Visto el expediente de indulto de don José María Bartoli García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Barcelona, en sentencia de fecha 23 de febrero de 2001, como autor de un delito de robo con intimidación y uso de armas en grado de tentativa, a la pena de dos años y 10 meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de julio de 2003,
Vengo en conmutar a don José María Bartoli García, la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación de este real decreto y no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación.
Dado en Madrid, a 11 de julio de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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