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Documento BOE-A-2003-12591

Resolución de 29 de mayo de 2003, de la Universidad de Girona, por la cual se convocan pruebas selectivas para el acceso a la Escala de Archivos y Bibliotecas, especialidad de Archivos, grupo A, en turno libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 2003, páginas 24213 a 24219 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-12591

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades del personal de

administración y servicios de la Universitat de Girona, y haciendo uso

de las facultades que me confieren el artículo 20 de la Ley orgánica

6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE n.o 307,

de 24 de diciembre de 2001), así como el artículo 64 del texto

íntegro de los Estatutos de la Universitat de Girona, publicados

por el Decreto 182/1999, de 13 de julio (DOGC n.o 2935, de

21 de julio de 1999), y el Decreto 96/2002, de 19 de marzo,

de nombramiento del rector (DOGC n.o 3600, de 21 de marzo),

he resuelto:

1. Convocar pruebas selectivas para el acceso a la escala

facultativa de archivos y bibliotecas, especialidad de archivos,

grupo A, para ocupar la plaza de técnico superior de la Unidad de

Gestión Documental, Archivo y Registro de la Universitat de

Girona, de conformidad con las bases que figuran en el anexo 1 de

la presente resolución.

2. Publicar esta resolución de acuerdo con lo establecido en

el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento

administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Girona, 29 de mayo de 2003.-El Rector, Joan Batlle i

Grabulosa.

ANEXO I

Bases de la convocatoria

I. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para el acceso a la escala

facultativa de archivos y bibliotecas, especialidad de archivos,

grupo A, de la Universitat de Girona, en turno libre.

1.2 La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido

en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades

(BOE n.o 307, de 24 de diciembre de 2002); la Ley 23/1988,

de 28 de julio (BOE n.o 181, de 29 de julio), que modifica la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de

la función pública (BOE n.o 185, de 3 de agosto de 1984); el

Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el cual se

aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de

determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función

pública (DOGC n.o 2509, de 3 de noviembre); el Decreto

182/1999 de la Generalitat de Catalunya, de 13 de julio, por

el cual se aprueba el texto íntegro de los Estatutos de esta

Universidad (DOGC n.o 2935, de 21 de julio); el acuerdo de la Junta

de Gobierno de la Universitat de Girona de 30 de abril de 1997,

por el cual se aprueba el Reglamento de acceso a las diferentes

escalas de funcionariado del personal de administración y servicios

de la Universitat de Girona (DOGC n.o 2503, de 24 de octubre),

y el resto de legislación aplicable a la materia y a las normas

contenidas en esta resolución.

1.3 Se convoca 1 plaza.

1.4 Denominación de la plaza: técnico superior.

1.5 El sistema de acceso de los aspirantes es el de concurso

oposición.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

será necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano miembro de la Unión Europea o encontrarse

incluido en el ámbito de aplicación de la disposición adicional

única de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso

a determinados sectores de la función pública de los ciudadanos

de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea.

b) Tener 18 años cumplidos.

c) Poseer el título de licenciado o equivalente o el resguardo

que acredite el abono de los derechos para la expedición del título.

En el caso de títulos expedidos en el extranjero, se tendrá que

presentar la fotocopia compulsada de la homologación oficial del

mencionado título por el Ministerio de Educación, Cultura y

Deportes.

d) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por

limitación física o psíquica que impida el ejercer normalmente las

correspondientes funciones. Con respecto a las personas

disminuidas, se atenderá a lo establecido en el Decreto 66/1999, de

9 de marzo.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni

encontrarse inhabilitado para el desarrollo de funciones públicas

por sentencia en firme.

Los aspirantes deberán demostrar unos conocimientos de

lengua catalana equivalentes al nivel de suficiencia de catalán (C)

de los certificados de la Dirección General de Política Lingüística

o equivalentes, ya sea adjuntando el mencionado certificado y

marcando con una X la casilla A de la solicitud, o mediante una

prueba específica realizada con esta finalidad durante la primera

prueba de la primera fase de la oposición.

Los requisitos establecidos en las normas anteriores tendrán

que cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Todo aquél que desee tomar parte en estas pruebas

selectivas deberá rellenar el modelo de solicitud normalizado que se

especifica en el anexo III de la presente resolución y que también

les facilitará el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat

de Girona (Pujada dels Alemanys, 16, Girona).

3.2 Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universitat de

Girona (edificio Les Àligues, plaza Sant Domènec, 3 - 17071

Girona), por cualquiera de los procedimientos establecidos por la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las

administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente de

la publicación de esta convocatoria en el BOE.

3.3 Las solicitudes deberán ir acompañadas de la fotocopia

compulsada del DNI o pasaporte, de la fotocopia compulsada del

título pertinente o del resguardo que acredite el abono de los

derechos para su expedición y, en su caso, de la fotocopia

compulsada del certificado de nivel de suficiencia de catalán (C) de

la Dirección General de Política Lingüística o equivalente. Las

equivalencias se especifican en la Orden CLT/197/2002, de 12

de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes

a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección

General de Política Lingüística (DOGC n.o 3660, de 19 de junio

de 2002).

3.4 Con el fin de evaluar los méritos en la fase de concurso,

los aspirantes, junto con la solicitud, también deberán presentar

la documentación justificativa de los méritos.

3.5 Los méritos correspondientes a los servicios prestados

en la Universitat de Girona se tienen que acreditar mediante un

certificado de servicios emitido por el Servicio de Recursos

Humanos de la Universitat de Girona o por el órgano competente en

materia de personal en el supuesto de prestación de servicios en

otras administraciones públicas, en el cual tiene que constar de

forma expresa el régimen jurídico, el cuerpo o la categoría y los

datos que señalen el periodo de prestación de servicios.

3.6 De conformidad con lo establecido por la normativa

vigente en materia de tasas y precios públicos de la Generalitat de

Catalunya, para inscribirse a la convocatoria los aspirantes deben

abonar la tasa de 43,77 euros. Este importe se ingresará

directamente en C aixa de Gir ona, cuenta número

2030.0105.61.3110001369, o mediante giro postal o telegráfico

en la cuenta, donde constará como nombre del remitente el mismo

que el del aspirante. Además, se deberá adjuntar a la solicitud

una fotocopia del resguardo de la imposición o del giro postal

o telegráfico. En la solicitud también deberá figurar el sello de

Caixa de Girona, en el caso de que los derechos de examen se

ingresen directamente en esta entidad. Serán declarados excluidos

de la convocatoria los candidatos que no observen estos requisitos.

Asimismo, serán excluidos los aspirantes que no hayan abonado

los derechos de examen dentro del plazo de presentación de

solicitudes. No se concede ningún plazo adicional para hacer el

correspondiente abono.

Con la justificación documental correspondiente, estarán

exentos de esta tasa los sujetos pasivos en situación de desempleo

que no perciban ninguna prestación económica.

Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar la adaptación

o la adecuación de tiempo y medios materiales para la realización

de las pruebas y de los ejercicios previstos en la convocatoria,

y alegar el motivo o motivos por los que lo solicitan.

Asimismo, los aspirantes con discapacidad podrán solicitar la

adaptación del puesto de trabajo. A los efectos de estas

adaptaciones, se considerará lo establecido en el artículo 7 del Decreto

66/1999, de 9 de marzo.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Antes del plazo de un mes a contar desde la finalización

del plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universitat

de Girona dictará resolución y aprobará la lista de aspirantes

admitidos y excluidos en esta convocatoria. La mencionada resolución

se publicará en el DOGC, y se indicará el lugar donde se encuentran

expuestas las listas.

4.2 Las personas con discapacidad serán admitidas a la

realización de las pruebas sin necesidad de acreditar sus condiciones

psíquicas, físicas o sensoriales antes de su comienzo, sin perjuicio

de que, una vez superado el proceso selectivo, al presentar la

documentación para ser nombradas funcionarios, tengan que

acreditar, igual que el resto de aspirantes, su capacidad para

desarrollar las funciones y tareas de los puestos que se convocan y prestar

el servicio público correspondiente.

4.3 Los errores materiales y de hecho de la Universitat de

Girona se podrán enmendar en cualquier momento, de oficio o

a petición de la persona interesada.

4.4 Contra la resolución mencionada en la base 4.1, se

establecerá un plazo máximo de 10 días para enmendar errores y

para solicitar su rectificación.

Este plazo se contará a partir del día siguiente a la publicación

de la Resolución en el DOGC.

5. Fase de concurso

5.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorarán los servicios efectivos prestados en la

Universitat de Girona o en cualquier administración pública, los cursos

de formación organizados dentro del Plan de Formación de la

Universitat de Girona y también los cursos específicos de formación

relacionados con la gestión documental y la archivística recibidos

en otras administraciones públicas.

