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El Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio, modificado por el R. D. 101/2002, de 25 de enero, regula el sistema para el otorgamiento de compensaciones al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Illes Balears, señalando que el procedimiento se iniciará de oficio en el primer semestre de cada año.
En cumplimiento de lo anterior, resuelvo:
1. Acordar la iniciación del procedimiento, para solicitar la concesión de las compensaciones correspondientes a los transportes realizados durante el año 2002.
2. En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 3 del citado Real Decreto, la lista de artículos que cumplen los requisitos para acogerse a la compensación será la publicada como anexo a la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes de 29 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 13 de enero de 2000).
Madrid, 4 de junio de 2003.—El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
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