o la falsedad de documentos, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante y, con respecto de éste, la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal, sin perjuicio de las responsabilidades en que el aspirante hubiera podido incurrir.
8. Nombramiento de funcionarios o funcionarias
Transcurrido el plazo de presentación y verificación de la documentación presentada, mediante resolución del rectorado, que se publicará en el DOGV, se nombrarán como funcionarias o funcionarios de carrera a las personas que hayan superado estas pruebas selectivas.
9. Tribunal
9.1 El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo III de esta convocatoria. El nombre de las personas que lo integran se hará público en la misma resolución en la que se publiquen las listas definitivas de admitidos y excluidos.
9.2 El tribunal podrá, siempre bajo su dirección y control directo, nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes.
9.3 Los miembros del tribunal, así como los colaboradores, especialistas y ayudantes deberán abstenerse de intervenir en las actividades del tribunal, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de opositores a pruebas selectivas al mismo cuerpo i escala en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
La presidencia podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en los antedichos artículos.
9.4 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el tribunal con asistencia, al menos de la mayoría reglamentaria de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el tribunal acordará todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
Durante el proceso selectivo, el tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
9.5 El tribunal adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalías tengan las mismas condiciones parala realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido se establecerá, para las personas que lo soliciten según indica la base 3.8, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.
9.6 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universitat de València.
9.7 El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría que para estos casos determine la legislación vigente.
9.8 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contradiga lo establecido será nula de pleno derecho.
9.9 La presidencia del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, en aquellos ejercicios que sea procedente.
10. Información respecto a los datos recogidos
10.1 Los datos suministrados por los interesados podrán quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la Base de Datos de Personal, o la Base de Datos de Bolsa de Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
10.2 El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Secretaría General de la UVEG en la Avda. Blasco Ibañez, n.º 13, DP 46010 de València.
10.3 La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal.
10.4 Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección que establece el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, en el que se regulan las medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal, adoptándose las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.
10.5 Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servei de Recursos Humanos (PAS) de la Universitat de València, en la Avda. Blasco Ibañez, n.º 13, nivel 1, DP 46010 de València.
11. Recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso administrativo ante los órganos de la jurisdicción contenciosa administrativa de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación.
Contra los actos del Tribunal, se podrá interponer un recurso de alzada según lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Valencia, 15 de mayo de 2003.—Por delegación (DOGV 5-05-03), la Vicerrectora de Economía y Administración, Matilde Fernández Blanco.
Sistema selectivo
Con anterioridad al inicio del proceso selectivo, quienes no estén en posesión de la certificación del conocimiento de Valenciano a nivel Medio, deberán realizar una prueba de conocimientos de la lengua oral y escrita equivalente a este nivel. El resultado de la misma será apto o no apto. Superada la prueba los aspirantes podrán comenzar el proceso selectivo y se les considerará en posesión de la acreditación suficiente del nivel medio de valenciano exigido.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
Fase de oposición: Constará de cuatro ejercicios; serán obligatorios y eliminatorios los tres primeros.
1.º Ejercicio.
Constará de un test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta y que versará sobre cultura general y el contenido del temario que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
Los errores penalizarán según la siguiente formula:
donde:
N = nota resultante.
A = número de aciertos.
E = número de errores.
d = número de opciones para cada pregunta.
n = número de preguntas.
El numero de preguntas lo fijará el Tribunal, al igual que el tiempo de desarrollo del ejercicio, con la suficiente antelación.
2.º Ejercicio.
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas elegidos por los aspirantes de entre cuatro extraídos al azar por el Tribunal de entre todos los apartados que integran el Anexo II de esta convocatoria. La duración de este ejercicio será de un mínimo de dos horas y no podrá exceder de cuatro, a criterio del Tribunal. Una vez concluida la prueba, los ejercicios serán introducidos en sobres y quedarán bajo la custodia del Tribunal, el cual llamará individualmente a los opositores para la lectura pública de los temas que hayan desarrollado. El lugar, fecha y hora de esta lectura, será anunciado por el Tribunal con la suficiente antelación.