La documentación acreditativa de estos méritos (original o

fotocopia compulsada) se tiene que anexar a la solicitud. Los méritos

que a criterio del tribunal no estén adecuadamente acreditados

no se tendrán en cuenta.

5.2 La valoración de la fase de concurso se hará pública como

mínimo con 48 horas de antelación a la fecha de realización del

primer ejercicio, en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos

Humanos de la Universitat de Girona (Pujada dels Alemanys, 16,

Girona).

Los aspirantes podrán solicitar la revisión de la valoración de

la fase de concurso en un plazo máximo de 3 días, a contar a

partir del día siguiente a la publicación de los resultados. Una

vez revisadas las alegaciones, el tribunal calificador publicará la

lista definitiva de valoración de la fase de concurso en el plazo

de 20 días, en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos

Humanos.

5.3 Baremo de evaluación de los méritos acreditados:

a) Antigüedad, hasta 2,5 puntos. Se valorará a razón de 0,25

puntos por año completo de servicios en la Universitat de Girona

o en cualquier administración pública.

b) Formación, hasta 2,5 puntos. Los cursos organizados

dentro del Plan de Formación de la Universitat de Girona se valorarán

dividiendo el número de horas de que conste por 100. Los cursos

específicos de formación relacionados con la gestión documental

y la archivística recibidos en otras administraciones públicas se

computarán únicamente si son de 10 o más horas y se valorarán

a razón del número de horas dividido por 200. Los cursos

específicos de formación relacionados con la gestión documental y

la archivística recibidos en otras administraciones públicas hasta

el 31 de diciembre de 1996 tendrán la misma consideración que

los cursos organizados dentro del Plan de formación de la

Universitat de Girona. En cualquier caso, la puntuación máxima por

curso será de 0,5 puntos.

La formación en lengua extranjera se valorará a razón de 0,10

puntos por curso superado en escuelas oficiales de idiomas o en

otras administraciones públicas, con un máximo de 1 punto.

Asimismo, los certificados oficiales o equivalentes se valorarán de

la forma siguiente:

Francés:

DALF (Diplome Approfondi en Langue Française): 0,5 puntos.

DELF 2.o grado (Diplome de Langue Française): 0,5 puntos.

DELF 1er grado (Diplome de Langue Française): 0,3 puntos.

ICC (International Certificate Conference): 0,2 puntos.

Inglés:

CPE (Proficiency): 0,5 puntos.

CAE (Advanced): 0,5 puntos.

CFE (First Certificate): 0,5 puntos.

PET (Preliminary English Test): 0,3 puntos.

KET (Key English Test): 0,2 puntos.

ICC (International Certificate Conference): 0,2.

Alemán:

ZOP (Zentrale Oberstufenprüfung): 0,5 puntos.

ZMP (Zentrale Mittelstufenprüfung): 0,5 puntos.

ZD (Zertifikat Deutsch): 0,5 puntos.

Grundbaustein Deutsch: 0,3 puntos.

ICC (International Certificate Conference): 0,2 puntos.

Italiano:

CELI 4 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,5

puntos.

CELI 3 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,5

puntos.

CELI 2 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,3

puntos.

CELI 1 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,2

puntos.

La posesión de un certificado oficial de un idioma excluye la

valoración de cualquier curso conducente a la obtención de este

certificado.

La formación en lengua catalana se valorará a razón de 0,10

puntos por curso recibido en la Administración pública. Asimismo,

los certificados de la Dirección General de Política Lingüística

o equivalentes se valorarán de la forma siguiente:

Generales:

Nivel básico de catalán (A básico): 0,1 puntos.

Nivel elemental de catalán (A elemental): 0,1 puntos.

Nivel intermedio de catalán (B): 0,2 puntos.

Nivel de suficiencia de catalán (C): 0,3 puntos.

Nivel superior de catalán (D): 0,4 puntos.

Específicos:

Conocimientos de lenguaje administrativo (G): 0,1 puntos.

Conocimientos de lenguaje jurídico (J): 0,1 puntos.

Conocimientos de lenguaje comercial (M): 0,1 puntos.

Capacitación para la corrección de textos orales y escritos (K):

0,1 puntos.

La posesión de un certificado oficial de lengua catalana excluye

la valoración de cualquier curso conducente a la obtención de

aquel certificado.

6. Fase de oposición

6.1 La oposición consta de cuatro fases obligatorias y

eliminatorias.

