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Documento BOE-A-2003-14357

Orden DEF/2002/2003, de 2 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas".

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 2003, páginas 27934 a 27941 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2003-14357

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003

de 21 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 46 del 22),

por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003

y con el fin de atender las necesidades de personal de la

Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de

Técnica Aeroespacial, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 7 plazas de

la Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA,

Código 5310, de las cuales 3 se convocan por el sistema general de

acceso libre, y 4 se reservan para dar cumplimiento a lo dispuesto

en el Artículo 3 del Real Decreto 999/2002, de 27 de septiembre,

(B.O.E. de 9 de octubre), sobre valoración como mérito del tiempo

de servicios prestados en las Fuerzas Armadas como militar

profesional de tropa y marinería o reservista voluntario y la reserva

de plazas para militares profesionales en el acceso a la

Administración del Estado.

Las plazas sin cubrir del cupo de reserva a militares

profesionales, se acumularán al cupo de plazas libres.

El conjunto de plazas ofertado se distribuye por Áreas de

Especialización y localización geográfica en la forma en que se relaciona

a continuación:

Plazas

libresTotalÁreadeespecialización Plazas

reserva Destino

Régimen de

personal I+D+I.

1 1 INTA-Torrejón de Ardoz

(Madrid).

Ingeniería

Aeroespacial.

3 1 2 INTA-Torrejón de Ardoz

(Madrid).

Química. 3 1 2 F.N. La Marañosa San

Martín de la Vega (Madrid).

Total ............ 7 3 4

A los efectos de participación en los procesos selectivos

correspondientes a las plazas reservadas a militares profesionales, se

entenderá que los servicios prestados en las especialidades que

a continuación se relacionan guardan relación con las funciones

a desempeñar en los puestos a los que se opta. (Real Decreto

207/2003, de 21 de febrero, B.O.E. de 5 de marzo)

Especialidad: Ingeniería Aeroespacial

Ejército de Tierra: Ninguno.

Armada: Ninguno.

Ejército del Aire: Ingenieros, y Técnicas Aeroespaciales (Cuerpo

de Ingenieros).

Especialidad: Química

Ejército de Tierra: Química (Cuerpo de Ingenieros Politécnicos).

Armada: Ninguno.

Ejército del Aire: Ninguno.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en la

primera quincena del mes de septiembre. La duración máxima

del proceso selectivo será de cuatro meses, contados a partir de

la fecha de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún

Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,

Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas

en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica que sea incompatible con el

desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado mediante

expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.1.6 Además de los requisitos anteriormente enumerados,

el personal militar profesional que participe en estas pruebas

selectivas optando a alguna de las plazas reservadas para este colectivo,

deberá cumplir los siguientes:

a) Haber cumplido, como mínimo, tres años de servicio en

las Fuerzas Armadas como militar profesional.

b) Acreditar que durante ese periodo los servicios prestados,

aptitudes o titulaciones adquiridas como militar guardan relación

con las funciones correspondientes a la plaza a la que se opta.

A tales efectos, por el Órgano responsable de personal de cada

Ejército se expedirá conforme al Anexo V de esta convocatoria

certificación a los interesados relativa al cumplimiento de este

requisito. En la expedición del mencionado certificado, que se

deberá adjuntar a la solicitud, se tendrá en cuenta lo dispuesto

en la base 1.1.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Defensa, o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo común, en el plazo de veinte días naturales

contados, a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al

Subsecretario de Estado de Defensa. La no presentación de la

solicitud en tiempo y forma, supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas,

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109),

en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban

Terradas" (Crta. de Torrejón a Ajalvir, s/n Km. 4 Torrejón de Ardoz),

en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función

Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el

extranjero y en la página de Internet: www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de

especialización de las señaladas en la base 1.1 de esta convocatoria.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor, o

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan

en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse

en España en régimen de estancia, deberán presentar una

fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos, deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Director General de Personal del Ministerio de Defensa dictará

Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada

la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,

apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad

o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar

el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados

a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución.

Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta

al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora

de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 Los Tribunales Calificadores de estas pruebas serán los

que figuran en el Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación de los Tribunales se

ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás

disposiciones vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros de los

Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los

Tribunales tendrán su sede en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, Km 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), teléfono 91 5201311 ó 5201243, dirección

de correo electrónico marinentUinta.es.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Dentro de cada Área de Especialización, el orden de

actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero

de la letra "X" de conformidad con lo establecido en la Resolución

de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha

10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14). En el

supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido

comience por la letra X, el orden de actuación se iniciará por

aquellos otros cuyo primer apellido comience por la letra Y, y

así sucesivamente.

