En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003
de 21 de febrero de 2003, BOE del 22 por el que se aprueba
la oferta de empleo público para el año 2003, y con el fin de
atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos con sujeción a
las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 33 plazas del
Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Código 0313 por el sistema general de acceso libre, en los Ministerios
de Educación, Cultura y Deporte; Defensa y Ciencia y Tecnología.
La distribución por secciones será la siguiente:
Sección Archivos: 12 plazas.
Sección Bibliotecas: 13 plazas.
Sección Museos: 8 plazas.
Del total de estas plazas se reserva una plaza de la sección
de Archivos y otra de la sección de Bibliotecas para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad de grado igual
o superior al 33 por 100. Una vez cubiertas las plazas del cupo
de reserva de discapacitados, los aspirantes discapacitados que
hayan superado la fase de oposición sin obtener plaza por dicho
cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso
general dentro de la misma sección. Las plazas no cubiertas en
el cupo de reserva de discapacitados se acumularán a las de acceso
general.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso
selectivo. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del 20 de septiembre de 2003. La duración máxima de la fase
oposición no excederá del 31 de diciembre de 2003.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal
de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en la
forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en
tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, en el
Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública,
en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de
las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se
encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas son los que
figuran en el Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias,
los Tribunales tendrán su sede en los siguientes lugares:
Sección Archivos: Subdirección General de los Archivos
Estatales, Plaza del Rey 1, 28071 Madrid; Teléfono: 917017264;
correo electrónico: archivos.estatalesUdglbar.mcu.es.
Sección Bibliotecas: Subdirección General de Coordinación
Bibliotecaria, Plaza del Rey 1, 28071 Madrid; Teléfono:
917017000 (Ext.: 32076); correo electrónico: concha.
garcíaUdglab.mcu.es.
Sección Museos: Museo Arqueológico Nacional, Serrano 13,
28071 Madrid; Teléfono: 915758999; correo electrónico:
fjvUman.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores dentro de cada
Sección se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X,
según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado
para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín
Oficial del Estado de 14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, los
tribunales harán públicas, en el lugar o lugares de celebración
del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
Sección.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada Sección,
de acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición
de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante
en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que en caso de interponer recurso de reposición,
no se podrá interponer recurso contencioso-Administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 30 de mayo de 2003.-P. D.: Orden de 1 de febrero
de 2002 (BOE del 9 de febrero), la Directora gral. de Programación
Económica, Personal y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.
Ilmos. Sres.: Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, y Presidentes de los Tribunales Calificadores.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Sección Archivos
1. La fase de oposición constará de tres ejercicios
eliminatorios y un cuarto voluntario:
Primer ejercicio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas,
seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de los aspirantes,
de entre los que componen el programa que figura en el Anexo
II, debiendo corresponder cada tema a cada uno de los tres grupos
en que está dividido el temario.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública
ante el Tribunal, que valorará la formación general y la puesta
al día, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal
de los aspirantes y facilidad de expresión.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio
será de tres horas.
Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los dos temas
pertenecientes al temario de "Historia de las Instituciones" y de
"Archivística, y de cero a cinco el tema perteneciente al temario
de "Derecho y Administración", siendo eliminados los opositores
que no obtengan un mínimo de cinco puntos por cada tema de
los dos primeros casos, y 2,5 en el tercero. Aquellos aspirantes
que obtengan una calificación de 19 o más estarán exentos de
realizar este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que
este primer ejercicio tenga similar contenido y las mismas
características.
Segundo ejercicio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos supuestos
prácticos iguales para todos los opositores:
Primero: El opositor desarrollará un supuesto, seleccionado
por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, entre:
a) Descripción y análisis documental de uno o varios
documentos de los siglos XV al XVIII.
b) Descripción y análisis del procedimiento administrativo de
un expediente de los siglos XIX ó XX.
Segundo: Realización de un ejercicio práctico que versará sobre
cuestiones relacionadas con el temario de Archivística, a partir
de los datos proporcionados por el Tribunal: Control de la
documentación, organización, descripción, difusión y accesibilidad
documental.
La duración máxima del ejercicio será de cuatro horas y,
posteriormente, deberá ser leído ante el Tribunal, que podrá dialogar
con el opositor durante un período máximo de quince minutos
sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.
Se calificará cada prueba del segundo ejercicio de cero a diez
puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un
mínimo de cinco puntos por cada prueba.
Tercer ejercicio:
Consistirá en una prueba sobre un idioma extranjero (inglés
o francés) en el que el opositor realizará por escrito, en castellano,
un resumen de un texto de carácter profesional no superior a 15
páginas, pudiendo utilizar diccionario. El resumen será leído
posteriormente ante el Tribunal, que podrá hacer preguntas sobre
el mismo al opositor.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el
apartado 25.B) del modelo de instancia.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
dos horas.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los
opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos.
Cuarto ejercicio:
Consistirá en una prueba voluntaria de traducción, con
diccionario, de un texto máximo de 800 palabras en cualquiera de
las lenguas oficiales de la Unión Europea, que no haya sido elegida
por el opositor en el ejercicio obligatorio, o en lengua latina;
siempre que, previamente, lo hayan hecho constar en la solicitud:
apartado 25.C).
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
dos horas y treinta minutos.
Se calificará de cero a cinco puntos. El opositor que no
alcance 2,5 puntos no obtendrá ninguna puntuación.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
2. Curso Selectivo.
La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un curso
selectivo de hasta seis meses de duración, dedicado
fundamentalmente a completar los conocimientos necesarios para el futuro
ejercicio profesional.
La Dirección General de Programación Económica, Personal
y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura, vistos los
informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período,
y recabado de dichas unidades o personas las aclaraciones precisas
sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en
prácticas, calificará dicho período en "apto" o "no apto", siendo
necesario obtener la calificación de apto para superar esta fase del
proceso selectivo.
Quienes no superen este período, perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución
motivada de la autoridad convocante.
3. Calificación.
La calificación final vendrá determinada por la suma total de
las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la
fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer
ejercicio. En caso de persistir el empate, a la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio, y, en caso de persistir a la mayor
puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Sección Bibliotecas
1. La fase de oposición estará formada por los siguientes
ejercicios eliminatorios.
Primer ejercicio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de cuatro temas,
seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes,
de entre los que componen el programa que figura en el anexo
II de esta convocatoria, debiendo corresponder cada tema a cada
uno de los cuatro grupos en que está dividido el temario.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio
será de cuatro horas.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública
ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad
y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad
de expresión.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos por tema, siendo
eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco
puntos por tema. La puntuación máxima será de 40 puntos,
debiendo obtener una mínima de 20 para superarlo.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la redacción del asiento bibliográfico en formato
IBERMARC, con clasificación decimal universal y asignación de
encabezamiento de materias, de cinco publicaciones (dos
monografías, una publicación periódica, un vídeo y una grabación
sonora) iguales para todos los opositores. La catalogación se hará de
acuerdo con el esquema para un segundo nivel de detalles.
Se facilitarán a los opositores una plantilla base del formato
así como las publicaciones oportunas o las correspondientes
fotocopias de las mismas, necesarias para poder realizar este ejercicio.
Los opositores podrán utilizar las Reglas de catalogación, el
Formato IBERMARC, la Clasificación Decimal Universal y Lista
de encabezamientos de materia para bibliotecas públicas vigentes.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
tres horas.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos por cada asiento
bibliográfico completo, siendo eliminados los opositores que no
obtengan un mínimo de cinco puntos por asiento bibliográfico.
La puntuación máxima será de 50 puntos, debiendo obtener una
mínima de 25 para superarlo.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la traducción, con diccionario, de un texto no
inferior a 300 palabras, en inglés, francés, alemán o italiano,
relativo a bibliotecas.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
dos horas.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el
apartado 25 B), del modelo de instancia.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos, siendo
eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco
puntos.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
2. Curso selectivo.
La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un curso
selectivo de hasta seis meses de duración, dedicado
fundamentalmente a completar los conocimientos necesarios para el futuro
ejercicio profesional.