6.1.1 Primera fase. Consta de dos pruebas:

a) Primera prueba. Se realizarán diferentes ejercicios, con la

finalidad de evaluar las habilidades, la idoneidad y la capacidad

de adaptación de los aspirantes, así como los conocimientos de

catalán equivalentes al nivel de suficiencia de catalán (C) de la

Dirección General de Política Lingüística. Estarán exentos de

realizar el ejercicio de catalán los aspirantes que estén en posesión

del certificado de nivel de suficiencia de catalán (C) de la Dirección

General de Política Lingüística o equivalente.

b) Segunda prueba. Ejercicio de ofimática.-Se utilizará PC,

Windows 2000. Paquete de ofimática OfficeXP (tratamiento de

textos Word, hoja de cálculo Excel, y/o base de datos Access).

La prueba podrá ser con todos o con algunos de estos programas,

según el criterio del Tribunal.

Los conocimientos que se exigen son de nivel de usuario.

La valoración de estas pruebas será de apto o no apto. Para

superar esta primera fase, hay que obtener la valoración de apto

en cada uno de las pruebas.

6.1.2 Segunda fase:

a) Consta de dos ejercicios de carácter obligatorio.

Primer ejercicio, de carácter teórico. Consiste en desarrollar

por escrito tres temas relacionados con alguno de los enunciados

que figuran en los temarios del anexo II de esta convocatoria.

Uno corresponderá al temario general (I) y los otros dos al temario

específico.

Para efectuar este ejercicio los aspirantes dispondrán de 4

horas.

Cada tema será calificado con hasta un máximo de 20 puntos

y el conjunto del ejercicio con hasta un máximo de 60 puntos.

Serán eliminados los aspirantes que no consigan un mínimo de

30. Será igualmente necesario para superar el ejercicio obtener

un mínimo de 10 puntos en la calificación del tema relacionado

con los enunciados del temario general y un mínimo de 20 puntos

en la calificación conjunta de los dos temas relacionados con los

enunciados del temario específico.

Segundo ejercicio, de carácter práctico. Consiste en la

resolución de diferentes supuestos prácticos relacionados con los

contenidos de los temarios que se incluyen en el anexo II de esta

convocatoria.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán

utilizar normativa, manuales, y otra documentación que consideren

oportuna, previo examen y autorización por parte del Tribunal.

En este ejercicio o en alguna de sus partes, en su caso, los

aspirantes podrán trabajar con fotocopias de documentos y podrán

consultar los documentos y los expedientes originales que

permanecerán depositados en la mesa del Tribunal.

El ejercicio será calificado con hasta un máximo de 40 puntos

y serán eliminados los aspirantes que no consigan un mínimo

de 20.

b) También se realizará una prueba optativa con el fin de

evaluar los conocimientos de lengua inglesa. Esta prueba

incrementará en un máximo de 20 puntos la puntuación de esta segunda

fase que versa sobre el temario, siempre que se haya obtenido

la puntuación mínima de 60 puntos. Los aspirantes que opten

por realizar esta prueba deberán marcar con una X la casilla B

de la solicitud.

c) Si el tribunal calificador lo cree conveniente, podrá realizar

una entrevista personal con los aspirantes que hayan superado

esta segunda fase con el fin de valorar la idoneidad de las

características de los aspirantes a las tareas propias de la plaza

convocada. La valoración de la entrevista será de apto o no apto.

Asimismo, si lo cree conveniente, podrá solicitar a los aspirantes

la presentación de memorias o proyectos relacionados con temas

de organización documental y archivística, que serán valorados

con hasta un máximo de 30 puntos, los cuales incrementarían

la puntuación general obtenida por cada aspirante en esta fase.

6.1.3 Tercera fase: Los aspirantes deberán participar en un

curso selectivo de formación de 20 horas de duración con el fin

de adquirir los conocimientos prácticos necesarios para desarrollar

su tarea en la Universitat de Girona. La valoración de esta fase

será de apto o no apto.

6.1.4 Cuarta fase: Consistirá en un período de prácticas de

un año, con la finalidad de evaluar la capacidad y los

conocimientos que son objeto de las pruebas. Durante este periodo el

aspirante tendrá que superar y obtener un certificado de

aprovechamiento de 40 horas de los cursos del Plan de Formación

de la Universitat de Girona.

6.1.5 La calificación final de las pruebas selectivas se

determinará por la suma de las puntuaciones obtenidas en el concurso

y en la oposición.

