Con el fin de atender las necesidades del personal de
administración y servicios de la Universitat de Girona, y haciendo uso
de las facultades que me confieren el artículo 20 de la Ley orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE n.o 307,
de 24 de diciembre de 2001), así como el artículo 64 del texto
íntegro de los Estatutos de la Universitat de Girona, publicados
por el Decreto 182/1999, de 13 de julio (DOGC n.o 2935, de
21 de julio de 1999), y el Decreto 96/2002, de 19 de marzo,
de nombramiento del rector (DOGC n.o 3600, de 21 de marzo),
he resuelto:
1. Convocar pruebas selectivas para el acceso a la escala
facultativa de archivos y bibliotecas, especialidad de archivos,
grupo A, para ocupar la plaza de técnico superior de la Unidad de
Gestión Documental, Archivo y Registro de la Universitat de
Girona, de conformidad con las bases que figuran en el anexo 1 de
la presente resolución.
2. Publicar esta resolución de acuerdo con lo establecido en
el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento
administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Girona, 29 de mayo de 2003.-El Rector, Joan Batlle i
Grabulosa.
ANEXO I
Bases de la convocatoria
I. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para el acceso a la escala
facultativa de archivos y bibliotecas, especialidad de archivos,
grupo A, de la Universitat de Girona, en turno libre.
1.2 La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido
en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
(BOE n.o 307, de 24 de diciembre de 2002); la Ley 23/1988,
de 28 de julio (BOE n.o 181, de 29 de julio), que modifica la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de
la función pública (BOE n.o 185, de 3 de agosto de 1984); el
Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el cual se
aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de
determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función
pública (DOGC n.o 2509, de 3 de noviembre); el Decreto
182/1999 de la Generalitat de Catalunya, de 13 de julio, por
el cual se aprueba el texto íntegro de los Estatutos de esta
Universidad (DOGC n.o 2935, de 21 de julio); el acuerdo de la Junta
de Gobierno de la Universitat de Girona de 30 de abril de 1997,
por el cual se aprueba el Reglamento de acceso a las diferentes
escalas de funcionariado del personal de administración y servicios
de la Universitat de Girona (DOGC n.o 2503, de 24 de octubre),
y el resto de legislación aplicable a la materia y a las normas
contenidas en esta resolución.
1.3 Se convoca 1 plaza.
1.4 Denominación de la plaza: técnico superior.
1.5 El sistema de acceso de los aspirantes es el de concurso
oposición.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
será necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano miembro de la Unión Europea o encontrarse
incluido en el ámbito de aplicación de la disposición adicional
única de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso
a determinados sectores de la función pública de los ciudadanos
de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea.
b) Tener 18 años cumplidos.
c) Poseer el título de licenciado o equivalente o el resguardo
que acredite el abono de los derechos para la expedición del título.
En el caso de títulos expedidos en el extranjero, se tendrá que
presentar la fotocopia compulsada de la homologación oficial del
mencionado título por el Ministerio de Educación, Cultura y
Deportes.
d) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por
limitación física o psíquica que impida el ejercer normalmente las
correspondientes funciones. Con respecto a las personas
disminuidas, se atenderá a lo establecido en el Decreto 66/1999, de
9 de marzo.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni
encontrarse inhabilitado para el desarrollo de funciones públicas
por sentencia en firme.
Los aspirantes deberán demostrar unos conocimientos de
lengua catalana equivalentes al nivel de suficiencia de catalán (C)
de los certificados de la Dirección General de Política Lingüística
o equivalentes, ya sea adjuntando el mencionado certificado y
marcando con una X la casilla A de la solicitud, o mediante una
prueba específica realizada con esta finalidad durante la primera
prueba de la primera fase de la oposición.
Los requisitos establecidos en las normas anteriores tendrán
que cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes
3.1 Todo aquél que desee tomar parte en estas pruebas
selectivas deberá rellenar el modelo de solicitud normalizado que se
especifica en el anexo III de la presente resolución y que también
les facilitará el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat
de Girona (Pujada dels Alemanys, 16, Girona).
3.2 Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universitat de
Girona (edificio Les Àligues, plaza Sant Domènec, 3 - 17071
Girona), por cualquiera de los procedimientos establecidos por la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,
en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente de
la publicación de esta convocatoria en el BOE.
3.3 Las solicitudes deberán ir acompañadas de la fotocopia
compulsada del DNI o pasaporte, de la fotocopia compulsada del
título pertinente o del resguardo que acredite el abono de los
derechos para su expedición y, en su caso, de la fotocopia
compulsada del certificado de nivel de suficiencia de catalán (C) de
la Dirección General de Política Lingüística o equivalente. Las
equivalencias se especifican en la Orden CLT/197/2002, de 12
de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes
a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección
General de Política Lingüística (DOGC n.o 3660, de 19 de junio
de 2002).
3.4 Con el fin de evaluar los méritos en la fase de concurso,
los aspirantes, junto con la solicitud, también deberán presentar
la documentación justificativa de los méritos.
3.5 Los méritos correspondientes a los servicios prestados
en la Universitat de Girona se tienen que acreditar mediante un
certificado de servicios emitido por el Servicio de Recursos
Humanos de la Universitat de Girona o por el órgano competente en
materia de personal en el supuesto de prestación de servicios en
otras administraciones públicas, en el cual tiene que constar de
forma expresa el régimen jurídico, el cuerpo o la categoría y los
datos que señalen el periodo de prestación de servicios.
3.6 De conformidad con lo establecido por la normativa
vigente en materia de tasas y precios públicos de la Generalitat de
Catalunya, para inscribirse a la convocatoria los aspirantes deben
abonar la tasa de 43,77 euros. Este importe se ingresará
directamente en C aixa de Gir ona, cuenta número
2030.0105.61.3110001369, o mediante giro postal o telegráfico
en la cuenta, donde constará como nombre del remitente el mismo
que el del aspirante. Además, se deberá adjuntar a la solicitud
una fotocopia del resguardo de la imposición o del giro postal
o telegráfico. En la solicitud también deberá figurar el sello de
Caixa de Girona, en el caso de que los derechos de examen se
ingresen directamente en esta entidad. Serán declarados excluidos
de la convocatoria los candidatos que no observen estos requisitos.
Asimismo, serán excluidos los aspirantes que no hayan abonado
los derechos de examen dentro del plazo de presentación de
solicitudes. No se concede ningún plazo adicional para hacer el
correspondiente abono.
Con la justificación documental correspondiente, estarán
exentos de esta tasa los sujetos pasivos en situación de desempleo
que no perciban ninguna prestación económica.
Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar la adaptación
o la adecuación de tiempo y medios materiales para la realización
de las pruebas y de los ejercicios previstos en la convocatoria,
y alegar el motivo o motivos por los que lo solicitan.
Asimismo, los aspirantes con discapacidad podrán solicitar la
adaptación del puesto de trabajo. A los efectos de estas
adaptaciones, se considerará lo establecido en el artículo 7 del Decreto
66/1999, de 9 de marzo.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Antes del plazo de un mes a contar desde la finalización
del plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universitat
de Girona dictará resolución y aprobará la lista de aspirantes
admitidos y excluidos en esta convocatoria. La mencionada resolución
se publicará en el DOGC, y se indicará el lugar donde se encuentran
expuestas las listas.
4.2 Las personas con discapacidad serán admitidas a la
realización de las pruebas sin necesidad de acreditar sus condiciones
psíquicas, físicas o sensoriales antes de su comienzo, sin perjuicio
de que, una vez superado el proceso selectivo, al presentar la
documentación para ser nombradas funcionarios, tengan que
acreditar, igual que el resto de aspirantes, su capacidad para
desarrollar las funciones y tareas de los puestos que se convocan y prestar
el servicio público correspondiente.
4.3 Los errores materiales y de hecho de la Universitat de
Girona se podrán enmendar en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
4.4 Contra la resolución mencionada en la base 4.1, se
establecerá un plazo máximo de 10 días para enmendar errores y
para solicitar su rectificación.
Este plazo se contará a partir del día siguiente a la publicación
de la Resolución en el DOGC.
5. Fase de concurso
5.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, se valorarán los servicios efectivos prestados en la
Universitat de Girona o en cualquier administración pública, los cursos
de formación organizados dentro del Plan de Formación de la
Universitat de Girona y también los cursos específicos de formación
relacionados con la gestión documental y la archivística recibidos
en otras administraciones públicas.
La documentación acreditativa de estos méritos (original o
fotocopia compulsada) se tiene que anexar a la solicitud. Los méritos
que a criterio del tribunal no estén adecuadamente acreditados
no se tendrán en cuenta.
5.2 La valoración de la fase de concurso se hará pública como
mínimo con 48 horas de antelación a la fecha de realización del
primer ejercicio, en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos
Humanos de la Universitat de Girona (Pujada dels Alemanys, 16,
Girona).
Los aspirantes podrán solicitar la revisión de la valoración de
la fase de concurso en un plazo máximo de 3 días, a contar a
partir del día siguiente a la publicación de los resultados. Una
vez revisadas las alegaciones, el tribunal calificador publicará la
lista definitiva de valoración de la fase de concurso en el plazo
de 20 días, en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos
Humanos.
5.3 Baremo de evaluación de los méritos acreditados:
a) Antigüedad, hasta 2,5 puntos. Se valorará a razón de 0,25
puntos por año completo de servicios en la Universitat de Girona
o en cualquier administración pública.
b) Formación, hasta 2,5 puntos. Los cursos organizados
dentro del Plan de Formación de la Universitat de Girona se valorarán
dividiendo el número de horas de que conste por 100. Los cursos
específicos de formación relacionados con la gestión documental
y la archivística recibidos en otras administraciones públicas se
computarán únicamente si son de 10 o más horas y se valorarán
a razón del número de horas dividido por 200. Los cursos
específicos de formación relacionados con la gestión documental y
la archivística recibidos en otras administraciones públicas hasta
el 31 de diciembre de 1996 tendrán la misma consideración que
los cursos organizados dentro del Plan de formación de la
Universitat de Girona. En cualquier caso, la puntuación máxima por
curso será de 0,5 puntos.
La formación en lengua extranjera se valorará a razón de 0,10
puntos por curso superado en escuelas oficiales de idiomas o en
otras administraciones públicas, con un máximo de 1 punto.
Asimismo, los certificados oficiales o equivalentes se valorarán de
la forma siguiente:
Francés:
DALF (Diplome Approfondi en Langue Française): 0,5 puntos.
DELF 2.o grado (Diplome de Langue Française): 0,5 puntos.
DELF 1er grado (Diplome de Langue Française): 0,3 puntos.
ICC (International Certificate Conference): 0,2 puntos.
Inglés:
CPE (Proficiency): 0,5 puntos.
CAE (Advanced): 0,5 puntos.
CFE (First Certificate): 0,5 puntos.
PET (Preliminary English Test): 0,3 puntos.
KET (Key English Test): 0,2 puntos.
ICC (International Certificate Conference): 0,2.
Alemán:
ZOP (Zentrale Oberstufenprüfung): 0,5 puntos.
ZMP (Zentrale Mittelstufenprüfung): 0,5 puntos.
ZD (Zertifikat Deutsch): 0,5 puntos.
Grundbaustein Deutsch: 0,3 puntos.
ICC (International Certificate Conference): 0,2 puntos.
Italiano:
CELI 4 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,5
puntos.
CELI 3 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,5
puntos.
CELI 2 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,3
puntos.
CELI 1 (Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana): 0,2
puntos.
La posesión de un certificado oficial de un idioma excluye la
valoración de cualquier curso conducente a la obtención de este
certificado.
La formación en lengua catalana se valorará a razón de 0,10
puntos por curso recibido en la Administración pública. Asimismo,
los certificados de la Dirección General de Política Lingüística
o equivalentes se valorarán de la forma siguiente:
Generales:
Nivel básico de catalán (A básico): 0,1 puntos.
Nivel elemental de catalán (A elemental): 0,1 puntos.
Nivel intermedio de catalán (B): 0,2 puntos.
Nivel de suficiencia de catalán (C): 0,3 puntos.
Nivel superior de catalán (D): 0,4 puntos.
Específicos:
Conocimientos de lenguaje administrativo (G): 0,1 puntos.
Conocimientos de lenguaje jurídico (J): 0,1 puntos.
Conocimientos de lenguaje comercial (M): 0,1 puntos.
Capacitación para la corrección de textos orales y escritos (K):
0,1 puntos.
La posesión de un certificado oficial de lengua catalana excluye
la valoración de cualquier curso conducente a la obtención de
aquel certificado.
6. Fase de oposición
6.1 La oposición consta de cuatro fases obligatorias y
eliminatorias.
6.1.1 Primera fase. Consta de dos pruebas:
a) Primera prueba. Se realizarán diferentes ejercicios, con la
finalidad de evaluar las habilidades, la idoneidad y la capacidad
de adaptación de los aspirantes, así como los conocimientos de
catalán equivalentes al nivel de suficiencia de catalán (C) de la
Dirección General de Política Lingüística. Estarán exentos de
realizar el ejercicio de catalán los aspirantes que estén en posesión
del certificado de nivel de suficiencia de catalán (C) de la Dirección
General de Política Lingüística o equivalente.
b) Segunda prueba. Ejercicio de ofimática.-Se utilizará PC,
Windows 2000. Paquete de ofimática OfficeXP (tratamiento de
textos Word, hoja de cálculo Excel, y/o base de datos Access).
La prueba podrá ser con todos o con algunos de estos programas,
según el criterio del Tribunal.
Los conocimientos que se exigen son de nivel de usuario.
La valoración de estas pruebas será de apto o no apto. Para
superar esta primera fase, hay que obtener la valoración de apto
en cada uno de las pruebas.
6.1.2 Segunda fase:
a) Consta de dos ejercicios de carácter obligatorio.
Primer ejercicio, de carácter teórico. Consiste en desarrollar
por escrito tres temas relacionados con alguno de los enunciados
que figuran en los temarios del anexo II de esta convocatoria.
Uno corresponderá al temario general (I) y los otros dos al temario
específico.
Para efectuar este ejercicio los aspirantes dispondrán de 4
horas.
Cada tema será calificado con hasta un máximo de 20 puntos
y el conjunto del ejercicio con hasta un máximo de 60 puntos.
Serán eliminados los aspirantes que no consigan un mínimo de
30. Será igualmente necesario para superar el ejercicio obtener
un mínimo de 10 puntos en la calificación del tema relacionado
con los enunciados del temario general y un mínimo de 20 puntos
en la calificación conjunta de los dos temas relacionados con los
enunciados del temario específico.
Segundo ejercicio, de carácter práctico. Consiste en la
resolución de diferentes supuestos prácticos relacionados con los
contenidos de los temarios que se incluyen en el anexo II de esta
convocatoria.
Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán
utilizar normativa, manuales, y otra documentación que consideren
oportuna, previo examen y autorización por parte del Tribunal.
En este ejercicio o en alguna de sus partes, en su caso, los
aspirantes podrán trabajar con fotocopias de documentos y podrán
consultar los documentos y los expedientes originales que
permanecerán depositados en la mesa del Tribunal.
El ejercicio será calificado con hasta un máximo de 40 puntos
y serán eliminados los aspirantes que no consigan un mínimo
de 20.
b) También se realizará una prueba optativa con el fin de
evaluar los conocimientos de lengua inglesa. Esta prueba
incrementará en un máximo de 20 puntos la puntuación de esta segunda
fase que versa sobre el temario, siempre que se haya obtenido
la puntuación mínima de 60 puntos. Los aspirantes que opten
por realizar esta prueba deberán marcar con una X la casilla B
de la solicitud.
c) Si el tribunal calificador lo cree conveniente, podrá realizar
una entrevista personal con los aspirantes que hayan superado
esta segunda fase con el fin de valorar la idoneidad de las
características de los aspirantes a las tareas propias de la plaza
convocada. La valoración de la entrevista será de apto o no apto.
Asimismo, si lo cree conveniente, podrá solicitar a los aspirantes
la presentación de memorias o proyectos relacionados con temas
de organización documental y archivística, que serán valorados
con hasta un máximo de 30 puntos, los cuales incrementarían
la puntuación general obtenida por cada aspirante en esta fase.
6.1.3 Tercera fase: Los aspirantes deberán participar en un
curso selectivo de formación de 20 horas de duración con el fin
de adquirir los conocimientos prácticos necesarios para desarrollar
su tarea en la Universitat de Girona. La valoración de esta fase
será de apto o no apto.
6.1.4 Cuarta fase: Consistirá en un período de prácticas de
un año, con la finalidad de evaluar la capacidad y los
conocimientos que son objeto de las pruebas. Durante este periodo el
aspirante tendrá que superar y obtener un certificado de
aprovechamiento de 40 horas de los cursos del Plan de Formación
de la Universitat de Girona.
6.1.5 La calificación final de las pruebas selectivas se
determinará por la suma de las puntuaciones obtenidas en el concurso
y en la oposición.
7. Tribunal
7.1 El tribunal calificador de las pruebas está compuesto por
los siguientes miembros:
Miembros titulares:
Presidente: Josep Oriol Llebot Majó.
Secretario: Miquel Casademont Donay.
Vocales: Joan Martí Bonmatí.
Antoni Borfo Bach.
Àngels Bernal Cercos.
Miembros suplentes:
Presidente: Ramon Moreno Amich.
Secretario: M. Asunción Rodríguez Vilert.
Vocales: Joaquim Rabaseda Tarrés.
Joaquim Borràs Gómez.
Alfred García Puig.
Asesor del tribunal calificador en la valoración de la prueba
de conocimientos de lengua catalana: M. del Mar Anton Pedrosa.
7.2 El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera, de conformidad con lo establecido el Decreto
337/1988, de 17 de octubre, de regulación y actualización de
indemnizaciones por razón de servicios en la Generalitat de
Catalunya y de revisión de los importes de determinadas
indemnizaciones, modificado por el Decreto 201/1993, de 27 de julio.
7.3 El tribunal no puede aprobar ni declarar que ha superado
el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de las
plazas que son objeto de la convocatoria.
7.4 La abstención y la recusación de los miembros del tribunal
se tiene que ajustar a lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento administrativo
común. El rector de la Universidad resolverá las cuestiones de
abstención o recusación que se planteen en el plazo de ocho días
desde la recepción en la Oficina Central de Registro de esta
Universidad, una vez escuchadas las partes implicadas.
7.5 El tribunal podrá acordar, si lo considera conveniente,
la incorporación de asesores o especialistas, con voz y sin voto.
Su nombramiento se hará constar en el acta de la reunión en
que se disponga. La evaluación definitiva de los aspirantes es
competencia del tribunal.
El tribunal podrá contar con el auxilio material de las personas
de la plantilla del personal funcionario de administración y
servicios de la Universitat de Girona que expresamente solicite a
título de colaboradores.
7.6 De acuerdo con la base 3, el tribunal adoptará las medidas
necesarias a fin de que los aspirantes discapacitados disfruten
de igualdad de oportunidades para la realización de las pruebas
que el resto de aspirantes.
El tribunal decidirá sobre las peticiones de adaptaciones que
se efectúen y tendrá en consideración que no comporten un gasto
excesivo. Con esta finalidad, podrá pedir un informe sobre la
solicitud de adaptación a los equipos de valoración multiprofesional.
Asimismo, también se podrá solicitar el correspondiente
dictamen a los equipos multiprofesionales u órganos técnicos
competentes en relación con la procedencia de las mencionadas
adaptaciones y de la compatibilidad con el desarrollo de las funciones
y tareas del puesto que se convoca.
7.7 Cualquier duda que pueda surgir en la interpretación y
aplicación de estas bases será resuelta por el tribunal
correspondiente.
7.8 A los efectos de comunicaciones y otras incidencias, el
tribunal tendrá su sede en el Servicio de Recursos Humanos de
la Universitat de Girona.
8. Desarrollo de las pruebas
8.1 En cualquier momento el tribunal podrá pedir a los
aspirantes la acreditación de su personalidad mediante la presentación
de su DNI o pasaporte.
8.2 El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas
se iniciará por el primer aspirante cuyo apellido empiece por la
letra "Z", de conformidad con el resultado del sorteo público para
determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos
selectivos que se realicen durante el año 2003 para el ingreso
a la función pública de la Generalitat (Resolución del
Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de 17 de
diciembre de 2002, DOGC n.o 3786, de 26 de diciembre de 2002),
a menos que en el momento de la realización de las pruebas se
haya efectuado el sorteo correspondiente para el año 2004.
8.3 Los aspirantes serán convocados para cada prueba en
un llamamiento único e individualizado. Los miembros del tribunal
calificador no permitirán el acceso a la sala donde se realicen
las pruebas a las personas que comparezcan una vez cerrado el
llamamiento de los aspirantes convocados.
Los aspirantes que no comparezcan puntualmente a cualquier
prueba con independencia de su carácter, salvo los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el
tribunal, serán excluidos del proceso selectivo.
8.4 La primera prueba de la primera fase tendrá lugar durante
la primera quincena del mes de octubre de 2003.
8.5 La autoridad convocante, por sí misma o a propuesta
del presidente del tribunal, podrá preguntar, a los efectos
procedentes, la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea
que existan inexactitudes o falsedades en las que hayan podido
incurrir los aspirantes, que podrán ser excluidos motivadamente
de la convocatoria en cualquier momento cuando no cumplan los
requisitos.
