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Documento BOE-A-2003-11194

Resolución de 27 de mayo de 2003, de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2003, páginas 21740 a 21746 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2003-11194

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Esta Presidencia, de conformidad con el Consejo, en uso de

las competencias que le están atribuidas en el artículo 34.9 del

Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear, aprobado por Real

Decreto 1157/1982, de 30 de abril ("Boletín Oficial del Estado"

de 7 de junio), previo informe de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en

la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y

Protección Radiológica, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir siete plazas

de la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear

y Protección Radiológica, código A1300, por el sistema general

de acceso libre.

Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad de grado igual

o superior al 33 por 100.

Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados,

los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de

oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad

de condiciones, a las de acceso general.

Si la plaza del cupo de reserva de discapacitados no fuera

cubierta se acumulará a las de acceso general.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

concurso oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones

que se especifican en el anexo I e incluirá la superación de un

período de prácticas. Para la realización de este período de

prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y

la de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por

la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del 1 de agosto de 2003. La duración máxima del concurso

oposición será de cinco meses, contados a partir de la fecha de

realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear, que

se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del

destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto o

equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las funciones propias de la Escala Superior del Cuerpo Técnico

de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Consejo de Seguridad Nuclear o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicaciónn de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado"

y se dirigirán a la Excma. Sra. Presidenta del Consejo de Seguridad

Nuclear. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma

supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en la sede del Consejo de Seguridad Nuclear (calle Justo

Dorado, 11, 28040 Madrid), en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección

General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y

consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o del pasaporte.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear dictará resolución,

en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse

en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes

excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos,

nombre y número de documento nacional de identidad o

pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el

defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a

partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al

público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora

de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Consejo de Seguridad Nuclear, calle

Justo Dorado, número 11, 28040 Madrid, teléfono (91) 346 01 00,

dirección de correo electrónico: jmrgUcsn.es.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido

en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado"

del 14).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el

Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio, así como en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes

aprobados por orden de puntuación alcanzada en ambas fases.

El Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la

relación definitiva de aspirantes que han superado dichas fases

por orden de puntuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un

plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", para la presentación de la documentación

acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el

Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear; la Ley 30/1984, de 2

de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la

legislación vigente en la materia, y lo dispuesto en la convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante

en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su

publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad

con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

significándose que en caso de interponer recurso de reposición,

no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta

que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos

oportunos.

Madrid, 27 de mayo de 2003.-La Presidenta, María Teresa

Estevan Bolea.

Ilmo. Sr. Secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

Uno. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios

eliminatorios:

a) Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito,

durante el plazo máximo de cinco horas, cuatro temas, extraídos

al azar, del grupo de materias que figura en el anexo II. Uno

de ellos habrá de ser de "Administración y Legislación"; otro de

"Física y Tecnología Nucleares"; otro de "Seguridad Nuclear", y

otro de "Protección Radiológica".

El ejercicio deberá ser leído por el candidato ante el Tribunal,

que dispondrá de quince minutos, si lo considera procedente, para

dialogar con el aspirante sobre aspectos de los temas que ha

desarrollado.

En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los

conocimientos, la claridad y orden de ideas y conceptos, la calidad

de expresión escrita y su forma de presentación.

b) Segundo ejercicio: Constará de dos fases obligatorias y

una tercera voluntaria.

La primera fase consistirá en la realización de una traducción

directa, por escrito, en español, de un texto escrito en inglés,

referente a documentación técnica, propuesto por el Tribunal y

sin diccionario.

La segunda fase consistirá en la realización de una traducción

inversa, por escrito, en inglés, de un texto en español, referente

a documentación técnica, propuesto por el Tribunal y sin

diccionario.

Para la realización de esta prueba, los aspirantes dispondrán

de dos horas.

La tercera fase, de carácter voluntario, consistirá en un ejerccio

sobre dominio del idioma inglés, francés o alemán.

Esta prueba estará constituida, para cada idioma elegido, por

una conversación con el Tribunal durante un tiempo máximo de

quince minutos.

c) Tercer ejercicio: Consistirá en exponer oralmente, en sesión

pública ante el Tribunal, durante el plazo máximo de una hora,

cuatro temas, dos de ellos del grupo de materias de "Seguridad

Nuclear" y los otros dos del grupo de materias de "Protección

Radiológica", extraídos al azar de los incluidos en el anexo II.

Los opositores dispondrán de quince minutos para la

preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase

de texto o apuntes. Durante la exposición podrán utilizar el guión

que, en su caso, hayan realizado durante el referido tiempo de

preparación.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el

opositor durante un período máximo de quince minutos sobre

aspectos de los temas que ha desarrollado.

En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los

conocimientos, la claridad y orden de ideas y conceptos y la

capacidad de expresión oral.

d) Cuarto ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito la

siguiente prueba: Evaluación de un caso práctico y propuesta de

un plan de actuación, que se desarrollarán de acuerdo con las

misiones asignadas al Consejo de Seguridad Nuclear. El caso

práctico será elegido por el aspirante de entre dos propuestos por

el Tribunal.

Para la realización de esta prueba, los candidatos dispondrán

de cuatro horas, pudiendo utilizar los textos, libros y apuntes que

consideren necesarios y que ellos mismos aporten.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que

podrá dialogar con el aspirante sobre extremos relacionados con

el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En

esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad

de ideas.

Dos. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de

la forma siguiente:

Primer ejercicio.-Se calificará de 0 a 25 puntos. Para superarlo

será necesario obtener un mínimo de 12,5 puntos y no ser

calificado con 0 puntos en ninguno de los temas.

Segundo ejercicio.-Las fases de carácter obligatorio se

calificarán globalmente de 0 a 10 puntos, siendo necesario para

superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

La tercera fase, de carácter voluntario, se calificará de 0 a 2

puntos por cada idioma.

Tercer ejercicio.-Se calificará de 0 a 30 puntos. Para superarlo

será necesario obtener un mínimo de 15 puntos y no ser calificado

con 0 puntos en ninguno de los temas.

Cuarto ejercicio.-Se calificará de 0 a 15 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener un mínimo de 7,5 puntos.

Los aspirantes que hayan superado los cuatro ejercicios serán

ordenados de acuerdo a la suma de sus puntuaciones obtenidas,

de mayor a menor. La fase de oposición será superada por los

aspirantes que se encuentren los primeros en dicha relación hasta

el límite de plazas convocadas.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el

tercer ejercicio y, si esto no fuera suficiente, en el primero, cuarto

y segundo, por este orden.

Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en

el lugar o lugares de celebración del último ejercicio y en aquellos

otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que superen

la fase de oposición, con indicación de la puntuación total obtenida

y del número del documento nacional de identidad o pasaporte.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

2. Fase de concurso

En esta fase, que se aplicará únicamente a quienes superen

la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:

A) Méritos académicos: Se valorará hasta 5 puntos.

Expediente académico: Se adjudicará 1 punto por tener una

nota media de aprobado, 2 puntos por tener nota media de notable

y 3 puntos por tener una nota media de sobresaliente en el

expediente académico de obtención de la titulación exigida como

requisito para participar en estas pruebas.

Doctorado: Se adjudicará 1 punto por tener el título de Doctor.

Otros títulos académicos: Se otorgará 0,5 puntos por cada

titulación académica que se posea relacionada con la seguridad

nuclear y protección radiológica, hasta un máximo de 1 punto.

B) Títulos y diplomas profesionales: Se valorará hasta 2

puntos.

De seguridad nuclear y protección radiológica: Se otorgará 0,5

puntos por cada título o diploma, hasta un máximo de 1 punto.