La Dirección General de Programación Económica, Personal
y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura, vistos los
informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período,
y recabado de dichas unidades o personas las aclaraciones precisas
sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en
prácticas, calificará dicho período en "apto" o "no apto", siendo
necesario obtener la calificación de apto para superar esta fase del
proceso selectivo.
Quienes no superen este período, perderán el derecho a su
nombramiento como funcionario de carrera, por resolución
motivada de la autoridad convocante.
3. Calificación final.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición. En caso de
empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio; en caso de persistir
el empate, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio;
y de persistir éste, a la mayor puntuación obtenida en el tercer
ejercicio.
Sección Museos
1. La fase de oposición estará formada por los siguientes
ejercicios:
Primer ejercicio eliminatorio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas entre los
cuatro seleccionados a iniciativa del Tribunal de entre los que
componen el programa que figura en el anexo II, debiendo
corresponder los temas a desarrollar por el opositor del siguiente modo:
Un primer tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del
apartado "Museología"
Un segundo tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del
apartado "Legislación".
El Título de los temas corresponde íntegramente al enunciado
que aparece en el programa del Anexo II.
Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para
la realización de este ejercicio.
Dicho ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en
sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará la
formación general, la claridad y orden de las ideas, la aportación
personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de
los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos
por cada uno de ellos. La puntuación máxima será de 20 puntos.
Aquellos aspirantes que obtengan una calificación de 15 puntos
o más estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente
convocatoria, siempre que este primer ejercicio tenga similar
contenido y las mismas características.
Segundo ejercicio eliminatorio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas entre los
cuatro seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de
los aspirantes, de entre los que componen el apartado "Etnología,
Antropología, Arqueología y Bellas Artes".
Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para
la realización de este ejercicio, que será posteriormente leído ante
el Tribunal en sesión pública convocada a tal efecto. El Tribunal
valorará la formación general, la claridad y orden de la idea, la
aportación personal y la facilidad de expresión y exposición de
los aspirantes.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de
los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos
por cada uno de ellos. La puntuación máxima será de 20 puntos.
Tercer ejercicio eliminatorio:
Consistirá en la cumplimentación del Libro de Registro y de
las fichas de inventario correspondientes a seis piezas elegidas
de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal entre las
materias incluidas en el apartado 3 del temario (tres de etnología, tres
de arqueología y tres de Bellas Artes), teniendo el opositor que
elegir, al menos dos de cada especialidad.
El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el
Tribunal.
El ejercicio deberá ser leído en sesión pública convocada al
efecto.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de cuatro horas.
Calificación: El ejercicio se calificará de cero a doce puntos,
siendo necesario obtener un punto como mínimo en cada una
de las piezas, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan
un mínimo de 6 puntos.
Este ejercicio no podrá ser superado por un número de
aspirantes superior al de plazas convocadas.
Cuarto ejercicio no eliminatorio:
Consistirá en una prueba sobre un idioma extranjero escogido
por el aspirante entre los oficiales de cualquiera de los países
que integran la Unión Europea, y que hará constar en el apartado
25 B) de la solicitud. El aspirante deberá realizar por escrito un
resumen en castellano de un texto de carácter profesional que
propondrá el Tribunal, para lo cual dispondrá de dos horas. Para
la realización de este ejercicio el aspirante podrá utilizar
diccionario. Dicho ejercicio será posteriormente leído en sesión pública
convocada al efecto.
Calificación: el ejercicio se calificará de cero a diez puntos,
que serán añadidos a la calificación final de los ejercicios
eliminatorios.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
2. Curso Selectivo.
La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un Curso
Selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría de Estado de Cultura,
que será organizado por la Subdirección General de Museos
Estatales.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los
aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos en
relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
La duración del curso selectivo será de tres meses, en régimen
de estancia en Organismo Público. Una parte del mismo se
realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección General
de Bellas Artes y Bienes Culturales o Museos Estatales, como
período de prácticas.
La Dirección General de Programación Económica, Personal
y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura, vistos los
informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período,
y recabado de dichas unidades o personas las aclaraciones precisas
sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en
prácticas, calificará dicho período en "apto" o "no apto", siendo
necesario obtener la calificación de apto para superar esta fase del
proceso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta
del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los
tres ejercicios eliminatorios de la fase de oposición con al menos
el 55 por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos
de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente
siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la
obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.