8.6 Después de cada una de las pruebas y una vez hechas
públicas las listas de valoración, los aspirantes podrán solicitar
la revisión de la valoración en un plazo máximo de tres días,
a contar a partir del día siguiente de la publicación de los
resultados. Una vez revisadas las alegaciones, el tribunal calificador
publicará las listas de valoración definitivas en el plazo de 20
días en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos.
9. Lista de aprobados, presentación de documentación
y nombramiento de funcionarios en prácticas
9.1 El tribunal, una vez hecha pública en el tablón de anuncios
oficiales de la Universitat de Girona y en el Servicio de Recursos
Humanos la lista definitiva con el aspirante que haya superado
la tercera fase, elevará al rector la propuesta de nombramiento
de funcionario en prácticas.
9.2 El aspirante propuesto tendrá que presentar en el Servicio
de Recursos Humanos de la Universitat de Gerona, dentro del
plazo de 20 días naturales a contar desde la fecha de publicación
de la lista de aprobados, los siguientes documentos:
a) Dos fotografías (tamaño carné).
b) NIF (fotocopia compulsada).
c) Certificado médico oficial acreditativo de no sufrir ninguna
enfermedad ni disminución que impida el ejercicio normal de las
tareas propias de la plaza a cubrir a la que se refiere la base
1.1 de esta convocatoria. Este certificado tiene que haber sido
expedido dentro de los tres meses anteriores a su presentación.
d) Declaración de no estar inhabilitado para el ejercicio de
las funciones públicas ni estar separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquier administración pública.
e) Si el aspirante tiene reconocida la condición legal de
disminuido, dictamen expedido por el equipo multiprofesional
competente o por el órgano técnico competente, en los términos
previstos en el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso
a la función pública de las personas con discapacidad y de los
equipos de valoración multiprofesional. A estos efectos, el
interesado tiene que dirigirse a los centros del Institut Català
d'Assistència i Serveis Socials (ICASS) del Departamento de Bienestar
y Familia.
f) Declaración de no estar incluido en ninguno de los
supuestos de incompatibilidades previstos por la legislación vigente, o
ejercer, dentro del plazo de toma de posesión, la opción prevista
en el artículo 10 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
de la Generalitat.
9.3 El rector nombrará funcionario en prácticas al aspirante
propuesto que haya presentado la documentación señalada en
la base anterior, el cual dispondrá del plazo de un mes para la
toma de posesión.
9.4 Si no presenta la documentación necesaria a que hace
referencia la base 9.2, salvo los casos de fuerza mayor, que serán
debidamente comprobados por la autoridad convocante, dentro
del plazo de 20 días, y si no cumple los requisitos necesarios,
podrá ser nombrado, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que haya podido incurrir
en el caso de falsedad.
9.5 Una vez finalizada la cuarta fase, el tribunal elevará al
rector la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera
de la escala facultativa de archivos y bibliotecas, especialidad de
archivos, grupo A, de la Universitat de Girona, del aspirante que
la haya superado.
9.6 Durante el período comprendido entre la finalización del
periodo de prácticas (cuarta fase) y la toma de posesión como
funcionario de carrera, el aspirante propuesto permanecerá como
funcionario en prácticas.
9.7 La resolución del rector por la que se nombra al aspirante
propuesto funcionario de carrera de la escala facultativa de
archivos y bibliotecas, especialidad de archivos, grupo A, de la
Universitat de Girona, se publicará en el DOGC. El aspirante
dispondrá, a partir de la publicación de la resolución, del plazo de
un mes para la promesa o el juramento y la toma de posesión
de la plaza de técnico superior de la Unidad de Gestión
Documental, Archivo y Registro. El aspirante seleccionado que en los
plazos establecidos no tome posesión de la plaza perderá
automáticamente su derecho.
10. Norma final
Contra este acto, que agota la vía administrativa, e
independientemente de su ejecución inmediata, las personas interesadas
pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación
o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, tal
y como disponen los art. 8.2.a), 10.1.a), 46.1 y 14.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción de lo contencioso
administrativo.
Sin embargo, los interesados podrán optar por interponer
contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante del mismo órgano que la dictó. En este caso, no se
podrá interponer el recurso contencioso administrativo
anteriormente mencionado mientras recaiga resolución expresa o presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de régimen jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero de 1999.