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

Los Tribunales podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede de

los Tribunales señalada en la base 5.4.

6.4 Los Tribunales adoptarán las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean

escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, los

Tribunales harán públicas, en el lugar o lugares de celebración

del último ejercicio y en la sede de los Tribunales, las relaciones

de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada

uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, los Presidentes de los

Tribunales elevarán a la autoridad convocante la relación definitiva

de aspirantes que han superado las mismas por orden de

puntuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte

días naturales, desde la publicación, para la presentación de la

documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la

convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

Área de Especialización.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada Área de

Especialización, de acuerdo con la puntuación total obtenida según

la petición de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el

día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de

reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Defensa, en

el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación,

significándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente

o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 2 de julio de 2003.

TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y Presidente

del Tribunal Calificador

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición.

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, de

carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en idioma

castellano, un tema de las materias comunes y dos temas de las

materias específicas del programa que figura en el Anexo II de

esta convocatoria, que serán seleccionados al azar en el momento

del inicio de la prueba.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un período de tiempo de cuatro horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste lo disponga, que lo calificará

valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad

de expresión escrita, así como su forma de presentación y

exposición.

La calificación máxima de este ejercicio será de cincuenta

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de veinticinco puntos

para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Este ejercicio, de carácter práctico,

consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico

relacionado con el programa que figura en el Anexo II de esta

convocatoria. El Tribunal elaborará tres supuestos, de los que

el aspirante extraerá dos al azar en presencia del Tribunal y

resolverá uno, a su elección, de entre los dos extraídos. Para la

realización de este ejercicio el aspirante podrá llevar consigo y

consultar toda la documentación que estime necesaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste lo disponga, con carácter previo a

su calificación.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo

máximo de quince minutos formulará preguntas sobre el tema

desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.

Se otorgará una calificación máxima de cincuenta puntos,

siendo necesario obtener veinticinco puntos para superar el mínimo.

En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal, incluido el

secretario, calificará por separado a cada aspirante, pudiéndole

adjudicar de cero al máximo de puntos que para cada ejercicio se

señala en los párrafos precedentes del presente apartado. El valor

medio de las puntuaciones computadas constituirá la calificación

del ejercicio. Para calcular este valor medio se excluirá del

cómputo de puntuaciones del aspirante en el ejercicio, la más alta

y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida más

de una máxima y una mínima.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios

de la misma.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo

ejercicio, y, en su caso, en el primero.

Todos los ejercicios serán realizados en el Instituto Nacional

de Técnica Aeroespacial, Ctra. Torrejón-Ajalvir, km. 4. Torrejón

de Ardoz (Madrid).

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

ANEXO II

Programa

PRIMERA PARTE. MATERIAS COMUNES

Organización y funcionamiento de la Administración General

del Estado

1. El ordenamiento jurídico administrativo (I). Fuentes. La

Constitución Española. La Ley. Sus clases. Los tratados

internacionales.

2. El ordenamiento jurídico administrativo (II). Los principios

de reserva de Ley, de jerarquía y de competencia. Disposiciones

del ejecutivo con fuerza de ley.

3. El ordenamiento jurídico administrativo (III). El

Reglamento: Concepto y clases. Fundamento de la potestad reglamentaria.

Límites.

4. Los actos jurídicos de la Administración Pública: Públicos

y privados. El acto administrativo: Concepto, elementos y clases.

5. La eficacia de los actos administrativos. Su ejecutividad.

La ejecución forzosa por la Administración. Nulidad de pleno

derecho y anulabilidad. Revisión de oficio.

6. El procedimiento administrativo. Concepto y

caracterización. El procedimiento administrativo común. Sus fases.

7. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

8. Recursos Administrativos. Reclamaciones previas al

ejercicio de acciones en vía judicial.

SEGUNDA PARTE.MATERIAS ESPECÍFICAS

Área de Especialización: Régimen de Personal de I+D+I

1. Fomento y coordinación general de la investigación

científica y tecnológica en España. El Plan Nacional de Investigación

Científica y Desarrollo Tecnológico.

2. Los Organismos Públicos de Investigación (I). Misiones y

estructura. Régimen de personal, económico-financiero y de

contratación.

3. Los Organismos Públicos de Investigación (II). Explotación

y cesión de invenciones realizadas en los Entes Públicos de

Investigación.

4. El INTA. Disposiciones generales. Organización. Creación

de Unidades de I+D. Régimen económico-financiero, patrimonial,

de contratación y de personal.

5. El Comité de Coordinación Funcional de Organismos

Autónomos de Investigación y Experimentación: Composición y

funciones.

6. La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología:

Composición y funciones.

7. El Consejo Asesor para la Ciencia y la Tecnología.

Naturaleza, funciones, composición y funcionamiento.

8. Los Organismos Públicos de la AGE. Organismos

Autónomos.

9. El servicio público. Formas de gestión: Directa e indirecta.

10. Organismos autónomos de investigación del Ministerio

de Defensa: Organización y funciones. Otros organismos

autónomos: Naturaleza.

11. Organización general del Ministerio de Defensa: Estado

Mayor de la Defensa. Secretaría de Estado de la Defensa.

Subsecretaría de Defensa. Ejército de Tierra, Armada y Ejército del

Aire.

12. Servicios periféricos del Ministerio de Defensa:

Delegaciones de Defensa. Competencias en materia de personal civil

atribuidas a los Delegados de Defensa.

13. La planificación de Recursos Humanos en las

Administraciones Públicas. La Oferta de Empleo Público. Los Planes de

Empleo. Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT).

14. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Clasificación y características. Regímenes especiales.

15. Órganos de la Función Pública. Distribución de

competencias en materia de personal en la AGE.

16. El personal laboral de la AGE. Singularidades de su

régimen jurídico. Aproximación de los regímenes del personal

funcionario y laboral.

17. Régimen jurídico de los funcionarios públicos:

Funcionarios de carrera y de empleo, Cuerpos y Escalas, Grupos y Niveles.

Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

18. Procesos de consolidación de empleo temporal y de

funcionarización en el ámbito de las Administraciones Públicas.

19. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la

AGE (I). Ámbito de aplicación y vigencia. La CIVEA. Comisiones

y Subcomisiones de la CIVEA. Subcomisiones Departamentales.

20. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la

AGE (II). Sistema de clasificación de personal.

21. Cobertura de puestos de trabajo y promoción en el ámbito

del Convenio Único. La contratación temporal en la AGE y sus

Organismos Autónomos.

22. Modificación de las condiciones de trabajo: Movilidad

funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones

de trabajo. Regulación para el Personal Laboral de la AGE.

23. Jornada, horario de trabajo, vacaciones, licencias y

permisos del Personal Laboral de la AGE.

24. Régimen de excedencias y reingresos del Personal Laboral

de la AGE. Suspensión con reserva de puesto de trabajo.

25. Régimen disciplinario del Personal Laboral de la AGE.

Faltas y sanciones. Procedimiento sancionador. Prescripción de

faltas.

26. El contrato de trabajo: Concepto, capacidad para

contratar, forma, período de prueba, información a los representantes

de los trabajadores y comunicación a las oficinas de empleo.

Duración del contrato de trabajo: Distinción entre contrato de trabajo

fijo e indefinido en el ámbito de la Administración Pública.

27. Tipos de contrato de trabajo (I): El contrato de trabajo

de interinidad: Duración, jornada, formalización y extinción. Otras

características.

28. Tipos de contrato de trabajo (II): El contrato de trabajo

eventual por circunstancias de la producción: Duración, jornada,

formalización y extinción. Otras características.

29. Tipos de contrato de trabajo (III). El contrato de trabajo

en prácticas: Requisitos de los trabajadores y del puesto.

Formalización y duración. Incentivos. Otras características.

30. Tipos de contrato de trabajo (IV). El contrato de trabajo

para la incorporación de investigadores al sistema español de

ciencia y tecnología: Requisitos de los trabajadores y de la empresa.

Formalización, duración y jornada. Otras características.

31. Tipos de contrato de trabajo (V). El contrato de trabajo

de obra o servicio determinado: Duración, jornada y formalización.

Otras características. Extinción del contrato: Peculiaridades de

los Organismos Públicos de Investigación.