3. Calificación.
La calificación final vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la
fase de oposición (tres eliminatorios y el cuarto ejercicio). En caso
de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio; en
caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en
el tercer ejercicio; y de persistir éste, a la mayor puntuación
obtenida en el primer ejercicio.
ANEXO II
Temario
Sección Archivos
1. Historia de las Instituciones:
1.1 La Cancillería Castellano-Leonesa. Organización y
tipología diplomática.
1.2 La Cancillería Catalano-Aragonesa. Organización y
tipología diplomática.
1.3 La Administración Pública en la Edad Media. Historia y
fuentes.
1.4 La Administración Central en la Edad Moderna. Historia
y fuentes.
1.5 La Administración de Justicia en la Edad Moderna.
Historia y fuentes.
1.6 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad
Moderna. Historia y fuentes.
1.7 La Administración Territorial y Local en la Edad Moderna.
Historia y fuentes.
1.8 La Administración del territorio indiano. Instituciones
centrales: Historia y fuentes.
1.9 La Administración del territorio indiano. Instituciones
territoriales y locales: Historia y fuentes.
1.10 Las Cortes en la Edad Moderna. Historia y fuentes.
1.11 El constitucionalismo español. Historia y fuentes.
1.12 La desamortización. Historia y repercusión en los
archivos españoles.
1.13 La Administración Central en la Edad Contemporánea.
Historia y fuentes.
1.14 La Administración de Justicia en la Edad
Contemporánea. Historia y fuentes.
1.15 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad
Contemporánea. Historia y fuentes.
1.16 La Administración Territorial y Local en la Edad
Contemporánea. Historia y fuentes.
1.17 La Institución Notarial. Evolución histórica y fuentes.
1.18 La organización territorial y jerárquica de la Iglesia
española. Evolución histórica y fuentes.
1.19 La organización señorial y mayorazgos. Evolución
histórica y fuentes.
1.20 Los partidos políticos y las organizaciones sindicales en
la España contemporánea.
1.21 Las instituciones de Beneficencia en España. Historia
y fuentes.
1.22 Las relaciones exteriores de España en la Edad Moderna
y Contemporánea. Historia y fuentes.
1.23 La agricultura y la ganadería. Historia y fuentes.
1.24 La industria y el comercio. Historia y fuentes.
1.25 Los Ejércitos en la España Moderna. Historia y fuentes.
1.26 Los Ejércitos en la España contemporánea. Historia y
fuentes.
1.27 El gobierno interior del estado. Seguridad interior y
orden público. Historia y fuentes.
1.28 La Educación en España. Historia y fuentes.
1.29 La Inquisición. Historia y fuentes.
1.30 Monacato y Clero regular en España. Historia y fuentes.
1.31 La Guerra Civil y el Franquismo. Historia y fuentes.
1.32 Los archivos familiares y personales. Historia y fuentes.
2. Archivística:
2.1 Concepto de archivo. Evolución histórica de la
archivística.
2.2 El principio de procedencia y la teoría de las edades de
los documentos.
2.3 Funcionamiento general de los archivos y funciones
básicas del archivero.
2.4 La administración española de los archivos. El Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte y la Dirección General del Libro,
Archivos y Bibliotecas. Las Comunidades Autónomas y sus
competencias en materia de archivos.
2.5 El sistema archivístico español.
2.6 Los archivos de la Administración Central. Archivos de
los Ministerios y el Archivo General de la Administración de Alcalá
de Henares.
2.7 Los archivos Generales del Estado.
2.8 Los archivos de las Reales Chancillerías. Los archivos
históricos regionales.
2.9 Los Archivos Históricos Provinciales.
2.10 Los archivos de la Administración Local: Archivos de
las Diputaciones y archivos municipales.
2.11 Los archivos eclesiásticos, familiares y económicos.
2.12 Los archivos militares españoles.
2.13 Organismos internacionales en materia de archivos.
2.14 La identificación de los fondos. El cuadro de
clasificación.
2.15 La valoración. Instrumentos resultantes y consecuencias
prácticas. Selección y expurgo.
