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Documento BOE-A-2003-11248

Resolución de 19 de mayo de 2003, de la Dirección de Administración de Industria y Minas, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación de modelo del instrumento destinado a medir opacidad y determinar coeficientes de absorción luminosa de gases de escape de vehículos con motores de encendido por compresión diesel, marca Centralauto ®, modelo KE.3400.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2003, páginas 21790 a 21791 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2003-11248

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

D. José Manuel Bordas García, en nombre y representación de la empresa Teknika Bereziak, S.L. con número de Registro Industrial 84-21.642 y número de Registro de Control Metrológico 01-G-001-R, ha presentado, en esta Dirección, solicitud de la aprobación de modelo de instrumento destinado a medir opacidad y determinar coeficientes de absorción luminosa de gases de escape de vehículos con motores de encendido por compresión, diesel, marca Centralauto ®, modelo KE.3400, fabricado en sus instalaciones sitas en Uharka Auzoa, s/n, de Arratzu, Territorio Histórico de Bizkaia.

Junto a la solicitud ha sido presentada la siguiente documentación:

Certificado de inscripción en el Registro de Control Metrológico con el número 01-G-001-R, emitido por esta Dirección a favor de Teknika Bereziak, S. L.

Informe de ensayos del instrumento, emitido por el Centro Español de Metrología de referencia CEM-CY-02/0150-6.6 y fecha 4 de abril de 2003, en el que se hace constar la conformidad del instrumento ensayado con las prescripciones de la Orden de 18 de marzo de 1999, BOE 08-04-1999, que regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir opacidad y determinar coeficientes de absorción luminosa de gases de escape de vehículos con motores de encendido por compresión (diesel).

Informe, proyecto, esquemas y planos constructivos del citado instrumento, así como el manual de usuario.

Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes.

Fundamentos Jurídicos

1. La Dirección de Administración de Industria y Minas es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 9, del Decreto 223/2001, de 16 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo.

2. El Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, establece en su Título primero las condiciones y las tramitaciones que, con carácter general, son aplicables a los instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado y, entre ellas, que se asignará un signo de aprobación de modelo, se expedirá un certificado y se publicará la Resolución de aprobación del modelo.

3. La Orden de 18 de marzo de 1999, antes citada, establece los requisitos técnicos aplicables a los instrumentos de medida cuya aprobación de modelo se solicita.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación, resuelvo:

1. Conceder la aprobación de modelo al instrumento destinado a medir opacidad y determinar coeficientes de absorción luminosa de gases de escape de vehículos con motores de encendido por compresión:

Marca: Centralauto ®.

Modelo: KE.3400.

Fabricado por la empresa Teknika Bereziak, S. L. en sus instalaciones sitas en Uharka Auzoa, s/n, Territorio Histórico de Bizkaia.

2. Asignar el siguiente signo de aprobación de modelo al instrumento marca Centralauto ®, modelo KE.3400, cuyo formato es:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/133/11248_13570772_image1.png

3. Establecer el plazo de validez de esta aprobación de modelo en diez años, pudiendo el interesado solicitar prórroga de la misma antes del vencimiento.

4. Extender el correspondiente Certificado de Aprobación de Modelo que acompaña, como anexo, a esta Resolución.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en los boletines oficiales correspondientes.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Viceconsejería de Administración y Planificación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vitoria-Gasteiz, 19 de mayo de 2003.–El Director, Rubén Mendiola Erkoreka.

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