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A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en cumplimiento de lo solicitado por el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid,
Esta Secretaría de Estado acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 28/2003 interpuesto ante el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid, interpuesto por la Sociedad Deportiva Compostela contra la Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 10 de marzo de 2003, por la que se desestiman los recursos de alzada interpuestos por la Sociedad Deportiva Compostela contra las Resoluciones de 5 de diciembre de 2002 y 24 de enero de 2003, de la Comisión Mixta de Transformación de clubes en Sociedades Anónimas Deportivas.
Asimismo, a tenor de lo previsto por el artículo 49 de la citada ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o deriven derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante el referido juzgado en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
Madrid, 10 de junio de 2003.–El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes.
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