3.º Ejercicio.
Consistirá en resolver por escrito, dos de entre tres supuestos prácticos propuestos por el tribunal relacionados con las materias que figuran en el programa de esta convocatoria.
La duración de este ejercicio se determinará por el Tribunal con la debida antelación, atendiendo al contenido del mismo.
4.º Ejercicio.
Voluntario y de méritos. Constará de dos partes:
Primera parte. Voluntaria. Tendrá por objeto valorar el conocimiento de uno o varios idiomas de entre los siguientes: inglés, alemán, francés e italiano, según la opción manifestada por el aspirante en el impreso de solicitud.
Segunda parte: Obligatoria. Consistirá en la celebración de una entrevista. El lugar, fecha y hora de la celebración de la misma, será fijado por el Tribunal con la suficiente antelación.
Valoración de los ejercicios
1.º Ejercicio.
Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener al menos 5 puntos. Para poder ser calificado, será requisito obtener al menos el 50% de respuestas correctas.
2.º Ejercicio.
Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los temas desarrollados y será necesario para superarlo obtener la calificación global mínima de 10 puntos y no haber obtenido 0 puntos en ninguno de los temas.
3.º Ejercicio.
Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los supuestos desarrollados y será necesario para aprobar obtener la calificación global mínima de 10 puntos y no haber obtenido 0 en ninguno de ellos.
La calificación resultante de los ejercicios eliminatorios vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
Sólo podrán pasar a realizar los ejercicios de méritos quienes superen los tres ejercicios obligatorios y eliminatorios.
4.º Ejercicio.
Se valorará de la siguiente manera:
Primera parte: de 0 a 4 puntos (máximo hasta un punto por idioma elegido).
Segunda parte: de 0 a 3 puntos.
La puntuación total de la oposición se obtendrá sumando la puntuación del cuarto ejercicio a los resultados obtenidos por los aspirantes que figuren en los listados de resultados definitivos de la fase de ejercicios obligatorios.
Fase de concurso: Se valorarán los méritos de los currículums de los aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo IV. La puntuación obtenida en la fase de concurso se sumará a la obtenida en la fase de oposición para elaborar el orden definitivo de los concursantes aprobados.
A continuación, se elaborará por orden de puntuación una lista de aprobados, que contendrá el mismo número de aspirantes que de vacantes convocadas.
En caso de empate entre los aspirantes incluidos en la relación, el orden se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si este continuase, a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y si persistiera se atenderá en primer lugar, a la puntuación del primer ejercicio, y si se mantuviese el empate, este se dirimiría por sorteo.
I. El Estado Español. España y la Comunidad Europea
1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido de la Constitución de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su Garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional y El Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.
2. El Estado español como estado social y democrático de Derecho. El Estado Autonómico en España: Naturaleza y construcción, antecedentes históricos, principios constitucionales.
3. El régimen político de la Constitución Española. La monarquía parlamentaria: Funciones constitucionales. Sucesión y regencia. El refrendo.
4. La representación política: Democracia directa y representativa en la Constitución Española. La participación política. Las Cortes Generales: Las Cámaras y su composición, atribuciones y funcionamiento.
5. El Gobierno y la Constitución Española: Formación, composición, funciones, designación y cese del Gobierno y de su Presidente. La responsabilidad del Gobierno y de la Administración. Organos constitucionales de control de la Administración. La Administración consultiva.
6. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias. Especial referencia al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
7. La Administración Pública: La Administración del Estado. La Administración Institucional. La Administración Local.
8. La Administración autonómica: Vías constitucionales de acceso a la autonomía. Los Estatutos de Autonomía: Su elaboración y aprobación. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
9. La Comunidad Autónoma Valenciana. La Generalitat Valenciana: Las Cortes Valencianas. El Consell o Gobierno Valenciano. El Presidente de la Generalitat. El Consejo de Cultura. La Sindicatura de Cuentas.
10. La Constitución Española y la acción exterior del Estado. La sociedad internacional. Los actores internacionales. El nuevo escenario mundial.
11. Las Comunidades Europeas. Nacimiento y objetivos. Tratados originarios y sus modificaciones. La Adhesión de España a la Comunidad Económica Europea. El Tratado de la Unión Europea. El problema de la convergencia económica en la Unión Europea.
12. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión, Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras instituciones.
13. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español al Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.
14. Medios financieros y personales de la Unión Europea. El presupuesto. La Función Pública Comunitaria. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libre circulación de capitales.
15. Políticas comunes y sectoriales de la Comunidad Europea. Los fondos estructurales. La libre competencia. La cohesión económica y social.
II. Derecho Administrativo
1. La Administración Pública: concepto y clases. Las funciones y los poderes del Estado. El control legislativo, jurisdiccional y político de la administración.
2. La Administración Pública y la norma jurídica. El principio de legalidad. La discrecionalidad de la Administración. Potestades regladas y potestades discrecionales. Relaciones entre administración y justicia. El principio de autotutela.
3. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Las fuentes del derecho administrativo. Jerarquía de fuentes. La Constitución. Las Leyes: orgánicas y ordinarias. Decretos leyes y decretos legislativos.
4. El reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y limites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. El control de la potestad reglamentaria.
5. El ciudadano como titular de derecho frente a la Administración. Los derechos públicos y subjetivos. Los intereses legítimos. Las situaciones especiales de poder y sujeción. Capacidad jurídica y capacidad de obrar en el derecho administrativo.
6. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad, anulabilidad y revocación.
7. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación. Principios informadores.
8. Los órganos colegiados en las Administraciones Públicas en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Derecho Administrativo Común. Los principios de la organización administrativa. La competencia. La jerarquía. La coordinación y el control.
9. El procedimiento administrativo general. Su fases: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.
10. Los derechos de los ciudadanos en el procedimiento administrativo. Régimen de los actos presuntos. Las notificaciones.
11. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Materia recurrible, legitimación y órganos competentes. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones judiciales. Los recursos en la administración universitaria.
12. La revisión de oficio de los actos administrativos. Procesos de lesividad. El procedimiento económico-administrativo.
13. La jurisdicción contenciosa-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
14. Los contratos administrativos: Naturaleza, carácter y clases. Elementos: Sujeto, objeto, causa y forma. Formas de contratación.
15. Contenido, efectos y cumplimiento de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. La extinción de los contratos administrativos. El cumplimiento de la resolución.
16. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto, causa y contenido. El procedimiento expropiador. Expropiaciones especiales.
17. Potestad sancionadora de la administración. Procedimiento sancionador. Principios generales. Sanciones administrativas y medidas sancionadoras.
18. Régimen jurídico de los bienes de titularidad pública. El dominio público: Concepto, naturaleza jurídica, elementos y régimen jurídico. Bienes patrimoniales. El patrimonio del Estado. Bienes comunales.
19. La actividad administrativa de servicio público. Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. La gestión indirecta. La concesión. Empresas públicas. Empresas mixtas.
20. La actividad de policía de la Administración: Manifestaciones más importantes. La actividad de fomento en la Administración: principales manifestaciones, sus medios.
21. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Responsabilidad de los funcionarios públicos. Los delitos de los funcionarios públicos.
III. Recursos humanos. Derecho laboral
1. La evolución del estudio de la organización: La organización científica del trabajo. La escuela de los principios de la administración. La escuela de las relaciones humanas y la teoría del comportamiento.
2. La Administración participativa. La Administración por objetivos. La Administración para la calidad: Los círculos de calidad. Otros instrumentos de mejora de la calidad.
3. El factor humano en la organización. El elemento humano en las organizaciones prestadoras de servicios. El Grupo en la organización: características y tipos de grupos. Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en equipo: Técnicas.
4. La motivación de los recursos humanos. Teorías explicativas. La función de mando y dirección. Teorías del liderazgo. Evaluación del rendimiento: Sus peculiaridades en la Administración Pública. La formación y su influencia en el funcionamiento de la organización.
5. El clima laboral. La satisfacción en el trabajo. Prevención y salud laboral: la Ley de Prevención de riesgos laborales y su aplicación en las Administraciones Públicas. Los Comités de Seguridad y Salud laboral. La prevención.
6. Las relaciones laborales en la Administración Pública. La relación jurídica de servicios: modelos. La relación jurídico-laboral en las Administraciones públicas.
7. La relación jurídica de servicios en la Administración Pública Valenciana (I): los funcionarios públicos: Concepto y clases. Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. La carrera administrativa.
8. La relación jurídica de servicios en la Administración Pública Valenciana (II): contenido de la relación funcionarial: Derechos y deberes de los funcionarios. Los derechos económicos. Los derechos de sindicación y huelga de los funcionarios públicos. Organos de representación y participación.
9. La relación jurídica de servicios en la Administración Pública Valenciana (III): formas de acceso a la función pública. Provisión de los puestos de trabajo. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.
10. La relación jurídico-laboral en la Administración Pública. El derecho del trabajo: Características. Principios constitucionales. Sistema de fuentes y jerarquía normativa.
11. El contrato de trabajo: concepto, clases, forma. Las partes y su capacidad. Modalidades de contratos. Nacimiento y extinción de la relación contractual. La Administración Pública como parte empresarial: características diferenciadoras.
12. La Negociación colectiva. Concepto y naturaleza jurídica: Principios constitucionales. Clases de convenios colectivos. Las partes y su legitimación. Procedimiento negocial. Contenido negocial. Conflictos colectivos: La huelga y el cierre patronal.
13. El II Convenio Colectivo de Universidades Públicas de la Comunidad Valenciana. Clasificación profesional. Jornada y horarios. Condiciones substanciales de trabajo y su modificación. Promoción profesional. Permisos y licencias. Modificaciones de la relación contractual. Derechos de representación sindical. Resolución de conflictos colectivos.
14. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico del profesorado universitario. Acceso a la función docente. Situaciones Administrativas. Cese. Sistema retributivo y evaluación del profesorado. Especial mención al personal docente contratado en la Universitat de València.
15. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Legislación aplicable. Régimen Disciplinario de los funcionarios Públicos.
16. Las Seguridad Social: régimen general de la Seguridad Social. Afiliación: altas y bajas. Cotización. Acción protectora: Contingencias cubiertas. Prestaciones. Asistencia sanitaria. Incapacidad temporal y permanente. Maternidad. Jubilación. Muerte y supervivencia.
17. El sistema especial de Seguridad Social de los Funcionarios Públicos. Derechos pasivos. Incapacidad temporal y permanente. Jubilación. Muerte y supervivencia. Otras indemnizaciones.
IV. Administración financiera y presupuestaria
1. La actividad financiera: concepto, clases y efectos. La Hacienda Pública: Funciones, instrumentos y medios. El sujeto de la actividad financiera del sector público. La actividad financiera descentralizada.
2. Los ingresos públicos: concepto y clases. El impuesto: clases, principios y efectos.
3. Los impuestos directos. Concepto, características y clases. Los impuestos indirectos. Concepto, características y clases. Especial referencia al IVA y sus repercusiones en las Administraciones Públicas.
4. El Gasto publico: concepto, naturaleza y clases. La incidencia del gasto público.
5. El Presupuesto: Concepto y contenido. Los principios clásicos del presupuesto y su crisis. Los fines del presupuesto. Las técnicas presupuestarias.
6. Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana. El ciclo presupuestario: Preparación, discusión, aprobación, ejecución y control del presupuesto de la Generalitat Valenciana.
7. Modificaciones presupuestarias según la normativa de la Generalitat Valenciana: Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Transferencias y otras modificaciones presupuestarias. Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.
8. Procedimiento de ejecución del gasto publico en la Generalitat Valenciana. Autorización. Compromiso de gasto. Reconocimiento de la obligación. Propuesta de Pago. El Pago y sus diversas formas.
9. Gestión de los gastos de personal: Retribuciones de los empleados públicos. Devengos y liquidaciones. Los gastos de seguridad social y de clases pasivas.
10. Gestión de los gastos contractuales: Tipos de contratos. Autorización y compromiso de los gastos contractuales. Reconocimiento de la obligación y pago. Control de los gastos contractuales. Gestión de los gastos de transferencias. Las subvenciones: Procedimientos. Reconocimiento de la obligación y el pago de las subvenciones: Reintegro y control.
11. El control de la actividad Económico-financiera en el sector público. El control presupuestario: concepto, ámbito de aplicación. Control interno y control externo: Características y tipos de control. La Sindicatura de Cuentas de la Generalitat Valenciana.
12. La Contabilidad Pública: contenido, naturaleza y ámbito de aplicación. El Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General.
13. Gestión Económico-financiera de la Universitat de València (I). El Presupuesto Universitario: particularidades. Características diferenciadoras del sistema universitario. Elaboración y aprobación del Presupuesto de la Universitat de València.
14. Gestión Económico-financiera de la Universitat de València (II). El ciclo presupuestario. Modificaciones presupuestarias: Normativa especifica de la universidad.
15. Gestión Económico-financiera de la Universitat de València (III). Gestión del gasto y gestión del pago. Fases del procedimiento y documentos contables. Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.
16. Gestión Económico-financiera de la Universitat de València (IV). El pago. Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija. Pagos a justificar.
17. El Plan General de Contabilidad Pública y su adaptación a las universidades públicas.
V. Gestión Universitaria
1. La configuración institucional y naturaleza jurídica de las Universidades en la Constitución de 1978. La ley Orgánica de Universidades 6/2001 de 21 de diciembre. La autonomía de las universidades.
2. Sistema normativo aplicable a las Universidades. Estatutos de las Universidades Públicas. Estatutos de la Universitat de València. Los Reglamentos Universitarios.
3. Las Universidades y la administración educativa. Competencias de las Comunidades Autónomas en relación con las Universidades. El Consejo de Universidades: Composición y funciones.
4. Creación de las Universidades. Los distritos universitarios. Creación de centros y de institutos universitarios. La autorización de nuevos estudios.
5. Estructura y organización de las Universidades Públicas: facultades, escuelas, departamentos, institutos u otros centros. Centros mixtos de investigación. Especial referencia a la estructura organizativa de la Universitat de València.
6. Órganos de Gobierno de las Universidades Públicas (I). Organos Colegiados: El Claustro, la Junta de Gobierno, Juntas de Facultad o Escuela, Consejo de Departamento. Especial referencia a los Estatutos de la Universitat de València.
7. Órganos de Gobierno de las Universidades Públicas (II) Organos unipersonales: el Rector, los vicerrectores, el Secretario General, el Gerente, decanos y directores de Facultades o Escuelas Universitarias, directores de Departamento. Especial referencia a los Estatutos de la Universitat de València.
8. Relaciones Universidad y sociedad. El Consejo Social: Regulación, composición y funciones: Las Fundaciones Universitarias. Especial referencia a la Fundación General de la Universitat de València.
9. El personal al servicio de las Universidades Publicas: personal docente e investigador, y personal de administración y servicios. Especial referencia al tratamiento de los Estatutos de la Universitat de València en los temas de personal. La participación institucional.
10. El régimen de estudiantes de las Universidades Públicas (I): Planes de estudios conducentes a títulos oficiales: Elaboración, aprobación y homologación. Regulación de la obtención y expedición de títulos oficiales de primero, segundo y tercer ciclo universitarios. Normativa general sobre traslado de expedientes y convalidaciones. Homologación de estudios extranjeros. Estudios de postgrado.
11. El régimen de estudiantes de las Universidades Públicas(II): Normativa y legislación referente a becas. Clases, tipos y condiciones de los organismos que subvencionan estudios reglados. Programación y planificación nacional de las becas. Intercambios internacionales. Especial atención a los programas de la Unión Europea.
12. Los estudiantes universitarios: Derechos y deberes. Acceso y permanencia en los estudios universitarios. Participación de los estudiantes en los órganos colegiados universitarios. Especial referencia a los derechos y deberes reconocidos a los estudiantes por los Estatutos de la Universitat de València. Los órganos de representación de los estudiantes en la Universitat de València.
13. La investigación en las Universidades Públicas: La Ley de la Ciencia. Contenido de la ley Orgánica 6/2001 y de los Estatutos de la Universitat de València en materia de investigación. El articulo 83 de la Ley Orgánica de Universidades y sus consecuencias en la investigación. Convenio y contratos de investigación nacionales e internacionales. La financiación de la investigación. Relaciones Universidad-Empresa: La OTRI.
14. Régimen económico financiero de la Universitat de València. Patrimonio y recursos financieros. Planes plurianuales. Régimen económico de contratos y cursos de especialización. Las retribuciones especiales.
15. Garantías Jurídicas en la Universitat de Valencia. Los recursos administrativos. El Tribunal de Greuges. La Asesoría Jurídica.
Nota: El contenido de este temario, tanto en legislación general como en normativa reglamentaria externa se refiere a la que esté en vigor en el momento de la convocatoria. La normativa Estatutaria deberá tener en cuenta los cambios que pueden efectuarse por adaptación a la Ley Orgánica de Univesidades.
Titular:
Presidente: El rector o persona en quien delegue.
Vocales:
Dos representantes de la Universitat designados por el rector, de igual o superior grupo de titulación.
Un funcionario de igual o superior grupo, a sorteo entre el PAS de la Universitat.
Un funcionario de otra administración pública de igual o superior grupo, nombrado por el rector a propuesta de aquella.
Un miembro de la Comisión de PAS del mismo grupo que las vacantes que se han de cubrir y designado por la misma.
Un miembro de la Junta de Personal, con voz y sin voto.
El más joven de los vocales con voz y voto del tribunal, de entre los pertenecientes a la comunidad universitaria, actuará como secretario/a.
Todos los miembros del tribunal con voz y voto deberán ser de igual o superior grupo que las plazas objeto de esta convocatoria.
Igual estructura para el tribunal suplente.
A la fase de concurso nada más podrán acceder los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Se valorarán los méritos aportados por el aspirante según el baremo que se indica a continuación i que deberá de poseer el aspirante en la fecha de publicación de esta convocatoria.
Baremo
Experiencia profesional.
Se valorará hasta un máximo de 7,5 puntos la experiencia profesional en cualquier administración pública en cuerpos o escalas iguales o equivalentes al de las actividades funcionales de las plazas convocadas, en cualquier y a través de cualquier tipo de relación jurídica (administrativa o laboral) a razón de:
0,50 puntos por año de servicios completos en puestos de trabajo de la Universitat de València.
0,25 puntos por año de servicios completos en puestos de trabajo de cualquier Universitat Pública.
0,15 puntos por año de servicios completos en puestos de trabajo de cualquier otra Administración Pública.
Las medidas de adaptación que puedan solicitar las personas con discapacitación son las siguientes:
1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a silla de ruedas.
2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
3. Aumento de amplitud de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.
5. Sistema braille de escritura.
6. Otros. En caso de que la adaptación requerida no figure entre las previstas, indíquelo en una hoja complementaria.
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