La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en
Sentencia de 21 de mayo de 2001, hoy firme, condenó al entonces
Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Jesús López Álvarez,
con DNI 1.168.860, adscrito a la plantilla de Madrid, actualmente
jubilado por incapacidad permanente, como autor de dos delitos
de detención ilegal, un delito de daños, y dos faltas de lesiones,
además de otras, a la pena de inhabilitación absoluta por tiempo
de diez años para el ejercicio de todo empleo, honores y cargo
público e incapacidad para obtenerlo, referida a la de funcionario
de Policía, por cada uno de los delitos de detención ilegal.
El citado Tribunal mediante escrito de 25 de marzo de 2003,
remitió a la Dirección General de la Policía testimonio del Auto
de liquidación de la citada condena de inhabilitación, en el que
consta que quedará extinguida el día 1 de marzo de 2023.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
37.1.d.) del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles
del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero,
según redacción dada por el artículo 105, uno, de la Ley 13/1996
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, "la condición de funcionario se pierde cuando
recaiga pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta".
Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Jesús
López Álvarez, ex Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como,
la incapacidad de obtenerla antes del día 1 de marzo de 2023.
Madrid, 12 de mayo de 2003.-El Secretario de Estado, Ignacio
Astarloa Huarte-Mendicoa.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid