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Documento BOE-A-2003-16689

Resolución de 6 de agosto de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales para el año 2003 del III Convenio Colectivo de la empresa Supermercados Sabeco, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 25 de agosto de 2003, páginas 32682 a 32682 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-16689
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/08/06/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2003 del III Convenio Colectivo de la empresa Supermercados Sabeco, S. A. (código de Convenio número 9007632), que han sido suscritas con fecha 11 de febrero de 2003, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de agosto de 2003.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Reunidos en Zaragoza a 11 de febrero de 2003, en reunión conjunta el Comité Intercentros de Supermercados Sabeco, S. A. con la Dirección de la empresa, con la siguiente representación por parte del Comité Intercentros:

Por UGT:

Isabel Marín.

Belén Romero.

Miriam Acha.

Cristina Pérez.

Miguel Ángel Colomina.

M.a Ángeles Bustamante.

M.a Amaya Villanueva.

Por CC.OO.:

Pedro García.

Pilar Ramírez.

Ángela Briones.

Con la Dirección de la empresa representada por:

Santiago Calleja Turrión.

J. Alberto Arnaiz Campo.

Arancha Jiménez López.

Jorge Berlanga Requeno.

Acuerdan aprobar las tablas salariales para el año 2003, que serán de aplicación desde 1 de enero de 2003, y que se adjuntan como anexo I.

ANEXO I
Salarios de 1 de enero a 31 de diciembre de 2003
  S. Mes H. extra S. Año

GRUPO INICIACIÓN

Tienda

Auxiliar de Caja Grupo 1.o

Ayudante Prof. Grupo 1.o

Mozo Especialista Grupo 1.o

Personal Limpieza Grupo 1.º

Logística

Mozo Grupo 1.o

Oficinas.

Aux. Administrativo Grupo 1.o

Perforista Grupo 1.o

663,75 9,77 9.956,22

GRUPO PRIMERO

Tienda

Ayudante Profesional.

Ayudante Autoservicio.

Auxiliar de Caja.

Mozo Especialista.

Personal de Limpieza.

Logística

Mozo.

Mozo Especialista.

Mozo, una función.

Oficinas

Aux. Administrativo.

Perforista.

737,50 10,85 11.062,47

GRUPO SEGUNDO

Tienda

Dependiente de Sección.

Cajera.

Recepcionista.

Logística

Mozo, dos funciones.

Recepcionista.

Profesional Oficio 2.a

Oficinas

Oficial de segunda.

765,47 11,26 11.481,98

GRUPO TERCERO

Tienda

Jefe Sección.

Cajera Central.

Dependiente Autoservicio.

Logística

Mozo tres funciones.

Profesional Oficio 1.a

Oficinas

Oficial de primera.

794,10 11,68 11.911,50

GRUPO CUARTO

Tienda Monitor de Sección.

851,27 12,53 12.796,01

GRUPO QUINTO

Tienda

Coordinador de Sección.

912,41  13,43  13.686,12

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/08/2003
  • Fecha de publicación: 25/08/2003
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de abril de 2001 (Ref. BOE-A-2001-7771).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Distribución comercial
  • Establecimientos comerciales

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