En fecha 29 de enero de 2003, el Secretario de Organización
Territorial del Estado, por delegación del Ministro de este
Departamento, y en el ejercicio de las competencias que le confiere
la Orden de 27 de diciembre de 2002, de delegación de
competencias entre órganos de este Ministerio, dictó Orden por la
que se impuso a D. Francisco Jiménez Lechuga,
Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Quéntar (Granada), la separación
del servicio como funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional.
La parte dispositiva de la mencionada Orden establece lo
siguiente:
"Imponer a D. Francisco Jiménez Lechuga, como responsable
de una falta muy grave de abandono del servicio, tipificada por
el art. 31-1.c) de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, concurriendo la agravante
de reiteración o reincidencia prevista por el art. 89.e) de la Ley
Articulada de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de
1964 -supletoriamente aplicable a los funcionarios locales- la
separación definitiva del servicio."
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición ante este Ministerio en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, o en
el plazo de dos meses, a contar de la misma manera, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
Madrid, 23 de mayo de 2003.-El Director General, Pablo
Trillo-Figueroa Martínez-Conde.
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