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Documento BOE-A-2003-13223

Resolución de 16 de junio de 2003, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/1276/2002, de 30 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2003, páginas 25517 a 25529 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2003-13223

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la base 10.4. y siguientes

de la Orden de 30 de abril de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"

de 4 junio), por la que se convocaban pruebas selectivas para

ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia,

turno libre, remitida por el Tribunal calificador la propuesta

definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas.

Esta Secretaría de Estado acuerda:

Primero.-Aprobar la propuesta definitiva de aspirantes que

han superado las pruebas selectivas en cada ámbito territorial

y que figuran en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, contados a

partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado", los aspirantes que figuran como aprobados en esta

relación definitiva, deberán presentar en el Registro General del

Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la

Manzana, número 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, los documentos siguientes:

A) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de

identidad.

B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria

o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas

las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título,

acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos

para la expedición del título.

C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función

de Auxiliar de la Administración de Justicia, expedido por el

Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda

al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún Régimen

de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales

del Ministerio de Sanidad y Consumo u organismos

correspondientes de las Comunidades Autónomas.

Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados

con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar

certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad

funcional para desempeñar las tareas propias que corresponden al

Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia.

D) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de

incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento

disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas

o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de

funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera

sido rehabilitado (anexo II).

Tercero.-Ante la imposibilidad debidamente justificada de no

poder presentar los documentos expresados en el apartado

anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas

en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible

en derecho.

Cuarto.-Los aspirantes que tuvieran la condiciones de

funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas

condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u

Organismo de que dependan, por la que se acredite su condición y

cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Quinto.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza

mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos

en la base 2.1 de la convocatoria, no podrán ser nombrados

funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

Sexto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de

reposición, ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes

o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses. El plazo,

en ambos casos, se contará a partir del día siguiente de la

publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente Resolución.

Madrid, 16 de junio de 2003.-El Secretario de Estado, P. D.

(O. de 29 de octubre de 1996), el Director general de Relaciones

con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Medios Personales al Servicio

de la Administración de Justicia.

ANEXO I (Ver imágenes páginas 25519 a 25528)

ANEXO II

Don/doña .......................................................................,

con domicilio en ..............................................., de ........ años

de edad, con DNI número ........................ declaro bajo juramento

o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo

de Auxiliares de la Administración de Justicia, que no he sido

separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas

y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad

e incopatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En ..................... a ........ de ..................... de 2003.

El declarante,

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