32. Tipos de contrato de trabajo (VI). La contratación en

sustitución por anticipación de la edad de jubilación en la AGE.

Formalización, duración y jornada. Otras características.

Procedimiento de cobertura del puesto.

33. La contratación de personal laboral temporal con cargo

a créditos de inversiones. Condiciones y procedimiento.

34. Régimen de representación del Personal Laboral en el

Ministerio de Defensa.

35. Proceso de elecciones sindicales para elegir órganos de

representación de personal laboral.

36. Extinción de contrato de trabajo. Especial referencia a

la extinción del contrato de trabajo por jubilación y por despido

disciplinario en el ámbito del Convenio Único.

37. La Seguridad Social. Régimen General y regímenes

especiales. Acción protectora: Prestaciones por IT y por IP. Tratamiento

de estas dos situaciones para el personal laboral de la AGE.

Prestación por jubilación. Afiliación. Cotización: Bases y tipos de

cotización.

38. La prevención de riesgos laborales en España. Concepto.

Deberes y responsabilidades del empresario en materia de

seguridad y salud en el trabajo. Organización de la prevención en

las empresas.

39. La prevención de Riesgos Laborales en las

Administraciones Públicas.

40. Procedimiento laboral. Las partes. Evitación del proceso.

Proceso ordinario. Sentencia.

41. Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de

la AGE (I): Servicio activo. Servicios Especiales. Servicio en

Comunidades Autónomas. Expectativa de Destino.

42. Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de

la AGE (II): Excedencia Forzosa. Excedencia para el cuidado de

hijos. Excedencia Voluntaria. Suspensión de funciones.

43. Régimen de representación del Personal Funcionario en

el Ministerio de Defensa.

44. Proceso de elecciones sindicales para elegir órganos de

representación de personal funcionario.

45. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos de la

AGE. Faltas, sanciones y procedimiento sancionador. Prescripción

de faltas.

46. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del

personal laboral de la AGE.

47. Régimen de incompatibilidades del personal al servicio

de la AGE y sus Organismos Autónomos: Incompatibilidades con

actividades públicas y con actividades privadas. Normativa y

tramitación.

48. La formación de los empleados públicos. Acuerdos de

formación continua en la AGE. Planes de Formación.

49. La libre circulación de trabajadores en la Unión Europea.

Acceso a determinados sectores de la función pública de los

nacionales de los demás Estados miembros.

50. Ingreso del Personal Funcionario al servicio de la AGE.

Normas generales. La Oferta de Empleo Público. Órgano de

selección. Convocatoria y procedimiento selectivo.

51. Provisión de puestos de trabajo de los funcionarios civiles

de la AGE: Concurso. Libre Designación. Otras formas de

provisión.

52. La carrera profesional y promoción interna de los

funcionarios civiles de la AGE.

53. La jubilación del personal civil funcionario y laboral de

la AGE. Prolongación de la permanencia en el servicio activo del

personal civil funcionario.

54. Acuerdo Administración-Sindicatos de 13 de noviembre

de 2002 para el período 2003-2004, para la modernización y

mejora de la Administración Pública: Medidas dirigidas a

aumentar la eficacia y la calidad en la prestación de los servicios y a

favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral. Especial

referencia a jornada y horario de trabajo del personal civil al

servicio de la AGE.

55. Acuerdo Administración-Sindicatos de 13 de noviembre

de 2002 para el período 2003-2004, para la modernización y

mejora de la Administración Pública: Medidas dirigidas a impulsar

la profesionalización y cualificación de los empleados públicos,

a favorecer la estabilidad en el empleo, a mejorar las condiciones

de trabajo del personal y a la ordenación retributiva e incentivos

salariales.

56. La jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza.

Cuestiones a las que se extiende. Cuestiones excluidas. El objeto

del recurso contencioso-administrativo. Las partes procesales.

57. El recurso contencioso-administrativo. Procedimiento

ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

58. Contratos de las Administraciones Públicas. Principios

comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los

contratos. Perfección, formalización y extinción de los contratos.

Actuaciones administrativas.

59. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos.

Singularidades de los Organismos Públicos de Investigación.

60. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del

Estado (I). Características generales del contrato de obras.

61. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del

Estado (II). Características generales del contrato de gestión de

servicios públicos.

62. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del

Estado (III). Características generales del contrato de suministro.

63. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del

Estado (IV). Características generales de los contratos de consultoría

y asistencia y de servicios.

64. Los Presupuestos Generales del Estado. Aspectos

generales, características y estructura.

65. Modificaciones presupuestarias (I): Créditos

extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito.

Generación de crédito.

66. Modificaciones presupuestarias (II): Transferencia de

créditos. Incorporaciones de crédito.

67. El gasto público. Principales capítulos presupuestarios.

Fases de la ejecución del presupuesto de gastos. Órganos

competentes.

Área de Especialización: Ingeniería Aeroespacial

1. Sistema general de Aviónica.

2. Aviónica: Sistemas de comunicaciones.

3. Aviónica: Sistemas de intercambio de información basados

en data-link.

4. Aviónica: Sistemas de presentación en cabina: Pantallas

multifunción.

5. Aviónica: Sistemas de presentación en cabina: Head-up

display.

6. Aviónica: VOR.

7. Aviónica: DME.

8. Aviónica: TACAN.

9. Aviónica: ILS.

10. Aviónica: MLS.

11. Aviónica: Sistemas de navegación por satélite.

12. Aviónica: Sistemas inerciales.

13. Aviónica: Hibridación GPS-inercial.

14. Aviónica: Sistemas de medida de altitud.

15. Aviónica: Sistemas de visión nocturna.

16. Aviónica: Sistemas de planeamiento de misión.

17. Aviónica: Sistemas de grabación de datos de misión.

18. Armamento: Misiles de guiado radar.

19. Armamento: Misiles de guiado por infrarrojos.

20. Armamento: Misiles de guiado mixto.

21. Armamento: Misiles anti-radiación.

22. Integración de sistemas de aviónica y armamento.

23. Descripción de radar.

24. Caracterización de emisiones radar.

25. Procesado y detección radar.

26. Radares de seguimiento.

27. Radares de exploración.

28. Guiado de misiles por radar.

29. Radar secundario.

30. EPM's en radar.

31. Aplicaciones de sistemas radar.

32. Sensores de infrarrojos.

33. Aplicaciones de los sensores IR.

34. Guerra electrónica: Sistemas ESM.

35. Guerra electrónica: Alertadores radar.

36. Guerra electrónica: Alertadores de misil.

37. Guerra electrónica: Perturbaciones de engaño.

38. Guerra electrónica: Ruido activo.

39. Guerra electrónica: Contramedidas pasivas.

40. Guerra electrónica: Contramedidas para sistemas

electro-ópticos.

41. Guerra electrónica: Sistemas ESM/ECM en aviones de

combate.

42. Gestión de configuración en sistemas aeronáuticos.

43. Características del software embarcado.

44. Características del hardware embarcado.

45. Gestión de programas software.

46. Ciclo de vida software.

47. Programación estructurada y programación orientada a

objetos.

48. Programación visual.

49. Metodologías de desarrollo software.

50. Metodologías de análisis de requisitos y especificación

de diseño software.

51. Herramientas CASE.

52. Integración y pruebas de software.

53. Verificación y validación de software.

54. Estándares de calidad software.

55. Control de configuración software.

56. Bancos de integración y pruebas.

57. Buses de datos MIL-STD-1553.

58. Buses para control instrumentación.

59. Instrumentación de medida: Voltímetros y amperímetros.

60. Instrumentación de medida: Ostiloscopios.

61. Instrumentación de medida: Analizadores de espectros.

62. Instrumentación de medida: Analizadores vectoriales.

63. Generación de señales.

64. Adquisición de datos.

65. Calibración de equipos electrónicos.

66. Simulación de equipos para integración en banco.

67. Sistemas basados en microprocesador.

Área Especialización: Química

1. Mecánica de Fluidos: Estática de fluidos y sus aplicaciones.

2. Mecánica de Fluidos: Flujo de los fluidos no compresibles

en conducciones y capas delgadas.

3. Mecánica de Fluidos: Flujo de fluidos compresibles.

4. Mecánica de Fluidos: Transporte y medida de fluidos.

5. Transmisión de Calor: Transmisión de calor por

conducción en sólidos y radiación.

6. Transmisión de Calor: Equipo para intercambio de calor.

7. Transmisión de Calor: Evaporación.

8. Transferencia de Materia: Destilación. Introducción a la

destilación multicomponente.

