En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero
(Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 5 de marzo), y con
el fin de atender a las necesidades de Personal de Administración
y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2002, de 21 de
diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.e), de
la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,
acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Técnica Facultativa Superior (Arquitectos) de la Universidad Rey
Juan Carlos, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas
pertenecientes a la Escala Técnica Superior de Administradores
de esta Universidad, grupo A, por el sistema general de acceso
libre, mediante concurso-oposición.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio, la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (Boletín Oficial del
Estado de 24), sobre el acceso a determinados sectores de la
Función pública de los nacionales de los demás Estados miembros
de la Unión Europea, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de
diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social,
el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo
público de la Administración General del Estado y sus organismos
públicos de nacionales de otros de otros Estados a los que es
de aplicación el derecho a la libre cirsculación de trabajadores,
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de los Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado, los Estatutos de la
Universidad Rey Juan Carlos y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.3 Siguiendo lo dispuesto por la disposición Adicional
décimo novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, en la redacción dada por la
Ley 23/1988, de 28 de julio, del total de plazas ofertadas se
reservará un cupo no inferior al 3 % para ser cubiertas por personas
con grado de discapacidad igual o superior al 33 % y sea
compatible con el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes. Las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de
igualdad con el resto de los aspirantes, sin perjuicio de las
adaptaciones, para las personas que lo soliciten, de tiempo y medios,
conforme a lo dispuesto en el artículo 19.3 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo.
1.4 Las plazas que no sean cubiertas, de las reservadas al
turno de discapacitados, se acumularán al resto de las convocadas.
1.5 El procedimiento de selección será el de
concursooposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican como Anexo I.
1.6 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II de esta convocatoria.
1.7 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
1.7.1 Fase de concurso: la lista que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso se hará pública
mediante Resolución del Rectorado de la Universidad, para
aquellos aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
A efectos de esta valoración, el Servicio de Personal de
Administración y Servicios expedirá de oficio, a los aspirantes que hayan
superado el primer ejercicio, certificación según el modelo que
figura como Anexo IV o Anexo V, según corresponda, a esta
convocatoria, y que les será remitida con anterioridad a la publicación
del listado provisional de méritos de la fase de concurso,
disponiendo los aspirantes del plazo de diez días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución,
para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso.
Por la misma autoridad se dictará Resolución que contenga
la relación de las puntuaciones definitivas en fase de concurso,
que se publicará simultáneamente a las calificaciones del segundo
ejercicio.
1.7.2 Fase de oposición: el primer ejercicio de la oposición
se iniciará a partir de julio del 2003.
1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula
de pleno derecho.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a
la función pública, y en particular:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el
Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero
Superior, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo,
en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función
Pública.
2.2 Si se trata de aspirantes a las plazas reservadas a personas
afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de
grado igual o superior al 33 por 100.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1. deberán
poseerse el día de finalización del plazo de presentación de
instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de
funcionarios de organismos internacionales, habrán de ajustarse a los
requisitos y condiciones que, para su acceso en los Cuerpos
y Escalas de la Administración del Estado, establece el Real
Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios
de nacionalidad española de organismos internacionales a los
cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente en el Servicio de Información y Registro de la Universidad
Rey Juan Carlos, (edificio de Biblioteca), calle Tulipán s/n,
Móstoles (Madrid), en cualquiera de las Oficinas de Registro situadas
en los Campus de la Universidad (Campus de Alcorcón,
Fuenlabrada o Vicálvaro), en los Gobiernos Civiles de cada provincia,
en las Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas,
en el Centro de Información Administrativa para las
Administraciones Públicas, en el Instituto Nacional de la Administración
Pública y en los Rectorados de todas las Universidades Públicas
del Estado, siempre que las solicitudes de que dispongan éstos
sean de características similares a la publicada como Anexo III.
3.2 Los aspirantes deberán adjuntar a la instancia una
fotocopia legible del documento nacional de identidad.
Los aspirantes que no posean nacionalidad española, y tengan
derecho a participar deberán presentar fotocopia compulsa del
correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta
de residente comunitario o de familiar de residente comunitario
en vigor, o en su caso, de la tarjeta temporal de residente
comunitario o de trabajador comunitario en vigor. Asimismo, deberán
presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de
que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.3 En las solicitudes se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1 "Cuerpo o Escala", se hará constar la
denominación en la Escala objeto de esta convocatoria: "Escala Técnica
Superior de Administradores".
En el apartado 3 "Forma de acceso", se consignará "L" sistema
de acceso libre.
3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad Rey Juan Carlos, edificio de la Biblioteca,
calle Tulipán s/n, 28933 Móstoles, Madrid, en cualquiera de las
Oficinas de Registro situadas en los Campus de la Universidad
(Campus de Alcorcón, Fuenlabrada o Vicálvaro) o en la forma
prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el Boletín Oficial del Estado, dirigidas al Excmo. Sr.
RectorPresidente de la Universidad Rey Juan Carlos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en
el plazo expresado indicado a través de las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado
adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber
satisfecho los derechos de examen.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo
el procedimiento señalado en la base 3.4 se considerarán
entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General
de la Universidad Rey Juan Carlos.
3.5 Los aspirantes por el sistema general de acceso libre,
con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, que deseen
participar en las pruebas selectivas el cupo por de reserva de
discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente
de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones
de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que
esta adaptación sea necesaria.
3.6 Los derechos de examen serán de 30 euros y se ingresarán
en la Caja de Madrid (entidad 2038), oficina n.o 2745, n.o de
cuenta 6000005091, "Derechos de examen", bien directamente
o por transferencia bancaria.
El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de
examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad
bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto
o adjuntando el correspondiente resguardo de
ingreso/transferencia. La falta de pago de los derechos de examen, determinará
la exclusión del aspirante. En ningún caso el abono de los derechos
examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.5.
3.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de
la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, por el que se modifica el apartado
cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, estarán
exentos del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal
condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de
publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria
de pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Superior
de Administradores de la Universidad Rey Juan Carlos. Serán
requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que
se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni
se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que,
asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,
al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en la
correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo, debiendo
figura en ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho
párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una
declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que
se podrá utilizar el modelo del Anexo VI. Ambos documentos
deberán acompañarse a la solicitud.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrá
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.9 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dirigido al Gerente
General, dentro del plazo establecido en la base 3.4. para la
presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no se admitirá
ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución que será
publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid,
declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos.
En dicha Resolución se indicará el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes
excluidos, con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre,
número del documento nacional de identidad y motivo que la
produce.
4.2 Los aspirantes excluidos o los que no figuren en las
relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución que aprueba las listas provisionales de admitidos
y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no
subsanen la causa de la exclusión justificando su derecho a estar
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano
judicial competente de acuerdo con lo previsto en los artículos
116 y 117 dela Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero y el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los
documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución
de los derechos de examen.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador se ajustará a lo establecido por
el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de los Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y cuya
composición se hará pública, mediante Resolución del Rector de
la Universidad Rey Juan Carlos, en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid, antes del inicio de las pruebas selectivas.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Gerencia General de esta Universidad,
cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/2992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o
si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del
Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en alguna
de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Asimismo,
los aspirantes podrán recurar a los miembros del Tribunal cuando
concurran circunstancias previstas en la presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará, en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid, Resolución por la que se nombra a los nuevos
miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la
base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión
el Tribunal acordará las decisiones pertinentes en orden al correcto
desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones,
el Tribunal para actuar válidamente, requerirá la presencia de
la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y
adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la
convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases y la
normativa aplicable.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Gerente General
de la Universidad.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá
nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el
correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición a realizar de forma
escrita y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para
ello los impresos aprobados por la Orden del entonces Ministerio
de Presidencia de 18 de febrero de 1985 (B.O.E. del día 22) o
cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos
opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o
signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad Rey Juan Carlos (Edificio
Rectorado), calle Tulipán s/n, 28933 Móstoles, Madrid,
teléfono 91/665.50.60 - 90 488 71 56. El Tribunal dispondrá en esta
sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, que
atienda a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas
pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría de primera de las recogidas en el Acuerdo de 13
de diciembre de 2001, del Consejo de Gobierno de la Comunidad
de Madrid (B.O.C.M. del día 16 de enero de 2002).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra T, de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Dirección General de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid, de fecha 3 de abril
de 2002 (B.O.C.M. del día 12), por la que se publica el resultado
del sorteo para la determinación del orden de actuación de los
aspirantes en todos los procesos que se convocan en ejecución
de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid
para 2002. En el supuesto de que no exista ningún aspirante
cuyo primer apellido comience por la letra indicada, el orden de
actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
con la letra U, y así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del
ejercicio, en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados, los cuales serán libremente apreciados por
el Tribunal.
6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio y los posteriores se efectuará por el Tribunal en los locales
donde se haya celebrado el primero o anteriores ejercicios, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10. y por
cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar
su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de
antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate
del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier
otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión a la
Gerencia General de la Universidad, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10. y en
aquellos otros que estime oportuno, la relación del aspirante que
ha superado las pruebas, señalando la puntuación alcanzada y
con indicación del número de su documento nacional de identidad.
7.2 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de
la lista del aprobados al Rector de la Universidad y al Servicio
de Personal de Administración y Servicios para su conocimiento,
especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno
de los ejercicios.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde que se publique
la relación definitiva del aprobado, el aspirante que figure en la
misma deberá presentar en el Servicio de Personal de
Administración y Servicios de la Universidad Rey Juan Carlos, los
siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del Título exigido en la Base 2.1.3,
o en su defecto, certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del mismo. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero, se aportará fotocopia
de la credencial que acredite su homologación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de alguna administración
pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas,
según el modelo que figura como Anexo V.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según anexo VI a esta convocatoria.
c) Los aspirantes con minusvalía y grado de discapacidad igual
o suprior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición, si
obtuvieran plaza, mediante certificación de los Organos competentes
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o, en su caso, de
la Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central
de Personal o del Ministerio u Organismo correspondiente del
que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del
número e importe de trienios, así como la fecha de su
cumplimiento.
8.3 Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no prestasen la documentación, o del examen de la misma
se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en
la base 2.1, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid, con el orden definitivo de puntuación.
La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de
fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los aspirantes
aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas
selectivas enviado a la Universidad convocante, así como el
certificado a que se refiere la base 1.6.
8.5 La toma de posesión del aspirante aprobado será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a
la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la
revisión de las Resoluciones de Tribunal Calificador de las pruebas,
conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Móstoles, 9 de mayo de 2003.-El Rector, Pedro
González-Trevijano Sanchéz.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
1. Fase de concurso
En ella se valorarán los méritos relacionados con los servicios
prestados en la Universidad Rey Juan Carlos como funcionario
interino o como personal laboral eventual de la Universidad Rey
Juan Carlos. La valoración se realizará hasta un máximo de 5
puntos, a razón de 0,08 puntos por mes de servicio o fracción
igual o superior a quince días, las fracciones inferiores se valorarán
proporcionalmente. En el caso de haber prestado servicios como
funcionario interino de la Escala Técnica Superior de
Administradores o como contratado laboral con la categoría de Titulado/a
Superior esta valoración será a razón de 0,10 puntos. En ningún
caso, los puntos obtenidos en esta fase servirán para superar la
fase de oposición.
2. Fase de oposición
Estará constituido por tres ejercicios de carácter eliminatorio.
Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas basado en el contenido íntegro del programa
de estas pruebas selectivas que figura en el Anexo II de esta
convocatoria. El cuestionario estará compuesto por 100 preguntas
con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. El
tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90
minutos.
Las contestaciones erróneas tendrán una valoración negativa
equivalente a 1/4 del valor correspondiente a una respuesta correcta.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de cinco puntos, de acuerdo a la
nota de corte que establecerá el Tribunal.
Segundo ejercicio.-Consistirá en desarrollar por escrito dos
temas generales a elegir entre seis propuestos por el Tribunal
basados en el contenido íntegro del programa de estas pruebas
selectivas que figura en el Anexo II de esta convocatoria. El tiempo
máximo para la realización de este ejercicio será de 4 horas. Los
temas propuestos no coincidirán necesariamente con epígrafes
o temas en su conjunto del mencionado temario.
El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública. Al
término de la lectura el Tribunal podrá plantear cuestiones
relacionadas con el ejercicio y lo calificará valorando los
conocimientos, claridad, orden de las ideas y calidad de la expresión escrita,
así como su forma de presentación o exposición.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de cinco punto de acuerdo a la nota
de corte que establecerá el Tribunal.
Tercer ejercicio.-Consistirá en la resolución por escrito de dos
supuestos prácticos a elegir entre cuatro propuestos por el
Tribunal. Los supuestos podrán desglosarse en un máximo de 10
preguntas cada uno o bien podrá proponerse la elaboración de
una propuesta de Resolución, Dictamen, Informe basado en los
supuestos planteados. Los supuestos prácticos versarán sobre
materias contenidas en los bloques II, III, IV y V del programa.
El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública. Al término
de la lectura el Tribunal podrá plantear cuestiones relacionadas
con el ejercicio práctico. El tiempo máximo para la realización
de este ejercicio será de cuatro horas.
La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo
necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos y no ser
calificado con cero puntos en alguno de los supuestos prácticos
elegidos.
Corresponderá al Tribunal resolver cuantas incidencias e
interpretaciones se susciten respecto a las valoraciones y pruebas
contenidas en este Anexo.
3. Valoración final
La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y
oposición (suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios),
no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número
mayor de personas que el total de plazas convocadas.
En ningún caso los puntos obtenidos en la fase de concurso
servirán para superar la fase de oposición.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
las fases de concurso y de oposición, se dará prioridad al aspirante
que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición,
y, en caso de persistir la igualdad, se acudirá para dirimirla a
la mayor puntuación obtenida en los sucesivos ejercicios de la
fase de oposición, comenzando por el último realizado. Si
persistiese el empate, éste se resolverá por el orden alfabético del
primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el citado
orden por la letra indicada en la base 6.1. de la presente
convocatoria.
ANEXO II
Programa
I. Sistema político español
1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La
Constitución Española de 1978. Los principios constitucionales,
los derechos y las libertades públicas en España.
2. El régimen político de la Constitución Española. La
monarquía parlamentaria.
3. El Estado español como estado social y democrático de
Derecho. El Estado autonómico. Naturaleza y construcción del
Estado autonómico: Antecedentes históricos. Los principios
constitucionales: Unidad y autonomía, solidaridad, igualdad de derecho
y obligaciones de los ciudadanos y unidad de mercado.
4. La representación política: Democracia directa y
representativa en la Constitución Española. La participación política.
5. La Corona. Atribuciones según la Constitución Española.
6. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado.
Composición y funciones.
7. El Gobierno en la Constitución Española. Composición del
Gobierno. La designación y remoción del Gobierno y su Presidente.
La función parlamentaria de control del Gobierno.
8. Órganos constitucionales de control de la Administración:
Tribunal de Cuentas. Defensor del Pueblo. La Administración
consultiva: Consejo de Estado.
9. El poder judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
Organización y competencias. La regulación constitucional de la
justicia.
10. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones.
Procedimientos de los recursos ante el Alto Tribunal.
11. La Administración pública. Administración general y
organización periférica del Estado. Principios constitucionales
informadores.
12. La Administración institucional. Los organismos
autónomos. Entes públicos y sociedades estatales. La Administración
corporativa.
13. La Administración local. Regulación constitucional y
entidades que la integran. Líneas generales de la organización del
municipio y la provincia.
14. Las Comunidades Autónomas. El acceso a la autonomía
y los procedimientos de elaboración y aprobación de los Estatutos.
15. Los Estatutos de Autonomía. Organización política y
administrativa de las Comunidades Autónomas.
16. El modelo de distribución de competencias entre el Estado
y las Comunidades Autónomas: Sistema de listas y cláusula
residual. Las relaciones entre las Administraciones públicas. La
doctrina del Tribunal Constitucional.
17. Las competencias normativas de las Comunidades
Autónomas. Competencia legislativa exclusiva y competencia
legislativa compartida. La competencia reglamentaria. Las competencias
ejecutivas de las Comunidades Autónomas.
18. La Comunidad de Madrid (I): El Estatuto de Autonomía,
estructura. Las competencias de la Comunidad de Madrid:
Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.
19. La Comunidad de Madrid (II): La Asamblea legislativa:
Composición, funciones y potestades. El Presidente de la
Comunidad y el Consejo de Gobierno: Funciones y potestades.
Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
20. La Comunidad de Madrid (III): La Administración
autonómica ; organización y estructura básica de las Consejerías. La
Administración institucional de la Comunidad de Madrid:
Tipología y regulación.
II. Relaciones Internacionales y Unión Europea
21. La sociedad internacional: Rasgos característicos. Los
actores internacionales. El nuevo escenario mundial.
22. La Constitución Española y la acción exterior del Estado.
Los órganos de la acción exterior. La política exterior española.
Principales proyecciones exteriores.
23. Nacimiento y objetivos de las Comunidades Europeas.
Tratados originarios y modificativos.
24. Las instituciones de la Unión Europea: Consejo,
Comisión, Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras instituciones.
25. El Derecho comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre
el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados
miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español al
Derecho comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas
en la aplicación del Derecho comunitario.
26. Medios financieros y personales de la Unión Europea.
El presupuesto. La función pública comunitaria.
27. La libre circulación de mercancías y la política comercial
común.
28. La libre circulación de los trabajadores. La política social.
Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios.
Libertad de circulación de capitales.
29. Políticas comunes y sectoriales de las Comunidades
Europeas. Los fondos estructurales. Las normas sobre libre
competencia. La cohesión económica y social.
30. La Unión Europea: La unión política y la unión económica
y monetaria.
31. La adhesión española a las Comunidades Europeas.
Problemática económica de la plena integración. El programa de
convergencia económica de la Unión Europea.
III. Teoría de la Administración
32. La formación de la ciencia administrativa: Orígenes y
evolución.
33. Los problemas de la investigación administrativa.
Métodos y técnicas de análisis de las organizaciones públicas.
34. La burocracia. Orígenes. El modelo de organización
burocrática en las teorías clásicas. Su crítica.
35. Burocracia y tecnocracia en el Estado contemporáneo.
El poder burocrático.
36. Sistemas administrativos comparados (I): El modelo
británico.
37. Sistemas administrativos comparados (II): El modelo francés.
38. Sistemas administrativos comparados (III): El modelo
norteamericano.
39. Sistemas administrativos comparados (IV): La
Administración de las Comunidades Europeas.
40. El sistema administrativo español. Evolución.
Características generales. Líneas de reforma.
41. Ética pública y deontología profesional. Ética y Derecho.
Los controles internos y externos de la Administración pública. La
discrecionalidad del empleado público la formación ética pública.
42. El concepto de marketing público. El marketing para el
Gobierno y las Administraciones públicas. Las herramientas del
márketing público.
43. Los componentes básicos del sistema
político-administrativo y el marco general del sistema de relaciones
intergubernamentales. El nivel nacional, autonómico y local en el sistema
español de relaciones intergubernamentales.
44. La influencia del sistema político sobre las estructuras
administrativas. La dirección política. Aparato del Estado.
Ideología política, instituciones políticas.
45. La influencia de la administración sobre la sociedad. El
papel de la burocracia en el sistema democrático. La función de
integración de la sociedad.
IV. Derecho Administrativo
46. La Administración pública: El principio de legalidad. Las
potestades administrativas: Regladas y discrecionales. El control
legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.
47. Fuentes del Derecho administrativo: Concepto. El papel
de la costumbre. Los principios generales del Derecho.
48. La Constitución como norma jurídica. La ley: Concepto
y reserva de ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias. Disposiciones
del ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos
legislativos.
49. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Límites
de la potestad reglamentaria: Formales y sustanciales.
Reglamentos ilegales: Sanción, medios técnicos de reacción y remedios
activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.
50. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del
acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.
51. El acto administrativo: Motivación. Notificación.
Publicación. Actos presuntos.
52. El acto administrativo. Efectos: Eficacia demorada y
eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.
53. El acto administrativo: Nulidad de pleno derecho.
Anulabilidad. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados.
Conservación de actos y trámites. Convalidación.
54. El acto administrativo: Revisión de actos nulos. Revisión
de actos anulables. Revocación de actos. Límites de la revisión.
55. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común: Objeto y ámbito de aplicación. Principios
generales.
56. Órganos de las Administraciones públicas: Competencia.
Abstención y recusación. Órganos colegiados.
57. Los interesados en el procedimiento administrativo. Los
derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las
Administraciones públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación y
tramitación de urgencia.
58. El procedimiento administrativo: Iniciación. Ordenación.
Instrucción. Finalización.
59. Los recursos administrativos: Principios generales.
Recursos ordinarios. Recurso de revisión. Reclamaciones previas al
ejercicio de las acciones civiles y laborales.
60. Las reclamaciones económico - administrativas: Materias
sobre las que pueden versar. Actos susceptibles de reclamación.
Órganos competentes para conocer y resolver las reclamaciones.
61. La jurisdicción contencioso - administrativa: Naturaleza,
extensión y límites. Órganos de la jurisdicción contencioso
administrativa. Las partes en el proceso contencioso-administrativo.
Objeto del recurso contencioso-administrativo.
62. El procedimiento contencioso-administrativo. Ejecución
de sentencias. Recursos contra sentencias.
63. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Ámbito
de aplicación. Requisitos para contratar con la Administración.
64. Actuaciones administrativas preparatorias de los
contratos. Tramitación de los expedientes de contratación. Prerrogativas
de la Administración.
65. De los procedimientos y formas de adjudicación de los
contratos. Revisión de precios en los contratos de la
Administración.
66. Perfección y normalización de los contratos. Ejecución
y modificación. Extinción de los contratos.
67. Cesión de los contratos y subcontratación. Contratación
en el extranjero. Invalidez de los contratos.
68. El contrato de obras.
69. El contrato de gestión de servicios públicos.
70. El contrato de suministro.
71. El contrato de consultaría y asistencia. El contrato de
servicios. El contrato de trabajos específicos y concretos no
habituales de la Administración.
72. La responsabilidad patrimonial de la Administración. La
responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las
Administraciones públicas.
V. Administración de personal
73. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública:
Ámbito de aplicación. Órganos superiores de la función pública.
Registros de personal.
74. Planificación de recursos humanos. Relaciones depuestos
de trabajo.
75. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Derechos y deberes de los funcionarios. Tema 4. Ingreso en
Cuerpos o Escalas de funcionarios: Normas generales. Oferta de empleo
público. Órganos de selección. Convocatorias y procedimiento
selectivo.
76. Provisión de puestos de trabajo. Disposiciones generales.
Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.
77. Carrera profesional: Grado personal. Intervalo de niveles
y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.
78. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de cada
una de ellas.
79. Sistema de retribuciones de los funcionarios: Conceptos
retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos
retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas.
Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero.
Indemnizaciones por razón del servicio.
80. Incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones públicas: Principios generales y ámbito de aplicación.
Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.
81. El régimen disciplinario de los funcionarios: Personas
responsables. Faltas y sanciones disciplinarias. Procedimiento para
la sanción de las faltas disciplinarias.
82. Los órganos de representación de los funcionarios
públicos. La negociación colectiva y la participación en la determinación
de las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos. El
derecho de reunión.
83. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.
La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.
84. Las fuentes del ordenamiento laboral. Aplicación e
interpretación de las normas laborales. Principios de ordenación
jerárquica en el derecho laboral.
85. El contrato de trabajo: Forma, validez y capacidad para
contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y
deberes derivados del contrato. Período de prueba.
86. Contratos formativos. Contrato de trabajo en prácticas
y contrato para la formación. Contrato a tiempo parcial, contrato
fijo discontinuo y contrato de relevo. Contratos de duración
determinada.
87. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.
Salarios y garantías salariales. Tiempo de trabajo.
88. Modificación del contrato de trabajo: Movilidad funcional,
movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las
condiciones de trabajo. Garantías por cambio de empresario. La
suspensión del contrato de trabajo.
89. La extinción del contrato de trabajo: Causas. Extinción
por voluntad del trabajador. Extinción por causas objetivas.
Despido colectivo, disciplinario e improcedente.
90. La libertad sindical. Órganos de representación:
Delegados de personal y comités de empresa. Derecho de reunión.
91. Los Convenios Colectivos: Naturaleza y efectos.
Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión y
extensión.
92. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga. El cierre
patronal.
93. El procedimiento laboral: El ejercicio de la potestad
jurisdiccional. Las partes procesales. La evitación del proceso. El
proceso ordinario. La ejecución de sentencias frente a entes públicos.
94. La Seguridad Social: Campo de aplicación y estructura
del sistema de la Seguridad Social. Afiliación y cotización.
95. Régimen general de la Seguridad Social: Acción
protectora. Incapacidad temporal. Invalidez.
96. Régimen general de la Seguridad Social: Jubilación.
Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.
97. Protección por desempleo: Objeto. Nivel contributivo.
Nivel asistencial. Régimen de las prestaciones
VI. Hacienda Pública y Gestión financiera
98. El presupuesto: Concepto y clases. El presupuesto por
programas: Objetivos, programas y su evaluación. Presupuesto
en base cero: Objetivos, unidades y paquetes de decisión y
asignación de prioridades.
99. Los Presupuestos Generales del Estado: Principios y
estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios.
Gastos plurianuales.
100. Modificaciones de los créditos. Transferencias de
crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.
Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de
crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias.
101. Los ingresos: Concepto. Impuestos directos: Concepto
y clasificación. Impuestos indirectos: Concepto y clasificación.
Tasas y precios públicos.
102. La financiación de las Comunidades Autónomas:
Financiación incondicionada, financiación condicionada y financiación
autónoma.
103. Los gastos: Concepto. Gastos de personal. Gastos para
la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes y de
capital. Gastos de inversión.
104. Los pagos: Concepto. Pagos por obligaciones
presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija.
Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.
105. El procedimiento de ejecución presupuestaria: Fases del
procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos del
Tesoro Público.
106. El control presupuestario: Concepto y ámbito de
aplicación. Control Interno: La Intervención General del Estado. El
control externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia al
control de legalidad.
107. La contabilidad pública: El Plan General de Contabilidad
Pública. La Cuenta General del Estado.
VII. Administración Universitaria
108. La autonomía universitaria: Reconocimiento
constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y
estructura de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El
Consejo de Coordinación Universitaria. Competencias educativas
y órganos gestores a nivel universitario de la Comunidad
Autónoma de Madrid. La Ley Orgánica de Universidades.
109. La Universidad Rey Juan Carlos. Naturaleza, fines y
competencias. Organización académica: Departamentos, Facultades
y Escuelas Universitarias.
110. La Universidad Rey Juan Carlos. Organización
Académica: Institutos Universitarios e Interuniversitarios. Centros de
Enseñanza Superior. Colegios Mayores. Hospitales universitarios
y Hospitales asociados.
111. La Universidad Rey Juan Carlos: Organos de gobierno
y administración colegiados: Consejo Social. Claustro
Universitario. Junta Consultiva. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos
de Departamento e Institutos Universitarios.
112. La Universidad Rey Juan Carlos. Órganos de gobierno
y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario
general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de
Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas
Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios
de Departamento.
113. El Profesorado Universitario: Clases y régimen jurídico.
Retribuciones.
114. El Personal de Administración y Servicios Funcionario.
Clases y régimen jurídico.
115. Personal de Administración y Servicios laboral:
Convenio Colectivo de Universidades Públicas de la Comunidad de
Madrid. Clases y régimen jurídico.
116. Las Universidades públicas (4). Alumnado: Acceso.
Permanencia. Planes de Estudios. Titulaciones universitarias:
Oficiales y propias. La regulación de los estudios del tercer ciclo.
117. Convalidación de estudios y homologación de títulos
extranjeros. Becas y ayudas al estudio. Precios públicos por la
prestación del servicio público de la educación superior.
118. La Universidad Rey Juan Carlos. Investigación:
Proyección investigadora, científica y cultural. Participación en
programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 83 de la
Ley Orgánica de Universidades.
119. La Universidad Rey Juan Carlos. Régimen económico:
Financiación y presupuesto. Régimen patrimonial.
VIII. Ciencias sociales
121. La dirección de las organizaciones. Funciones directivas.
Origen y naturaleza de la autoridad. El liderazgo. Jerarquía y
autoridad: El proceso escalar. Responsabilidad y autoridad. Jerarquía
lineal y jerarquía funcional. Delegación de la autoridad.
122. El proceso de adopción de decisiones. Iniciativa,
preparación y normalización de decisiones. Información y
comunicación. Modalidades y medios de comunicación. Obstáculos para
las comunicaciones y técnicas para superarlas.
123. Planificación y programación de la actividad de la
organización. Definición de objetivos, evaluación y asignación de
recursos. Instrumentos estadísticos, informáticos y de reproducción en
la actividad de las organizaciones actuales. Instrumentos de
análisis y mejora de la organización.
124. Políticas públicas. Formulación, implantación y
evaluación.
SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 22011 a 22012)
Instrucciones para el interesado
Instrucciones generales:
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie
dura, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en
todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares:
Consigne en forma de acceso una sola letra mayúscula,
tomando la que corresponda a la siguiente clave:
Letra Forma deacceso
L Libre.
P Promoción interna.
Consigne en la liquidación el importe de los derechos de
examen y número de la cuenta corriente que se indican en la
convocatoria, ya que es un impreso autoliquidativo.
Adjunte fotocopia del documento nacional de identidad al
presentar o remitir el ejemplar de la solicitud destinado a la
Universidad.
Al realizar la prestación, solicite de la oficina receptora
constancia de la fecha en el ejemplar destinado al interesado, que
deberá conservar en su poder como justificante del ingreso de
los derechos y de la presentación de la solicitud.
ANEXO IV
Certificación servicios prestados en la Universidad
Rey Juan Carlos
Don/doña ........................................................
Cargo .............................................................
Certifico, que según los antecedentes obrantes en este centro
y a los solos efectos de valoración en la fase de concurso (Anexo
I), de las pruebas selectivas para el acceso a la Escala Técnica
Superior de Administradores de la Universidad Rey Juan Carlos,
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Don/doña ........................................................
Grupo/Escala/Categoría laboral a que pertenece ..............
DNI ......................, destino actual ......................,
situación administrativa/laboral ....................................
Acredita el número total de años, meses de servicios como
funcionario interino en la Universidad Rey Juan Carlos ...........
.......................................................................
Acredita el número total de años, meses de servicios como
personal laboral eventual en la Universidad Rey Juan Carlos ......
.......................................................................
Acredita el número total de años, meses de servicios como
funcionario interino de la Escala Técnica Superior de
Administradores de la Universidad Rey Juan Carlos ........................
.......................................................................
Acredita el número total de años, meses de servicios como
personal laboral eventual con la categoría de Titulado/a Superior
en la Universidad Rey Juan Carlos ..................................
.......................................................................
Y para que conste, expido el presente certificado en ...........
.......................................................................
(Localidad, fecha, firma y sello)
ANEXO V
Don/doña .......................................................,
con domicilio en ....................................................,
y con documento nacional de identidad ..................., declara
bajo juramento o promete, a los efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala Técnica Superior de
Administradores de la Universidad Rey Juan Carlos, que no ha sido
separado del servicio de alguna de las administraciones públicas y
que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
En ............., a ............. de ............. de .............
ANEXO VI
Don/doña .......................................................,
con domicilio en ....................................................,
y con documento nacional de identidad ..................., declara
bajo juramento o promete, a los efectos de la exención de tasa
por derecho de examen de las pruebas selectivas para ingreso
en la Escala Técnica Superior de Administradores de la Universidad
Rey Juan Carlos, que carece de rentas superiores, en cómputo
mensual al salario mínimo interprofesional.
En ............., a ............. de ............. de .............
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