ANEXO II
Temario de las pruebas para el acceso a la escala facultativa
de archivos y bibliotecas, especialidad de archivos, grupo A,
para ocupar la plaza de técnico superior en gestión documental
y archivos de la Unidad de Gestión Documental, Archivo y
Registro de la Universitat de Girona
I. TEMARIO GENERAL: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO Y
ORGANIZACIÓN UNIVERSITARIA
I. Derecho constitucional. Organización política y administrativa
del Estado
Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura,
contenido y principios generales. Derechos y deberes fundamentales.
Bases constitucionales de la organización y la actuación de las
administraciones públicas. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. La organización y las funciones de los poderes del
Estado: la Corona; las Cortes Generales; el Gobierno; el poder
judicial.
Tema 3. La organización territorial del Estado. La
Administración local: entes que la integran. Las comunidades autónomas:
constitución y competencias. Los estatutos de autonomía:
naturaleza jurídica y contenido. Distribución de competencias.
Organización. La financiación de las comunidades autónomas.
II. La Organización Política e Institucional de Cataluña
Tema 4. El Estatuto de Autonomía de Cataluña de 1979:
estructura y contenido. Competencias de la Generalitat de
Cataluña. La reforma del Estatuto.
Tema 5. La organización política y administrativa de la
Generalitat de Cataluña. Las instituciones que la integran y sus
funciones. La estructura de la Administración de la Generalitat: los
departamentos, los organismos autónomos, las empresas públicas.
III. La Unión Europea y el Derecho Comunitario
Tema 6. Las fuentes del derecho comunitario: los tratados,
los reglamentos y las directivas. Los fundamentos y los principios
de la Unión Europea. Las libertades básicas comunitarias. Las
instituciones comunitarias.
IV. La Universidad
Tema 7. El sistema universitario español y catalán. La
legislación y otra normativa básica universitaria. La Ley orgánica de
universidades y la Ley de universidades de Cataluña: principios,
estructura, contenidos y desarrollo.
Tema 8. Los Estatutos de la Universitat de Girona: principios,
estructura y contenidos. La organización académica y el gobierno
de la universidad.
V. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Adminitrativo Común
Tema 9. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento
administrativo común: ámbito de aplicación, organización
administrativa, contenidos básicos y principios generales del procedimiento
administrativo.
Tema 10. La teoría del acto administrativo: concepto, clases
y elementos. La invalidez del acto administrativo. La revisión de
los actos administrativos.
VI. La Función Pública
Tema 11. Las bases de la función pública española. El
personal al servicio de las administraciones públicas: tipología y
régimen aplicable, derechos y deberes, incompatibilidades,
situaciones administrativas y responsabilidades.
Tema 12. El personal al servicio de la universidad. Tipo y
categorías, mecanismos de selección y acceso. Sistemas de
provisión de puestos de trabajo. La carrera y la promoción profesional.
Los sistemas retributivos y la protección social.
VII. Los Estudiantes
Tema 13. Los derechos y los deberes de los estudiantes. El
acceso y la permanencia en la universidad. Las becas, la movilidad,
el asociacionismo y la representación estudiantil.
VIII. Las Enseñanzas Universitarias
Tema 14. Régimen general de las enseñanzas universitarias:
tipo, estructura y organización. Los procedimientos de gestión
académica de la Universitat de Girona.
IX. La investigación y la transferencia del conocimiento
Tema 15. La organización y la gestión de la investigación.
Las principales fuentes de financiación de la investigación en las
universidades. Las modalidades de transferencia del conocimiento
y su articulación.
X. El régimen económico y contable
Tema 16. El presupuesto de la Universitat de Girona.
Estructura y contenido. Los créditos y sus modificaciones. Ejecución
y liquidación del presupuesto; especial referencia a la gestión del
presupuesto de gastos. La contabilidad y la tesorería.
II. TEMARIO ESPECÍFICO: LA GESTIÓN DOCUMENTAL Y LOS ARCHIVOS
UNIVERSITARIOS
Tema 1. La documentación administrativa: concepto, valores
y soportes. El ciclo de vida de la documentación.
Tema 2. Los conceptos de archivo y de archivística. Análisis
de su evolución histórica. Tipos de archivos y funciones.
Tema 3. El régimen jurídico de la documentación y los
archivos. Marco jurídico y normativa reguladora.
Tema 4. Los sistemas archivísticos del Estado español y de
la Generalitat de Cataluña: organización, tipología y funciones
de los órganos y los centros que los integran.
Tema 5. Los documentos y los expedientes de la universidad.
Naturaleza y contenidos de las principales tipologías y series
documentales. Las funciones y las actividades que los generan.
Tema 6. Origen y evolución de los archivos universitarios.
Modelos tradicionales y contemporáneos de archivos
universitarios: organización y funciones.
Tema 7. El sistema de gestión documental y archivo en la
universidad: definición, contenido, estructura, funciones y
objetivos.
Tema 8. El sistema de gestión documental y archivo:
principios, procesos y fases para su implantación. Implicaciones y
aportaciones de los sistemas de gestión documental y archivo a
las funciones generales de la universidad, docentes, de
investigación y administrativas.
Tema 9. La organización de la documentación administrativa:
la clasificación. El cuadro de clasificación y el proceso de
clasificación: principios, finalidades, tipo de cuadros, sistemas y
procedimientos para su elaboración y aplicación, resultados.
Tema 10. La ordenación y el archivo de la documentación
administrativa y los archivos. Sistemas y metodologías atendiendo
a la diferente naturaleza y soportes de los documentos.
Tema 11. El acceso y la recuperación de la documentación
administrativa y los archivos: la descripción. Metodologías, niveles
y sistemas de descripción. Los instrumentos resultantes.
Tema 12. La normalización de la descripción archivística
especialmente en fondos inactivos de conservación permanente.
Las normas internacionales y las adaptaciones nacionales.
Tema 13. La evaluación y la elección documental. El
procedimiento de valoración de series documentales: regulación
jurídica, contenidos, finalidades. El calendario de conservación y
eliminación documental: elaboración y aplicación.
Tema 14. El programa de documentos esenciales de la
universidad: definición, contenido y finalidades. Procesos de
elaboración y de implantación.
Tema 15. El proceso documental en un sistema de archivos
universitario. Las transferencias de documentación: criterios,
modalidades, organización y tratamiento. Los instrumentos de
control. Los ingresos extraordinarios de documentación.
Tema 16. La disponibilidad y el uso de la documentación
y los archivos universitarios. Sistemas y modalidades de acceso,
consulta, préstamo y difusión. El servicio a la comunidad
universitaria, a la Administración y a los ciudadanos: motivaciones
y finalidades.
Tema 17. El régimen jurídico del acceso a la documentación
y a los archivos. Especial referencia a la información y la
documentación producida, tratada, almacenada y difundida
automáticamente. La protección de los derechos y los datos de carácter
personal.
Tema 18. La informática y la telemática en la producción,
el tratamiento, el mantenimiento y la difusión de la documentación
administrativa y los archivos: posibilidades, alcance, modalidades,
aplicaciones y resultados. Ventajas e inconvenientes que comporta
su aplicación.
Tema 19. La administración electrónica: regulación,
perspectivas, posibilidades y retos. Su incidencia en los sistemas de gestión
documental y archivo. Especial referencia a los certificados y la
firma electrónica.
Tema 20. Documentos en soportes no tradicionales al ámbito
universitario. Tipologías, causas que motivan su producción y uso;
requerimientos específicos para su generación, tratamiento y
conservación.
Tema 21. Las secciones y los fondos especiales del archivo
universitario: sección histórica, de imágenes, de soportes no
tradicionales, fondos privados e institucionales, etc. Creación,
contenido, requerimientos específicos de gestión y finalidades y
modalidades de uso y difusión.
Tema 22. El archivo como centro de conservación
documental: condiciones y características del edificio, las instalaciones y
los equipamientos. Causas físico-químicas, biológicas y
ambientales de la alteración y la degradación de los soportes
documentales. Medidas preventivas y correctoras.
Tema 23. Las funciones social, cultural y pedagógica del
archivo universitario. Servicios y actividades para su
cumplimiento.
Tema 24. La gestión de la calidad en un archivo universitario:
objetivos, contenido, evaluación y mejora de los servicios. La
aplicación de las normas ISO genéricas y específicas.
Tema 25. Entidades y organizaciones de ámbito autonómico,
estatal e internacional relacionadas con la gestión documental
y los archivos. Funciones y prestaciones. La cooperación
interuniversitaria en gestión documental y archivos.
Tema 26. La universidad: origen, creación y desarrollo. Los
antecedentes de la Universitat de Girona. La trayectoria histórica
de las instituciones de enseñanza superior en la ciudad de Girona.
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