Nucleares, no comprendidos en el párrafo anterior: 0,25 puntos

por cada título o diploma, hasta un máximo de 0,5 puntos.

Científicos o profesionales no nucleares: 0,15 puntos por cada

título o diploma, hasta un máximo de 0,3 puntos.

Otros títulos y diplomas: 0,1 puntos por cada título o diploma,

hasta un máximo de 0,2 puntos.

C) Publicaciones: Se valorará hasta 3 puntos.

Sobre seguridad nuclear y protección radiológica: Se otorgará

0,5 puntos por cada publicación, hasta un máximo de 1,5 puntos.

Sobre temas nucleares no comprendidos en el párrafo anterior:

0,25 puntos por cada publicación, hasta un máximo de 1 punto.

Sobre temas científicos o tecnológicos no nucleares: 0,15

puntos por cada publicación, hasta un máximo de 0,3 puntos.

Otras publicaciones: 0,1 punto por cada publicación, hasta

un máximo de 0,2 puntos.

D) Experiencia profesional: Se valorará hasta 10 puntos.

En seguridad nuclear y protección radiológica: se otorgará 0,5

puntos por cada seis meses completos de experiencia, hasta un

máximo de 5 puntos.

Nuclear, no comprendida en el párrafo anterior: 0,25 puntos

por cada seis meses completos de experiencia, hasta un máximo

de 2,5 puntos.

Científica o tecnológica no nucleares: 0,2 puntos por cada seis

meses completos de experiencia, hasta un máximo de 2 puntos.

Otras experiencias profesionales: 0,05 puntos por cada seis

meses completos de experiencia, hasta un máximo de 0,5 puntos.

La valoración de estos méritos será efectuada por el Tribunal

en base a la documentación aportada por los aspirantes. A tales

efectos, en el plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente

al que se haga pública la lista de aspirantes que han superado

la fase de oposición, los mismos deberán presentar en el Registro

del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Justo Dorado, 11, 28040

Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

la documentación acreditativa de los méritos que se invoquen de

entre los indicados en este apartado. En el caso de alegar

publicaciones, se acompañará un ejemplar de cada una de ellas.

La calificación global del concurso-oposición vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de

oposición y en la fase de concurso. En ningún caso la puntuación

obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los

ejercicios de la fase de oposición.

La autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado" la relación de aprobados. En ningún caso dicha relación

podrá contener mayor número de aprobados que de plazas

convocadas.

Transcurrido el plazo indicado en la base 7.2 serán nombrados

funcionarios en prácticas por Resolución de la Presidenta del

Consejo de Seguridad Nuclear, con determinación de la fecha en que

empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

3. Período de prácticas

El período de prácticas se iniciará en el plazo máximo de dos

meses desde que finalice el previsto en la base 7.2 para la

presentación de documentos. Su duración no será superior a seis

meses.

El período de prácticas será organizado por el Consejo de

Seguridad Nuclear, que establecerá oportunamente el calendario y

programa, así como las normas internas que hayan de regularlo.

Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos

en orden a la preparación específica de los aspirantes para el

ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Técnico de Seguridad

Nuclear y Protección Radiológica, mediante su participación en

alguna o algunas de las siguientes actividades: Realización de

cursos específicos de formación técnica; participación en trabajos

en curso en el Consejo de Seguridad Nuclear bajo la supervisión

de personal con experiencia; estancia en régimen de formación

en organismos distintos del Consejo de Seguridad Nuclear que

realicen actividades relacionadas con las funciones de éste, y

visitas a instalaciones nucleares y/o radiactivas.

La calificación de las prácticas será de "apto" y "no apto" y

será realizada por la Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear,

a la vista del informe de evaluación que, para cada uno de los

aspirantes, emita el Consejo de Seguridad Nuclear.

Los aspirantes que no pudieran realizar el período de prácticas

por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada

por el Tribunal, podrán participar, por una sola vez, en las que

se organicen para las pruebas selectivas inmediatamente

posteriores, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación

obtenida.

