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Documento BOE-A-2003-17038

Resolución de 1 de agosto de 2003, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convocan dos Becas de Prácticas Museísticas, para el año 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 3 de septiembre de 2003, páginas 33305 a 33307 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-17038

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2225/1993, de

17 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 30) por el que se aprueba

el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones

públicas; en la Orden del Ministerio de Cultura de 6 de febrero de 1992 (Boletín

Oficial del Estado del 21), por la que se establecen las normas reguladoras

de las ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura y sus organismos

autónomos; y en los artículos 81 y siguientes del Real Decreto Legislativo

1091/1988, de 23 de septiembre (Boletín Oficial del Estado del 29), por

el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria,

que contemplan el régimen de concesión de las subvenciones y ayudas

públicas, se acuerda lo siguiente:

Primero.-Se convocan para el año 2004, en régimen de concurrencia

competitiva, dos becas de prácticas museísticas en el Museo Nacional

Centro de Arte Reina Sofía.

Segundo.-Sin perjuicio de lo establecido en el apartado cuarto, la

dotación de cada una de estas becas, previstas inicialmente por un período

máximo de 12 meses, de Enero a Diciembre de 2004, se establece en seis

mil diez euros con doce céntimos (6.010,12) que serán objeto de abono

mensual en pagos parciales de quinientos euros con ochenta y cuatro

céntimos (500,84). Estas cantidades constituyen percepciones en bruto.

Los pagos se realizarán por meses vencidos y estarán sujetos a las

retenciones legales.

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía se hará cargo de la

cobertura del seguro para accidentes corporales y asistencia médica que

tendrá como beneficiarios a los becarios.

Tercero.-La financiación de estas becas, por importe global de doce

mil veinte euros con veinticuatro céntimos (12.020,24), se hará con cargo

al crédito consignado a tales efectos en la aplicación presupuestaria 18.104

453A 480 del Presupuesto de Gastos para el año 2004 del Museo Nacional

Centro de Arte Reina Sofía.

Cuarto.-El otorgamiento de estas becas queda condicionado a la

existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para el año 2004.

Quinto.-Las becas se concederán de acuerdo con las bases que figuran

en el Anexo I de la presente Resolución.

Sexto.-La presente convocatoria de becas es recurrible, en el plazo

de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia, y potestativamente en reposición previa, en el plazo

de un mes, ante el órgano convocante.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 1 de agosto de 2003.-El Director, Juan Manuel Bonet Planes.

ANEXO I

Bases

1. Requisitos

Para optar a esta beca se deberán reunir las condiciones siguientes:

a) Poseer la nacionalidad de alguno de los países integrantes de la

Unión Europea.

b) Estar en posesión de la Licenciatura en Historia del Arte con

calificación académica media no inferior a ocho, o título análogo de la Unión

Europea siempre que esté homologado o reconocido y tenga igual

calificación académica no inferior a ocho.

c) Haber finalizado dicha licenciatura universitaria en 2000 o años

posteriores.

d) No haber obtenido becas del Museo Nacional Centro de Arte Reina

Sofía en las convocatorias precedentes.

2. Solicitudes

2.1 Las solicitudes serán dirigidas al Director del Museo Nacional

Centro de Arte Reina Sofía, y se presentarán en el Registro General del

MNCARS, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, o por cualquiera de los

medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de Enero.

2.2 A la instancia se deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Formulario de solicitud, conforme al modelo que se adjunta en

el anexo II de la presente convocatoria.

b) Fotocopia de documento oficial acreditativo de su identidad y del

número de identificación fiscal si lo tuviese.

c) Currículum vitae académico y profesional del solicitante con

especificación de los estudios realizados, títulos académicos conseguidos y

trabajos y cargos desempeñados en el ámbito de estudio objeto de la presente

convocatoria. Será imprescindible adjuntar justificación documental

suficiente de los méritos o actividades reseñadas para ser tenidos en cuenta.

d) Certificado del expediente académico universitario con

calificaciones o documento equivalente que permita de manera indubitada la

valoración de dicho expediente. Además, en el caso de título homologado

o reconocido, documento suficiente que acredite dichas homologación o

reconocimiento.

e) Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado,

a la percepción de otras remuneraciones o disfrute de otras becas o ayudas,

tal como se indica en el apartado 7.4, según modelo que se adjunta en

Anexo III.

f) El MNCARS podrá requerir la información complementaria que

resulte necesaria.

3. Plazo de presentación

3.1 El plazo de presentación de instancias será de quince días

naturales a partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial

del Estado".

3.2 Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, el

MNCARS requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días

naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con

indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición

archivándose sin más trámite.

4. Selección

4.1 El estudio de las solicitudes presentadas y la propuesta de

selección correrá a cargo de una Comisión de Estudio y Valoración, que será

presidida por el Consejero Técnico del MNCARS, formando parte de la

misma los siguientes cargos del MNCARS: La Jefa del Servicio de Personal,

el Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca, la Jefa del

Servicio Pedagógico y la Jefa de Sección de Relaciones Públicas; esta última

actuará como Secretaria.

4.2 En el proceso de selección se valorará especialmente, y ante todo

y en primer lugar, el expediente universitario (con un máximo de cinco

puntos). Con carácter complementario, también se tendrán en cuenta el

currículum profesional (con un máximo de medio punto) y la posible

formación del solicitante en arte contemporáneo (con un máximo de medio

punto). Igualmente se valorará el conocimiento de idiomas, especialmente

inglés (con un máximo de medio punto). Sólo se tendrán en cuenta las

calificaciones o méritos apoyadas por justificación documental indubitada

y suficiente.

4.3 La Comisión ajustará su actuación a lo previsto para los órganos

colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

5. Resolución

5.1 La convocatoria será resuelta antes del 1 de diciembre de 2003,

de acuerdo con el procedimiento legalmente aplicable que a continuación

se indica.

