Visto el expediente de indulto relativo al que fue soldado de reemplazo don Fidel Herrero Jabón, condenado por el Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, en la causa número 27/18/98, a la pena de tres años, un mes y dieciséis días de prisión, con las accesorias de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante la condena, como autor de un delito consumado contra centinela, en su modalidad de «maltrato de obra con arma a centinela», previsto y penado en el artículo 85, párrafo 2.º, inciso 1.º del Código Penal Militar, sin circunstancias eximentes ni modificativas de la responsabilidad criminal, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de agosto de 2003,
Vengo en conceder el indulto parcial de la pena impuesta, remitiendo la misma hasta la pena de un año y 6 meses de prisión, al que fue soldado de reemplazo don Fidel Herrero Jabón.
Dado en Palma de Mallorca, a 1 de agosto de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
FEDERICO TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
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