En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala
de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de
Investigación con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 24 plazas de
la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos
de Investigación Código 5048, por el sistema general de acceso
libre.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
La distribución por Organismos Públicos de Investigación de
las plazas convocadas es la siguiente:
Núm.
deplazasOrganismoPúblico deInvestigación
Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) ... 10
Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) ........................ 3
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria
y Alimentaria (INIA) ................................ 4
Instituto Español de Oceanografía (IEO) ............... 5
Instituto Geológico y Minero de España (IGME)......... 2
Núm. de
plazas Destino Localidad(provincia)
1 CSIC-Centro Nacional de
Biotecnología ............................ Madrid.
1 CSIC-Instituto de Biología Molecular . Barcelona.
1 CSIC-Instituto Bioquímica Vegetal y
Fotosíntesis ..................... Sevilla.
Núm. de
plazas Destino Localidad(provincia)
1 CSIC-Instituto Neurobiología
"Ramón y Cajal" ..................... Madrid.
1 CSIC-Unidad de Biofísica ........... Bilbao.
1 CSIC-Estación Biológica de Doñana .. Sevilla.
1 CSIC-Instituto Agricultura
Sostenible .............................. Córdoba.
1 CSIC-Instituto Matemáticas y Física
Fundamental .................... Madrid.
1 CSIC-Centro Nacional
Investigaciones Metalúrgicas ................. Madrid.
1 CSIC-Centro Torres Quevedo ....... Madrid.
1 CIEMAT ........................... Madrid.
1 CIEMAT ........................... Madrid.
1 CIEMAT ........................... Madrid.
1 INIA-Subdirección General de
Investigación y Tecnología. Centro
Investigación Sanidad Animal .... Valdeolmos (Madrid).
1 INIA-Subdirección General de
Investigación y Tecnología ............ Madrid.
1 INIA-Subdirección General de
Investigación y Tecnología ............ Madrid.
1 INIA-Subdirección General de
Investigación y Tecnología ............ Madrid.
1 IEO-Centro Oceanográfico.......... Vigo.
2 IEO-Centro Oceanográfico.......... Santander.
1 IEO-Centro Oceanográfico.......... Baleares.
1 IEO-Centro Oceanográfico.......... Canarias.
1 IGME-Secretaría General ........... Madrid.
1 IGME-Hidrogeología y Aguas
Subterráneas ........................ Madrid.
Del total de estas plazas se reservará 1, para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad de grado igual
o superior al 33 por 100.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva de
discapacitados, los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase
de oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en
igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva de discapacitados
se acumularán a las de acceso general.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
de la finalización del mes de septiembre de 2003. La duración
máxima de la fase de oposición será de tres meses, contados a
partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer
grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite
su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas (avenida de la Complutense, 22, 28071
Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir
del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Secretario General
de Política Científica del Ministerio de Ciencia y Tecnología. La
no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en las sedes
centrales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, del
Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y
Tecnológicas, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria
y Alimentaria, del Instituto Español de Oceanografía y del Instituto
Geológico y Minero de España, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección
General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y
consulares de España en el extranjero y en la página de Internet
www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en
España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia
compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Ministro de Ciencia y Tecnología, dictará orden, en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial
del Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con
indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de
documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo
de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de
la publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares
donde se encuentre expuesta al público la lista de aspirantes
admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas, avenida Complutense, n.o 22,
28941 Madrid, teléfonos (91) 3466475, dirección de correo
electrónico: fernando.molinaUciemat.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Dentro de cada especialidad, el orden de actuación de
los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la
letra "X", según lo establecido en la Resolución de la Secretaria
de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003
(Boletín Oficial del Estado de 14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
Organismo Público de Investigación.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrecen.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Ciencia y
Tecnología en el plazo de un mes a su publicación, significándose,
que en este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Madrid, 24 de junio de 2003.-El Ministro, P.D. (Orden
30-11-2000, BOE 5-12), el Subsecretario, Tomás Pérez Franco.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos Humanos del
Ministerio de Ciencia y Tecnología y Sr. Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Con carácter previo al inicio de la oposición, los aspirantes
que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del
castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,
en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de
comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del Diploma superior de español como lengua extranjera
regulado por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado
por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado
de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas
oficiales de idiomas. A tal efecto, deberán aportar, junto a la
solicitud, fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado
certificado de aptitud. De no aportar esta documentación no
podrán ser declarados exentos y deberán, por tanto, realizar la
prueba a que se refiere el párrafo anterior.
La prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes
que no posean la nacionalidad española se calificará como "apto"
o "no apto", siendo necesario obtener la valoración de "apto" para
realizar la oposición.
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Este ejercicio, de carácter teórico, consistirá
en contestar por escrito a un cuestionario de 60 preguntas, tipo
test, con tres respuestas alternativas, sobre las materias que se
contienen en el programa que figura en el anexo II a esta
convocatoria, dirigido a apreciar la adecuación de los aspirantes para
el desempeño de las tareas propias de la Escala de Auxiliares
de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación
dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Se realizará
en el tiempo máximo de una hora.
Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, en el tiempo máximo
de una hora, un supuesto práctico a elegir entre tres propuestos
por el Tribunal, relacionados con el temario del programa que
figura en el anexo II a esta convocatoria y con las tareas propias
de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos
Públicos de Investigación dependientes del Ministerio de Ciencia
y Tecnología.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
2. Calificación de los ejercicios.
Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos. El Tribunal
fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al segundo
ejercicio.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones
erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una
contestación.
Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 40
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para
superar el ejercicio.
La calificación final de las pruebas selectivas vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno
de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo
ejercicio.
3. Lugar de celebración del proceso selectivo.
Todas las pruebas selectivas se celebrarán en Madrid.
ANEXO II
Programa
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características.
Los principios constitucionales y los valores superiores.
Tema 2. Derechos y Deberes fundamentales.
Tema 3. Órganos Constitucionales: La Corona. Las Cortes
Generales. El Poder Judicial. El Poder Ejecutivo
Tema 4. La Administración General del Estado: Órganos
Centrales y Territoriales. Organismos Públicos: Autónomos y
Entidades Públicas Empresariales.
Tema 5. Régimen Jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Funcionarios y personal laboral.
Tema 6. El Ministerio de Ciencia y Tecnología. Organización
y funciones. Los Organismos Públicos de Investigación.
Tema 7. La investigación científica y técnica. La Ley de
Fomento y Coordinación General de la Investigación científica y
técnica.
Tema 8. Buenas Prácticas de Laboratorio. Procedimientos
Normalizados de trabajo.
Tema 9. Conceptos básicos en materia de seguridad y
prevención de riesgos laborales. Especial consideración de la
seguridad en los laboratorios.
Tema 10. Magnitudes y Unidades: Longitud, masa y tiempo.
Tema 11. Magnitudes y Unidades: Temperatura y humedad.
Tema 12. Magnitudes y Unidades: Fuerza, presión y potencia.
Tema 13. Magnitudes y Unidades: Tensión Eléctrica.
Tema 14. Componentes Eléctricos. Elementos simples.
Tema 15. Componentes Electrónicos: Analógicos y digitales.
Tema 16. Aparatos de laboratorio: Balanzas, microscopios,
hornos, centrifugadoras, etc.
Tema 17. Técnicas y procedimientos de limpieza y
esterilización de material. Productos y equipos utilizados en limpieza,
desinfección y esterilización.
Tema 18. Toma y preparación de muestras. Técnicas de
conservación y preparación de muestras.
Tema 19. Ensayos Mecánicos: Tipos de ensayos y probetas.
Tema 20. Estructura de la Materia: Átomos y moléculas.
Tema 21. Elementos Químicos: Sistema periódico (metales
y no metales).
Tema 22. Disoluciones. Formas de calcular y expresar la
concentración de las disoluciones.
Tema 23. Análisis Químico. Conceptos generales de análisis
volumétrico y gravimétrico. Ensayos físicos, químicos y biológicos
de microorganismos.
Tema 24. Análisis instrumental. Métodos eléctricos, ópticos
y comatográficos.
Tema 25. La Célula. Estructura y función. Tipos de células.
Tema 26. Microbiología. Conceptos generales.
Microorganismos, bacterias, hongos y levaduras.
Tema 27. Contaminación ambiental: principales
contaminantes en suelo, aire y agua. Hidrogeología y Contaminación marina.
Tema 28. Animalarios. Invernaderos.
Tema 29. El Plancton: fito y zooplancton.
Tema 30. Elementos de hardware y software.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal Titular:
Presidente: D. Santiago del Barrio Martín, Escala
Investigadores Titulares de los OPIs, Servicios Centrales IGME.
Secretaria: D. Guillermo Escribano Martínez, Subinspectores
de Trabajo y Seguridad Social, Servicios Centrales CIEMAT.
Vocales: D.a María Dolores Agúndez Leal, Escala de Ayudantes
de Investigación INIA, Servicios Centrales INIA ; D. Carlos Sancho
Llerandi, E. Tit. Sup. De OO.AA., MCyT ; ; D.a Elvira Domínguez
Luengo, Tec. Espc. G. Medio OPI, Ctro. N. Biotecnología ; D. José
Luis Sanz Alonso, Técnico Facultativo Superior OO.AA. del MAPA,
Servicios Centrales IEO ; D.a Nuria Esther Expósito Beneítez, C.
Gestión de la Administración Civil del Estado, CIEMAT.
Tribunal Suplente:
Presidente: D. Mercedes Rubio Pascual, C. Superior de
Administradores Civiles del Estado, IGME.
Secretario: D. Ángel Melchor Celada. C. Gestión de la
Administración Civil del Estado. IGME.
Vocales: D.a Maria Jesús García Fernández, E. De Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA, IEO ; D. Josep María
Tusell Puigbert, Invest. Titul. OPI, Insto. Inv. Biomédicas
Barcelona ; D.a María Victoria Mora-Gil Cobo, Escala Auxiliares
Investigación de los OPIs, Instituto Biología Molecular de Madrid ;
D. Ángel Díaz Gutiérrez, E. Titulados de Escuelas Técnicas de
Grado Medio de OOAA del MAPA, INIA ; D.a Paloma Cubero
Marqueta, Escala Ayudantes de Investigación de los OPIs, Servicios
Centrales IEO.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de
Investigación".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L" (acceso
libre).
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Ciencia y Tecnología"
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al
33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por
el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o
equivalente"
En el recuadro 25, apartado A, se consignará "castellano" por
los aspirantes que deban realizar tal prueba de conocimiento.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0030/1523/56/0870007271 del Banco
Español de Crédito a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Ciencia
y Tecnología. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Español de Crédito
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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