2.16 Transferencias y control de la documentación. Entradas
y salidas de documentos de los archivos.
2.17 Descripción de fondos.
2.18 La normalización en la descripción archivística: normas
ISAD (G) e ISAAR (CPF).
2.19 Difusión y accesibilidad documental. Aspectos legales.
2.20 La difusión. El servicio a la Administración y a los
ciudadanos. Servicios educativos y culturales.
2.21 Lenguajes documentales. Tesauros.
2.22 Reproducción de documentos. Técnicas y funciones
archivísticas.
2.23 La informática aplicada a los archivos.
2.24 Tratamiento y conservación de documentos audiovisuales.
2.25 Los documentos electrónicos.
3. Derecho y Administración:
3.1 La Constitución Española de 1978: Elaboración.
Estructura. Valores y Principios. Reforma.
3.2 Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías
constitucionales. La suspensión de los derechos y libertades.
3.3 El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
3.4 La Corona. Sucesión, Regencia y Tutela. Las funciones
constitucionales del Rey. El refrendo de los actos del Rey.
3.5 Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y
el Senado: Composición, elección y funciones. Funcionamiento
de las Cámaras, órganos y Estatuto de sus miembros.
3.6 El procedimiento legislativo. Leyes orgánicas y ordinarias.
Legislación delegada. Decretos-leyes. Tratados internacionales.
3.7 El Gobierno. Composición. Organización. Funciones. El
procedimiento de investidura. La moción de censura. La cuestión
de confianza.
3.8 El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
La Administración de Justicia. El Ministerio Fiscal.
3.9 La Organización territorial del Estado. Comunidades
Autónomas y Administración Local. Distribución de competencias
y coordinación entre las distintas Administraciones públicas.
3.10 La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español. El Patrimonio Documental y Bibliográfico. Los
archivos, bibliotecas y museos. La declaración de bienes de interés
cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles. Las
medidas de fomento.
3.11 Los reales Decretos 111/1986, de 10 de enero, de
desarrollo parcial de la Ley del Patrimonio Histórico Español, y
64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto
111/1986. Los órganos colegiados. Los instrumentos
administrativos. La transmisión y explotación de los bienes integrantes
del Patrimonio Histórico.
3.12 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.
La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.
3.13 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los
recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.
3.14 Evolución histórica de la legislación sobre
procedimiento administrativo en España. El procedimiento administrativo:
Concepto, principios generales y fases del procedimiento.
3.15 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Clasificación y características. Normativa.
3.16 El régimen jurídico de la función pública estatal.
Situaciones administrativas. Derechos y Deberes. Incompatibilidades.
El régimen disciplinario. Perdida de la condición de funcionario.
3.17 Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo
presupuestario.
3.18 Sistema Institucional de la Unión Europea.
Sección bibliotecas
1. Biblioteconomía:
1.1 Bibliotecas y sus servicios: concepto y función.
1.2 Bibliotecas nacionales: concepto, funciones y servicios.
1.3 Bibliotecas públicas: concepto, funciones y servicios.
1.4 Bibliotecas universitarias: concepto, funciones y servicios.
1.5 Bibliotecas especializadas: concepto, funciones y servicios.
1.6 Gestión de la colección: selección y adquisición de libros
y otros materiales. Criterios, fuentes y métodos para la constitución
y el mantenimiento de la colección.
1.7 Gestión de la colección: tratamiento técnico de los fondos
y gestión de depósitos.
1.8 La catalogación. Elaboración y mantenimiento de
catálogos. Tipos de catálogos. La catalogación cooperativa.
1.9 Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.
1.10 Análisis documental y lenguajes documentales
1.11 Principales sistemas de clasificación bibliográfica. La
CDU.
1.12 Descriptores y encabezamientos de materia: concepto
y función.
1.13 Thesaurus: concepto, elementos, elaboración y
mantenimiento.
1.14 Préstamo individual, colectivo e interbibliotecario.
1.15 Formación de usuarios. Servicios de extensión
bibliotecaria.
1.16 Circulación de fondos. Gestión automatizada.
1.17 Preservación y conservación de los materiales
bibliográficos.
1.18 Métodos de conservación y reproducción.
Microfilmación, digitalización, etc.
1.19 La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes de
bibliotecas.
1.20 Planificación y mercadotecnia de bibliotecas y servicios
bibliotecarios.
1.21 Evaluación de los procesos y los servicios bibliotecarios.
1.22 Automatización de bibliotecas. Planificación: fases y
desarrollo.
1.23 Construcción y equipamiento de bibliotecas.
1.24 Organizaciones internacionales al servicio de las
bibliotecas: UNESCO, IFLA, ISO. La cooperación internacional.
2. Bibliografía y Documentación:
2.1 Bibliometría.
2.2 Definición y objetivo de la bibliografía.
2.3 Evolución histórica de la bibliografía.
2.4 La normalización de la identificación bibliográfica. El
ISBN, el ISSN y otros números internacionales.
2.5 Estado actual de la bibliografía en el mundo. Impacto
de las tecnologías de la información y de la comunicación.
2.6 El control Bibliográfico Universal.
2.7 Bibliografías de bibliografías.
2.8 Bibliografías nacionales.
2.9 Bibliografías de publicaciones periódicas.
2.10 Bibliografías de publicaciones oficiales y bibliografías
comerciales.
2.11 El libro infantil. Obras de referencia y bibliografías.
2.12 El centro de documentación: funciones y servicios.
2.13 Resúmenes: tipos y normas para su elaboración.
2.14 Información y orientación bibliográfica. Estrategias de
búsqueda.
2.15 Búsqueda y recuperación de la información.
2.16 Las bases de datos. Productores, distribuidores y
usuarios de bases de datos en España.
2.17 Los catálogos colectivos: concepto, fines y elaboración.
2.18 Las tecnologías electrónicas de la información y su
aplicación a los servicios bibliotecarios.
2.19 Sistemas integrados de automatización de bibliotecas.
2.20 La biblioteca digital.
2.21 Nociones generales de Teleinformática. Interconexión
de sistemas. Protocolos de comunicaciones.
2.22 Internet y las grandes redes teleinformáticas en la
actualidad: desarrollo, funcionamiento, organización, acceso y utilidad.
2.23 Servicios teleinformáticos básicos: correo electrónico,
transferencia de ficheros, conexión remota, directorios, etc.
Aplicaciones en información y documentación.
2.24 Servicios teleinformáticos avanzados: Noticias, Gopher,
Web, EDI, WAIS, ILL, Z39.50/SR, etc. Aplicaciones en
información y documentación.
2.25 Los OPAC: diseño, prestaciones y accesos.
2.26 Los soportes ópticos multimedia.
3. Historia del libro y las bibliotecas:
3.1 El libro en la antigüedad.
3.2 Las bibliotecas en la antigüedad.
3.3 El libro en la Edad Media.
3.4 Las bibliotecas en la Edad Media.
3.5 Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
3.6 La imprenta en España durante el siglo XV.
3.7 El libro durante el siglo XVI.
3.8 Las bibliotecas durante el siglo XVI.
3.9 El libro durante el siglo XVII.
3.10 Las bibliotecas durante el siglo XVII.
3.11 La imprenta industrial: avances tecnológicos a partir de
los siglos XVIII y XIX.
3.12 Las bibliotecas en el siglo XX.
3.13 El libro y la edición en el siglo XX.
3.14 La edición electrónica.
3.15 La industria editorial y el comercio del libro en España
en la actualidad.
4. Administración y Legislación:
4.1 La Constitución Española.
4.2 Organización territorial del Estado español. Las
Comunidades Autónomas y la Administración Local.
4.3 Jefatura del Estado. Poderes legislativo, ejecutivo y judicial.
4.4 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.
La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.
4.5 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los
recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.
4.6 Las competencias del Estado en materia de cultura.
Estructura organizativa del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte en relación con el libro, archivos y bibliotecas.
4.7 Estructura organizativa y competencias en materia de
bibliotecas en la Administración de las comunidades Autónomas
y en la Administración Local
4.8 La legislación bibliotecaria en España.
4.9 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Clasificación y características. Normativa.
4.10 Los Presupuestos de las Administraciones Públicas en
España. Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo
presupuestario.
4.11 El sistema institucional comunitario: el Consejo, la
Comisión, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia y el
Tribunal de Cuentas.
4.12 El patrimonio bibliográfico español. Legislación.
4.13 La propiedad intelectual en España.
Sección Museos
1. Museología:
1.1 El concepto del Museo.
1.2 Historia de los Museos en España.
1.3 Tipología de museos. Museos de titularidad estatal.
Sistema Español de Museos. La Junta Superior de Museos.
1.4 El museo como responsable de la conservación del
patrimonio histórico.
1.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y
características. Bases para el proyecto arquitectónico.
1.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.
1.7 Proyecto museológico y programa museográfico. Criterios
para su elaboración.
1.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la
instalación museográfica.
1.9 Exposiciones temporales. Definición, gestión y
organización.
1.10 Organización interna del museo. El profesional de
museos.
1.11 El sistema de documentación en el museo.
1.12 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de
ingreso y tipos de movimiento.
1.13 El público en el museo. Sistemas de evaluación.
1.14 La seguridad en el museo.
1.15 La conservación en el museo. Conservación preventiva
y criterios para la restauración.
1.16 Acción cultural y educativa en los museos.
2. Legislación:
2.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura. Los
Principios Constitucionales.
2.2 Derechos Fundamentales y libertades públicas. Su
protección y garantía.
2.3 La organización territorial del Estado: Comunidades
Autónomas, Provincia y Municipios.
2.4 La reforma constitucional. El Tribunal Constitucional.
2.5 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento
Administrativo Común. Derechos de los ciudadanos.
2.6 El Procedimiento administrativo: concepto, naturaleza,
caracteres y fases.
2.7 Los actos jurídicos de la administración: públicos y
privados. Acto administrativo: concepto, elementos y clases.
2.8 Los contratos de las Administraciones Públicas.
Principios generales. Tipos de contratos y sus características.
2.9 La legislación española sobre el Patrimonio Histórico
Español. Antecedentes y situación actual. La distribución de
competencias en materia de cultura.
2.10 Normativa estatal y autonómica en materia de museos.
El Reglamento de Museos de titularidad estatal y el Sistema
Español de Museos.
2.11 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico.
Su régimen jurídico.
2.12 Regímenes especiales de protección.
2.13 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado
geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional;
importación, exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio
de propiedad de los bienes culturales. La garantía del Estado.
2.14 Modos de adquisición de bienes culturales: oferta directa
de venta; derechos de tanteo y retracto; subastas en el extranjero;
oferta de venta irrevocable (exportación definitiva); exportación
ilícita; decomiso; donaciones; legados y herencias; expropiación
forzosa; dación en pago de impuestos; apremio sobre el
patrimonio; hallazgos casuales; permuta; premios; usucapión;
recolección; producción propia; cambio por adscripción.
Modo ilícita; decomiso; donaciones; legados y herencias;
expropiación forzosa; dación en.
2.15 Medidas de fomento. Infracciones y sanciones
administrativas en la legislación sobre el Patrimonio Histórico. Los delitos
penales sobre el Patrimonio Histórico. La labor de los Cuerpos
y Fuerzas de Seguridad del Estado en defensa del Patrimonio
Histórico Español.
2.16 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión
Europea. Acuerdos y Tratados internacionales sobre protección del
Patrimonio Histórico suscritos por España.
3. Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes:
3.1 Metodología del trabajo de campo en Antropología.
3.2 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.
3.3 Antropología del género.
3.4 El concepto de religiosidad popular.
3.5 Indumentaria tradicional en Andalucía.
3.6 Instrumentos musicales populares en España.
3.7 La vivienda tradicional española.
3.8 Antropología de la fiesta: la fiesta del fuego en España.
3.9 Amuletos y protectores en la joyería popular española.
3.10 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.
3.11 Mobiliario popular en España.
3.12 El arte pastoril.
3.13 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.
Corrientes actuales en la investigación arqueológica.
3.14 El Paleolítico Superior en el norte peninsular.
3.15 La cerámica griega.
3.16 La escultura ibérica.
3.17 Los vidrios romanos.
3.18 El retrato romano en España.
3.19 La orfebrería visigoda.
3.20 Motivos decorativos hispano musulmanes.
3.21 Cerámica nazca.
3.22 El mundo de las creencias y la cultura material en las
sociedades maya y azteca.