ANEXO II

Programa

Primer ejercicio

A. Administración y Legislación.

1. El Estado: Concepto y elementos. La Constitución Española

de 1978: Estructura y contenido. La Corona. Las Cortes Generales:

El Congreso de los Diputados y el Senado. El Gobierno:

Composición y funciones.

2. Organización y funcionamiento de la Administración

General del Estado. Sus órganos centrales. Órganos periféricos de la

Administración del Estado. Delegados y Subdelegados del

Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Organismos Públicos.

Las Administraciones consultiva y de control.

3. Las Comunidades Autónomas: Organización institucional

y distribución constitucional de competencias. Los Estatutos de

Autonomía: Naturaleza normativa y contenido general.

4. El ordenamiento jurídico y administrativo. La Constitución.

La Ley. Leyes orgánicas y ordinarias. Decretos-leyes. La potestad

reglamentaria de la Administración. El Reglamento. El principio

de jerarquía normativa y sus efectos.

5. El procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación,

instrucción y terminación del procedimiento. Los informes. El acto

administrativo. Los recursos administrativos. Principios de la

potestad y del procedimiento sancionadores. Líneas generales de

la Jurisdicción contencioso administrativa.

6. El personal al servicio de la Administración. Normativa

aplicable. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios. El Cuerpo Técnico de

Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. Relaciones de

puestos de trabajo y sistemas de provisión de vacantes.

7. El Presupuesto del Estado. Los ingresos y gastos públicos.

Las tasas y precios públicos en la legislación española. La tasa

por servicios prestados por el Consejo de Seguridad Nuclear.

Elaboración y aprobación del presupuesto, ejecución y control.

8. La contratación en el ámbito de las Administraciones

Públicas. Órganos de contratación. Tipos de contratos. Clasificación

y registro de empresas. Garantías exigidas para los contratos.

Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas.

Procedimientos y formas de adjudicación.

9. La Ley de 29 de abril de 1964 sobre Energía Nuclear.

Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas. Régimen

de autorizaciones de estas instalaciones: Inspección de las mismas.

El personal de operación. Reglamentos sobre Protección Sanitaria

contra las Radiaciones Ionizantes. El Plan Básico de Emergencia

Nuclear.

10. El Consejo de Seguridad Nuclear. Normas reguladoras.

Naturaleza, características y funciones del Consejo. Sus órganos

y competencias. La capacidad normativa del Consejo. Funciones

del Ministerio de Economía en relación con las instalaciones

nucleares y radiactivas.

11. El ordenamiento sancionador en materia de seguridad

nuclear y de protección radiológica. Delitos relativos a la energía

nuclear y a las radiaciones ionizantes en el Código Penal de 1995.

Los cuadros sancionadores que la Ley 25/1964 y del Reglamento

de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.

Competencias del Consejo de Seguridad Nuclear en la materia.

12. Reglamentación en el transporte de sustancias nucleares

y radiactivas. Reglamento para el transporte seguro de materiales

radiactivos del OIEA. Reglamento de la Unión Europea sobre

Traslado de Sustancias Radiactivas. Reglamento nacional de transporte

de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril, vía aérea y

vía marítima.

13. Organismos internacionales sobre Seguridad Nuclear y

Protección Radiológica. La Agencia Internacional de la Energía

Atómica de las Naciones Unidas. La Agencia de Energía Nuclear

de la OCDE. La Comisión Internacional de Protección Radiológica.

El Comité Científico sobre los Efectos de las Radiaciones Ionizantes

de las Naciones Unidas.

14. Directivas de la Unión Europea en materia de Seguridad

Nuclear y Protección Radiológica. Transposición de las que tienen

por objeto la Protección Operacional de Trabajadores Externos,

Protección de Radiaciones Ionizantes en Exposiciones Médicas,

Información a la Población en caso de Emergencia Radiológica

y Traslado de Residuos Radiactivos.

