El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de agosto actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5174-2003, promovido por el Presidente del Gobierno contra el artículo 8 de la Ley del Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado desde la fecha de interposición del recurso -4 de agosto de 2003- para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, siete de agosto de dos mil tres.-El Presidente de Sección. Tribunal Constitucional, Pablo García Manzano.
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