7. Tribunal

7.1 El tribunal calificador de las pruebas está compuesto por

los siguientes miembros:

Miembros titulares:

Presidente: Josep Oriol Llebot Majó.

Secretario: Miquel Casademont Donay.

Vocales: Joan Martí Bonmatí.

Antoni Borfo Bach.

Àngels Bernal Cercos.

Miembros suplentes:

Presidente: Ramon Moreno Amich.

Secretario: M. Asunción Rodríguez Vilert.

Vocales: Joaquim Rabaseda Tarrés.

Joaquim Borràs Gómez.

Alfred García Puig.

Asesor del tribunal calificador en la valoración de la prueba

de conocimientos de lengua catalana: M. del Mar Anton Pedrosa.

7.2 El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera, de conformidad con lo establecido el Decreto

337/1988, de 17 de octubre, de regulación y actualización de

indemnizaciones por razón de servicios en la Generalitat de

Catalunya y de revisión de los importes de determinadas

indemnizaciones, modificado por el Decreto 201/1993, de 27 de julio.

7.3 El tribunal no puede aprobar ni declarar que ha superado

el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de las

plazas que son objeto de la convocatoria.

7.4 La abstención y la recusación de los miembros del tribunal

se tiene que ajustar a lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las

administraciones públicas y del procedimiento administrativo

común. El rector de la Universidad resolverá las cuestiones de

abstención o recusación que se planteen en el plazo de ocho días

desde la recepción en la Oficina Central de Registro de esta

Universidad, una vez escuchadas las partes implicadas.

7.5 El tribunal podrá acordar, si lo considera conveniente,

la incorporación de asesores o especialistas, con voz y sin voto.

Su nombramiento se hará constar en el acta de la reunión en

que se disponga. La evaluación definitiva de los aspirantes es

competencia del tribunal.

El tribunal podrá contar con el auxilio material de las personas

de la plantilla del personal funcionario de administración y

servicios de la Universitat de Girona que expresamente solicite a

título de colaboradores.

7.6 De acuerdo con la base 3, el tribunal adoptará las medidas

necesarias a fin de que los aspirantes discapacitados disfruten

de igualdad de oportunidades para la realización de las pruebas

que el resto de aspirantes.

El tribunal decidirá sobre las peticiones de adaptaciones que

se efectúen y tendrá en consideración que no comporten un gasto

excesivo. Con esta finalidad, podrá pedir un informe sobre la

solicitud de adaptación a los equipos de valoración multiprofesional.

Asimismo, también se podrá solicitar el correspondiente

dictamen a los equipos multiprofesionales u órganos técnicos

competentes en relación con la procedencia de las mencionadas

adaptaciones y de la compatibilidad con el desarrollo de las funciones

y tareas del puesto que se convoca.

7.7 Cualquier duda que pueda surgir en la interpretación y

aplicación de estas bases será resuelta por el tribunal

correspondiente.

7.8 A los efectos de comunicaciones y otras incidencias, el

tribunal tendrá su sede en el Servicio de Recursos Humanos de

la Universitat de Girona.

8. Desarrollo de las pruebas

8.1 En cualquier momento el tribunal podrá pedir a los

aspirantes la acreditación de su personalidad mediante la presentación

de su DNI o pasaporte.

8.2 El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas

se iniciará por el primer aspirante cuyo apellido empiece por la

letra "Z", de conformidad con el resultado del sorteo público para

determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos

selectivos que se realicen durante el año 2003 para el ingreso

a la función pública de la Generalitat (Resolución del

Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de 17 de

diciembre de 2002, DOGC n.o 3786, de 26 de diciembre de 2002),

a menos que en el momento de la realización de las pruebas se

haya efectuado el sorteo correspondiente para el año 2004.

8.3 Los aspirantes serán convocados para cada prueba en

un llamamiento único e individualizado. Los miembros del tribunal

calificador no permitirán el acceso a la sala donde se realicen

las pruebas a las personas que comparezcan una vez cerrado el

llamamiento de los aspirantes convocados.

Los aspirantes que no comparezcan puntualmente a cualquier

prueba con independencia de su carácter, salvo los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

tribunal, serán excluidos del proceso selectivo.

8.4 La primera prueba de la primera fase tendrá lugar durante

la primera quincena del mes de octubre de 2003.

8.5 La autoridad convocante, por sí misma o a propuesta

del presidente del tribunal, podrá preguntar, a los efectos

procedentes, la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea

que existan inexactitudes o falsedades en las que hayan podido

incurrir los aspirantes, que podrán ser excluidos motivadamente

de la convocatoria en cualquier momento cuando no cumplan los

requisitos.

8.6 Después de cada una de las pruebas y una vez hechas

públicas las listas de valoración, los aspirantes podrán solicitar

la revisión de la valoración en un plazo máximo de tres días,

a contar a partir del día siguiente de la publicación de los

resultados. Una vez revisadas las alegaciones, el tribunal calificador

publicará las listas de valoración definitivas en el plazo de 20

días en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos.

9. Lista de aprobados, presentación de documentación

y nombramiento de funcionarios en prácticas

9.1 El tribunal, una vez hecha pública en el tablón de anuncios

oficiales de la Universitat de Girona y en el Servicio de Recursos

Humanos la lista definitiva con el aspirante que haya superado

la tercera fase, elevará al rector la propuesta de nombramiento

de funcionario en prácticas.

9.2 El aspirante propuesto tendrá que presentar en el Servicio

de Recursos Humanos de la Universitat de Gerona, dentro del

plazo de 20 días naturales a contar desde la fecha de publicación

de la lista de aprobados, los siguientes documentos:

a) Dos fotografías (tamaño carné).

b) NIF (fotocopia compulsada).

c) Certificado médico oficial acreditativo de no sufrir ninguna

enfermedad ni disminución que impida el ejercicio normal de las

tareas propias de la plaza a cubrir a la que se refiere la base

1.1 de esta convocatoria. Este certificado tiene que haber sido

expedido dentro de los tres meses anteriores a su presentación.

d) Declaración de no estar inhabilitado para el ejercicio de

las funciones públicas ni estar separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquier administración pública.

e) Si el aspirante tiene reconocida la condición legal de

disminuido, dictamen expedido por el equipo multiprofesional

competente o por el órgano técnico competente, en los términos

previstos en el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso

a la función pública de las personas con discapacidad y de los

equipos de valoración multiprofesional. A estos efectos, el

interesado tiene que dirigirse a los centros del Institut Català

d'Assistència i Serveis Socials (ICASS) del Departamento de Bienestar

y Familia.

f) Declaración de no estar incluido en ninguno de los

supuestos de incompatibilidades previstos por la legislación vigente, o

ejercer, dentro del plazo de toma de posesión, la opción prevista

en el artículo 10 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de

incompatibilidades del personal al servicio de la Administración

de la Generalitat.

9.3 El rector nombrará funcionario en prácticas al aspirante

propuesto que haya presentado la documentación señalada en

la base anterior, el cual dispondrá del plazo de un mes para la

toma de posesión.

9.4 Si no presenta la documentación necesaria a que hace

referencia la base 9.2, salvo los casos de fuerza mayor, que serán

debidamente comprobados por la autoridad convocante, dentro

del plazo de 20 días, y si no cumple los requisitos necesarios,

podrá ser nombrado, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en la que haya podido incurrir

en el caso de falsedad.

9.5 Una vez finalizada la cuarta fase, el tribunal elevará al

rector la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera

de la escala facultativa de archivos y bibliotecas, especialidad de

archivos, grupo A, de la Universitat de Girona, del aspirante que

la haya superado.

9.6 Durante el período comprendido entre la finalización del

periodo de prácticas (cuarta fase) y la toma de posesión como

funcionario de carrera, el aspirante propuesto permanecerá como

funcionario en prácticas.

9.7 La resolución del rector por la que se nombra al aspirante

propuesto funcionario de carrera de la escala facultativa de

archivos y bibliotecas, especialidad de archivos, grupo A, de la

Universitat de Girona, se publicará en el DOGC. El aspirante

dispondrá, a partir de la publicación de la resolución, del plazo de

un mes para la promesa o el juramento y la toma de posesión

de la plaza de técnico superior de la Unidad de Gestión

Documental, Archivo y Registro. El aspirante seleccionado que en los

plazos establecidos no tome posesión de la plaza perderá

automáticamente su derecho.

10. Norma final

Contra este acto, que agota la vía administrativa, e

independientemente de su ejecución inmediata, las personas interesadas

pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses

a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación

o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, tal

y como disponen los art. 8.2.a), 10.1.a), 46.1 y 14.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción de lo contencioso

administrativo.

Sin embargo, los interesados podrán optar por interponer

contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un

mes, ante del mismo órgano que la dictó. En este caso, no se

podrá interponer el recurso contencioso administrativo

anteriormente mencionado mientras recaiga resolución expresa o presunta

del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto por los

artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de régimen jurídico de las administraciones públicas y del

procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero de 1999.

ANEXO II

Temario de las pruebas para el acceso a la escala facultativa

de archivos y bibliotecas, especialidad de archivos, grupo A,

para ocupar la plaza de técnico superior en gestión documental

y archivos de la Unidad de Gestión Documental, Archivo y

Registro de la Universitat de Girona

I. TEMARIO GENERAL: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO Y

ORGANIZACIÓN UNIVERSITARIA

I. Derecho constitucional. Organización política y administrativa

del Estado

Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura,

contenido y principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

Bases constitucionales de la organización y la actuación de las

administraciones públicas. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. La organización y las funciones de los poderes del

Estado: la Corona; las Cortes Generales; el Gobierno; el poder

judicial.

Tema 3. La organización territorial del Estado. La

Administración local: entes que la integran. Las comunidades autónomas:

constitución y competencias. Los estatutos de autonomía:

naturaleza jurídica y contenido. Distribución de competencias.

Organización. La financiación de las comunidades autónomas.

II. La Organización Política e Institucional de Cataluña

Tema 4. El Estatuto de Autonomía de Cataluña de 1979:

estructura y contenido. Competencias de la Generalitat de

Cataluña. La reforma del Estatuto.

Tema 5. La organización política y administrativa de la

Generalitat de Cataluña. Las instituciones que la integran y sus

funciones. La estructura de la Administración de la Generalitat: los

departamentos, los organismos autónomos, las empresas públicas.

III. La Unión Europea y el Derecho Comunitario

Tema 6. Las fuentes del derecho comunitario: los tratados,

los reglamentos y las directivas. Los fundamentos y los principios

de la Unión Europea. Las libertades básicas comunitarias. Las

instituciones comunitarias.

IV. La Universidad

Tema 7. El sistema universitario español y catalán. La

legislación y otra normativa básica universitaria. La Ley orgánica de

universidades y la Ley de universidades de Cataluña: principios,

estructura, contenidos y desarrollo.

Tema 8. Los Estatutos de la Universitat de Girona: principios,

estructura y contenidos. La organización académica y el gobierno

de la universidad.

V. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Adminitrativo Común

Tema 9. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento

administrativo común: ámbito de aplicación, organización

administrativa, contenidos básicos y principios generales del procedimiento

administrativo.

Tema 10. La teoría del acto administrativo: concepto, clases

y elementos. La invalidez del acto administrativo. La revisión de

los actos administrativos.

VI. La Función Pública

Tema 11. Las bases de la función pública española. El

personal al servicio de las administraciones públicas: tipología y

régimen aplicable, derechos y deberes, incompatibilidades,

situaciones administrativas y responsabilidades.

Tema 12. El personal al servicio de la universidad. Tipo y

categorías, mecanismos de selección y acceso. Sistemas de

provisión de puestos de trabajo. La carrera y la promoción profesional.

Los sistemas retributivos y la protección social.

VII. Los Estudiantes

Tema 13. Los derechos y los deberes de los estudiantes. El

acceso y la permanencia en la universidad. Las becas, la movilidad,

el asociacionismo y la representación estudiantil.

VIII. Las Enseñanzas Universitarias

Tema 14. Régimen general de las enseñanzas universitarias:

tipo, estructura y organización. Los procedimientos de gestión

académica de la Universitat de Girona.

IX. La investigación y la transferencia del conocimiento

Tema 15. La organización y la gestión de la investigación.

Las principales fuentes de financiación de la investigación en las

universidades. Las modalidades de transferencia del conocimiento

y su articulación.

X. El régimen económico y contable

Tema 16. El presupuesto de la Universitat de Girona.

Estructura y contenido. Los créditos y sus modificaciones. Ejecución

y liquidación del presupuesto; especial referencia a la gestión del

presupuesto de gastos. La contabilidad y la tesorería.

II. TEMARIO ESPECÍFICO: LA GESTIÓN DOCUMENTAL Y LOS ARCHIVOS

UNIVERSITARIOS

Tema 1. La documentación administrativa: concepto, valores

y soportes. El ciclo de vida de la documentación.

Tema 2. Los conceptos de archivo y de archivística. Análisis

de su evolución histórica. Tipos de archivos y funciones.

Tema 3. El régimen jurídico de la documentación y los

archivos. Marco jurídico y normativa reguladora.

