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Documento BOE-A-2003-15323

Resolución de 14 de julio de 2003, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Patronato de la Alhambra y el Generalife, para la adecuación para usos expositivos de la planta principal del Palacio de Carlos V de la Alhambra de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2003, páginas 29598 a 29599 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-15323

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Patronato de la Alhambra y el Generalife han suscrito un Convenio de colaboración para la adecuación para usos expositivos de la Planta Principal del Palacio de Carlos V de la Alhambra de Granada, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, modificado por el de 3 de julio de 1998, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como Anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 14 de julio de 2003.‒La Directora general, Áurea Roldán Martín.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y el Patronato de la Alhambra y el Generalife para la adecuación para usos expositivos de la planta principal del Palacio de Carlos V de la Alhambra de Granada

En Granada, a 23 de junio de 2003.

REUNIDOS

Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Excma. Sra. D.ª Pilar del Castillo Vera, Ministra de Educación, Cultura y Deporte, actuando en representación del Estado, en virtud de la competencia que le atribuye la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Disposición Adicional Octava de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y la Ilma. Sra. D.ª Engracia Hidalgo Tena, Presidenta de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, competente en virtud del R. D. 1379/99, de 27 de agosto de Regulación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura.

Por la Consejería de Cultura, la Excma. Sra. D.ª Carmen Calvo Poyato, Consejera de Cultura de la Junta de Andalucía, actuando en nombre y representación de dicha Entidad, de conformidad con las facultades que le atribuye el artículo 39.7 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 3.1 del Decreto 259/1994, de 13 de septiembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Cultura.

Por el Patronato de la Alhambra y el Generalife, Organismo Autónomo de la Consejería de Cultura, el Ilmo. Sr. D. Mateo Revilla Uceda, Director del Patronato de la Alhambra y el Generalife, en nombre y representación del mismo, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 59/1986, de 19 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Patronato de la Alhambra y el Generalife.

Las partes intervinientes en la representación que ostentan, tienen y se reconocen capacidad para obligarse y, por tanto, para formalizar el siguiente Convenio.

MANIFIESTAN

Primero.

El Palacio de Carlos V del Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife tiene la consideración de Bien de Interés Cultural al haber sido declarado Monumento Histórico de carácter nacional por Orden de 10 de febrero de 1970 y declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1984, siendo, por tanto, un relevante monumento como documento histórico y como soporte de valores culturales. A fin de compaginar dichos valores con un uso adecuado del monumento que procure el mantenimiento de las condiciones fisicoquímicas de conservación exigible al edificio en su conjunto, se ha considerado oportuno adecuar la planta principal del Palacio para Museo de Bellas Artes.

Segundo.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y el Patronato de la Alhambra, conscientes de que uno de sus objetivos fundamentales es el fomento de la cooperación y de la comunicación cultural entre instituciones públicas, así como la difusión y el conocimiento exterior de las manifestaciones culturales y del patrimonio histórico español y en consonancia con los artículos 46, 148 y 149 de la Constitución Española en relación con la protección y competencias de bienes culturales, y con los artículos 12 y 13.27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, han acordado intervenir en la adecuación del Palacio de Carlos V del Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife para Museo de Bellas Artes.

Tercero.

Que el Patronato de la Alhambra y el Generalife, regulado por los Estatutos aprobados por Decreto 59/1986, de 19 de marzo, es un Organismo Autónomo de la Consejería de Cultura que tiene entre sus funciones prioritarias la difusión del Patrimonio Histórico Andaluz y en particular la de custodia, conservación y administración de la Alhambra, el Generalife, el Palacio de Carlos V y de todas las edificaciones pertenecientes al recinto monumental, así como promover su mejora.

Para ello, las partes han acordado la formalización de este Convenio en el que se establecen los compromisos de cada una de ellas ateniéndose a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente Convenio es articular la cooperación entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y el Organismo Autónomo Patronato de la Alhambra y el Generalife para llevar a cabo el proyecto de Adecuación para usos expositivos de la planta principal del Palacio de Carlos V del Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife de Granada.

Segunda.

La adecuación del edificio para el uso al que va a ser destinado supone un coste máximo de 2.209.297,82 €, conforme al proyecto redactado al efecto.

El plazo de ejecución de las obras será de 10 meses desde el día siguiente al de la firma del acta de comprobación del replanteo e inicio de las obras.

Tercera.

El Patronato de la Alhambra y el Generalife adjudicará dichas obras de adecuación para su ejecución conforme al proyecto informado favorablemente con fecha 21 de enero de 2003 por la Comisión General del Patrimonio de Granada, por el Patronato del Patrimonio de la Alhambra y el Generalife y por el Instituto del Patrimonio Histórico Español.

El Patronato de la Alhambra y el Generalife como órgano de contratación, asume los derechos y obligaciones que la vigente Ley de Contratos de las Administraciones Públicas atribuye a los mismos, tanto en la fase de contratación, como en la de ejecución, recepción y liquidación de las obras e instalaciones necesarias.

Cuarta.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, se compromete a participar en la Adecuación de la planta principal del Palacio de Carlos V de la Alhambra como Museo de Bellas Artes mediante una aportación total de 1.104.648,91 € con cargo al Capítulo 7 del presupuesto de gastos del Organismo para 2003 (Programa 453A, concepto 751).

El 50% de esta aportación se materializará al Patronato de la Alhambra y el Generalife cuando la obra haya sido adjudicada y el 50% restante cuando se justifique que se ha realizado una inversión por importe superior a la aportación de la Gerencia.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, prestará el asesoramiento técnico necesario para la realización de las obras a través de un representante que actuará en coordinación con los técnicos de la Consejería de Cultura.

El resto de la financiación, por importe de 1.104.648,91 €, se financiará con la aportación del Patronato de la Alhambra y el Generalife.

Quinta.

El Patronato de la Alhambra y el Generalife tramitará lo procedente para la iniciación del expediente de contratación de las obras recogidas en el Proyecto. En la Mesa de Contratación podrán estar presentes representantes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de la Consejería de Cultura, para lo cual el Patronato de la Alhambra y el Generalife comunicará la celebración de la misma con la debida antelación.

Sexta.

El pago se realizará contra certificaciones de obras y honorarios, con numeración correlativa hasta la finalización de las obras. Se procederá de esta forma hasta agotar la aportación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de la Consejería de Cultura.

Séptima.

A los efectos de programación, ejecución y control de los fines del presente Convenio se constituye una Comisión de Seguimiento, cuyo régimen será el siguiente:

1. Composición: La Comisión estará compuesta por seis miembros, designados de la manera que a continuación se indica:

Dos representantes por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, uno de los cuales será designado por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura y el otro por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Dos representantes que serán designados por la Consejería de Cultura (Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico).

Dos representantes por parte del Patronato de la Alhambra y el Generalife, uno de los cuales será uno de los Consejeros a que hace referencia el art. 8.3 de los Estatutos del Patronato.

2. Funcionamiento: En el plazo de 30 días siguientes a la firma del presente Convenio, se constituirá la Comisión, acordándose en su primera reunión la periodicidad de sus sesiones.

Todos los acuerdos de la Comisión de Seguimiento deberán ser adoptados por mayoría de sus miembros.

Para las demás cuestiones no previstas serán de aplicación las reglas contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común sobre funcionamiento de los órganos colegiados.

3. Competencias:

a) Estudiar y programar las actuaciones.

b) Fijar los plazos totales y parciales para la ejecución de las obras.

c) Seguimiento y control de las actuaciones.

Octava.

Tanto en la publicidad como en los carteles y planos que se coloquen obligatoriamente en las obras durante su realización se hará constar la participación de las entidades firmantes, según sus respectivos programas de identidad corporativa.

Novena.

La Comisión de Seguimiento resolverá sobre cuantas cuestiones de interpretación y cumplimiento del presente Convenio puedan suscitarse entre las partes, sin perjuicio de la jurisdicción contencioso-administrativa, que será la competente para dirimir las cuestiones litigiosas que se susciten, y de las competencias de la Consejería de Cultura en las materias reservadas a su exclusiva competencia.

Décima.

El Convenio se extinguirá por resolución o cumplimiento del mismo.

Serán causas de resolución del mismo:

El incumplimiento de lo especificado en las estipulaciones contenidas en el Convenio.

El mutuo acuerdo de las partes.

La demora injustificada en los plazos que se hayan fijado para la ejecución de las obras.

El acuerdo de resolución será objeto de preaviso, mediante comunicación con una antelación de dos meses a la Comisión de Seguimiento.

Undécima.

El cumplimiento de las obligaciones que asumen las partes firmantes, se efectuará con arreglo a las normas de competencia y actuación de cada una de ellas, sin perjuicio de la colaboración y la coordinación entre las mismas en el desarrollo de sus respectivos cometidos.

Duodécima.

El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su firma y estará vigente hasta que finalizadas las obras y recibidas de conformidad, la planta principal del Palacio de Carlos V sea puesta en funcionamiento de acuerdo con los usos previstos.

Y en prueba de conformidad, se firma en el lugar y fecha arriba indicados en cuadruplicado ejemplar.‒Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Ministra, Pilar del Castillo Vera.‒Por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la Consejera de Cultura, Carmen Calvo Poyato.‒Por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, la Presidenta, Engracia Hidalgo Teena.‒Por el Patronato de la Alhambra y el Generalife, el Director, Mateo Revilla Uceda.

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