9. Transferencia de Materia: Lixiviación y extracción.

10. Transferencia de Materia: Absorción de gases.

11. Transferencia de Materia: Operaciones de humidificación.

12. Transferencia de Materia: Adsorción.

13. Operaciones en las que intervienen Partículas de Sólidos:

Reducción de tamaño y separaciones mecánicas.

14. Operaciones en las que intervienen Partículas de Sólidos:

Cristalización.

15. Operaciones en las que intervienen Partículas de Sólidos:

Mezclado de sólidos y pastas.

16. Análisis Químico: Equilibrios: Iónicos, ácido-base, de

iones complejos, de precipitación, de oxidación-reducción .

17. Análisis Químico: Reactivos generales de cationes y

aniones.

18. Análisis Químico: Curva de valoración de una volumetría

redox.

19. Análisis Químico: Valoración de compuestos de cobre por

iodometría.

20. Análisis Químico: Propiedades de la radiación

electromagnética en U.V.-VIS.

21. Análisis Químico: Equipos de análisis instrumental,

cromatógrafo de gases y espectrómetros.

22. Regulación de Procesos Químicos: Elementos de un

sistema de control.

23. Regulación de Procesos Químicos: Modelado del

comportamiento dinámico y estático de un proceso químico.

24. Regulación de Procesos Químicos: Análisis cualitativo de

la respuesta dinámica o de la estabilidad de un sistema.

25. Regulación de Procesos Químicos: Elementos de una

instrumentación de medida de procesos.

26. Regulación de Procesos Químicos: Análisis y diseño de

sistemas de control por retroalimentación: Circuito de control.

27. Regulación de Procesos Químicos: Válvulas de control.

28. Química Orgánica: Nomenclatura sistemática.

29. Química Orgánica: Importancia de los grupos funcionales.

30. Química Orgánica: Enlace químico en los compuestos del

carbono.

31. Química Orgánica: Características de los compuestos

orgánicos.

32. Química Orgánica: Isomerías.

33. Química Orgánica: Compuestos alicíclicos.

34. Química Orgánica: Generalidades de las reacciones

orgánicas.

35. Química Orgánica: Espectroscopia de Infrarrojo y de

Resonancia Magnética Nuclear.

36. Química Orgánica: Alcanos, alquenos y alquinos:

Nomenclatura, propiedades y reactividad.

37. Química Orgánica: Compuestos aromáticos. Benceno y

aromaticidad. Reacciones.

38. Química Orgánica: Derivados halogenados. Compuestos

organometálicos.

39. Química Orgánica: Alcoholes, fenoles y éteres. Aldehídos

y cetonas. Ácidos carboxílicos.

40. Química Orgánica: Derivados de ácidos carboxílicos.

Ésteres. Cloruro de ácido. Anhídridos. Amidas. Nitrilos.

41. Química Orgánica: Aminas.

42. Química Orgánica: Carbohidratos. Lípidos. Aminoácidos

y proteínas.

43. Química Industrial: Agua para consumo humano. Agua

de refrigeración en la industria. Tratamiento de aguas residuales.

44. Química Industrial: Derivados del nitrógeno.

45. Química Industrial: Fosfatos y fertilizantes.

46. Termodinámica: Primera y segunda ley de la

termodinámica y otros conceptos básicos.

47. Termodinámica: Propiedades volumétricas y

termodinámicas de fluidos .

48. Termodinámica: Conversión de calor en trabajo mediante

ciclos de potencia.

49. Termodinámica: Refrigeración y licuefacción.

50. Termodinámica: Equilibrio de fases a presiones bajas y

moderadas.

51. Termodinámica: Termodinámica de las soluciones.

52. Termodinámica: Equilibrio en reacciones químicas.

53. Termodinámica: Análisis termodinámico de procesos.

54. Electricidad Industrial: Circuitos de corriente alterna

senoidal, monofásicos y trifásicos.

55. Electricidad Industrial: Transformadores eléctricos.

56. Electricidad Industrial: Máquinas asíncronas o de

inducción. Máquinas síncronas. Máquinas de corriente continua.

57. Calidad: Gestión de procesos y Calidad Total. Calidad

en el Diseño, en las Compras y en los Ensayos.

58. Calidad: Incertidumbre de medida y calibración de

equipos.

59. Calidad: Gráficos de control por variables y atributos,

planes de muestreo.

60. Calidad: Técnicas de Ingeniería de Calidad.

61. Higiene Industrial: Agentes químicos: Reacciones

primarias, Evaluación, Muestreo, Análisis y Métodos de Control.

62. Seguridad en el Trabajo: Señalización de seguridad y

salud.

63. Seguridad en el Trabajo: Protección colectiva e individual.

Equipos de protección individual.

64. Seguridad en el Trabajo: Plan de emergencia y

autoprotección.

65. Seguridad en el Trabajo: Residuos Peligrosos.

66. Medio Ambiente: Contaminación de las aguas.

67. Medio Ambiente: Residuos y suelos contaminados.

ANEXO III

Tribunal Calificador

Tribunal 1

Presidente: D. Vicente Gimeno Aránguez, Coronel del Cuerpo

de Intendencia del Ejército del Aire, Escala Superior de Oficiales.

Secretario: D. Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales:

D.a Cristina Martín Carrero, funcionaria de carrera de la Escala

de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

D. Francisco Prieto Aguilar, Comandante del Cuerpo de

Intendencia del Ejército del Aire, Escala Superior de Oficiales.

D.a M.a Teresa Mariné Nieto, funcionaria de carrera de la Escala

de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

Tribunal 1 Suplente

Presidente: D. Agustín Olmo Alonso, funcionario de carrera

de la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

Secretario: D. Juan Pozo Vilches, Comandante del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales:

D. Francisco Javier Jiménez Royo, funcionario de carrera de

la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

D. Juan Manuel Algaba Gonzalo, funcionario de carrera de

la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

D. Vicente Quintanilla Vaquero, funcionario de carrera de la

Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

Este Tribunal juzgará el Área de Especialización: Régimen de

Personal de I+D+I.

Tribunal 2

Presidente: D. Eduardo Sanchiz Garrote, funcionario de carrera

de la Escala de Científicos Especializados del INTA.

Secretario: D. Juan Pozo Vilches, Comandante del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales:

D. Carlos Caballero Parras, Teniente Coronel del Cuerpo de

Ingenieros del Ejército del Aire, Escala Superior de Oficiales.

D. César García de Torres, funcionario de carrera de la Escala

de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

D. Ricardo Dorado Gutiérrez, funcionario de carrera de la

Escala de Científicos Especializados del INTA.

D. Alfredo Fernández López, Comandante del Cuerpo de

Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra.

D. Juan Carlos Cabrera Ramos, Comandante de Sanidad

(Veterinario).

Tribunal 2 Suplente

Presidente: D. Pedro Cabezas Castillo, Coronel del Cuerpo de

Ingenieros del Ejército del Aire, Escala Superior de Oficiales.

Secretario: D. Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales:

D.a M.a Luisa Díaz Menéndez, funcionaria de carrera de la

Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

D. José Manuel Prieto Barrio, funcionario de carrera de la

Escala de Científicos Superiores del INTA.

D. José Manuel Ezquerro Rubio, funcionario de carrera de la

Escala de Científicos Superiores del INTA.

D. Joaquín Valencia Arribas, Capitán del Cuerpo General de

las Armas del Ejército de Tierra.

D. Luis Martín Otero, Teniente Coronel de Sanidad

(Veterinario).

Este Tribunal juzgará el resto de Áreas de Especialización.

Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará: Escala

de Titulados Técnicos Especializados del INTA, código 5310.

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se

consignará necesariamente el área de especialización a la que opte

el candidato. No es necesario indicar código.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", aquellos aspirantes que

accedan por el turno libre consignarán la letra mayúscula "L"

(Libre/Nuevo ingreso). Los aspirantes a alguna de las plazas

reservadas a militares profesionales consignarán la letra mayúscula "R"

(Reservada a militares profesionales).

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar

código.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará:

Madrid.

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se hará

constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas,

de acuerdo con lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria.

El importe de la tasa por derechos de examen será de

18,76 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a

través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma

autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182/2370/48/0201503641 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, sucursal 2370, con

domicilio en calle de Alcalá, número 16, de Madrid, a nombre de "Tesoro

Público. Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la

recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 14020. Derechos de

examen". El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier

ofi

cina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima,

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo

preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la

transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de

examen.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La Certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de

las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa

escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse

a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen,

o de encontrase exento, determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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