Por existir en la Región Militar Sur la instalación militar polígono de tiro «La Pastora» situada en el término municipal de Castilleja de Guzmán (Sevilla), se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarla, así como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Sur, dispongo:
A los efectos prevenidos en el Capítulo II del Título I del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, la instalación militar polígono de tiro «La Pastora», se considera incluido dentro del Grupo Quinto de los regulados por el artículo 8 de dicho texto legal.
De conformidad con lo establecido por el artículo 27 del citado Reglamento, la Zona de Seguridad quedará fijada entre el perímetro de la instalación militar y el polígono determinado por los siguientes puntos, expresados en coordenadas UTM:
Puntos | Coordenadas U.T.M. | |
---|---|---|
X | Y | |
A | 230653.38 | 4146080.18 |
B | 231132.53 | 4145555.62 |
C | 230302.57 | 4144169.60 |
D | 229639.22 | 4144454.65 |
E | 229845.45 | 4144731.19 |
F | 229841.20 | 4144948.17 |
G | 229617.96 | 4144929.03 |
H | 229605.20 | 4145058.79 |
I | 229873.09 | 4145258.75 |
J | 229741.27 | 4145433.83 |
K | 229966.64 | 4145765.51 |
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de junio de 2003.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid