Por Orden INT/1963/2002, de 22 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" de 1 de agosto), se convocan pruebas selectivas, por
el sistema específico de promoción interna, para ingreso en el
Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de
Juristas y Psicólogos.
Una vez finalizadas las dos primeras fases de oposición y
concurso y entregadas por el Presidente del Tribunal Coordinador,
copia certificada de las listas de aprobados, esta Dirección General
de Instituciones Penitenciarias, en virtud de lo previsto en el
artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, y en la base
octava de la convocatoria, resuelve:
Primero.-Hacer pública la relación de aprobados por orden
de puntuación en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
Técnico de Instituciones Penitenciarias, sistema específico de
promoción interna, especialidad de Juristas en la fase de oposición,
que se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los
Centros Penitenciarios y en la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias. En la especialidad de Psicólogos, no ha habido
ningún aspirante que haya superado el proceso selectivo.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
los aspirantes aprobados deberán presentar en la subdirección
General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los
documentos que se señalan en la base octava de la convocatoria,
(apartados 8.1 y 8.2).
Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad
en la solicitud inicial (apartado tercero de la base octava de la
convocatoria).
Cuarto.-La presente resolución, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá
ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano que lo ha
dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,
o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,
pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
su publicación.
Madrid, 17 de diciembre de 2002.-El Director general de
Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
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