5.2 La Comisión elaborará una lista de seleccionados y suplentes,

ordenados por la puntuación alcanzada en el proceso de selección.

Conforme a lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por Ley 4/1999 de 13 de enero, inmediatamente antes

de redactar la propuesta de resolución se dará a conocer a los interesados

la citada lista. La notificación se realizará en el tablón de anuncios del

MNCARS, en su sede de Santa Isabel, 52, primera planta. Los interesados

tendrán un plazo de diez días naturales para formular alegaciones y

presentar los documentos y justificantes pertinentes, conforme a lo dispuesto

en el artículo 5.3 del Real Decreto 2225/1993.

5.3 Finalizado el trámite de audiencia a los interesados, la Comisión

formulará la correspondiente propuesta de resolución al Director del

MNCARS para la resolución de concesión, según lo previsto en el apartado

5.1. Dicha resolución agota la vía administrativa y la misma podrá

recurrirse directamente en el plazo de dos meses ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. Con carácter

potestativo se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó

el acto en el plazo de un mes.

5.4 La resolución de concesión se notificará a los beneficiarios y se

hará pública en el tablón de anuncios del MNCARS, en su sede de Santa

Isabel, 52, primera planta, haciéndose constar expresamente la

desestimación del resto de las solicitudes presentadas.

6. Período

6.1 La fecha de inicio se comunicará a los beneficiarios en la

resolución de concesión de la beca, y el período de disfrute de la misma

finalizará el día 31 de Diciembre del 2004, incluido.

6.2 De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de ejercicios

económicos posteriores, las becas objeto de esta convocatoria serán

susceptibles de ser prorrogadas por un período máximo equivalente al de

su concesión inicial, siempre y cuando el desarrollo de la práctica así

lo requiera.

6.3 Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y

dirección del responsable del Departamento en que desarrollen su formación,

quien definirá las tareas a realizar.

7. Obligaciones de los becarios

7.1 Los becarios, por el solo hecho de solicitar estas becas, se

comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y a cumplir con

las obligaciones siguientes:

a) No tener adquirido ningún compromiso que les impida el

cumplimiento íntegro y/o continuado de la beca.

b) Aceptar por escrito la beca concedida dentro del plazo de diez

días naturales, a partir de la recepción de la notificación de la concesión

por el MNCARS. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá

que renuncia a la misma, concediéndose al suplente que figure en primer

lugar en la resolución de concesión.

La aceptación deberá ir acompañada de la acreditación de estar al

corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social mediante

la presentación de certificación administrativa expedida al efecto por la

Administración correspondiente de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria y de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 390/1996,

de 1 de marzo.

c) Incorporarse al MNCARS en el plazo que se establezca en la

resolución de concesión a la que se refiere la base 5.

d) Cumplir un horario diario de asistencia y participación en las

labores de formación no inferior a seis horas, de lunes a viernes.

7.2 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas

en el apartado anterior, o la no realización de los trabajos para su formación

práctica en condiciones satisfactorias, podrá suponer, oído el becario/a,

la privación de la beca por el tiempo que quedase pendiente, además

de otras responsabilidades que resultasen exigibles.

7.3 Los becarios quedan obligados a someterse a cuantas medidas

de comprobación se estime oportuno por la entidad concedente, y a las

de control financiero que correspondan a la Intervención General de la

Administración del Estado, y a las previstas en la legislación del Tribunal

de Cuentas.

7.4 El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria será

incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos

públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios

que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado,

debiéndose reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.

8. Justificación

A los efectos de lo dispuesto en el punto quinto de la Orden de 6

de febrero de 1992, el beneficiario/a deberá presentar ante el MNCARS

una memoria detallada de las actividades realizadas, de modo que quede

acreditado el cumplimiento del objeto de la beca, dentro del mes siguiente

a la finalización del plazo fijado para su terminación.

9. Régimen general de las becas

Las becas que se convocan se ajustarán a lo previsto en el Real Decreto

2225/1993, de 17 de diciembre, y en la Orden del Ministerio de Cultura

de 6 de febrero de 1992, implicando la concurrencia a esta convocatoria

la aceptación del régimen establecido en la misma.

ANEXO II

Beca solicitada: Práctica museística MNCARS

Datos personales del solicitante:

Primer apellido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Segundo apellido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección:

Calle/plaza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Número . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Piso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Localidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Provincia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C.P . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Teléfono . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

País . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Datos de identidad:

Fecha de nacimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Localidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Provincia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

D.N.I o Pasaporte . . . . . . . . . . . . . Nacionalidad . . . . . . . . . . . . . Sexo . . . . . . . . . . . . .

(Indicar Fax o E-mail si lo tuviera.)

Títulos académicos superiores:

Título, Sección, espec., centro, lugar, fecha: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Actividades profesionales:

Cargo o categoría, centro Departamento o Sección ingreso, cese,

fecha: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Idiomas:

Traduce: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Escribe: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Habla: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Lee: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Documentación que acompaña:

Copia del D.N.I., del NIF o pasaporte.

Copia del título o, en su caso, resguardo correspondiente.

Currículum vitae académico o profesional.

Certificado del expediente académico universitario.

Documentación justificativa del reconocimiento u homologación del

título.

Declaración personal.

Otra.

ANEXO III

D./D . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Declara que:

En el supuesto de ser seleccionado/a por la Comisión de estudio y

valoración de la beca para la realización de prácticas museísticas en el

MNCARS durante el año 2004, se compromete a renunciar a la percepción

de otras remuneraciones o disfrute de otras becas o ayudas.

En . . . . . . . . . . . . . . . . . ., a . . . . . . . . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . . de 2003.

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