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Documento BOE-A-2003-14532

Real Decreto 894/2003, de 4 de julio, por el que se nombra Magistrados a los Jueces a quienes corresponde la promoción por el turno de antigüedad.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 2003, páginas 28307 a 28307 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2003-14532

TEXTO ORIGINAL

I. De conformidad con lo establecido en los artículos 118,

131.3, 311, 316.2, 327, 329, 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial, Acuerdo de la Comisión

Permanente de 24 de junio de 2003 y los artículos 105, 114.2, 110,

111, 112, 113, 187, 248.3.a), 261 y 287 del Reglamento 1/95,

de 7 de junio, de la Carrera Judicial; mediante Acuerdo de la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en

su reunión del día 2 de julio de 2003, dispongo:

Uno.-Se promueve a la categoría de Magistrado a doña Inés

Redondo Granado, Juez con destino en el Juzgado de 1.a Instancia

e Instrucción de Arévalo, la cual pasará a desempeñar la plaza

de Juez del Juzgado de 1.a Instancia número 3 de Baracaldo.

Dos.-Se promueve a la categoría de Magistrado a doña

Yolanda Paredes Vázquez, Juez con destino en el Juzgado de 1.a

Instancia e Instrucción número 2 de Valdemoro, la cual pasará a

desempeñar la plaza de Juez del Juzgado de 1.a Instancia e

Instrucción número 3 de Gavá.

II. Los Jueces cesarán en sus actuales destinos al día siguiente

de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Las licencias y permisos no se verán afectados por la

promoción. Producido el traslado, el plazo posesorio comenzará a

contarse a partir del día siguiente al de la finalización del permiso

o licencia. El cese en destino a efectos administrativos, tendrá

efectos al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del

Estado de la resolución por la que se disponga la promoción.

III. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso

de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial

en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente, a la

publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado,

conforme a lo establecido en los artículos 142 y 143 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 114 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Dado en Madrid, a 4 de julio de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ

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