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Vista la solicitud formulada por D. Luis Weruaga Prieto, en
la que expresa su decisión de causar baja en esta Universidad.
Vista la Resolución R-234/03, de 28 de marzo de este
Rectorado, por la que se resuelve acceder a lo solicitado por el
mencionado profesor, cesando en su condición de funcionario de esta
Universidad, por renuncia voluntaria, con efectos del día 31 de
marzo de 2.003.
Considerando, que este Rectorado es competente para adoptar
acuerdos en la materia, en virtud de las atribuciones conferidas
por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, y por la Ley Regional 5/1998, de 3 de agosto, de
creación de la Universidad Politécnica de Cartagena, resuelvo
Primero.-Declarar la pérdida de la condición de funcionario,
por renuncia, de D. Luis Weruaga Prieto, con D.N.I.
10.070.234-Y, así como su baja en el Cuerpo docente universitario
de Profesores titulares de Universidad.
Segundo.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4
de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, Orgánica de Universidades,
esta Resolución pone fin a la vía administrativa, y al amparo del
artículo 116.1, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, contra la misma cabe interponer, recurso
potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto,
en el plazo de un mes, o en su caso recurso
Contencioso-Administrativo ante el órgano de la jurisdicción
contencioso-administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses, en la forma
establecida en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de
dicha jurisdicción, contados ambos plazos desde el día siguiente
al de publicación de la presente resolución.
Cartagena, 28 de Mayo de 2003.-El Rector Presidente, Juan
Ramón Medina Precioso.
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