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Documento BOE-A-2003-14703

Orden CTE/2059/2003, de 24 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2003, páginas 28600 a 28604 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-14703

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de

Investigación con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 24 plazas de

la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos

de Investigación Código 5048, por el sistema general de acceso

libre.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

La distribución por Organismos Públicos de Investigación de

las plazas convocadas es la siguiente:

Núm.

deplazasOrganismoPúblico deInvestigación

Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) ... 10

Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) ........................ 3

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria

y Alimentaria (INIA) ................................ 4

Instituto Español de Oceanografía (IEO) ............... 5

Instituto Geológico y Minero de España (IGME)......... 2

Núm. de

plazas Destino Localidad(provincia)

1 CSIC-Centro Nacional de

Biotecnología ............................ Madrid.

1 CSIC-Instituto de Biología Molecular . Barcelona.

1 CSIC-Instituto Bioquímica Vegetal y

Fotosíntesis ..................... Sevilla.

Núm. de

plazas Destino Localidad(provincia)

1 CSIC-Instituto Neurobiología

"Ramón y Cajal" ..................... Madrid.

1 CSIC-Unidad de Biofísica ........... Bilbao.

1 CSIC-Estación Biológica de Doñana .. Sevilla.

1 CSIC-Instituto Agricultura

Sostenible .............................. Córdoba.

1 CSIC-Instituto Matemáticas y Física

Fundamental .................... Madrid.

1 CSIC-Centro Nacional

Investigaciones Metalúrgicas ................. Madrid.

1 CSIC-Centro Torres Quevedo ....... Madrid.

1 CIEMAT ........................... Madrid.

1 CIEMAT ........................... Madrid.

1 CIEMAT ........................... Madrid.

1 INIA-Subdirección General de

Investigación y Tecnología. Centro

Investigación Sanidad Animal .... Valdeolmos (Madrid).

1 INIA-Subdirección General de

Investigación y Tecnología ............ Madrid.

1 INIA-Subdirección General de

Investigación y Tecnología ............ Madrid.

1 INIA-Subdirección General de

Investigación y Tecnología ............ Madrid.

1 IEO-Centro Oceanográfico.......... Vigo.

2 IEO-Centro Oceanográfico.......... Santander.

1 IEO-Centro Oceanográfico.......... Baleares.

1 IEO-Centro Oceanográfico.......... Canarias.

1 IGME-Secretaría General ........... Madrid.

1 IGME-Hidrogeología y Aguas

Subterráneas ........................ Madrid.

Del total de estas plazas se reservará 1, para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad de grado igual

o superior al 33 por 100.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva de

discapacitados, los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase

de oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en

igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva de discapacitados

se acumularán a las de acceso general.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

de la finalización del mes de septiembre de 2003. La duración

máxima de la fase de oposición será de tres meses, contados a

partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún

Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer

grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el

extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite

su homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas (avenida de la Complutense, 22, 28071

Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir

del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Secretario General

de Política Científica del Ministerio de Ciencia y Tecnología. La

no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la

exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en las sedes

centrales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, del

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y

Tecnológicas, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria

y Alimentaria, del Instituto Español de Oceanografía y del Instituto

Geológico y Minero de España, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección

General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y

consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan

en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en

España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia

compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Ministro de Ciencia y Tecnología, dictará orden, en el plazo

máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y

excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial

del Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con

indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de

documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo

de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de

la publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares

donde se encuentre expuesta al público la lista de aspirantes

admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas, avenida Complutense, n.o 22,

28941 Madrid, teléfonos (91) 3466475, dirección de correo

electrónico: fernando.molinaUciemat.es

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Dentro de cada especialidad, el orden de actuación de

los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la

letra "X", según lo establecido en la Resolución de la Secretaria

de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003

(Boletín Oficial del Estado de 14 de marzo).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

Organismo Público de Investigación.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrecen.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el

día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso

de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Ciencia y

Tecnología en el plazo de un mes a su publicación, significándose,

que en este caso, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Madrid, 24 de junio de 2003.-El Ministro, P.D. (Orden

30-11-2000, BOE 5-12), el Subsecretario, Tomás Pérez Franco.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos Humanos del

Ministerio de Ciencia y Tecnología y Sr. Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Con carácter previo al inicio de la oposición, los aspirantes

que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del

castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar el

conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,

en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de

comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma superior de español como lengua extranjera

regulado por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado

por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado

de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas

oficiales de idiomas. A tal efecto, deberán aportar, junto a la

solicitud, fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado

certificado de aptitud. De no aportar esta documentación no

podrán ser declarados exentos y deberán, por tanto, realizar la

prueba a que se refiere el párrafo anterior.

La prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes

que no posean la nacionalidad española se calificará como "apto"

o "no apto", siendo necesario obtener la valoración de "apto" para

realizar la oposición.

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Este ejercicio, de carácter teórico, consistirá

en contestar por escrito a un cuestionario de 60 preguntas, tipo

test, con tres respuestas alternativas, sobre las materias que se

contienen en el programa que figura en el anexo II a esta

convocatoria, dirigido a apreciar la adecuación de los aspirantes para

el desempeño de las tareas propias de la Escala de Auxiliares

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación

dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Se realizará

en el tiempo máximo de una hora.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, en el tiempo máximo

de una hora, un supuesto práctico a elegir entre tres propuestos

por el Tribunal, relacionados con el temario del programa que

figura en el anexo II a esta convocatoria y con las tareas propias

de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos

Públicos de Investigación dependientes del Ministerio de Ciencia

y Tecnología.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

2. Calificación de los ejercicios.

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos. El Tribunal

fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al segundo

ejercicio.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una

contestación.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 40

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para

superar el ejercicio.

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno

de los ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo

ejercicio.

3. Lugar de celebración del proceso selectivo.

Todas las pruebas selectivas se celebrarán en Madrid.

ANEXO II

Programa

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características.

Los principios constitucionales y los valores superiores.

Tema 2. Derechos y Deberes fundamentales.

Tema 3. Órganos Constitucionales: La Corona. Las Cortes

Generales. El Poder Judicial. El Poder Ejecutivo

Tema 4. La Administración General del Estado: Órganos

Centrales y Territoriales. Organismos Públicos: Autónomos y

Entidades Públicas Empresariales.

Tema 5. Régimen Jurídico del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. Funcionarios y personal laboral.

Tema 6. El Ministerio de Ciencia y Tecnología. Organización

y funciones. Los Organismos Públicos de Investigación.

Tema 7. La investigación científica y técnica. La Ley de

Fomento y Coordinación General de la Investigación científica y

técnica.

Tema 8. Buenas Prácticas de Laboratorio. Procedimientos

Normalizados de trabajo.

Tema 9. Conceptos básicos en materia de seguridad y

prevención de riesgos laborales. Especial consideración de la

seguridad en los laboratorios.

Tema 10. Magnitudes y Unidades: Longitud, masa y tiempo.

Tema 11. Magnitudes y Unidades: Temperatura y humedad.

Tema 12. Magnitudes y Unidades: Fuerza, presión y potencia.

Tema 13. Magnitudes y Unidades: Tensión Eléctrica.

Tema 14. Componentes Eléctricos. Elementos simples.

Tema 15. Componentes Electrónicos: Analógicos y digitales.

Tema 16. Aparatos de laboratorio: Balanzas, microscopios,

hornos, centrifugadoras, etc.

Tema 17. Técnicas y procedimientos de limpieza y

esterilización de material. Productos y equipos utilizados en limpieza,

desinfección y esterilización.

Tema 18. Toma y preparación de muestras. Técnicas de

conservación y preparación de muestras.

Tema 19. Ensayos Mecánicos: Tipos de ensayos y probetas.

Tema 20. Estructura de la Materia: Átomos y moléculas.

Tema 21. Elementos Químicos: Sistema periódico (metales

y no metales).

Tema 22. Disoluciones. Formas de calcular y expresar la

concentración de las disoluciones.

Tema 23. Análisis Químico. Conceptos generales de análisis

volumétrico y gravimétrico. Ensayos físicos, químicos y biológicos

de microorganismos.

Tema 24. Análisis instrumental. Métodos eléctricos, ópticos

y comatográficos.

Tema 25. La Célula. Estructura y función. Tipos de células.

Tema 26. Microbiología. Conceptos generales.

Microorganismos, bacterias, hongos y levaduras.

Tema 27. Contaminación ambiental: principales

contaminantes en suelo, aire y agua. Hidrogeología y Contaminación marina.

Tema 28. Animalarios. Invernaderos.

Tema 29. El Plancton: fito y zooplancton.

Tema 30. Elementos de hardware y software.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal Titular:

Presidente: D. Santiago del Barrio Martín, Escala

Investigadores Titulares de los OPIs, Servicios Centrales IGME.

Secretaria: D. Guillermo Escribano Martínez, Subinspectores

de Trabajo y Seguridad Social, Servicios Centrales CIEMAT.

Vocales: D.a María Dolores Agúndez Leal, Escala de Ayudantes

de Investigación INIA, Servicios Centrales INIA ; D. Carlos Sancho

Llerandi, E. Tit. Sup. De OO.AA., MCyT ; ; D.a Elvira Domínguez

Luengo, Tec. Espc. G. Medio OPI, Ctro. N. Biotecnología ; D. José

Luis Sanz Alonso, Técnico Facultativo Superior OO.AA. del MAPA,

Servicios Centrales IEO ; D.a Nuria Esther Expósito Beneítez, C.

Gestión de la Administración Civil del Estado, CIEMAT.

Tribunal Suplente:

Presidente: D. Mercedes Rubio Pascual, C. Superior de

Administradores Civiles del Estado, IGME.

Secretario: D. Ángel Melchor Celada. C. Gestión de la

Administración Civil del Estado. IGME.

Vocales: D.a Maria Jesús García Fernández, E. De Técnicos

Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA, IEO ; D. Josep María

Tusell Puigbert, Invest. Titul. OPI, Insto. Inv. Biomédicas

Barcelona ; D.a María Victoria Mora-Gil Cobo, Escala Auxiliares

Investigación de los OPIs, Instituto Biología Molecular de Madrid ;

D. Ángel Díaz Gutiérrez, E. Titulados de Escuelas Técnicas de

Grado Medio de OOAA del MAPA, INIA ; D.a Paloma Cubero

Marqueta, Escala Ayudantes de Investigación de los OPIs, Servicios

Centrales IEO.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala

de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de

Investigación".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L" (acceso

libre).

En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Ciencia y Tecnología"

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por

el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

"Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o

equivalente"

En el recuadro 25, apartado A, se consignará "castellano" por

los aspirantes que deban realizar tal prueba de conocimiento.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0030/1523/56/0870007271 del Banco

Español de Crédito a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Ciencia

y Tecnología. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del Banco Español de Crédito

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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