15. Acuerdos Internacionales sobre Energía Nuclear. Tratado

de No Proliferación. Tratado EURATOM. Las convenciones de

Seguridad Nuclear y de Residuos Radiactivos del OIEA, y las de

Protección Física de Materiales Nucleares, Pronta Notificación y

Asistencia Mutua en accidentes nucleares. Los convenios sobre

Responsabilidad Civil por Riesgos Nucleares.

B. Física y Tecnología Nucleares.

1. Radiactividad natural. Series radiactivas. Isótopos.

Radiactividad artificial. Estructura nuclear. Fuerzas nucleares. Estabilidad

nuclear.

2. Interacción de partículas cargadas y radiaciones con la

materia. Detección de partículas y radiaciones.

3. Neutrones. Interacción de los neutrones con la materia.

Secciones eficaces de las reacciones neutrónicas. Fisión nuclear.

Difusión y moderación de neutrones.

4. Cinética y control de reactores nucleares. Reactividad.

Coeficientes de realimentación.

5. Minería del uranio. Producción de concentrados.

Enriquecimiento isotópico del uranio, métodos.

6. Combustibles nucleares. Tipos. Propiedades. Diseño.

Materiales. Evolución isotópica. Quemado.

7. Tratamiento de combustibles irradiados, opciones.

Sistemas reelaboración. Problemas asociados.

8. Residuos radiactivos. Tipos. Origen. Gestión.

9. Reactores nucleares. Componentes. Tipos.

10. Blindajes contra las radiaciones. Diseño. Materiales.

Cálculos.

11. Centrales nucleares de agua ligera tipo PWR.

Características, análisis de las mismas.

12. Centrales nucleares de agua ligera tipo BWR.

Características, análisis de las mismas.

13. Mecánica de fluidos y transmisión de calor en centrales

nucleares. Pérdidas de refrigerante del reactor. Refrigeración por

convención natural. Golpes de ariete. Descarga de válvulas de

alivio y seguridad.

14. Componentes de centrales nucleares de agua ligera.

Diseño mecánico. Análisis de tensiones. Análisis de fatiga. La vasija

a presión del reactor, seguimiento de propiedades mecánicas.

Formación y crecimiento de grietas. Mecánica de la fractura.

15. Estructuras de centrales nucleares de agua ligera. Diseño

civil de edificios y estructuras. Control e inspección de obra civil.

Estructuras de hormigón armado, pretensado y postensado,

propiedades y cálculo.

C. Seguridad Nuclear.

1. Principios básicos: Defensa en profundidad,

responsabilidad del titular, cultura de seguridad, eficacia reguladora e

información al público.

2. Riesgo nuclear. Métodos de evaluación y análisis.

Seguridad intrínseca y seguridad mediante sistemas en instalaciones

nucleares y radiactivas. Redundancia. Diversidad. Separación.

3. Selección y evaluación de emplazamientos nucleares.

Parámetros del emplazamiento. Criterios. Evaluación permanente.

4. Criterios de seguridad en el proyecto de centrales

nucleares.

5. Códigos y normas aplicables en el diseño, construcción

y operación de instalaciones nucleares.

6. Programas de pruebas prenucleares y nucleares en

centrales nucleares.

7. Criterios de garantía de calidad en la construcción y

operación de instalaciones nucleares.

8. Clasificación y evaluación de accidentes en centrales

nucleares con reactores de agua ligera. Concepto de accidente

máximo previsible.

9. Evaluación de seguridad de instalaciones nucleares.

Régimen de autorizaciones. Documentación.

10. Seguridad en el transporte de sustancias nucleares y

materiales radiactivos. Autorizaciones.

11. Sistemas de salvaguardia en centrales nucleares.

12. Planes de emergencia interior y exterior en instalaciones

nucleares y radiactivas. El Plan Básico de Emergencia Nuclear.

Planes Provinciales de Emergencia Nuclear. Simulacros.

13. Análisis de experiencia operativa en centrales nucleares.

Accidentes más importantes ocurridos en centrales nucleares.

Consecuencias y lecciones aprendidas.

14. Evaluación probabilística de riesgos. Criterios básicos.

Aplicación a las centrales nucleares.

15. Fenomenología de accidentes severos.

D. Protección Radiológica.

1. Protección radiológica, objetivos y principios.

2. Magnitudes y unidades de protección radiológica.

3. Instrumentación y métodos analíticos utilizados en la

detección y medida de la radiación ionizante. Verificación, calibración

y control de calidad.

4. El sistema de protección radiológica. Principios de

justificación y optimización. Límites de dosis.

5. El desarrollo de la normativa básica de la protección

radiológica. El papel de la ICRP, los organismos internacionales y la

transposición de las normas a la reglamentación nacional.

6. Estadística aplicada a la medida y al análisis de la

radiactividad.

7. Radiación natural. Fuentes artificiales de radiación,

producción y usos.

8. Protección radiológica ocupacional. Principios generales,

medidas de protección en el diseño y en la operación de las

instalaciones. Manuales de protección radiológica.

9. Protección radiológica individual. Equipos y sistemas.

10. Formación en materia de protección radiológica del

personal de instalaciones nucleares y radiactivas. Licencias de

personal.

11. Protección radiológica ambiental: Comportamiento de los

radio nucleidos en el medio ambiente.

12. Tratamiento de desechos radiactivos líquidos y gaseosos.

13. Definición, clasificación y gestión de los residuos

radiactivos sólidos.

14. Criterios radiológicos utilizados en el diseño de las

centrales nucleares.

15. Planificación de emergencias nucleares y radiológicas.

Tercer ejercicio

A. Seguridad Nuclear.

1. La Seguridad Nuclear. Fundamentos. Métodos de análisis.

Aplicación a centrales nucleares e instalaciones del ciclo de

combustible.

2. Criterios básicos de diseño aplicables a centrales nucleares.

Normas, comparación entre ellas.

3. La seguridad mediante sistemas. Seguridad en

profundidad. Sistemas de salvaguardia en centrales nucleares.

4. La contención en centrales nucleares. Tipos. Requisitos.

Diseño. Pruebas. Sistemas de salvaguardias asociados a la

contención en centrales nucleares.

5. El sistema de refrigeración del reactor en centrales

nucleares de agua ligera. Análisis de seguridad.

6. Sistemas de refrigeración de emergencia en centrales

nucleares de agua ligera.

7. Sistemas de refrigeración de componentes nucleares y de

servicios esenciales. Sumidero final de calor. Funciones. Tipos.

Análisis de seguridad.

8. El circuito secundario en centrales nucleares de agua ligera.

Aspectos de seguridad.

9. El sistema de protección del reactor en centrales nucleares.

10. Teorías de la Difusión y del Transporte de Neutrones.

Cinética puntual. Coeficientes de reactividad y parámetros

cinéticos. Evaluación del grado de quemado.

11. Cálculos de criticidad. Determinación del Factor Efectivo

de Multiplicación. Análisis de piscinas de almacenamiento y

fábricas de combustible.

12. Flujo y transmisión de calor en régimen bifásico. Análisis

termohidráulico del núcleo. Análisis multicanal.

13. Accidentes base de diseño en reactores de agua ligera.

Análisis de accidentes con pérdida de refrigerante. Análisis de

accidentes con inserción de reactividad en el núcleo.

14. Análisis de transitorios en reactores de agua ligera.

15. Accidentes fuera de la base de diseño: Transitorios

previstos sin parada rápida (ATWS). Pérdida total de corriente alterna

(SBO).

16. Procedimientos de operación normal y de emergencia en

centrales nucleares. Criterios de elaboración.

17. Guías de gestión de accidentes severos.

18. Mantenimiento en centrales nucleares. Tipos. Objetivos.

Aplicaciones.

19. Sistemas auxiliares: Sistemas de ventilación y

acondicionamiento de aire. Sistemas de protección contra incendios.

Funciones. Requisitos. Normativa aplicable.

20. Estructura y contenido de las secciones del código ASME.

Aplicación al campo nuclear.

21. Técnicas de ensayos no destructivos: Examen visual,

líquidos penetrantes, partículas magnéticas, radiografía, ultrasonidos,

corrientes inducidas y emisión acústica.

22. Sistemas eléctricos interiores y exteriores de centrales

nucleares. Sistemas de generación y distribución de corriente

continua y corriente alterna en los distintos niveles de tensión.

Sistemas eléctricos de emergencia.

23. Sistemas de instrumentación y control de centrales

nucleares. Utilización de técnicas analógicas y digitales.

24. Métodos de medida de presión, temperatura, nivel y

caudal. Clasificación y descripción de instrumentación de medición.

25. Clasificación de seguridad de equipos y componentes.

Calificación sísmica y ambiental de equipos en centrales nucleares.

26. Conceptos de fiabilidad y disponibilidad. Función de tasa

de fallos. Fallos en espera y en demanda. Distribuciones típicas

de la función de densidad de probabilidad de fallos.

27. Descripción de las metodologías de análisis de secuencias

de accidentes. Definición de las secuencias posibles de accidentes

para un análisis probabilístico de seguridad. Árboles de sucesos.

Árboles de fallos.

28. La tarea de análisis de datos en un análisis probabilista

de seguridad. Fallos independientes y por causa común. Datos

relativos a equipos y a comportamiento humano.

29. La tarea de análisis de fiabilidad humana en un análisis

probabilístico de seguridad. Metodologías y su utilización.

30. Procesos de realización de un análisis probabilístico de

seguridad hasta el nivel de estimación de la frecuencia de fusión

del núcleo. Significado de los resultados.

31. Aplicaciones de los análisis probabilísticos de seguridad.

Especificaciones Técnicas de Funcionamiento. Regulacion

informada por el riesgo.

32. Factores humanos y organizativos. Su influencia en la

seguridad. Metodologías de análisis preventivo y reactivo. Gestión

de la seguridad.

33. Gestión del combustible irradiado. Métodos de

almacenamiento a corto, medio y largo plazo. Estudios de seguridad

asociados.

B. Protección Radiológica.

34. Interacción de las radiaciones ionizantes con la materia

viva. Efectos somáticos, estocásticos y no estocásticos. Efectos

genéticos.

35. Efectos biológicos de las radiaciones ionizantes a nivel

biomolecular, celular, tisular, sistémico y orgánico.

36. Efectos biológicos de las radiaciones ionizantes a bajas

dosis. Estudios epidemiológicos.

37. La dosis debida a la radiación externa. Métodos de

estimación. Dosimetría.

38. La dosis debida a la contaminación interna. Métodos de

estimación. Dosimetría.

39. Vigilancia dosimétrica de los trabajadores

profesionalmente expuestos. Servicios de dosimetría. Vigilancia médica.

40. Servicios y Unidades Técnicas de Protección Radiológica.

Funciones, organización, requisitos y condiciones.

41. Protección radiológica operacional en instalaciones

radiactivas.

42. Protección radiológica operacional en instalaciones

nucleares.

43. Protección radiológica operacional en las instalaciones

de ciclo del combustible.

44. Protección radiológica durante el desmantelamiento de

las instalaciones nucleares y radiactivas. Vigilancia radiológica

después de la clausura de las instalaciones.

45. Protección radiológica en las instalaciones de

almacenamiento de residuos radiactivos.

46. Protección radiológica frente a las fuentes naturales de

radiación.

47. Protección radiológica de los pacientes en instalaciones

de radiodiagnóstico, medicina nuclear y radioterapia.