Tema 4. Los sistemas archivísticos del Estado español y de

la Generalitat de Cataluña: organización, tipología y funciones

de los órganos y los centros que los integran.

Tema 5. Los documentos y los expedientes de la universidad.

Naturaleza y contenidos de las principales tipologías y series

documentales. Las funciones y las actividades que los generan.

Tema 6. Origen y evolución de los archivos universitarios.

Modelos tradicionales y contemporáneos de archivos

universitarios: organización y funciones.

Tema 7. El sistema de gestión documental y archivo en la

universidad: definición, contenido, estructura, funciones y

objetivos.

Tema 8. El sistema de gestión documental y archivo:

principios, procesos y fases para su implantación. Implicaciones y

aportaciones de los sistemas de gestión documental y archivo a

las funciones generales de la universidad, docentes, de

investigación y administrativas.

Tema 9. La organización de la documentación administrativa:

la clasificación. El cuadro de clasificación y el proceso de

clasificación: principios, finalidades, tipo de cuadros, sistemas y

procedimientos para su elaboración y aplicación, resultados.

Tema 10. La ordenación y el archivo de la documentación

administrativa y los archivos. Sistemas y metodologías atendiendo

a la diferente naturaleza y soportes de los documentos.

Tema 11. El acceso y la recuperación de la documentación

administrativa y los archivos: la descripción. Metodologías, niveles

y sistemas de descripción. Los instrumentos resultantes.

Tema 12. La normalización de la descripción archivística

especialmente en fondos inactivos de conservación permanente.

Las normas internacionales y las adaptaciones nacionales.

Tema 13. La evaluación y la elección documental. El

procedimiento de valoración de series documentales: regulación

jurídica, contenidos, finalidades. El calendario de conservación y

eliminación documental: elaboración y aplicación.

Tema 14. El programa de documentos esenciales de la

universidad: definición, contenido y finalidades. Procesos de

elaboración y de implantación.

Tema 15. El proceso documental en un sistema de archivos

universitario. Las transferencias de documentación: criterios,

modalidades, organización y tratamiento. Los instrumentos de

control. Los ingresos extraordinarios de documentación.

Tema 16. La disponibilidad y el uso de la documentación

y los archivos universitarios. Sistemas y modalidades de acceso,

consulta, préstamo y difusión. El servicio a la comunidad

universitaria, a la Administración y a los ciudadanos: motivaciones

y finalidades.

Tema 17. El régimen jurídico del acceso a la documentación

y a los archivos. Especial referencia a la información y la

documentación producida, tratada, almacenada y difundida

automáticamente. La protección de los derechos y los datos de carácter

personal.

Tema 18. La informática y la telemática en la producción,

el tratamiento, el mantenimiento y la difusión de la documentación

administrativa y los archivos: posibilidades, alcance, modalidades,

aplicaciones y resultados. Ventajas e inconvenientes que comporta

su aplicación.

Tema 19. La administración electrónica: regulación,

perspectivas, posibilidades y retos. Su incidencia en los sistemas de gestión

documental y archivo. Especial referencia a los certificados y la

firma electrónica.

Tema 20. Documentos en soportes no tradicionales al ámbito

universitario. Tipologías, causas que motivan su producción y uso;

requerimientos específicos para su generación, tratamiento y

conservación.

Tema 21. Las secciones y los fondos especiales del archivo

universitario: sección histórica, de imágenes, de soportes no

tradicionales, fondos privados e institucionales, etc. Creación,

contenido, requerimientos específicos de gestión y finalidades y

modalidades de uso y difusión.

Tema 22. El archivo como centro de conservación

documental: condiciones y características del edificio, las instalaciones y

los equipamientos. Causas físico-químicas, biológicas y

ambientales de la alteración y la degradación de los soportes

documentales. Medidas preventivas y correctoras.

Tema 23. Las funciones social, cultural y pedagógica del

archivo universitario. Servicios y actividades para su

cumplimiento.

Tema 24. La gestión de la calidad en un archivo universitario:

objetivos, contenido, evaluación y mejora de los servicios. La

aplicación de las normas ISO genéricas y específicas.

Tema 25. Entidades y organizaciones de ámbito autonómico,

estatal e internacional relacionadas con la gestión documental

y los archivos. Funciones y prestaciones. La cooperación

interuniversitaria en gestión documental y archivos.

Tema 26. La universidad: origen, creación y desarrollo. Los

antecedentes de la Universitat de Girona. La trayectoria histórica

de las instituciones de enseñanza superior en la ciudad de Girona.

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