3.23 Cultura material hispano sefadi.
3.24 Iconografía en el arte medieval.
3.25 La pintura hispano flamenca.
3.26 El Greco.
3.27 La escultura española en el siglo XVI.
3.28 La pintura barroca en España (I): Velázquez.
3.29 La pintura barroca en España (II): Zurbarán, Rivera,
Murillo. Otras escuelas.
3.30 La escultura española en el siglo XVII.
3.31 El siglo de Goya.
3.32 Neoclasicismo y Romanticismo en la pintura española
del siglo XIX.
3.33 Joaquín Sorolla.
3.34 Maestros de la pintura española en el siglo XX (I): Pablo
Picasso.
3.35 Maestros de la pintura española en el siglo XX (II): Dalí,
Miró, Juan Gris.
3.36 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo.
3.37 Cerámica de Alcora y Manises.
3.38 La platería civil en España.
3.39 Mobiliario español siglo XVI al XIX.
3.40 Numismática como fuente de la historia.
3.41 El dibujo en España.
3.42 Armas blancas reglamentarias españolas.
3.43 Armas de fuego reglamentarias española.
ANEXO III
Tribunales
Sección Archivos
Tribunal Titular:
Presidente: Eduardo Gómez-Llera García-Nava. Cuerpo
Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Javier Lázaro Merino. Escala de Gestión de Empleo
del INEM.
Vocales: Dolores Carnicer Arribas. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
María Teresa Piris Peña. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
José Miguel López Villalba. Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Dña. Rosalía Martínez Pérez. Cuerpo Facultativo
de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Juan Manuel Gómez Cano. Escala de Gestión
de Empleo del INEM.
Vocales: Don Francisco Javier Fito Manteca. Cuerpo
Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Dña. Carmen Magna Merchán. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Don Jesús Arturo Perucho. Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Sección Bibliotecas
Tribunal Titular:
Presidenta: Dña. Fuensanta Salvador López. Cuerpo
Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretaria: Dña. María Soledad Estadella González. Cuerpo de
Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales: Dña. María del Carmen Motos López. Cuerpo
Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Dña. Ana Cuadrado García. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Dña. M.a Ángeles Plantado Pizarro. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Dña. Yolanda Ruiz Esteban. Cuerpo Facultativo
de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Oswaldo López Montalvo. Cuerpo Superior de
sistemas y Tecnologías de la Información.
Vocales: Dña. Teresa Rodríguez González. Cuerpo Facultativo
de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Dña. Ana González Ribot. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Dña. Yolanda de Diego Lozano. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Sección Museos
Tribunal titular:
Presidenta: Dña. Pilar Navascués Benlloch. Cuerpo Facultativo
de Conservadores de Museos.
Secretario: Don José Luis Real Moreno. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Vocales: Dña. Carmen Cacho Quesada. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Dña. Soledad Barroso Ruiz. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Dña. Concepción Martínez Tejedor. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal Suplente:
Presidente: Don Jaime Coll Conesa. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Secretaria: Doña Ángeles Pérez Álvarez. Escala de Gestión de
Empleo del INEM.
Vocales: Doña María Luisa Menéndez Robles. Cuerpo
Facultativo de Conservadores de Museos.
Doña Paloma Otero Morán. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Doña Ana Castaño Lloris. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos."
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará Archivos, Bibliotecas o Museos según proceda"
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L"
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Educación Cultura y Deporte."
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid"
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al
33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por
el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
la titulación que se posea para poder participar en virtud de lo
señalado en la base 2.1.3.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección
"Archivos", "Bibliotecas " o "Museos" por la que opte el aspirante;
en el apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante
de los indicados en el anexo I de cada sección para la realización
del correspondiente ejercicio de la fase de oposición. Los
aspirantes de la sección de Archivos que deseen realizar el cuarto
ejercicio de la fase de oposición, harán constar el idioma elegido
para el mismo en el apartado C.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 18,76
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0104-0301-28-0302-037799 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid