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Documento BOE-A-2003-12119

Resolución de 4 de junio de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidad Marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2003, páginas 23371 a 23375 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2003-12119

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de lo previsto en el artículo 20 de la Ley 52/2002,

de 30 de diciembre, ("Boletín Oficial del Estado" del 31), de

Presupuestos Generales del Estado para 2003, el Consejo de Ministros

aprobó la oferta de empleo público para 2003 por Real

Decreto 215/2003, de 21 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 22).

En dicha oferta, se autoriza la convocatoria de 35 plazas para

el ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia

Aduanera, Especialidad Marítima, con el fin de atender las necesidades

de personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la

Ley 66/1997 de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 31), de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social,

quedó adscrito a la Agencia Estatal de Administración Tributaria

el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera

Asimismo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103.4 de

la Ley 31/1990, de 27 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991,

corresponde a la Agencia Tributaria la elaboración del régimen de acceso

a los Cuerpos que se le adscriben, incluidos los requisitos y

características de las pruebas para acceder a los mismos.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General,

en uso de las competencias que le están delegadas por Resolución

de 24 de junio de 1999 de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio) y previo

informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, ha

resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, Especialidd

Marítima, código 0010, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 35 plazas del

Cuerpo de Agentes del servicio de Vigilancia Aduanera, Código

0010, especialidad marítima, por el sistema general de acceso

libre.

1.2 El proceso selectivo se realizara mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un período

de practicas. Para la realización de este período de prácticas, los

aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán

nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

antes del 15 de septiembre de 2003. La duración máxima de la

fase de oposición será de cinco meses contados a partir de la

fecha de celebración del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

cumplido la edad de cincuenta y cinco años, edad de pase a la situación

de segunda actividad fijada por el artículo 56 de la Ley 66/1997,

de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del

Orden Social.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de

obtener, el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Bachillerato-LOGSE, Formación Profesional de Segundo

Grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de veinticinco años. En el caso

de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en

posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de

las funciones públicas

2.2 Antes de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de las listas de aprobados en la fase de oposición de esta

convocatoria, los aspirantes deberán estar en posesión del certificado

de competencia de Marinero de la Marina Mercante (Real Decreto

2062/1999, de 30 de diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de

18 de enero de 2000).

2.3 Comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus

funciones, en los términos en que se disponga por los responsables

de las Unidades en que presten servicios. Este compromiso se

prestará a través de declaración del solicitante

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en los Servicios

Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la

Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir

del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Director General

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La no

presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión

del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790), que será facilitado

gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, en las Delegaciones de

Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones

del Gobierno, en el Centro de Información Administrativa del

Ministerio para las Administraciones Públicas, en la Dirección

General de la Función Pública, en la sede central del Instituto

de Estudios Fiscales, en las representaciones diplomáticas o

consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o del pasaporte.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Director General de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando

aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas

de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional

de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles

para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión,

contados a partir del día siguiente al de la publicación de la

resolución. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre

expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar,

fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los

supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos

y Administración Económica de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria sita en C/ Lérida, 32, 34, 28020-Madrid,

teléfonos: 91.583.11.93, 91.583.10.33, y 91.583.11.83.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido

en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado"

del 14).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

8. Norma Adicional

La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso

selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se

incluirán en la página web de la Agencia Tributaria (www.

agenciatributaria.es), pudiendo ser consultados a través de ella.

9. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la Ley 17/1999, de 18 de mayo, el R.D. 999/2002, de 27 de

septiembre, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto

en la convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el

día siguiente a su publicación, ante el órgano juridisccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de

reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de

Adminisrtración Tributaria en el plazo de un mes a su publicación,

significándose, que en este caso, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente

o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Madrid, 4 de junio de 2003.-P.D. (Resolución de 24 de junio

de 1999 "BOE" del 9 de julio), El Director General, Salvador Ruiz

Gallud.

Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos y

Administración Económica y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de dos fases:

Fase de Oposición.

Período de prácticas.

1.1 Fase de oposición: La fase de oposición constará de los

siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:

Primer ejercicio: Pruebas físicas:

Los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas físicas:

Hombres:

Salto de altura de 1,10 metros con carrera (tres intentos).

Salto de longitud de 3,50 metros con carrera (tres intentos).

Carrera de 100 metros lisos en un tiempo máximo de 15

segundos (un intento).

Trepar por una cuerda lisa de 5 metros, estilo libre, hasta

alcanzar su extremo superior (dos intentos).

Mujeres:

Salto de altura de 1 metro con carrera (tres intentos).

Salto de longitud de 3,15 metros con carrera (tres intentos).

Carrera de 100 metros lisos en un tiempo máximo de 17

segundos (un intento).

Trepar por una cuerda lisa de 5 metros, estilo libre, hasta

alcanzar su extremo superior (dos intentos).

Los aspirantes deberán superar además una prueba adicional

que, tanto para hombres como para mujeres, consistirá en nadar

50 metros estilo libre con zambullida, en un tiempo máximo de

1 minuto y 30 segundos (un intento).

Para la realización del primer ejercicio (pruebas físicas) los

opositores deberán entregar al Tribunal un certificado médico en el

que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas

precisas para realizar las referidas pruebas. La no presentación

de dicho certificado supondrá la exclusión del aspirante del

proceso selectivo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito,

en un tiempo máximo de dos horas, de dos temas extraídos al

azar de la materia "Derecho Marítimo y Seguridad Marítima", según

el temario que figura como anexo II. 1 de esta convocatoria.

Tercer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito, en

un tiempo máximo de dos horas, de dos temas extraídos al azar

de la materia "Derecho Comunitario y Legislación Aduanera",

según el temario que figura como anexo II. 2 de esta convocatoria.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito, en

un tiempo máximo de dos horas, de cinco preguntas y un supuesto

práctico relativo a la materia de "Derecho Penal, Legislación de

Contrabando y Derecho Procesal", según el temario que figura

como anexo II. 3, respectivamente de esta convocatoria.

1.2 Período de prácticas:

Los aspirantes que superen las pruebas de la fase de oposición

y la fase de concurso, cuyo número no podrá ser superior al de

plazas convocadas, realizarán un período de prácticas que tendrá

una duración máxima de tres meses, a desarrollar a bordo de

las embarcaciones.

2. Valoración

2.1 Fase de oposición: La calificación de los ejercicios se

realizará de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de apto o no apto

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo

necesario un mínimo de 10 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario

un mínimo de 15 puntos para superarlo.

Cuarto ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo

necesario un mínimo de 15 puntos para superarlo.

2.2 Período de prácticas: El período de prácticas se calificará

de apto o no apto por el Jefe de la Dependencia Regional de

Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación Especial en cuyo

ámbito se realicen las prácticas

2.3 Calificación final: Una vez superado el periodo de

prácticas, la calificación final estará integrada por la suma de las

calificaciones obtenidas en los ejercicios y en el concurso.

En caso de igualdad de puntuación final entre dos o más

aspirantes, la prelación se establecerá de la siguiente forma: en primer

lugar, la puntuación del cuarto ejercicio, en segundo lugar, la

puntuación del tercer ejercicio, y en tercer lugar, la del segundo

ejercicio.

ANEXO II

Programa para el ingreso en el Cuerpo de Agentes

del Servicio de Vigilancia Aduanera, Especialidad Marítima

ANEXOII.1

Derecho Maritimo y Seguridad Marinera

Tema 1. La libertad de los mares. El derecho de investigación

del pabellón. Modo de efectuarlo. Convención sobre el mar

territorial y la zona contigua de Ginebra, de 29 de abril de 195.

Convención de Ginebra, de 29 de abril de 1958, sobre alta mar.

Tema 2. Despacho de buques. Autoridades que intervienen

en el mismo. Despacho de embarcaciones pesqueras y de recreo.

Libros y documentos que deben llevarse a bordo.

Tema 3. El Convenio Internacional para la Seguridad de la

Vida Humana en el Mar de 1974 y su ratificación por el Gobierno

Español. Buques sometidos a la aplicación del Convenio.

Tema 4. Protestas de mar: Sus clases. Requisitos y

formalidades. Ratificación. Recomendaciones para su redacción y datos

que deben tenerse en cuenta en los distintos casos que puedan

presentarse.

Tema 5. Inscripción o matrícula de los buques. Pasavante.

Patente de navegación. Pabellón. Contraseña. Registros y listas

de buques. Sociedades de clasificación.

Tema 6. El abordaje: Concepto. Su regulación en la

legislación nacional e internacional. El naufragio: Concepto y clases.

Responsabilidades derivadas del naufragio y del abordaje.

Tema 7. Auxilios, salvamentos y remolques: Normativa

nacional e internacional. Auxilios con buques de guerra o afectos a

un servicio público. Auxilio en caso de abordaje.

Tema 8. El remolque: Su naturaleza jurídica. El remolque

como servicio de puerto. El remolque como contrato. El remolque

en el mar. El remolque como auxilio o salvamento. Hallazgos.

Extracciones. Derecho de propiedad de los efectos salvados o

hallados. Jurisdicción e idea del procedimiento.

Tema 9. Aguas fiscales españolas. Normativa vigente sobre

vigilancia marítima en el Servicio de Vigilancia Aduanera.

Tema 10. Regulación del tráfico de embarcaciones especiales

de alta velocidad de las aguas marítimas españolas. Evolución

de las normas que lo regulan. Legislación actual que lo regula.

Disposiciones sobre identificación que deben exhibir las

embarcaciones de alta velocidad. Aplicación de las normas a las

embarcaciones de alta velocidad de bandera extranjera.

Tema 11. El fuego. Definición. Comburente. Triángulo del

fuego. Tetraedro del fuego. Energías de activación. Sus clases.

Velocidad de reacción. Transmisión del calor. Sus clases.

Tema 12. Casos especiales de fuego. Explosiones. Sus clases.

Polvos explosivos. Aliviadores de explosión. Caso especial de

explosión BLEVE. Clasificación del fuego. Criterios de

clasificación. Situación a bordo de las distintas clases.

Tema 13. Agentes extintores. El agua. Vapor de agua.

Anhídrido carbónico. Halones. Espumas. Polvos químicos. Elección

del agente extintor y eficacias. Sustancias y materiales para los

que está contraindicado el empleo de agua como agente extintor.

Tema 14. Instalaciones de sistemas fijos. Sistemas fijos de

agua. Rociadores. Sus clases. Sistemas fijos de espuma. Sistemas

fijos de extinción por gases. Sistemas fijos de polvo seco.

Tema 15. Respiración en atmósferas invadidas por el humo.

Visibilidad en espacios invadidos por el humo. Comportamiento

del humo, ventilación. Efectos del agua sobre el humo. Apertura

de puerta según su giro: hacia fuera, hacia dentro. Apertura de

portillo. Sistema de ventilación. Descripción del equipo de

respiración autónomo (ERA).

Tema 16. Embarcaciones de rescate. Características. Manejo

de embarcaciones de rescate en diversos estados de la mar. Izado

y arriado de embarcaciones de rescate. Rescate de supervivientes

en el agua desde una embarcación de rescate. Uso de

embarcaciones de rescate.

Tema 17. Actuación en caso de "hombre al agua". Maniobras

de la embarcación de rescate. Supervivencia en agua fría.

Tema 18. Técnicas de búsqueda. Búsqueda con exploración

visual. Exploración por radar y otros medios. Método de

exploración (MERSAR).

Tema 19. Radiobaliza de localización de siniestros. Aparatos

radiotelefónicos bidireccionales. Aparatos radioeléctricos para

embarcaciones de supervivencia.

Tema 20. Sistemas Satelitarios. El sistema INMARSAT-A,

INMARSAT-C, INMARSAT-B, E INMARSAT-M.

ANEXOII.2

Derecho Comunitario y Legislacion Aduanera

Tema 1. La Unión Europea. Los Tratados CECA, EURATOM

y CE: Objetivos. El Acta Única Europea. El Tratado de la Unión

Europea: Los tres pilares. El Tratado de Amsterdam.

Tema 2. Las políticas de la Unión. La libre circulación de

mercancías. La libre circulación de personas. La libre circulación

de capitales y pagos.

Tema 3. Las Instituciones y Organos de la UE. El Parlamento

Europeo. El Consejo. La Comisión. El Tribunal de Cuentas. Otros

Organos de la Unión.

Tema 4. El territorio aduanero de la Unión: Definición,

normativa comunitaria. El arancel de aduanas común. Los derechos

del arancel de aduanas común.

Tema 5. Los tributos recaudados por las aduanas.

Consideraciones generales. Recursos propios de la UE. Recursos de la

Hacienda Pública española.

Tema 6. El hecho imponible: Consideraciones generales. La

deuda aduanera. El devengo.

Tema 7. El sujeto pasivo. El sujeto pasivo en aduana.

Responsables tributarios. Representación tributaria.

Tema 8. Relación jurídico-tributaria y jurídico-aduanera.

Estudio especial de la consignación. El agente de aduanas.

Tema 9. Procedimiento de despacho (I). Entrada de

mercancías en territorio aduanero de la Unión. La declaración sumaria.

Las descargas de mercancías.

Tema 10. Procedimiento de despacho (II). El depósito

temporal. Abandono. Destrucción. El DUA. Comprobación

documental y reconocimiento de las mercancías.

Tema 11. Procedimiento de despacho (III). Análisis químicos.

El aforo. Procedimiento liquidatorio. Revisión y calificación. El

levante.

Tema 12. El origen de las mercancías: Normas generales

contenida en el Código Aduanero Comunitario. El valor en aduana:

normas generales.

Tema 13. Los contingentes. Franquicias arancelarias y

fiscales. Destinos especiales.

Tema 14. Los regímenes aduaneros económicos de la UE.

Depósitos aduaneros. Depósitos francos y zonas francas. La

importación temporal.

Tema 15. Tránsito aduanero: Generalidades. Normativa

comunitaria. Campo de aplicación, funcionamiento del régimen

y garantías.

Tema 16. Exportación de mercancías: Generalidades. La

declaración de exportación. El procedimiento de despacho.

Tema 17. Importación temporal de medios de transporte (I).

Disposiciones generales. Automóviles. Vehículos comerciales.

Aeronaves. Embarcaciones. FF.CC. Contenedores.

Tema 18. Importación temporal de medios de transporte (II).

Documentación. Precintado y desprecintado. Abandono.

Infracciones. Matrícula turística.

ANEXOII.3

Derecho Penal, Legislacion de Contrabando y Derecho Procesal

Tema 1. Concepto y contenido del Derecho Penal. El Código

Penal, texto vigente: Estructura y contenido. Fuentes del Derecho

Penal. La interpretación de las leyes penales. El principio de

irretroactividad de las leyes penales.

Tema 2. Concepto de delito: Imputabilidad, culpabilidad y

responsabilidad. La participación en el delito: Autores y cómplices.

Circunstancias eximentes, atenuantes y agravantes. La

responsabilidad civil.

Tema 3. Delito consumado y en grado de tentativa.

Conspiración, proposición y provocación para delinquir. Grupos de

delitos regulados en el Código Penal.

Tema 4. Contrabando (I). Ley Orgánica 12/1995, de 12 de

diciembre, de Represión de Contrabando. Definiciones y

tipificación del delito.

Tema 5. Contrabando (II). Contrabando de géneros

estancados. Contrabando de géneros prohibidos. Valoración de las

mercancías objeto de contrabando. Destino de las mercancías

aprehendidas.

Tema 6. Contrabando (III). Infracciones Administrativas de

Contrabando. Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, relativo

a las Infracciones Administrativas de Contrabando. Sanciones y

Graduación. Comiso. Prescripción.

Tema 7. Contrabando (IV). Procedimiento sancionador de las

Infracciones Administrativas de Contrabando. Organos

competentes. Actuaciones previas a la iniciación. Iniciación y otras

disposiciones generales. Instrucción. Resolución. Registro de

Sancionados.

Tema 8. Delitos cometidos por los funcionarios públicos

contra los derechos fundamentales. Delitos contra la libertad. Delitos

contra la intimidad. Delitos contra la inviolabilidad del domicilio.

Tema 9. Delitos contra la Salud Pública. Concurso con el

Delito de Contrabando. Precursores y sustancias químicas

catalogadas: Ley 3/1996, de 10 de enero y su Reglamento de

desarrollo. El Delito de Blanqueo de Capitales y la Ley 19/1993, de

28 de Diciembre, sobre Medidas de Prevención de Blanqueo de

Capitales. Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad

Social.

Tema 10. Delitos contra la Administración Pública (I).

Prevaricación de los funcionarios y otros comportamientos injustos.

Abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos.

Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia

de documentos y violación de secretos.

Tema 11. Delitos contra la Administración Pública (II):

Cohecho. Tráfico de influencias. Malversación. Fraudes y exacciones

ilegales. Actividades prohibidas a los funcionarios y abusos en

el ejercicio de la función.

Tema 12. La detención. Concepto de detención. Derechos

de los detenidos. La asistencia letrada al detenido: Alcance y

contenido. La Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del

procedimiento de "Habeas Corpus".

Tema 13. Entrada y registro en domicilios. Entrada y registro

en domicilios. Entrada y registro en el domicilio particular.

Mandamiento judicial. Entrada en domicilio en caso de delito "In

fraganti".

Tema 14. Entrada y registro en otros lugares. Mandamiento

administrativo. Entrada y registro de bares, almacenes, garajes

y otros locales.

Tema 15. El atestado. Concepto e instrucción del atestado.

Puesta a disposición judicial.

Tema 16. El Derecho Procesal Penal. Nacimiento del proceso.

Denuncia y querella. Los órganos judiciales de naturaleza penal.

Clases de tribunales penales. Competencias y reglas que los rigen.

Tema 17. Medios de prueba. La percepción judicial, la

inspección ocular. Prueba documental. Las declaraciones de los

testigos. La prueba pericial.

ANEXO III

Tribunal Calificador de las pruebas selectivas

para ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio

de Vigilancia Aduanera, Especialidad Marítima

El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular:

Presidenta: Doña María Sánchez-Cervera Valdés, del Cuerpo

Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales: Don Augusto Pinto Benavides, del Cuerpo Técnico

del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Don Octavio Miguel de la Fuente, del Cuerpo Ejecutivo del

Servicio de Vigilancia Aduanera.

Doña María Regla Yela Macias, del Cuerpo Administrativo de

la Administración General del Estado.

Don Carlos Duce García, del Cuerpo de Agentes del Servicio

de Vigilancia Aduanera.

Doña Inmaculada Vidal Jiménez, del Cuerpo Técnico de

Hacienda.

Don Fernando Elvira Ferreras, del Cuerpo Técnico del Servicio

de Vigilancia Aduanera.

Don José Mario Souto Núñez, del Cuerpo Ejecutivo del Servicio

de Vigilancia Aduanera.

Secretario: Don Luis Gontán Fernández, del Cuerpo Ejecutivo

del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Angel Manuel Alvarez Capón, del Cuerpo

Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales: Don Rafael Sopuerta Cabrito, del Cuerpo Técnico del

Servicio de Vigilancia Aduanera.

Don Alonso de Lossada y de Aymerich del Cuerpo Técnico

del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Don Fermín Dueñas Lezcano, del Cuerpo Ejecutivo del Servicio

de Vigilancia Aduanera.

Doña María Soledad Salcedo Bulnes, del Cuerpo Técnico de

Hacienda

Don Facundo Toconar Santos, del Cuerpo Ejecutivo del Servicio

de Vigilancia Aduanera.

Don Joaquín Agis Ibañez, del Cuerpo de Agentes del Servicio

de Vigilancia Aduanera.

Don Alfredo Hernández Benito, de la Escala de Inspectores

Jefes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Secretario: Don Juan Carlos González Ballesteros, del Cuerpo

de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Para cumplimentar el modelo de solicitud, se seguirán las

instrucciones que para el interesado figuran al dorso del mismo,

teniendo en cuenta además las siguientes especificaciones:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Ministerio de

Hacienda -AEAT-". En el recuadro relativo a centro gestor se hará

constar "AEAT".

En el recuadro 15, deberá cumplimentarse junto con la

denominación del "Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia

Aduanera", el código 0010 correspondiente.

En el recuadro 16, especialidad, área o asignatura se

consignará Marítima.

En el recuadro 17, relativo a la forma de acceso, se consignará

"L": Acceso Libre.

En el recuadro 18 "Ministerio, órgano, entidad convocante",

se harán constar las siglas "AEAT", código "TB".

En el recuadro 19, se especificará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que se haya publicado la presente convocatoria.

En el recuadro número 20, destinado a provincia de examen,

los aspirantes harán constar la ciudad en que deseen realizar,

en su caso, los dos primeros ejercicios de la oposición, entre

Madrid, A Coruña y Cádiz.

En caso de no especificarse en la solicitud el dato del lugar

de examen por el que se opta, se entenderá que el aspirante desea

realizar los ejercicios en Madrid.

En el recuadro 24 de la solicitud deberá consignarse la

titulación poseída o en condiciones de obtener, de entre las señaladas

en la base 2.1.3.

En "Otros Títulos oficiales", los aspirantes consignarán si ya

poseen el certificado de Competencia de Marinero o título a que

se refiere la base 2.2.

De conformidad con lo establecido en el artículo 18, de la

Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social y en el artículo 62 de la Ley 52/2002,

de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para

el año 2003, la tasa por derechos de examen será de 12,51 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. El interesado adjuntará a dicha solicitud

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos del examen

en la cuenta corriente n.o 01822370430200204057, abierta en

la sucursal de la C/ Alcalá, n.o 16, de Madrid, de BBVA a nombre

de "Cuenta del Tesoro Público, Agencia Estatal de Administración

Tributaria, Ingresos Tasas Oposiciones Extranjero".

Estarán exentos del pago de la tasa:

Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100,

debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal

condición.

Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de esta exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado, ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en las oficinas

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita el solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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