48. Seguridad de las fuentes de radiación. Gestión de fuentes

gastadas.

49. Transporte de materiales nucleares y radiactivos.

50. Contaminación radiactiva. Descontaminación de

personas contaminadas interna o externamente. Descontaminación de

zonas y equipos.

51. Exclusión de fuentes, exención de prácticas y

desclasificación de zonas y materiales radiactivos. Definición y aplicación

práctica.

52. Generación de radio nucleidos en reactores nucleares de

potencia. Comparación entre diferentes diseños desde el punto

de vista radiológico.

53. Efluentes radiactivos en centrales nucleares de agua

ligera. Sistemas de tratamiento. Limitación, vigilancia y control.

54. Efluentes radiactivos en instalaciones radiactivas.

Sistemas de tratamiento. Limitación, vigilancia y control.

55. Evaluación del impacto radiológico ambiental.

56. Declaración de Impacto Ambiental. Intervención del CSN.

57. Programas de vigilancia radiológica ambiental. Diseño

y desarrollo.

58. Red de vigilancia radiológica ambiental de alcance

nacional. Estaciones de muestreo y análisis, estaciones automáticas.

Red de Alerta a la Radiactividad.

59. Gestión de los residuos radiactivos producidos en las

instalaciones nucleares. Acondicionamiento y evacuación.

60. Características de los residuos radiactivos de

instalaciones radiactivas médicas, industriales y de investigación.

Acondicionamiento y evacuación.

61. Políticas y estrategias de gestión de residuos radiactivos

en España. El quinto Plan General de Residuos Radiactivos.

62. Análisis de consecuencias radiológicas de accidentes en

centrales nucleares de agua ligera.

63. Enseñanzas en materia de protección radiológica

resultantes de los accidentes nucleares.

64. Niveles derivados para la adopción de medidas de

protección radiológica en situaciones de emergencia.

65. Medidas de protección de la población en caso de

accidente radiológico. Ventajas e inconvenientes. Información a la

población.

66. Atención médica a las personas irradiadas y

contaminadas. Centros de asistencia a irradiados y contaminados.

ANEXO III

Tribunal calificador

Presidente: Don Eugenio Gil López, funcionario de la Escala

Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección

Radiológica.

Vocales: Don Eduardo Gallego Díaz, funcionario del Cuerpo

de Profesores titulares de Universidad; don Agustín Cerdá Rubio,

funcionario del Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado; don

Leonardo Hernández Ferreiro, funcionario del Cuerpo de

Ingenieros Industriales del Estado.

Secretario: Don José María Rey Gayo, funcionario de la Escala

Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección

Radiológica.

Tribunal calificador suplente

Presidente: Don José Ignacio Calvo Molins, funcionario de la

Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y

Protección Radiológica.

Vocales: Don Jorge Peña Gutiérrez, funcionario del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la

Administración del Estado; don Luis Enrique Herranz Puebla,

funcionario de la Escala de Investigadores Titulares de Organismos

Públicos de Investigación; don Alejandro Martín Martín, funcionario

de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

Secretario: Don Eduardo Biurrún González, funcionario de la

Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y

Protección Radiológica.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

Encabezamiento:

En el recuadro correspondiente a Ministerio se consignará

"Consejo de Seguridad Nuclear".

En el recuadro dedicado a Centro Gestor se consignará

"C.S.N.".

En el recuadro de año de la convocatoria se pondrá "03".

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala

Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección

Radiológica", código 1300.

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se dejará

en blanco.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "C.S.N.".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del "Boletín Oficial

del Estado" en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33

por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el

cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se hará

constar la titulación que se posee para participar en las pruebas

selectivas.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará, en su caso,

el idioma voluntario elegido; los apartados B y C se dejarán en

blanco.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182 2370 49 020 1503863 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Consejo de

Seguridad Nuclear. Ingresos por Tasas de oposiciones en el extranjero".

El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde

cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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